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El Ministerio de Cultura requiere un imposible jurídico a su Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco

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Escribe Fabricio Valencia Gibaja

El 11 de enero de 2019, el Ministerio de Cultura emitió la Resolución Ministerial N 008-2019-MC y la Resolución Ministerial N 009-2019-MC, mediante las cuales declaró fundado los recursos de apelación interpuestos por la Empresa Inmobiliaria RyG SAC y en consecuencia nulos los respectivos procedimientos administrativos sancionadores iniciados.

Las resoluciones antes citadas, volvieron a poner en la palestra la ejecución de obras por la Empresa Inmobiliaria RyG SAC en la calle Saphy, dentro del Centro Histórico de Cusco hecho que involucra al estado peruano.

2. Naturaleza jurídica del bien cultural en cuestión

El predio bajo análisis, está localizado en la calle Saphy N° 386 (antes 674) – 704, y es un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, al ser parte integrante de:

 La Zona Monumental y del Ambiente Urbano Monumental de la ciudad del Cusco, declarado bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Suprema N° 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972, cuya delimitación fue ampliada mediante la Resolución Suprema N° 505-74-ED del 15 de octubre de 1974 y mediante Resolución Jefatural N° 348 de fecha 08 de marzo de 1991.

 Centro Histórico del Cusco, regulado por el Plan Maestro del Centro Histórico del Cusco aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 115-2005-MC de fecha 11 de marzo de 2005.

 La ciudad de Cusco, declarada mediante Ley N° 23765 del 30 de diciembre de 1983, como Patrimonio Cultural de la Nación e inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial en el año 1983.

 Qhapaq Ñan, declarado Patrimonio Cultural de la Nación, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1498/INC e inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial por la UNESCO mediante Decisión N° 38 COM 8B.43, como parte integrante del Itinerario Cultural Plaza Inca Hanan Hauk’aypata.

Como puede evidenciarse el inmueble ubicado entre la Calle Saphy N° 386 (antes 674) – 704 y calle Don Bosco N° 05 es parte integrante de la Zona Monumental de Cusco, del Ambiente Urbano Monumental de la ciudad del Cusco, del Centro Histórico del Cusco, de la Ciudad de Cusco (Patrimonio Mundial) y del Qhapaq Ñan (Patrimonio Mundial).

3. Sobre la Resolución Ministerial N° 008-2019-MC. – En la referida resolución se refiere lo siguiente:

Articulo 1.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa Inmobiliaria R Y G S.A.C.; y en consecuencia NULA la Resolución Directoral N 998-2018-DDC-CUS/MC de fecha 31 de julio de 2018 (…)

Articulo 4.- Disponer la remisión del presente expediente a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco con la finalidad de que proceda conforme a lo establecido en el numeral 4 del articulo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 (…)

Sobre la caducidad, señalamos que, en el numeral 4 del artículo 257 del TUO de la Ley 27444, se menciona que en el supuesto que la infracción no hubiera prescrito, el órgano competente evaluará el inicio de un nuevo procedimiento sancionador. El procedimiento caducado no interrumpe la prescripción.

Respecto a la prescripción, es necesario precisar que, en el numeral 1 del artículo N° 250 de la misma norma se señala que, la facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones administrativas, prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales (…). En caso ello no hubiera sido determinado, dicha facultad de la autoridad prescribirá́ a los cuatro años (4).

A su turno en el numeral 2 del referido artículo, se menciona que, el cómputo del plazo de prescripción sólo se suspende con la iniciación del procedimiento sancionador a través de la notificación al administrado de los hechos constitutivos de infracción que les sean imputados a título de cargo (…)

Ahora bien, toca preguntarnos, ¿Cuándo prescribe la infracción referida en la Resolución Ministerial N° 008-2019-MC? Para responder dicha interrogante nos remitimos a la propia Resolución Ministerial N° 008-2019-MC.

En el Primer Considerando de la Resolución Ministerial N° 008-2019-MC, se menciona que por medio de la Resolución Sub Directoral N° 233-2017-SDDPCDPC-DDC-CUS/MC de fecha 10 de octubre de 2017 la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco dio inicio al procedimiento administrativo sancionador (…), quien habría presuntamente cometido infracciones continuadas en el tiempo, consistentes en excavaciones arqueológicas y alteraciones de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación desde octubre del año 2008 a julio del año 2014 (…)

Así las cosas, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, al iniciar el Procedimiento Administrativo Sancionador, el 10 de octubre de 2017 (Resolución Sub Directoral N° 233-2017-SDDPCDPC-DDC-CUS/MC), se encontraba aún dentro del plazo establecido por ley, ello considerando que dicha acción vencía en el mes julio de 2018. Sin embargo, al día de hoy pretender iniciar un nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador, resulta un imposible jurídico en virtud que, el plazo como ya mencionamos venció en el mes de julio de 2018.

