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San Juan de Lurigancho contará con su primer centro comercial a partir del 2023

Ripley, Plaza Vea, Promart, Cineplanet, Oeschsle, son algunas de las empresas que se encontrarán para disfrute de todos los vecinos de ese distrito.

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Las obras ya están iniciadas y se encuentran al 25%. San Juan de Lurigancho tendrá su primer centro comercial en el último trimestre del 2023. Mall Aventura llevó a cabo la ceremonia de colocación de la primera piedra de su proyecto en el distrito, que tendrá una inversión de más de US$ 85 millones para un área de más de 62.000 m2.

En presencia de autoridades locales y empresarios se realizó este evento protocolar que marca un hito en el desarrollo del retail moderno peruano. La apertura se ha programado para el último trimestre del 2023.

Maqueta del centro comercial que se ubicará cerca a la estación Pirámide del Sol de la Línea 1 del Metro de Lima. Foto: Perú Retail.

Este centro comercial albergará a más de 100 marcas de tiendas especializadas en ropa, gastronomía, entretenimiento, vehículos y más, distribuidas en sus cuatro niveles.

Entre las marcas confirmadas están las tiendas por departamento Ripley y Oeschle, supermercados como Plaza Vea, la tienda de mejoramiento del hogar Promart, la cadena de cine Cineplanet, y otros comercios especializados como Renzo Costa, Vialé y muchos más. Se proyecta que en su primer año de operación reciba a más de 1.7 millones de visitantes.

“Estamos muy orgullosos y emocionados de llegar a San Juan de Lurigancho y traer a este gran distrito la mejor experiencia en comercio y entretenimiento del país; así como poder iniciar la construcción de uno de nuestros proyectos más esperados y ambiciosos en Perú”, señaló Javier Postigo, CEO de Mall Aventura.

Javier Postigo colocando simbólicamente la primera piedra en lo que será el Mall Aventura San Juan de Lurigancho. Foto: Perú Retail.

Además de las marcas ya confirmadas, el mall se encuentra en conversaciones para contemplar áreas de esparcimiento familiar, juvenil y cultural, entre otros servicios que complementen su ya robusto mix comercial.

Este proyecto no solo marcará un hito en el comercio del distrito, sino que dinamizará la oferta laboral del mismo. Durante su construcción y en la puesta en marcha de la operación del centro comercial se generarán 5.000 empleos directos e indirectos.

“Nos llena de alegría y optimismo ser ese impulso para el desarrollo económico del distrito y la mejora en el bienestar de los vecinos a través de oportunidades de empleo formal y servicios que mejorarán su calidad de vida”, finalizó Postigo.

Mall Aventura San Juan de Lurigancho estará ubicado a pocos metros de la avenida Próceres de la Independencia y la cuadra 9 de la avenida Lurigancho. Contará con fácil acceso y conexión directa a la Línea 1 del Metro de Lima a través de su estación Pirámide del Sol.

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Precio del balón de gas doméstico volverá a incrementarse a partir de hoy

Por cuarta vez balón de gas de 10kg volverá a subir de precio en casi 2 soles.

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El precio del balón de gas se va por las nubes. La Sociedad Peruana de Gas Licuado (SPGL) anunció que desde hoy se aplicará un nuevo incremento en el precio del balón de gas doméstico. Según se precisó, el aumento del costo del GLP por cilindro de 10 kg será en esta ocasión de S/1.89.

De acuerdo a la misiva n.º 021-2024-OS/GRT, publicada por Osinergmin, esta subida es la cuarta que se registra en los últimos tres años y tendría un impacto en más de siete millones de hogares en todo el Perú que dependen del gas licuado de petróleo (GLP) para cocinar, así como en las más de 200.000 pequeñas y medianas empresas que lo utilizan en sus operaciones comerciales.

Siguiendo esa misma perspectiva, el comunicado de la SPGL resalta la importancia de mantener un precio estable para el GLP, con el objetivo de prevenir incomodidades, especialmente para aquellos que dependen de este recurso.

