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PRONUNCIAMIENTO CONTRA EL GRUPO GLORIA RESPECTO DE SUS CONSTANTES ABUSOS EN PERJUICIO DEL PUEBLO PERUANO

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El día viernes 9 de junio de 2017, presentamos una demanda de Amparo en contra del Grupo Gloria por la vulneración de los derechos constitucionales de la protección de la salud y a una información veraz y correcta de los consumidores que se han visto afectados durante años por los engaños de esta empresa.

Si bien presentamos el documento luego de la salida del mercado peruano de la “leche” Pura Vida -merced a una acción de INDECOPI realizada, luego de la suspensión del Registro Sanitario por parte de DIGESA, ambas motivadas, sin duda, por la presión mediática que iba en contra suya debido a su inacción y/o complacencia frente a la empresa en cuestión- por considerar que el ámbito administrativo ha resultado más que insuficiente ante la persistente y nefasta publicidad que el Grupo Gloria propala impunemente año tras año, consideramos que eso no ha sido suficiente para reparar el perjuicio causado habida cuenta de los argumentos que siguen a continuación.

Nos sorprendió, en un primer momento,  que hasta la fecha no se haya recurrido a la vía constitucional siendo más que flagrantes las violaciones de los derechos invocados en nuestro petitorio y siendo que el orden administrativo ha resultado inocuo ante el Grupo Gloria, es decir, para hacer que cese su negativa disposición respecto de timar a sus consumidores, puesto que las multas con que se ha “sancionado” a esta empresa, múltiples veces infractora, no surtieron efectos disuasorios en ningún momento respecto de su mala praxis publicitaria. Nos preguntamos, en ese momento, dónde estuvieron todos estos años, los Colegios Profesionales, sobre todo, los numerosos Colegios de Abogados que existen en el territorio de nuestro país, los representantes de la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y otras entidades encargadas de resguardar los intereses de la ciudadanía y ni se diga de DIGESA o INDECOPI cuyos límites estructurales dentro del sistema o dentro de la malsana dinámica que tiene el poder en nuestra sociedad le imposibilitan toda oportunidad de doblegar el ímpetu vejatorio del Grupo Gloria, el mismo cuyo mantenimiento no podemos consentir que se mantenga por más tiempo en la condición de impunidad, toda vez que hacerlo sería estampar un sello de indeleble ignominia en la frente de cada ciudadano peruano, escritas sean estas líneas recordando al maestro Manuel González Prada.

En este orden de cosas, es nuestra responsabilidad como ciudadanos peruanos dignos no claudicar ante la opresión provenga de donde provenga ya que esta es la única vía por la que, en algún momento, llegaremos a ser un país libre, pero libre de verdad y no como la pantomima del actual sistema quiere hacernos creer.

Pese a que al Poder Judicial y al mismo Tribunal Constitucional se les puede criticar por muchas razones fundamentadas; también, es necesario aprovechar los instrumentos que brinda el sistema en entredicho a fin de reestructurarlo o reformarlo.

Nuestro único objetivo es lograr un pronunciamiento constitucional de la jurisdicción sobre el tema propuesto a fin de que se amoneste al Grupo Gloria tras ser declarada fundada la demanda tal cual prescribe el artículo 1 del Código Procesal Constitucional: Si luego de presentada la demanda cesa la agresión o amenaza por decisión voluntaria del agresor, o si ella deviene en irreparable, el Juez, atendiendo al agravio producido, DECLARARÁ FUNDADA LA DEMANDA PRECISANDO LOS ALCANCES DE SU DECISIÓN, DISPONIENDO QUE EL EMPLAZADO NO VUELVA A INCURRIR EN LAS ACCIONES u omisiones QUE MOTIVARON LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA, Y QUE SI PROCEDIERE DE MODO CONTRARIO SE LE APLICARÁN LAS MEDIDAS COERCITIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 22 DEL PRESENTE CÓDIGO, SIN PERJUICIO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL QUE CORRESPONDA.”

Transcribiremos a continuación algunos fragmentos resaltantes de la demanda reformulados a fin de que empalmen con la introducción que precede a estas líneas, a fin de que puedan copiar y divulgar lo que crean conveniente, sin óbice de que descarguen el pdf con las imágenes del cargo correspondiente.

Sobre el PETITORIO:

 

Que, acudimos a vuestro Despacho en busca de tutela jurisdiccional efectiva, en nuestra condición de ciudadanos afectados por la mala praxis publicitaria de la empresa Gloria respecto del producto lácteo mal denominado “leche” Pura Vida y otros, a fin de interponer la presente ACCION DE AMPARO, por violación de nuestro derecho Constitucional a la protección de la salud y a una información veraz y correcta por parte de la EMPRESA GLORIA S.A. representada por su Gerente General, PRIDAY ROBERT DAMIAN, solicitando se declare FUNDADA nuestra petición”.