4. Sobre la Resolución Ministerial N° 009-2019-MC. – En la referida resolución se refiere lo siguiente:

Articulo 1.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa Inmobiliaria R Y G S.A.C.; y en consecuencia NULA la Resolución Directoral N 905-2018-DDC-CUS/MC de fecha 13 de julio de 2018 (…)

Articulo 4.- Disponer la remisión del presente expediente a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco con la finalidad de que proceda conforme a lo establecido en el numeral 4 del articulo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 (…)

Sobre la caducidad, señalamos que, en el numeral 4 del artículo 257 del TUO de la Ley 27444, se menciona que en el supuesto que la infracción no hubiera prescrito, el órgano competente evaluará el inicio de un nuevo procedimiento sancionador. El procedimiento caducado no interrumpe la prescripción.

Respecto a la prescripción, es necesario precisar que, en el numeral 1 del artículo 250 de la misma norma se señala que la facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones administrativas, prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales (…). En caso ello no hubiera sido determinado, dicha facultad de la autoridad prescribirá́ a los cuatro (4) años.

A su turno en el numeral 2 del referido artículo, se menciona que, el cómputo del plazo de prescripción sólo se suspende con la iniciación del procedimiento sancionador a través de la notificación al administrado de los hechos constitutivos de infracción que les sean imputados a título de cargo (…)

Ahora bien, toca preguntarnos, ¿Cuándo prescribe la infracción referida en la Resolución Ministerial N° 009-2019-MC? Para responder dicha interrogante nos remitimos a la Resolución Sub Directoral N° 048-2017-SDDPCDPD-DDC-CUS/MC del 2 de junio de 2017, la misma que sirve de sustento de la Resolución Ministerial N° 009-2019-MC.

En la página tercera de la Resolución Sub Directoral N 048-2017-SDDPCDPD-DDC-CUS/MC, se menciona textualmente lo siguiente:

Que, mediante Informe N 006-009-2013-SBDF-LDCP-DCPCI-DDC-CUS/MC de fecha 15 de julio de 2013 (apéndice n° 137 del INFORME), los inspectores de la Sub Dirección de Centros Históricos de la Dirección Regional de Cultura de Cusco, informaron que, conforme a la inspección desarrollada en fecha 11 de julio de 2013, se dio por culminado el “desmontaje “del inmueble N° 704 de la calle Saphy.

Así las cosas, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, al iniciar el Procedimiento Administrativo Sancionador, el 2 de junio de 2017 (Resolución Sub Directoral N° 048-2017-SDDPCDPC-DDC-CUS/MC), se encontraba aún dentro del plazo establecido por ley, ello considerando que dicha acción vencía el 11 de julio de 2017. Sin embargo, al día de hoy pretender iniciar un nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador, resulta un imposible jurídico en virtud que, el plazo como ya mencionamos venció el 11 de julio de 2017.

5. Sobre la participación de UNESCO en el presente caso

Mediante Oficio OF RE(DAC-PAC)N 2-22-B/13 del 7 de abril de 2017, el Embajador Javier León Olavarria, Director General de Asuntos Culturales, del Ministerio de Relaciones Exteriores informa al Ministerio de Cultura lo siguiente:

Me dirijo a usted para saludarlo y hacer de su conocimiento que el Representante Permanente del Perú ante la UNESCO ha recibido una carta de la Directora del Centro de Patrimonio Mundial, Sra. Mechtild Rössler, mediante la cual remite el informe definitivo del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS), que en su calidad de órgano técnico del sistema de protección del patrimonio mundial respecto de la construcción del hotel Sheraton en la calle Saphy del Cusco conforme los requerimientos del Consejo Provincial de esa ciudad.

En la parte sustantiva del citado informe se confirma que la construcción del hotel Sheraton se ha realizado violando las normas y reglamentos del ordenamiento jurídico peruano y que ha alterado elementos sustantivos del valor universal excepcional del Centro Histórico del Cusco en los términos establecidos en la decisión CONF 009 VIII.29 que aprobó la inscripción de este bien en la lista de patrimonio mundial de la UNESCO en el año 1983. ICOMOS establece una seria de recomendaciones, entre ellas, las mas importantes, la de proceder a la demolición de la construcción a partir del segundo nivel. Se señala, asimismo, que de no proceder al cumplimiento de estas recomendaciones, se configura una situación que ameritaría largamente, la inscripción del Centro Histórico del Cusco en la lista del patrimonio mundial en peligro de la UNESCO.