Se va para arriba. Precio del balón de gas ha ido aumentando paulatinamente año a año, afectando a millones de familias y negocios. Foto: GEC.

En una entrevista con RPP, Jannine Delgado, directora ejecutiva de la SPGL alertó que este nuevo aumento del precio del balón de gas, a pesar de que ha habido un incremento paulatino en todo este año, “sí se va a sentir”.

Este aumento responde a dos temas, no solo por el aumento del precio internacional del ‘commodity’, sino por una norma de Osinergmin que haría inclusive que este precio continúe subiendo más en el futuro.

“Esta hace que la banda de precios de los combustibles del fondo de estabilización se calcule en función al precio de paridad de importación y no al precio de paridad de exportación, como se venía haciendo. [Ahora al precio] se le va agregar todo lo que es el transporte de este producto (GLP), del Golfo de Estado unidos a Perú”, reveló la vocera del SGPL.

Esto hará, según Delgado, que el balón tenga un incremento de S/7,00. “En planta valía S/50, pero hoy cuesta S/57. Es decir, el incremento de enero hasta abril ya lleva S/7 de aumento”, explica.

Este es el cuarto aumento en el precio del balón de gas GLP en un periodo de tres años, reflejando una tendencia al alza que preocupa tanto a familias como a empresarios peruanos. La dependencia del GLP como fuente de energía es alta en Perú, lo que hace que cualquier variación en su precio repercuta en la economía doméstica y en la operatividad de un amplio sector empresarial. La SPGL y Osinergmin, entidades implicadas en la regulación y supervisión de este mercado, buscan equilibrar la necesidad de cubrir los costos operativos y de importación con la accesibilidad para los millones de peruanos que dependen de este combustible.

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Gobierno plantea cobrarle el 18% de impuesto a los servicios de streaming como Netflix o Amazon Prime

Titular del MEF indicó que impuesto permitirá recaudar cerca de 1,200 millones de soles al año.

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Ya miles de personas prefieren permanecer en casa para ver una película, una serie, o un documental en la comodidad de su sala o dormitorio, a no tener que acudir a una sala de cine. La tecnología ha permitido que ahora uno se pueda preparar sus alimentos preferidos, sin pagar cobros excesivos de las cadenas de cine, y a la vez disfrutar de una película sin que nadie lo interrumpa, deteniendo o avanzando cuantas veces quiera la filmación, significando por ello un gran ahorro de dinero y también de tiempo, pues cabe recordar que nuestro país sufre por un terrible sistema de transporte público.

Ignorando todo ello, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), José Arista Arbildo, informó ayer que solicitarán facultades legislativas al Congreso de la República para aplicar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a los servicios de “streaming”.

Con esta medida, también conocida como ‘Tasa Netflix’se espera recaudar alrededor de 1,200 millones de soles al año. Así lo sostuvo el titular del MEF al finalizar el Consejo de Ministros, al destacar que mejoran las proyecciones sobre la economía del Perú.

“Nuestra preocupación es evidentemente el equilibrio fiscal y dentro de esto está la aprobación de un mecanismo de cobranza del IGV a todo lo que es el streaming. La tasa del impuesto ya está, en 18%, lo que pasa es que en este caso el proveedor, es externo”, dijo el ministro.

En ese sentido, el ministro Arista Arbildo indicó que se busca aclarar bien cómo va a ser esta forma de pago y de esta manera, cobrar este impuesto que ya lo tienen los países de la región.

“No es una cosa nueva, no es que estamos creando un impuesto o cosa similar. Nuestra expectativa es que este impuesto debería generar alrededor de 1,200 millones de soles al año”, sostuvo.

En la actualidad plataformas de streaming no tributan en nuestro país, ya que muchas de sus sedes se encuentran en el extranjero.