 

Sobre los FUNDAMENTOS FÁCTICOS:

 

Que con fecha 2 de junio de 2017, hemos tomado conocimiento de la deshabilitación del producto “leche” Pura Vida debido a la Resolución N°015-AG-2017 de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) y hemos considerado que esta violación no sólo implica una violación similar en nuestro país, sino que, por, sobre todo, es un riesgo para la salud de los ciudadanos consumidores de este producto y ni decir respecto de la vulneración de las formas más elementales de protección al consumidor al estar imbuida, esta circunstancia, de todas las condiciones de una publicidad engañosa.

 

Debemos señalar que en primer lugar se ven afectados los intereses difusos que conciernen al tema tan delicado de la salud y que, además, se vulnera, toda la normatividad que concierne al INDECOPI respecto de la debida información que debe exhibir un producto en relación a la protección y defensa del consumidor. Consideramos que las autoridades administrativas pertinentes deberían haber evaluado la pertinencia de la publicidad y expendio del producto mal llamado “leche”, Pura Vida, con anticipación a todos estos sucesos. En ese sentido, por el presente exigimos que se sancione a la empresa perpetradora de tales atropellos.

Siendo que el 11 de mayo de 2017, la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) expidió la Resolución N°015-AG-2017, cuyos contenidos fueron propalados en nuestro país el día viernes 2 de junio del presente año, consideramos que es una circunstancia insostenible –vulgo, el colmo que toda la vida nos enteremos de las irregularidades sucedidas en nuestro país desde el extranjero. Así, si no fuera por la denuncia que la Comisión de Ganaderos de Panamá formuló ante la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) respecto del contenido del producto Pura Vida, supuestamente una leche en todos sus extremos, en tanto que, en verdad, es una bebida saborizante y con colorantes que simula ser leche, nunca hubiéramos reparado en lo irregular de los etiquetados que el Grupo Gloria propala en sus productos.

Siendo que las autoridades panameñas especificaron que la “leche” Pura Vida, entre sus ingredientes contiene lecitina de soya, estabilizantes, vitaminas A, C y D, una mínima porción de leche parcialmente descremada, leche de soya y esencia de leche es indeseable que se mantenga sobre él una denominación que no le corresponde.

La Resolución N°015-AG-2017 detalla que la “leche” Pura Vida contiene en su etiquetado ilustraciones y declaraciones que llevan al consumidor a conclusiones erróneas acerca del producto. A tales extremos, llegó este asunto en Panamá, que el Ministerio de Salud de dicho país puntualizó que la marca del Grupo Gloria no cumple con la norma general para etiquetado de alimentos preenvasados.

La Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) a través de la Resolución N°015-AG-2017 ha deshabilitado al producto Pura Vida a seguir manteniendo la denominación de en cuestión y a no participar del mercado panameño hasta que no se modifiquen todas las etiquetas correspondientes.

Siendo que el país afronta un periodo de desarrollo económico importante consideramos que una violación de las normas de protección al consumidor juega en contra de toda la ciudadanía a nivel nacional en diversos niveles pero sobre todo en su dignidad y en lo tocante a la protección de la salud así como el derecho a recibir una información  correcta y veraz respecto de lo que se consume, ya que esta violación del principio de veracidad, de las normas de protección al consumidor y del deber de idoneidad, en suma, a la debida información que merece cualquier consumidor, se suma la larga cadena de violaciones perpetradas por el Grupo Gloria y sus diversos productos, en el curso de los últimos años,  entre los que vale citar los casos de Soalé, Queso Bonlé y otros y ni decir del descrédito internacional a nivel internacional tal cual ha demostrado el suceso panameño.

Más relevante aun es el derecho a la salud que se ve perjudicado por una anómala presentación de un producto lácteo en nada cercano a la leche que ha sido consumido por miles de ciudadanos con todas las consecuencias que ello acarrea, sobre todo el hecho de no habernos beneficiado según lo que creímos que estábamos consumiendo

En representación de los intereses difusos de la ciudadanía nacional cumplimos con el deber cívico de participar de tales extremos a la institución correspondiente, en este caso, el Poder Judicial, toda vez que ni el INDECOPI, ni DIGESA ni ningún otro elemento de la Administración Pública han cumplido con los fines interpuestos en su propia estructura de creación, a fin de que se proceda a sancionar con todo el rigor que confiere la ley a los representantes de establecer la permanente dinámica de mentira y engaños al consumidor que ha sido perpetrada por el Grupo Gloria. S.A.