Desde abril de 2017, la UNESCO refirió al gobierno peruano que en caso no se proceda a demoler la construcción en la calle Saphy a partir del segundo nivel, se inscribiría al Centro Histórico del Cusco en la lista del patrimonio mundial en peligro de la UNESCO.

Recodemos que en el supuesto que el Centro Histórico del Cusco sea inscrito en la lista del patrimonio mundial en peligro de la UNESCO, es una instancia previa a la perdida de la condición de Patrimonio de la Humanidad.

6. A modo de Colofón

El 23 de enero de 2019 el Ministerio de Cultura emitió un comunicado mediante el cual se refiere lo siguiente:

(…) Dos de dichos procedimientos caducaron (…). En ese contexto, para evitar una eventual nulidad a través de un proceso judicial y la prescripción de estas infracciones, el Ministerio de Cultura, en estricto cumplimiento del mandato legal, declaro la caducidad de dichos procedimientos y dispuso que de manera inmediata, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco proceda conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la ley 27444, a fin de iniciar un nuevo procedimiento administrativo sancionador y ejercer la potestad sancionadora, dentro de los plazos previstos por ley.

El Ministerio de Cultura al referir, que dispuso que la Dirección Desconcentrada De Cultura de Cusco proceda conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la ley 27444, a fin de iniciar un nuevo procedimiento administrativo sancionador, esta disponiendo un imposible jurídico, ello considerando que como se expuso líneas arriba, en los casos bajo análisis, la facultad punitiva para iniciar un nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, a la fecha esta prescrita.

Por otro lado, el Ministerio de Cultura pese al tiempo transcurrido, a la fecha, tampoco ha dado cumplimiento a la recomendación de UNESCO en el sentido de demoler la construcción en la calle Saphy a partir del segundo nivel.

Las autoridades del Sector Cultura tienen la responsabilidad de gestionar eficientemente los elementos identitarios que forman parte del legado cultural de todos los peruanos, seria inconcebible que por un mal uso del ius puniendi la Ciudad de Cusco perdiera la condición de Sitio del Patrimonio de la Humanidad.Icomos-Saphi copiaReso inicio PAS (inmueble valor contextual) copia

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Sujeto embiste su camioneta en conocido restaurante porque local lo había expulsado debido a que se encontraba presuntamente bajo los signos del alcohol [VIDEO]

Miguel Ángel Requejo Astochado ahora será denunciado por tentativa de homicidio.

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Un demente al volante. La noche de ayer, comensales del restaurante ‘El Charrúa’, ubicado en el distrito de La Molina, previo el incidente, indicaron que Miguel Ángel Requejo (51 años), había discutido con los mozos del local, quienes procedieron a expulsarlo ya que el sujeto había ingerido bastante alcohol y estaba incomodando a los demás comensales.

Minutos después, el sujeto se sube en su moderna camioneta para conducir sin frenos hasta la fachada del local, colisionando sin importarle que adentro se encontraban personas consumiendo.

Producto del salvaje impacto resultaron heridas dos personas, además del daño material ocasionado por el irresponsable conductor.

Uno de los afectados mencionó que procederá a denunciar penalmente a Requena, calificando el hecho de tentativa de homicidio, tildando además de “enfermo mental” al ebrio chofer, quien no paraba de gritar en todo momento, relata el agraviado, que era un magnate y podía hacer cualquier cosa.

«Ya está detenido. Es un enfermo mental. Esto es un intento de homicidio. Nosotros estamos pidiendo la cuenta y pagando. En un principio estaba sentado y me levanté no sé cómo segundos antes de que el carro se empotre por eso que estaba a un costado e igual me hizo volar», detalló a Canal N.

fuente: latina.

En tanto, el restaurante ‘El Charrúa’, lamentó el incidente ocurrido anoche, manifestando que colaborará directamente con la Policía para suministrar las grabaciones dentro del local.

«Desde ‘El Charrúa’, reafirmamos nuestro firme compromiso con la seguridad y el bienestar de todos nuestros clientes y colaboradores. Como medida preventiva y con el objetivo de reforzar nuestros protocolos internos, hoy miércoles 3 de julio permaneceremos cerrados», indicaron.