Países de Europa ya cuentan con la denominada “Tasa Netflix”

En relación a lo manifestado por el ministro Arista, los gobiernos, en especial los de Europa, están tomando acciones para que las compañías paguen una tasa tributaria extra, de acuerdo a sus ingresos en el país donde tienen presencia. En varios países ya se le conoce como “Tasa Netflix”.

Por ejemplo, Suiza es uno de los países que, a través de un referendum, aprobó la reforma a la Ley del Cine Nacional que obliga a las compañías como Netflix, HBO Max, Disney Plus, Amazon Prime, entre otras a que paguen una tasa extra del 4 % sobre sus ingresos.

Países Bajos también se sumaría a lista de naciones europeas que tienen normativas similares. Francia, España, Bélgica y Alemania también cobran un impuesto a estas plataformas de películas y series. 

En América Latina, desde el 2019 Uruguay aplica la tasa del 22 % a la plataforma Netflix. Asimismo, Argentina establece el 21 % a todas las plataformas digitales, mientras que Colombia y Chile establecieron el 19 % para Netflix y Spotify respectivamente. 

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Pleno del Congreso finalmente aprobó eliminar pagos de comisiones por transferencias bancarias y pago de tarjeta de crédito [VIDEO]

Iniciativa tuvo que esperar más de año y medio para su aprobación. Aún se encuentra pendiente una segunda votación luego de siete días calendario.

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Un gran paso contra los cobros excesivos. El 28 de octubre del 2022, la congresista Sigrid Bazán presentó un proyecto de ley que buscar eliminar las comisiones que se cobran por transferencias entre diferentes entidades bancarias, así como las que tienen que ver las tarjetas de crédito.

Dicha propuesta fue aprobada el 9 de junio del 2023 para su debate, agregándose una fórmula sustitutoria, acordándose que 21 de setiembre del mismo año pase a discutirse en el Pleno, sin embargo, eso no se dio. Finalmente, ese dictamen paso a aprobarse el día de ayer, en primera instancia, con 60 votos a favor, 28 en contra y 5 abstenciones. El presidente del Parlamento, Alejandro Soto, indicó que, de acuerdo con el artículo 78 del Reglamento del Congreso, dicho proyecto aprobado será sometido a una segunda votación después de siente días calendario.

El dictamen incorpora una disposición adicional final sexta en la Ley 31143, que estipula la prohibición de los bancos de cobrar tarifas por transferencias entre entidades financieras, tanto hacia como desde otras instituciones. Esta disposición debe ser claramente indicada en los contratos de cuentas de ahorro y cuentas corrientes.

Además, se establece que en los contratos de tarjeta de crédito se encuentra prohibido el cobro de una tarifa por realizar el pago de la tarjeta de crédito mediante una entidad financiera o un tercero que no sea la empresa emisora del producto. 

Sin embargo, se hacen excepciones para el pago de tarjeta de crédito a través de una caja rural de ahorro y crédito, una caja municipal de ahorro y crédito, una caja municipal de crédito popular o una cooperativa de ahorro y crédito.

FUENTE: TV PERU.

Entidades económicas del Estado en contra de proyecto

Ya anteriormente la propuesta legislativa no obtuvo el respaldo de diversas entidades económicas del Estado. Ni Ministerio de Economía y Finanzas, ni la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), tampoco el Banco Central de Reserva (BCR), validaron esta medida. Para estos, la posible ley afectaría al sistema financiero, donde las empresas se verían en la obligación de aumentar los costos para los clientes.

Asimismo, Mariela Zaldívar, entonces superintendenta de la SBS, señaló anteriormente que las transferencias entre distintas entidades financieras ya eran gratuitas, en un 50% de estas, cuando se trata de montos menores a S/500. Por su lado, el presidente de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú (Asomif), Jorge Delgado, “remover la simple posibilidad de cubrir los costos asumidos es una receta para el retroceso y el estancamiento, ya que el cobro de comisiones por transferencias interbancarias es el costo de la calidad y seguridad del servicio”.

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Gobierno oficializa sétimo retiro de la AFP

Ley N.º 32002 permitirá a los pensionistas el retiro de hasta 20,600 soles (4 UIT).