Entendiendo que el Derecho debe suplir las desigualdades establecidas entre los diversos sujetos que interactúen dentro de la esfera legal para otorgar así, a unos y otros, una igualdad material y siendo que el consumidor en función de su rol social es uno de abierta desigualdad y/o desventaja frente a los proveedores y, peor aún, ante los grandes empresarios DEBEMOS PROCURAR UNA SATISFACCIÓN Y UN EQUIPARAMIENTO INMEDIATO A FIN DE QUE ESTOS NO PERPETREN NINGUNA CIRCUNSTANCIA ABUSIVA EN CONTRA DE AQUELLOS. Para esclarecer esta parte final de nuestra argumentación recurriremos a diversos criterios manifestados por el órgano de control constitucional supremo a fin de que se denote la capital importancia que tiene los derechos a los que concierne la recurrencia de nuestra acción.  Por ejemplo, el contenido en la STC Exp. 1006-2002-AA/TC, f.j. 2, d y e: “UN ESTADO DE DERECHO QUE PROCLAMA COMO VALOR PRIMORDIAL LA DEFENSA DE LA PERSONA, NO PUEDE DESATENDERSE DE MECANISMOS CON LOS QUE EFECTIVAMENTE SE GARANTICE SU PROTECCIÓN ADECUADA. CUALQUIERA QUE FUESE EL MEDIO EN EL QUE SE DESENVUELVA O SE DESARROLLE LA PERSONA, NO SE LE PUEDE ATROPELLAR EN SUS DERECHOS ESENCIALES EXPONIÉNDOLA A RIESGOS O PERJUICIOS INNECESARIAMENTE OCASIONADOS POR LAS PROPIAS PERSONAS, POR LAS ORGANIZACIONES COLECTIVAS QUE LOS CONFORMAN, O POR EL PROPIO ESTADO EN CUALQUIERA DE SUS CORPORACIONES. … LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL CONSIDERA LA PROTECCIÓN AL USUARIO, MEDIANTE LA CUAL NO SOLO SE TIENE DERECHO A RECIBIR SERVICIOS ESENCIALES, SINO TAMBIÉN A QUE ESTOS SEAN DISPENSADOS EN CONDICIONES ÓPTIMAS O, AL MENOS, FAVORABLES. DE ASUMIRSE QUE LO ÚNICO QUE IMPORTA ES EL SERVICIO Y NO LA MANERA COMO ESTE SE BRINDE, SIMPLEMENTE SE ESTARÍA PASANDO POR ENCIMA DE LA CONSTITUCIÓN”.

También, y mucho más importante es el contenido de la STC Exp. 3315-2004-AA/TC, f.j. 10. que determina el desarrollo del ARTÍCULO 65 DE LA CARTA DE 1993 que hemos referido como principal fundamento jurídico de la causa que invocamos: “[I]insertos en el texto supra [derechos del artículo 65], albergan implícita o innominadamente una pluralidad de derechos que, siendo genéricos en su naturaleza, y admitiendo manifestaciones objetivamente incorporadas en el mismo texto fundamental, suponen la existencia de un numerus apertus a otras expresiones sucedáneas. La pluralidad anteriormente mencionada tiene su fuente de reconocimiento, fundamentalmente, en el artículo 3 de la Constitución y, residualmente, en el artículo 2, incisos 2 y 13, y en las partes ab initio de los artículos 58 y 61 de la Constitución”. De este último contenido, es clarísimo el sentido que el TC brinda al artículo en cuestión y no es otro que la CONSAGRACIÓN EXPRESA DE LOS DERECHOS A LA INFORMACIÓN, Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES más todos los otros que puedan incluirse en el importante artículo 3 de la Constitución nacional vigente en este momento.

En este sentido, reiteramos que EL GRUPO GLORIA REPETIDA Y OBSTINADAMENTE, DURANTE EL TRANSCURSO DE DÉCADAS, HA VIOLENTADO LOS DERECHOS A LA INFORMACIÓN Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES, SIENDO EL CASO PURA VIDA SÓLO LA CEREZA FINAL DE UN PASTEL QUE SE HA DETERIORADO HACE DEMASIADO TIEMPO Y POR ESO RECURRIMOS A ESTA INSTANCIA A FIN DE QUE EL ESTADO PERUANO ACTÚE COMO CORRESPONDE EN BENEFICIO DE SUS CIUDADANOS Y NO SÓLO DE UN SECTOR SOCIAL.  El trasfondo, en este punto, es que este producto no favorece la salud ni la beneficia como debería ser de acuerdo a la información que brinda el proveedor.

Por todo ello, SOLICITAMOS al Poder Judicial que admita a trámite el presente escrito, se resuelva en los plazos correspondientes y SE SANCIONE A LA EMPRESA INFRACTORA CON TODO EL RIGOR QUE LA LEY CONFIERE A LA ADMINISTRACIÓN EN TÉRMINOS CONCERNIENTES A LA PROSCRIPCIÓN DE TODA FORMA DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA COMO ES LA QUE IMPUNEMENTE Y DURANTE DÉCADAS HA PROPALADO EL GRUPO GLORIA”. 

SOBRE EL FUNDAMENTO DEL AGOTAMIENTO DE LA VIA PREVIA.

El agotamiento de la Vía Administrativa no es un factor ineludible, sobre todo cuando el daño producido por la inacción puede devenir en irreparable y suponiendo que la vía previa correspondiente sea la recurrencia ante INDECOPI hallamos que en nada han servido las numerosas denuncias de ASPEC ante dicha institución, toda vez que los denunciados se han servido del pago de las multas impuestas y para ellos no ha representado nada más que una mínima cuota de todos los millones que anualmente gana. Es decir que, de modo figurado, el mar de la ambición y de las ávidas intenciones de los grandes empresarios adeptos a malas prácticas publicitarias siguió asolando las costas de la moral nacional con su impunidad.