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Clínica Delgado-Auna responde a sanción de Susalud por filtración del historial médico de Shakira

Centro de salud privado indicó que el caso se encuentra en “proceso de revisión” y que apelará multa de más de 600 mil soles.

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Quieren ir hasta las últimas. La Clínica Delgado-Auna recientemente emitió un comunicado respondiendo a la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) por el caso que los involucra con la cantante colombiana Shakira. Al respecto, indicaron que dicho caso aún se encuentra en “proceso de revisión”, pues no existe hasta el momento una resolución final.

Como se recuerda, en febrero pasado, el historial clínico de la cantante barranquillera fue divulgado públicamente por personal de ese centro de salud privado, constituyéndose una grave vulneración a la confidencialidad de los datos de las personas, sean nacionales o extranjeras.

Es así que Susalud le impuso una multa a la clínica equivalente a S/668,750 por la difusión no autorizada del parte médico de la cantante Isabel Mebarak Ripoll, mejor conocida como Shakira.

Al respecto, la Clínica Delgado-Auna también indicó que apelará la millonaria sanción, argumentando que el caso se encuentra bajo evaluación por el Tribunal de Susalud, contando para ello con 15 días hábiles para presentar formalmente su impugnación.

“Clínica Delgado presentará la impugnación correspondiente para que el caso sea evaluado por el Tribunal de SuSalud, conforme lo establece el debido proceso, confiando en la solidez de los argumentos que nos respaldan. Cabe señalar que contamos con un plazo de 15 días hábiles para impugnar”, concluye el comunicado.

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Fiscalía investiga a Johny Isla y a Jeanette Águeda Gutiérrez por caso ‘Líneas de Nasca’

El Ministerio Público abrió una investigación preliminar contra los dos funcionarios de la DDC de Cultura de Ica y el alcalde de Nasca, William Jorge Bravo Quispe, por presunto atentado contra las Líneas y geoglifos de Nasca, Patrimonio Mundial de la Unesco.

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El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Nasca, a cargo del fiscal provincial José Alejandro Meléndez Curasi, ha iniciado una investigación preliminar de 60 días —con posibilidad de ampliarse— contra dos funcionarios de la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) de Ica y el alcalde de la Municipalidad Provincial de Nasca. Están siendo investigados por los presuntos delitos de atentado contra monumentos arqueológicos, omisión de deberes funcionales y abuso de autoridad, en agravio del Estado Peruano.

Fiscalía Nasca abrió investigación contra funcionarios de la DDC de Cultura de Ica.

Los involucrados son la arqueóloga Jeanette Águeda Gutiérrez Achulla, responsable interina de la DDC de Ica, Johny Augusto Isla Cuadrado, arqueólogo responsable del Sistema de Gestión Nasca-Palpa de dicha dirección; y William Jorge Bravo Quispe, actual alcalde de Nasca.

Investigada Jeanette Águeda Gutiérrez Achulla, es responsable interina de la DDC de Ica.

La investigación se origina tras la modificación del área de reserva arqueológica de las Líneas y geoglifos de Nasca y Palpa, declaradas Patrimonio Mundial por la Unesco. Esta zona protegida fue delimitada inicialmente en 1993 y reafirmada en 2004, cubriendo un total de 5,633.47 km². Sin embargo, una reciente resolución viceministerial —la N° 000128-2025-VMPCIC/MC, firmada a fines de mayo por la viceministra de Patrimonio Cultural, Moira Novoa Silva— redujo esta área a solo 3,235 km². Es decir, se recortaron 2,397 km² de territorio protegido.

La denuncia sostiene que esta reducción no cumplió con los procedimientos legales requeridos. Además, acusa que la resolución habría sido emitida como una “maniobra falaz” para encubrir posibles irregularidades.

Investigado Johny Isla Cuadros, es uno de los responsables del informe de la DDC de Ica.

El Ministerio Público investiga si la resolución favoreció intereses mineros. Se han detectado petitorios mineros en las zonas que quedaron fuera de la protección, así como posibles vínculos familiares y políticos entre los involucrados. También se denunció la exclusión de más de 100 sitios arqueológicos, y se presume la existencia de una red político-económica que habría actuado para facilitar la reducción del área protegida con fines de lucro y tráfico de terrenos.

Este caso surge semanas después de que el ciudadano Leonardo Favio Rojas Escajadillo denunciara ante la Fiscalía Especializada de Restos Arqueológicos y Monumentos de Nasca y Palpa a varios altos funcionarios, incluyendo al ministro de Cultura, Fabricio Valencia, y a la viceministra Novoa Silva.