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Luego que el ministro de Economía, José Arista, anunciara que no observará el sétimo retiro de la AFP, el gobierno de Dina Boluarte promulgó hoy la Ley N.º 32002 que permite a los contribuyentes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) el retiro de sus fondos equivalente a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), o 20,600 soles.

La Ley 32002, aprobada la semana pasada en el pleno del Congreso de la República, fue publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, estableciendo que el retiro se dará para todos los afiliados a las AFP “sin ninguna excepción”.

Además, indica el procedimiento para el retiro que es “extraordinario y facultativo”. Se detalla que los aportantes pueden presentar su solicitud de desembolso de sus fondos de forma presencial o digital “dentro de los 90 días calendario posteriores a la promulgación de la ley”.

La norma también instruye que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) debe elaborar el reglamento de aplicación en un periodo “no mayor a 15 días calendarios, contados a partir de la entrada en vigor de la ley, bajo responsabilidad de su titular”.

La ley enfatiza la intangibilidad de estos fondos, los cuales están protegidos contra cualquier forma de deuda, embargo, retención o medida judicial o administrativa, con la excepción de las deudas por alimentos hasta por un máximo del 30%.

La Ley 32002 señala que, en el caso de que el aportante desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), debe informar a su AFP, por única vez, con al menos diez días de anticipación a la fecha programada para el siguiente desembolso.

Fuente: Normas Legales.

Documentos necesarios para tramitar el retiro de la AFP

Los requisitos, el calendario de ingreso de solicitudes y los procedimientos respectivos serán informados cuando se emita el procedimiento operativo. Por ahora, las entidades financieras sugieren mantener actualizada la siguiente información:

  • Datos personales: Nombre, documento de identidad (DNI), teléfono, correo del afiliado.
  • Tener tu cuenta lista: Número de cuenta en una entidad financiera que esté a nombre del beneficiario (no mancomunada).
  • Contraseña web de tu cuenta bancaria
  • Recuerda la clave digital de la AFP a la que pertenezcas

Cabe recalcar que el retiro de los fondos de pensiones es completamente gratuito y virtual.

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El Congreso se apresura: Comisión de Economía aprobó liberación de CTS hasta diciembre de 2024

El dictamen primero fue aprobado por la Comisión de Trabajo del Parlamento y hoy acaba de ser aprobado por la Comisión de Economía. Ahora, solo faltaría su aprobación en el próximo Pleno para que miles de trabajadores accedan a la liberación del 100% de la CTS hasta diciembre del 2024

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Primero fue la Comisión de Trabajo, presidida por el congresista Pasión Dávila (Bloque Magisterial), que aprobó este último martes 16 de abril el dictamen de los proyectos de ley 7010/2023-CR, 7130/2023-CR, 7152/2023-CR, 7358/2023-CR, 7400/2023-CR, y 7468/2023-CR, que proponen la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante todo este año (2024). Esto a fin de afrontar la recesión y crisis económica que afectan al país.

Y hoy miércoles 17 de abril, la Comisión de Economía del Congreso de la República, tras un intenso debate, también aprobó el dictamen que recibió una mayoría significativa que respalda su aprobación. El proyecto referido al retiro de la CTS. tuvo como resultado 21 votos a favor, uno en contra y una abstención.

Ahora solo falta su aprobación en el Pleno

El dictamen aprobado en las dos comisiones previas, ahora se elevará al Pleno del Congreso, donde los legisladores podrán votar y, en caso que se ratifique la aprobación, podrán modificar la ley vigente respecto a la disponibilidad de las cantidades del retiro de la CTS, que sería del 100% durante el 2024.

¿En qué consiste la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que brindan las empresas a los empleados formales que están en planilla. La finalidad es cautelar económicamente al trabajador cuando finalice su contrato laboral y quede desempleado; entonces, durante el tiempo que se encuentre sin empleo, podrá supervivir con los fondos que dispone de la CTS.