Siendo, además que el Artículo 46 del Código Procesal Constitucional señala, en su Inciso 2, como una de las excepciones al agotamiento de las vías previas el supuesto de que “Por el agotamiento de la vía previa la agresión pudiera convertirse en irreparable”, convenimos en la existencia de fundamentos de sobra para que el tema sea expuesto ante la jurisdicción constitucional, a fin de que se resuelva del modo más radical y se establezca una definición fundamentada y un escarmiento como el que corresponde a tan abiertas vejaciones a los derechos de la ciudadanía, pese a que en apariencia hayan cesado.

Por consiguiente, nuestro derecho para accionar en el Poder Judicial a través de esa garantía constitucional como es el Amparo está convenientemente expedido y es absolutamente legítimo.

Siendo que se trata de derechos constitucionales legalmente protegidos, el peligro inminente de la vulneración, ocasionaría un perjuicio irreparable. En consecuencia, siendo que la materia objeto del presente escrito afecta derechos constitucionales de primer orden, no resulta amparable el agotamiento de la Vía Administrativa previa.

 

SOBRE LA POSIBLE SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA.

 

Siendo que la “leche” Pura Vida Nutrimax de la marca Pura Vida, ha sido erradicada del mercado, temporalmente, merced a una medida cautelar para inmovilizar y cesar su comercialización, contenida en una Resolución de la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del INDECOPI, consideramos que esta medida es sólo un gesto realizado para evadir la presión mediática sobre el tema y no corresponde a la realidad toda vez que INDECOPI no puede hacer nada más excepto imponer multas pecuniarias que al Grupo Gloria le resultan insignificantes.

Por ello, entre todas las otras razones expuestas, y a cuenta de que el Grupo Gloria no insista en promover una publicidad de tipo engañosa y faltar a la verdad y al debido derecho a la información que tenemos todos los ciudadanos peruanos en tanto consumidores, es que consideramos que nuestra petición tiene el suficiente mérito para ser atendida por el Poder Judicial en atención al control constitucional que prescribe nuestro ordenamiento.

Finalmente, siendo que durante años el Grupo Gloria ha violado los derechos del consumidor, esto es, del ciudadano peruano, esa responsabilidad no puede mantenerse impune bajo apercibimiento de ser una marca de vergüenza sobre el rostro de todos los peruanos y, por ello, Gloria debe responder con algo más significativo que el cumplimiento de las multas que INDECOPI le confiere cada cierto tiempo puesto que no basta que satisfaga las multas que impone la administración, ni que pida disculpas, ni nada que sea distinto a una sanción monumental y que ya no repita su mala praxis publicitaria y de contenidos.

Por lo expuesto, exigimos que se siente un precedente a fin de que cese la perversa publicidad propalada por el Grupo Gloria, la que sólo tiene como fin engañar a toda la ciudadanía, y que cese la impunidad de ciertos sectores de nuestra sociedad.

Esta es la ocasión para producir un impacto contundente en el sistema, ya que no sólo nos hemos visto afectados los consumidores, sino que inclusive se ha afectado a otros agentes económicos como los pequeños y medianos proveedores de la cadena de distribución del Grupo Gloria que en este momento se ven afectados por la inamovilidad de los productos Pura Vida y, al parecer, no existe ni por asomo, la posibilidad de que puedan recuperar su capital si es que esto tuviese que depender de la voluntad de los representantes del Grupo Gloria, según se ha visto en la última edición de Reporte Semanal, mostrando que en épocas de crisis sólo se protegen los grandes y sus grandes intereses en tanto que todos los otros, los que no pertenecen a sectores sociales privilegiados, deben padecer las consecuencias más negativas de los malos manejos de los poderosos.

Para lograr el mejor de los fines, en el sentido propuesto, sólo es necesario que todos los ciudadanos procuren preservar su dignidad no consumiendo los productos que están en pleno cuestionamiento y que sigan el proceso de Amparo hasta el final.


Percy Vílchez Salvatierra

Abogado

Celular: 999947277

E-mail: percyvilchez.s@hotmail.com

Jose Luis Pacheco Moya

Abogado

Celular 962696953

G-mail: pacheco.moya@gmail.com

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Paralizan obras del hotel Sol Ollantaytambo Boutique ante presuntas irregularidades en su construcción

Desde tempranas horas del día, DDC del Cusco intervino construcción salpicada por presuntos actos de corrupción.

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Lo que mal empieza, mal termina. Luego de hacerse pública la denuncia de Andrés Bravo Pinedo, presidente del Frente de Defensa de los Intereses del Distrito de Ollantaytambo, respecto a un presunto acto de corrupción perpetrado nada menos que por el alcalde de Ollantaytambo Paul Palma, en colusión con la propietaria del hotel Sol Ollantaytambo Boutique, Lucinda Miranda Farfán, y su administrador Derik Miranda Farfán, la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) del Cusco, con apoyo de los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) paralizaron la construcción del mencionado recinto hotelero como parte de una “medida cautelar” dispuesta por el despacho de Cultura.