Denuncia penal contra Ministro Valencia y Viceministra Novoa.

En la acusación también figuran el director de la DDC de Ica, Injante Tipismana; Miriam Moquillaza Ramos; Johny Isla; Henmer Alva Neyra; el gobernador regional Jorge Hurtado Herrera; Javier Borjas Olaechea; el alcalde William Bravo Quispe y el ministro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero Cornejo. Sin embargo, la Fiscalía por el momento inició investigación preliminar contra las tres personas indicadas en la introducción de esta nota.

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Ilusión de control: ¿Qué tan común es este fenómeno en el juego en línea?

Conoce más sobre el viejo mecanismo del cerebro.

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La ilusión de control es un sesgo cognitivo donde una persona cree influir sobre resultados en realidades definidas por el azar. En el contexto de los casinos en línea, donde gran parte depende del azar, este fenómeno puede intensificarse. Esto ocurre porque las personas suelen buscar patrones y apoyo incluso en los detalles más pequeños, tratando de mantener el control sobre situaciones inciertas, como el juego.

A continuación, verás cómo se manifiesta, en qué juegos es más evidente, por qué conviene conocerla y cómo se puede manejar.

¿Qué es la ilusión de control?

En los mejores sitios de juegos de azar —ya sea en Perú, España u otros mercados bien desarrollados— vas a encontrar todo tipo de opciones. Si entras a cualquier buen casino online español, te vas a topar con juegos en vivo, ruletas, slots, blackjack… y cada uno ofrece distintos niveles de participación por parte del jugador.

Hay momentos en los que el azar es el único protagonista: tiras los dados, apretas un botón en la tragamonedas o eliges un número en la ruleta, esperando que sea el indicado. Pero si sientes que tu decisión tuvo algo que ver con el resultado —aunque racionalmente sepas que no—, eso es la ilusión de control. Un viejo mecanismo del cerebro.

La psicóloga Ellen Langer acuñó este término hace ya más de cincuenta años, y lo cierto es que el fenómeno sigue más presente que nunca. Hoy en día, con tantos juegos disponibles al alcance de un clic, es fácil sentir que estamos tomando decisiones clave. Las personas, en general, tienden al optimismo y a confiar demasiado en sus habilidades, lo que alimenta esta ilusión. Forma parte de esas pequeñas ilusiones positivas que ayudan a sobrellevar la vida… aunque, en contextos de juego, pueden jugar en contra.

Manifestaciones en los casinos en línea

En general, las personas tienden a buscar patrones y a predecir resultados, incluso en situaciones donde el azar manda. Durante una sesión en un casino online, hay momentos en los que esa ilusión se vuelve especialmente sutil. Estas son algunas de las formas más comunes en que puede aparecer:

Máquinas tragamonedas y “near-misses”

Cuando los símbolos casi coinciden, el cerebro se activa como si hubiera ganado. Ese “casi” no pasa desapercibido. Según Frontiers in Psychiatry, una revista científica de prestigio, los jugadores tienden a seguir apostando después de una “casi victoria”, motivados por la ilusión de estar cerca.

Juegos con interacción física simulada

Lanzar los dados o girar la ruleta con un gesto da la sensación de agencia. Pero no cambia las probabilidades. Estudios confirman que esa interacción refuerza la percepción (falsa) de control.

Bonificaciones y programas de fidelidad personalizados

Incluso los bonos, promociones y programas de fidelidad, si no se usan con responsabilidad, pueden reforzar la sensación de control. Estos incentivos personalizados hacen que los jugadores se sientan recompensados por sus elecciones y lealtad, lo que aumenta la creencia de que sus acciones influyen en los resultados, aunque en realidad el azar sigue siendo el factor clave.

¿Por qué vale la pena identificarla?

Porque cuando usted cree que tiene el control, lo pierde. Entender la ilusión de control es como quitarse una venda: le permite tomar decisiones más lúcidas, sin la trampa del “esta vez sí gano”. Como advierte la psicóloga Dra. Clark, de la Universidad de Cambridge, este sesgo está ligado a un menor autocontrol durante el juego. Al reconocer que el azar manda, es más fácil frenar la escalada de apuestas y evitar ese ciclo en que se apuesta más para recuperar lo perdido. El resultado: menos ansiedad, menos pérdidas, y una relación más sana con el juego. Al final, el juego no debería ser una fuente de estrés, sino un pasatiempo que aporte disfrute, emoción y momentos agradables.

¿Cómo combatir esta ilusión?