Foto: Gobierno.

La CTS solo corresponde a trabajadores formales y no a los que no están en planilla

El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios le corresponde única y exclusivamente a los trabajadores que estén en planilla. Los trabajadores que brindan sus servicios laborales de manera informal y que no están incluidos en la planilla de la empresa, no gozan de este beneficio.

La ley establece que la CTS se pague dos veces al año

Las compañías y/o empresas empleadoras, según establece la ley, están obligadas a hacer dos depósitos al año a sus trabajadores que se encuentren en planilla. El primer abono y/o deposito se realiza hasta el 15 de mayo del año en curso, mientras que el segundo abono deberá realizarse, como máximo, el 15 de noviembre del mismo año.

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Comisión de Trabajo aprueba liberación del 100% de la CTS hasta diciembre del 2024

Antes de llegar al Pleno deberá pasar por la Comisión de Economía para su aprobación definitiva.

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La Comisión de Trabajo, presidida por el congresista Pasión Dávila (Bloque Magisterial), aprobó este último martes el dictamen de los proyectos de ley 7010/2023-CR, 7130/2023-CR, 7152/2023-CR, 7358/2023-CR, 7400/2023-CR, y 7468/2023-CR, que proponen la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante todo este año. Esto a fin de afrontar la recesión y crisis económica que afectan al país.

La propuesta se aprobó con 11 votos a favor, tres abstenciones y ninguna en contra. Esta autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, que los trabajadores puedan retirar su dinero en las entidades financieras donde tengan acumulados este beneficio laboral.

La CTS tiene como objetivo brindar un respaldo financiero a los trabajadores cuando estén desempleados y puede ser depositada en soles o en dólares. Esta aplica para los colaboradores que están en planilla y que tienen, como mínimo, un mes, así como una jornada laboral superior a las 4 horas.

Dicha compensación económica es un beneficio laboral que actúa como un seguro de desempleo y se otorga dos veces al año, en los meses mayo y noviembre, por parte de la empresa al trabajador con vínculo laboral, con el fin de constituir un fondo para futuras contingencias luego de la culminación de su contrato. Recordemos que el pago debe ser depositado máximo hasta el 15 de mayo del 2024.

No alcanza. Cada vez más peruanos sufren para llegar a fin de mes y por ello solicitan la libre disposición de sus AFP o CTS.

Liberación del 100% de la CTS deberá pasar por la Comisión de Economía

El dictamen para liberar el 100% de la CTS se verá hoy en la Comisión de Economía y de aprobarse sería debatido en el pleno del Congreso para la primera quincena de mayo. Así lo estimó César Revilla, presidente de dicho grupo de trabajo. 

“Habría que esperar dos semanas. Se firma, se publica y tiene que estar dos semanas publicado más o menos. Entonces viene la semana de representación, a la siguiente se podría estar teniendo una votación. De ser aprobado el miércoles (el proyecto de ley) podría votarse en quincena de mayo o si no es cuestión de una semana. Hay procedimientos parlamentarios que se tienen que cumplir”, manifestó en el programa Economía para Todos de RPP

Revilla comentó que se presentaron hasta catorce proyectos de ley, elaborados por nueve bancadas congresales, sobre este tema.

“Tenemos aproximadamente catorce (proyectos de ley), pero por lo menos hay nueve bancadas que ya tienen su propia iniciativa. Entonces yo creo que no debe haber problemas para la aprobación de este dictamen. Va a ser el retiro de la CTS hasta este 2024 porque se entiende que este año golpeado por la recesión”, expresó. 

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Más de 33 mil peruanos se sumaron a la lista de desempleados según último reporte del INEI

Reporte trimestral señala que cerca de la mitad de trabajadores se encuentran en situaciones de empleo no adecuado.

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Cuenta mucho encontrar trabajo en la capital y más peruanos continúan ‘pateando latas’ diariamente. El último reporte del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) revela que la tasa de personas sin un puesto de trabajo creció 8% en el primer trimestre del año en curso (enero, febrero y marzo), en comparación con los tres primeros meses del año 2023.