Personal de la DDC del Cusco interviniendo la obra del hotel ubicado en la calle Ventiderio, Ollantaytambo.

La labor fiscalizadora, en principio, le corresponde a la municipalidad de Ollantaytambo, encabezada por Paul Palma, sin embargo, al estar dicha autoridad involucrada en las investigaciones, la encargada de realizar la medida preventiva fue la DDC del Cusco.

Y es que como ya se publicara en este medio, Andrés Bravo Pinedo viene denunciando una presunta red de tráfico de influencias y abuso de autoridad por parte del alcalde Paul Palma y los representantes del hotel Sol Ollantaytambo Boutique.

De acuerdo a los primeros informes obtenidos, la municipalidad de Ollantaytambo otorgó, sin pasar por las comisiones técnicas correspondientes, el permiso de restitución volumétrica para dicha obra, la misma que hasta la fecha no cuenta con una orden de demolición.

“La tardanza en la anulación y la ausencia de una orden de demolición sugieren complicidad o negligencia por parte de las autoridades, permitiendo que el daño al patrimonio continúe”, se lee en la nota publicada el pasado 2 de abril del año en curso.

Asimismo, continúa el informe, “entre las autorizaciones otorgadas de forma irregular se encuentran las siguientes: autorización N° 001-2023-GDUR – MDO, autorización N° 016-2024-GDUR – MDO, y la autorización N° 020-2024-GDUR – MDO.  Además, la ejecución de obras no cumple con la normativa vigente, donde los propietarios deberían presentar el expediente respectivo al procedimiento administrativo, en concordancia al Reglamento de Intervenciones Arqueológicas vigente aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2022-MC, de fecha 23 de noviembre del 2022”.

La nota completa en el siguiente enlace:

Ollantaytambo: atentado al Patrimonio Arqueológico revela presuntos actos de corrupción, tráfico de influencias y abuso de Autoridad

Finalmente, se tuvo conocimiento que la diligencia realizada esta mañana no acudió personal de la Fiscalía, impidiéndose la incautación de las herramientas y maquinarias, y constatando que al término del encintado aún habían obreros trabajando dentro de dicho inmueble.  

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En Comas madre de familia rompe en llanto y remata su tienda por culpa de extorsionadores [VIDEO]

Una comerciante emprendedora se vio obligada a cerrar y trasmitir en vivo para subastar las prendas de su negocio ‘RubyLiz Boutique’ para poder recaudar una fuerte suma de dinero que vienen exigiéndole una banda de extorsionadores.

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Mientras que el premier Gustavo Adrianzén asegura que la declaratoria de emergencia ha sido un “éxito que se viene observando”, la ola criminal continúa extorsionando y asesinando a los ciudadanos de a pie. Por lo que una comerciante de Comas reveló que se ha visto obligada a rematar su negocio debido a que extorsionadores le exigen una fuerte suma de dinero para no atentar contra su vida.

Entre lágrimas anunció ser víctima de extorsionadores

A través de su red social TikTok, la fundadora de ‘RubyLiz Boutique’, no pudo contener las lágrimas y contó en una trasmisión a sus seguidores que su situación es complicada tras ser víctima de las bandas extorsivas. A pesar de 10 años de dedicación y trabajo en su negocio, la madre de familia no pudo encontrar otra solución, debido a que no contó con el apoyo de la Policía.

En pleno llanto, la comerciante contó que, debido a la constante exigencia de los criminales, tuvo que tomar la decisión de rematar todas sus prendas de ropa en línea para poder juntar el dinero que tanto le exigen los extorsionadores.

“Estimados amigos y clientela, en estos momentos me comunico con ustedes a través de esta plataforma para informarles que voy a hacer una transmisión de remate porque necesito conseguir dinero muy fuerte para mañana. Es de vida o muerte. Espero contar con el apoyo de todos ustedes», expresó la comerciante y reveló que su negocio en Lima Norte dejará de funcionar porque priorizará el bienestar y la integridad de su familia, por lo que pidió contar con el apoyo de sus clientes para que pueda cubrir los pagos de los cupos que le exigen los criminales.

“Lamentablemente (la empresa) dejará de laborar. Ya no atenderá en almacén y quizás ya no vuelvan a verlo en redes sociales por un buen tiempo. Para mí lo más importante es la tranquilidad de mi familia, pero necesito conseguir un dinero muy fuerte», culminó entre sollozos la comerciante extorsionada.

fuente: 24 horas.

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Extorsionadores frenan nuevamente al país ante fracaso de medidas adoptadas por el Gobierno [VIDEO]

Gremio de transportistas continúa recibiendo amenazas de los extorsionadores que no dudan en disparar a sus unidades repletas de pasajeros.

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Todo mal. Militares resguardando Larcomar, las estaciones del tren, el parque Kennedy, parados, solo viendo la gente pasar; policías que solo dan vueltas por las avenidas más transitadas, llamándolo a ello “patrullaje”, sin que se atrevan a ingresar a las zonas más peligrosas de la ciudad, intervenciones sin sentido, detenciones a personas con antecedentes penales pero que ya purgaron condena, o a microcomercializadores de drogas, todo para que en la estadística del denominado “Cuarto de Guerra” se indique que han “desarticulado” a una “organización criminal”. Se atrapan a los ‘peces pequeños’, pero jamás a las cabezas.