No se trata de dejar de jugar, sino de jugar con los ojos abiertos. Una forma efectiva de romper la ilusión de control es establecer límites de tiempo y dinero antes de empezar, cuando la cabeza todavía manda sobre el impulso. 

También ayuda evitar juegos que imitan control con botones, gestos o decisiones irrelevantes. Pensar críticamente —¿esto depende de mí o del azar?—es clave. 

Y ojo: estudios recientes destacan el valor de mensajes personalizados que alertan sobre patrones de riesgo. A veces, una simple notificación puede ser un freno necesario.

Antes de hacer clic otra vez

La ilusión de control no es un monstruo invisible ni un invento de los expertos en comportamiento. Es una voz suave que le susurra: “Esta vez sí puedes ganar”. Y lo hace justo cuando usted más quiere creerlo. Aparece en las tragamonedas que casi aciertan, en cada gesto que simula decisión.

Detectarla no significa dejar de jugar. Significa jugar con criterio. Con límites. Con la conciencia de que, en la mayoría de los casos, no hay una estrategia mágica, ni un toque especial, ni un presentimiento acertado. Solo azar.

Antes de hacer clic otra vez, pregúntese: ¿es esta decisión realmente mía… o solo parece serlo?

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Imponen multa de más de 600 mil soles a Clínica Delgado -Auna por filtrar historial médico de Shakira

Susalud indicó que vulneración de confidencialidad de datos de la artista colombiana configura como una “falta grave”.

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Tremenda multaza que le acaba de caer a la Clínica Delgado–Auna, la misma que en pandemia recibió una ola de críticas por el excesivo cobro de “garantías” cuando un paciente se quería hospitalizar por Covid-19, llegando a pagar hasta 60 mil soles, y que la misma era solo una fracción del monto total.

Sí, el karma existe, y ahora le tocó el turno a la mencionada clínica privada, luego que la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), entidad adscrita al Ministerio de Salud (Minsa) le impusiera una sanción administrativa equivalente a S/668,750 por filtrar información confidencial sobre la salud de la cantante colombiana Isabel Mebarak Ripoll, mejor conocida en el mundo artístico como ‘Shakira’, quien sufriera un malestar estomacal el pasado mes de febrero.

Como se recuerda, la cantante barranquillera ingreso de emergencia a la mencionada clínica luego de acusar un severo malestar estomacal que le impidió poder presentarse en la primera fecha de sus conciertos previstos en Lima. Horas después, personal que ya fue identificado por la propia clínica difundió parte de su historial clínico en las redes sociales. Ante ello, el centro de salud privado se pronunció sobre lo ocurrido, precisando que ya se había iniciado una “investigación exhaustiva”.

«Siempre hemos actuado con el máximo respeto por nuestros pacientes, su privacidad y cumpliendo con el marco normativo existente. El incidente ocurrido, en el que se filtró información confidencial de uno de nuestros pacientes, no representa en absoluto la ética profesional que rige nuestra institución. Lamentamos, profundamente lo sucedido y reiteramos nuestra tolerancia cero contra todo acto que vulnere la información personal de nuestros pacientes», indicó.

Más allá de las investigaciones iniciadas por la Clínica Delgado-Auna, Susalud mencionó que tal divulgación de datos representaba una “falta grave” y por ello ameritaba una sanción pecuniaria.

«Susalud enfatiza que, toda persona usuaria de los servicios de salud, independiente de su nacionalidad, seguro, y tipo de establecimiento donde se atienda, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad, con la garantía de la confidencialidad y protección de los datos referidos a su atención», se puede leer en el portal web de la institución.

Asimismo, recalcó que los centros médicos deben de proteger datos acerca del diagnóstico, tratamiento y condición médica de los pacientes, y que resaltó que esta información no puede ser revelada sin consentimiento previo, de su familiar responsable o representante legal.

«La garantía de este derecho tiene su amparo en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Salud, así como la Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, que reconocen el derecho fundamental de toda persona a su dignidad, a la intimidad personal y familiar, así como, guardar la reserva de la información en salud», añadió.

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Nombramientos Irregulares en la UNSAAC: nepotismo y despilfarro de recursos públicos

El derrumbe institucional de la UNSAAC. Una historia que incluye a un familiar de la presidenta Dina Boluarte.

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La Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, otrora símbolo de sabiduría andina y resistencia intelectual, atraviesa uno de los momentos más oscuros de su historia reciente. Las paredes coloniales que la rodean ya no resguardan el espíritu crítico, sino los ecos de la indignación. Una federación estudiantil en pie de guerra, docentes que denuncian a gritos el desmoronamiento ético de su alma máter, y autoridades que —con el silencio como único argumento— se atrincheran tras resoluciones y formalismos.