En detalle, el desempleo afectó más a las mujeres (8,7%); mientras que a la población masculina incidió en un 6,8%. Por otro lado, el desempleo golpeó más a la población menor de 25 años en 15,5% y en los que tienen educación secundaria en 8,2%.

En el trimestre de análisis, del total de población desempleada, más de 447.500, el 53% (235.500) son mujeres y el 47% (212.000) hombres. Una cifra por encima a los 414.500 registrados en 2023.

El informe también señala que de enero a marzo del 2024, la población con empleo adecuado aumentó en 4,9% y respecto al mismo periodo del 2019, en 3,1%. Por otro lado, en el trimestre móvil observado, la población subempleada aumentó en 4,2% y respecto a igual trimestre del año 2019, en 24,6%. En la capital, la población con empleo adecuado totalizó 3 millones 151.100 personas.

Más de la mitad de los encuestados indicaron que tienen un empleo no adecuado

Por otro lado, los datos provistos por el INEI indican que alrededor de la mitad de los trabajadores en Lima Metropolitana se encuentran en situaciones de empleo no adecuado, es decir aquellos que no cumplen con la jornada laboral completa o porque sus remuneraciones no alcanzan el mínimo legal establecido ni derechos.

Pese a que hay 3 millones 151.100 personas con trabajos adecuados, existen 2 millones 208.600 trabajadores que enfrentan el subempleo. De este último grupo, 458.900 tienen empleos con insuficiencia de horas y 1 millón 749.700 reciben ingresos inferiores a los sueldos básicos.

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Después de más de 20 largos años Telefónica del Perú se comprometió en pagar a la Sunat S/1,361 millones [VIDEO]

Empresa de telecomunicaciones efectuará el pago en cumplimiento de fallo del PJ.

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Pagarán a regañadientes una disputa tributaria que duró más de 20 años. Telefónica del Perú informó, a través de un Hecho de Importancia, que realizará el pago de S/ 1.361 millones a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), en cumplimiento de una resolución judicial, en última y definitiva instancia, del 18 de enero del año pasado de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, respecto a la declaración del Impuesto a la Renta de los ejercicios fiscales de los años 2000 y 2001.

Al respecto, la empresa de telecomunicaciones de origen español aseguró que las demoras en la solución del conflicto no son atribuibles a ellos y cuestionaron que se les aplicó intereses moratorios indebidamente y fuera de los plazos fijados por ley, al punto que el 80% de la deuda responde a intereses y multas.

“Como se recuerda, siempre dentro del marco normativo vigente, Telefónica como lo haría cualquier otro contribuyente, indistintamente de su tamaño, condición o procedencia, cuestionó los reparos efectuados por la administración tributaria, por considerar que los mismos fueron arbitrarios y carentes de todo sustento. Asimismo, como esta legítima controversia tardó en resolverse más de 20 años, por demoras no atribuibles a la compañía, la empresa cuestionó la aplicación indebida de interés moratorios fuera de los plazos establecidos por la ley y que habían dado lugar a que el 80% del monto en controversia estuviera compuesto de intereses y multas”, se lee en el comunicado de la empresa.

Debe mencionarse que, en el año 2021, el Tribunal Constitucional concedió la razón a Telefónica del Perú, al reconocer que ésta fue objeto del cobro de intereses por demoras no imputables a la empresa.

“Lamentablemente, la adopción de esta decisión produjo públicas discusiones entre los magistrados del Tribunal y el criterio en el que se sustentaba inexplicablemente no fue recogido en un segundo caso seguido por la compañía con la Sunat, pese a ser de las mismas características”, asegura la compañía.

fuente: 24 horas.

Asimismo, sostuvo que frente a los montos restantes que puedan derivarse de las liquidaciones se requerirá un fraccionamiento ante SUNAT de acuerdo con el Código Tributario.  

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