La jefa de Estado, Dina Boluarte, bien acompañada de los comandantes de las Fuerzas Armadas, repite y repite que la criminalidad ha disminuido, pero minutos después sale una noticia sobre un chofer baleado a plena luz del día, y metros más adelante están los policías y militares parados, sosteniendo sus rifles.

El gremio de transportistas está cansado de tantas mentiras, de tanto “estado de emergencia” que suena imponente, pero que en la realidad es solo un día más; nada cambia, los delincuentes cada vez son más avezados y se graban cuando disparan sin compasión a un conductor, sin siquiera ponerse a pensar que están dejando a dos o tres niños sin su padre.

Segundo paro solo en esta semana. Los grandes perjudicados somos todos los ciudadanos que tenemos que utilizar un medio de transporte para llegar a nuestros centros de trabajo, demorándose para ello dos o tres horas, caminando otros largos trayectos para que ese día no les descuenten; en tanto, sus ministros se ocupan más en asistir a interpelaciones del Congreso que ponerse a atacar frontalmente el problema. Nadie pone de su parte.

fuente: atv matinal.

Desde las cinco de la madrugada nuevamente Lima y Callao se encuentran paralizados. Los transportistas han anunciado que cerca de 20 mil unidades apagarán sus motores en señal de protesta por las extorsiones y atentados que vienen sufriendo a diario.

Por su parte, las universidades ya se fueron preparando ante el anuncio de los transportistas, avisando a sus alumnos que las clases se realizarán de manera virtual; similar respuesta se ha dado desde los colegios particulares y estatales, pero la realidad de estos últimos les impide a muchos de los estudiantes poder acceder a una conexión estable de internet, y es que en gran parte de la ciudad, sobre todo en las partes más alejadas, la conectividad aún es deficiente.

Es más que probable que culminado este paro nuevamente otro chofer caiga ante la ira descontrolada de los extorsionadores, que día a día van tomando control de toda la ciudad, con o sin estado de emergencia.

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Transportistas del Callao realizan paro tras asesinato de chofer de combi por extorsionadores

Transportistas del Callao se encuentran desesperados y salieron a las calles para alzar su voz de protesta y exigir justicia, tras los atentados contra dos de sus compañeros choferes. “Que se vaya Dina Boluarte, porque no hace nada por el pueblo. No hay seguridad, no estamos seguros”, expresó un conductor chalaco, en señal de frustración.

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Debido a la indiferencia e inacción del Gobierno para contener a la criminalidad que mata todos los días a nuestros compatriotas, un grupo de transportistas del Callao vienen realizando un paro este miércoles 9 de abril, tras los recientes atentados a dos de sus compañeros choferes, en los cuales, uno de ellos perdió la vida tras ser acribillado por sicarios extorsionadores.

Un gran grupo de transportistas, familiares y vecinos del Callao con una actitud enfurecida y con indignación debido a la ola de inseguridad ciudadana, extorsiones y sicariato, que los azota diariamente salieron a las calles chalacas para alzar su voz de protesta y exigir justicia al Gobierno por el ataque y la muerte de sus compañeros mientras cubrían sus respectivas rutas de transporte, como los recientes casos registrados el día de ayer, 8 de abril.

El primer ataque ocurrió alrededor de las 11:30 a.m. en la cuadra 52 de la avenida Venezuela, contra una combi de placa AJU-943 de la empresa de transportes Emisca S.A., que trasladaba a pasajeros de Lima-Callao. El conductor, identificado como Luis Chinchay (65) fue baleado por sicarios que iban a bordo de una moto lineal. Producto del ataque, el vehículo se descarriló y chocó contra la fachada de un almacén. El chofer quedó herido y tuvo que ser llevado al Hospital Naval para una operación. Actualmente, su estado se mantiene en reserva.

Daniel Alexis Guillermo Díaz, de tan solo 25 años, otro chofer de combi que cubría la misma ruta que Chinchay, también falleció, tras ser herido de bala por delincuentes motorizados.

Mañana jueves 10 de abril se viene otro paro de transportistas: «No queremos más choferes muertos».

Transportistas piden que se vaya Dina Boluarte

Los enardecidos transportistas llegaron hasta el cruce de las avenidas Venezuela con Elmer Faucett, donde también llegó un gran contingente policial para impedir que sigan avanzando más y mantener la calma en la zona. Asimismo, uno de los trabajadores del transporte, cuestionó la inacción del Gobierno de Dina Boluarte para acabar con las bandas criminales.

«Seguridad y justicia por Daniel. Estamos cansados por pagar (S/5 soles diarios) en distintas partes, Lima-Callao. El gobierno dice que hay seguridad, pero no es así. (…) ¡Que se vaya Dina Boluarte, porque no hace nada por el pueblo! No hay seguridad, no estamos seguros. ¡Mañana también vamos a parar!», exclamó.