La causa inmediata de esta crisis: el proceso de nombramiento de docentes contratados, amparado en la Ley N.º 32171, convertido en botín político y familiar. La ley, que buscaba regularizar a miles de docentes precarios, se ha transformado en Cusco en un instrumento para beneficiar a allegados, parientes y amigos de autoridades universitarias, bajo el manto cómplice de la burocracia y la opacidad.

El Rector Eleazar Crucinta Ugarte y la vicerrectora Paulina Taco han sido señalados públicamente por actos de presunto nepotismo. Más de seis artículos documentadas han encendido las alarmas. Mientras tanto, la comunidad estudiantil —en un acto que recuerda las viejas huelgas universitarias— tomó las instalaciones, exigiendo que las actividades se trasladen a la virtualidad, como si el problema pudiera esconderse tras una pantalla.

El caso más escandaloso, sin embargo, lo protagoniza la Escuela Profesional de Antropología. En un documento fechado el 26 de junio de 2025, los docentes de dicha escuela denuncian un proceso plagado de irregularidades: nombramientos sin sustento técnico, ampliación indiscriminada de plazas sin análisis de carga académica, y vínculos familiares que rozan el tráfico de influencias.

Entre los casos más indignantes figura el del director del Departamento Académico, Dr. Máximo Cama Tito, cuya esposa, Alejandra Tito Tica, aparece nombrada. Similar situación se presenta con el Antropólogo David Ugarte Vegacenteno, cuya hija —Luz Gabriela Ugarte Boluarte, sobrina de la presidenta de la República— figura entre las beneficiadas, pese a no cumplir con los requisitos de la ley. ¿Coincidencia? ¿Amnesia legal? ¿O simple impunidad disfrazada de meritocracia?

La evaluación de candidaturas parece haberse realizado con la ligereza de quien selecciona nombres al azar. Morvely Karen Núñez del Prado, declarada «apta», jamás figuró como docente contratada durante el semestre exigido por ley. Su inclusión en el listado revela la precariedad —y quizás la perversidad— de los criterios utilizados. En cualquier administración seria, este sería motivo suficiente para anular el proceso. En Cusco, sin embargo, todo sigue igual.

La Federación Universitaria del Cusco, en su oficio N.º 036-2024-FUC-SAG, ha denunciado incluso el pago de sueldos a docentes sin carga académica. Es decir, funcionarios que cobraban sin enseñar. Entre ellos, una vez más, la ya mencionada Luz Gabriela Ugarte Boluarte. ¿Quién autoriza estos pagos? ¿Quién los supervisa? ¿Quién los encubre?

Peor aún, el acuerdo firmado el 8 de mayo entre el rector y el Centro Federado de Estudiantes, donde se comprometía a priorizar la demanda real antes de los nombramientos, fue flagrantemente ignorado. No solo se incumple la palabra dada; se traiciona a una comunidad entera.

Para hablar de estos temas, nos comunicamos con el rector Eleazar Rucinta, pero hasta el cierre del artículo no tuvimos respuesta.

UNSAAC en cuidados intensivos

La UNSAAC está enferma. Y su enfermedad no es solo burocrática, sino moral. La corrupción, ese viejo mal peruano que se infiltra en los pasillos del poder como una hiedra venenosa, ha encontrado terreno fértil en la universidad más antigua del sur del país.

La pregunta ya no es si estas denuncias son ciertas —los documentos hablan por sí solos—, sino cuánto tiempo más la sociedad cusqueña y el Estado peruano permitirán que esta situación se prolongue. ¿Dónde están los organismos fiscalizadores? ¿Dónde está la Sunedu? ¿Dónde está la presidenta, cuya sobrina es parte del escándalo?

Urge una intervención que no sea decorativa. Una auditoría real. Un castigo ejemplar. Porque si dejamos que la UNSAAC se hunda, con ella se hundirá también una parte esencial de nuestra historia académica, de nuestro futuro colectivo. Y lo más terrible: no nos daremos ni cuenta.

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Cámaras inoperativas, vehículos de serenazgo en mal estado, equipos defectuosos, todo eso ha encontrado la Contraloría en 248 municipios

Inspección realizada en mayo por la Contraloría ha revelado que muchos gobiernos locales no cuentan con las medidas necesarias para vigilar sus jurisdicciones.

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Desprotegidos. La Contraloría General de la República realizó un operativo a 248 gobiernos locales durante los días del 8 al 14 de mayo, detectando severas deficiencias en los servicios de seguridad ciudadana. El operativo denominado “Servicios de seguridad ciudadana ejecutados por los gobiernos locales” arrojó que en todos eso municipios no existe un correcto funcionamiento en herramientas que deberían de ayudar al personal a combatir la delincuencia urbana.

Así, figuran 1553 cámaras de videovigilancia inoperativas (el 20 % de las 6144 instaladas), siendo las regiones más afectadas Arequipa (255), La Libertad (180) y Lima Provincias (153). Además, el 22 % de las cámaras no almacenan las grabaciones por el plazo mínimo de 45 días, como exige la norma, y el 86 % de las municipalidades no tiene un plan de mantenimiento para estos equipos.

Personal de serenazgo solo estaría viendo una pantalla negra todo el tiempo. Foto: Andina.

Respecto a los equipos de radiocomunicación, se detectaron 1054 unidades inoperativas (el 19 % del total) y se constató que el 32 % de las municipalidades no cuenta con un centro de telecomunicaciones para monitoreo y respuesta ante emergencias.

En cuanto al patrullaje municipal, 378 vehículos (el 14 % del total) están inoperativos, mientras que 34 gobiernos locales no realizan patrullaje conjunto con la Policía Nacional, lo que debilita la coordinación interinstitucional.

El personal de serenazgo también enfrenta condiciones precarias: el 63 % de las municipalidades supervisadas no les proporciona equipo de protección completo, y el 20 % solo les entrega equipamiento parcial, sin chalecos antibalas, rodilleras ni coderas.

De forma aún más crítica, seis municipalidades no cuentan con servicio de serenazgo ni con cámaras de videovigilancia, lo que refleja una ausencia total de presencia municipal en materia de seguridad.

Recomendaciones de la Contraloría

La Contraloría General ha comunicado los resultados del operativo a los titulares de los gobiernos locales visitados con la finalidad de que adopten las medidas preventivas y correctivas que contribuyan a optimizar la gestión de seguridad ciudadana que vienen desarrollando.

Asimismo, ha recomendado la elaboración e implementación obligatoria de planes objetivos específicos para el servicio de serenazgo en todos los gobiernos locales, alineados con directivas nacionales y bajo enfoque de gestión de riesgos. Esto permitirá optimizar el uso de recursos, fortalecer la capacidad operativa y mejorar la articulación del sistema de seguridad ciudadana.

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Actualidad

Caos en la Vía Expresa: Metropolitano colapsó otra vez

Más de 20 buses del Metropolitano quedaron varados en la Vía Expresa de Paseo de la República. Según la ATU, el incidente fue causado por un acto de vandalismo que puso en peligro a un conductor.

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Este lunes 30 de junio, Lima volvió a experimentar lo que para miles de ciudadanos ya no es una excepción, sino una lamentable rutina: el colapso del servicio del Metropolitano. Más de 20 buses quedaron varados durante horas en plena Vía Expresa, entre el Centro de Lima y San Isidro, dejando a cientos de pasajeros atrapados, molestos y sin respuestas claras.

Según la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), la causa de este nuevo episodio de caos fue un “acto de vandalismo” que afectó a uno de los conductores. Si bien el comunicado oficial señala que el servicio fue “restablecido”, la realidad es que no existen protocolos efectivos para enfrentar imprevistos, ni mucho menos un plan de contingencia que priorice a los usuarios.

La ATU se limitó a publicar en redes sociales: “Se ha superado el incidente”, como si con eso bastara para justificar horas de retraso y desorden en el servicio. Es inaceptable que un sistema de transporte que moviliza a miles de personas a diario dependa del azar, sin medidas preventivas ni capacidad de reacción frente a emergencias mínimas.

Como si fuera poco, la estación Naranjal del Metropolitano también sufrió bloqueos debido a manifestantes. Aunque finalmente se dispersaron con apoyo policial, el daño ya estaba hecho: más demoras, más caos, y más ciudadanos afectados.

La ATU parece olvidar que gestiona un servicio esencial para la vida diaria de la ciudad. La falta de inversión en infraestructura de respaldo, la carencia de información oportuna a los usuarios y la absoluta ausencia de un plan de manejo de crisis evidencian un sistema colapsado por la improvisación.

Los limeños no merecen más excusas ni comunicados vacíos. Necesitan un sistema de transporte urbano que funcione, que sea seguro, previsible y, sobre todo, respetuoso con su tiempo y su dignidad. Si la ATU no puede garantizar eso, entonces la pregunta es obligada: ¿para qué existe?

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