Asimismo, lamentó que los choferes del transporte público se hayan convertido en el nuevo blanco de los extorsionadores. Por ello pidió justicia por la muerte de su compañero Daniel Guillermo Diaz y pidió la renuncia de la presidenta de la República Dina Boluarte, porque «no hace nada por el país».

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Motos lineales podrán transitar con dos ocupantes previa presentación de ‘salvoconducto’

Tras cuestionar los planteamientos de la Defensoría del Pueblo, finalmente el presidente de la Asociación de Motociclistas del Perú, llegó a un acuerdo con Josué Gutiérrez para que los conductores de motos durante el ‘estado de emergencia’ lleven copiloto, siempre y cuando éste se registre mediante un salvoconducto.

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Como se recuerda, tras la propuesta de la Defensoría del Pueblo, que pedía que las motos lineales no salgan a circular de 6 p.m. hasta las 6 a.m. la Asociación de Motociclistas del Perú, a través de su vocero David Montes, rechazó dicha restricción horaria y respondieron: «La gente no trabaja solo hasta las 5 p.m.».

Comunicado de Defensoría del Pueblo que restringía el uso de motocicletas.

Sin embargo, luego de haber mantenido una reunión con el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, el presidente de la Asociación de Motociclistas del Perú, Ricardo Millones, contó que fijaron algunos acuerdos bilaterales. El más importante consiste en la modificación de la propuesta original, y se fijó introducir el uso de salvoconductos para permitir que dos personas viajen en una moto lineal.

Copilotos de motos deberán portar salvoconducto

El representante de los motociclistas explicó para Exitosa que, debido a que muchos ciudadanos respetuosos de la ley transitan en compañía de familiares, amigos u otras personas, se debe establecer excepciones a la norma propuesta. Por tal motivo, se implementará un sistema de salvoconducto.

“Nosotros hemos cedido en aceptar que las motos sean unipersonales durante el estado de emergencia. Pero llevamos copilotos: esposa, primos, hermanos, hijos, mamá o hasta un amigo. Se podrá llevar siempre y cuando estén registrados mediante un salvoconducto, el cual será gestionado a través de una aplicación diseñada para tal fin».

Motociclistas rechazaron propuesta de Defensoría que buscaba restringir su circulación.

¿Qué datos tendrá el salvoconducto?

El representante del gremio de motorizados afirmó que el documento incluirá nombre completo, DNI del pasajero y el motivo del traslado, ya sea por parentesco o simplemente por tratarse de una persona cercana.

«Se va a registrar a esta persona para tener constancia e identificación del motivo por el que va en la moto durante el estado de emergencia. Es una medida disuasiva», señaló. Según la versión de Ricardo Millones, las modificaciones se incorporarán en la propuesta que la Defensoría del Pueblo presentará al Poder Ejecutivo.

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En Iquitos: escolares tienen que estudiar en un restobar debido al mal estado de su colegio [VIDEO]

Meses atrás el ministro Morgan Quero afirmó que “la educación ha hecho grandes progresos”.

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Solo en el imaginario del ministro Morgan Quero la educación en nuestro país está de maravillas. A inicios del año escolar, cientos de centros educativos no se encontraban en la condición de albergar a los estudiantes, presentando severos problemas de infraestructura, con ventanas rotas, techos de calamina partidos o carpetas carcomidas por el tiempo, y cómo no las extorsiones que obligan a cerrar indefinidamente a muchas de ellas. A pesar de ello, el titular del Ministerio de Educación (Minedu), Morgan Quero Gaime, afirmó la continuidad de los colegios a nivel nacional.

Todas sus palabras se estrellan con la lamentable realidad que viven miles de niños que tienen que asistir a un aula defectuosa, sentándose en un ladrillo o lo que sea que encuentren. Ahora, en la institución educativa Juan José Bardales Chuquipiondo, ubicada en Iquitos, cerca de 100 alumnos tienen que proseguir con sus clases en un restobar luego que su colegio fuera declarado como “no habitable”.

En medio de cajas de cerveza y botellas de licor, los menores reciben sus clases en ese insólito espacio, a la espera de que las autoridades se dignen a reparar su centro educativo.

fuente: bdp.

En tanto, la directora de la mencionada institución educativa, Margia Lita Gálvez Ochavano, ha detallado que, pese a los esfuerzos realizados, no se ha logrado aún una solución concreta para reubicar a los alumnos en un ambiente adecuado. Por su parte, una docente de la institución educativa en cuestión, hizo un llamado al gobernador regional para que los ayude en esta difícil situación.

“Ya tenemos, señor gobernador, el título que usted nos prometió para hacer nuestra escuela. Ayúdenos, no a nosotros, los maestros, sino a los niños que tienen derecho a la educación. Ese derecho no se lo podemos quitar”, manifestó la docente.

Recordemos otra desatinada declaración del ministro Quero

Durante la realización del APEC 2024 en nuestro país, el titular del Minedu salió muy risueño a declarar que mientras dure ese importante evento los alumnos recibirían clases virtuales, afirmando que ellos “están conectados y felices”; sin embargo, la realidad, nuevamente, es totalmente distinta.

De acuerdo al ex viceministro de Gestión Institucional del Minedu, José Luis Gargurevich, solo el 46 % de los hogares en Lima tiene acceso a una conexión a internet estable.

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Motociclistas rechazan propuesta de Defensoría que busca restringir su circulación

Tras la propuesta de la Defensoría del Pueblo que quiere que las motos lineales no salgan de 6 p.m. hasta las 6 a.m. el vocero de la Asociación de Motociclistas del Perú, David Montes, rechaza la restricción horaria y le responde: «La gente no trabaja solo hasta las 5 p.m.»

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El vocero de la Asociación de Motociclistas del Perú, David Montes Quiñones, rechazó la propuesta de la Defensoría del Pueblo de restringir la circulación de motos entre las 6 p.m. y las 6 a.m. como medida para reducir la ola criminal y el sicariato. En ese sentido, refirió para Exitosa que la Defensoría está «promoviendo» que se vulnere el derecho al libre tránsito de «personas de bien».

«La Defensoría del Pueblo está promoviendo que se vulnere el derecho al libre tránsito de personas de bien, de personas que van a trabajar. Las personas no trabajan hasta las 5 de la tarde. Muchas personas viven lejos de su zona de trabajo y no podrán usar su moto porque el defensor del Pueblo tiene la primacía de la realidad muy alejada de la que vivimos», aseveró Montes Quiñones. Asimismo, indicó que en Colombia se adoptaron medidas similares, pero que no funcionaron para disminuir la criminalidad.

Comunicado de Defensoría del Pueblo que restringe el uso de motocicletas.

«La delincuencia está campando a sus anchas a nivel nacional. No negamos que deben tomarse medidas drásticas para reducir la delincuencia, pero que sean efectivas. Hemos mostrado informes y estudios de lugares donde también se ha ejecutado esta medida, como Colombia, que señalan que esta disposición no funciona», sostuvo.

Afirma que restricción afectará a más de 3 millones de moteros

Por otro lado, David Montes continuaba arremetiendo contra la Defensoría del Pueblo y advirtió que la propuesta de la Defensoría de restringir la circulación de motos lineales por una franja de 12 horas, afectará a cerca de 3.5 millones de personas a nivel nacional.

Comunicado de la Asociación de Motociclistas del Perú en su red social.

«Estamos hablando de afectar a cerca de 2 millones de personas en Lima o 3.5 millones de personas a nivel nacional por un impacto que ni siquiera está propuesto. En esta propuesta, ni siquiera se menciona cuál podría ser el resultado beneficioso para la seguridad ciudadana», concluyó.

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Migraciones ordenó expulsión de más de 760 venezolanos que violaron la ley

La entidad adscrita al Mininter realizó más de mil operativos de verificación migratoria, junto a la PNP en diversas regiones del país. A los extranjeros intervenidos se les aplicó el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), que establece su expulsión en un plazo máximo de 24 horas.

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La Superintendencia Nacional de Migraciones, en un trabajo conjunto con la Policía Nacional del Perú (PNP), realizó 1,123 operativos de verificación y fiscalización migratoria, entre enero y marzo del presente año, y ha ordenado la expulsión de más de 760 personas extranjeras de nacionalidad venezolana, por haber vulnerado la legislación migratoria.

Desde julio de 2024 venezolanos deberán tener ‘visa’ y ‘pasaporte vigente’ para ingresar a Perú.

Los operativos se realizaron en 16 regiones

Del total de operativos que efectuó Migraciones, 20.93 % se realizaron en Puno, 11.84% en Pucallpa, 10.15 % en Tumbes, 9.26 % en Tarapoto, 7.21 % en Lima, 5.88 % en Arequipa, 5.25 % en Chimbote, y el resto de porcentaje lo completan Callao, Chiclayo, Cusco, Huancayo, Ica, Iquitos, Puerto Maldonado, Trujillo y Tacna. En los operativos se verificó los documentos de los extranjeros intervenidos, para poder acceder al control de sus identidades y conocer sus situaciones migratorias, mediante la corroboración en tiempo real de la información proporcionada, a través del uso de tabletas electrónicas, que se encuentran interconectadas a la base de datos de Migraciones.

Según CPI, el 95 % de peruanos exigía la inmediata expulsión de delincuentes venezolanos.

A los 760 ciudadanos venezolanos se les aplicó el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), que establece la rápida expulsión de los infractores en un plazo máximo de 24 horas, por haber ingresado al Perú sin cumplir con la normativa migratoria y/o representar una amenaza para la seguridad nacional y el orden interno. El PASEE consta de una fase instructora y otra sancionadora, mediante la cual se les comunica a los infractores las respectivas imputaciones en su contra. Tras finalizar dicho proceso, Migraciones, a través de sus jefaturas zonales, emite las órdenes de expulsión, que inmediatamente son ejecutadas por la Policía Nacional del Perú (PNP).

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