Fabricio Valencia Gibaja es
abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y especialista en el
tratamiento jurídico del patrimonio cultural. Cuenta con estudios de
Maestría en Museología y Gestión Cultural por la Universidad Ricardo Palma y
con un Posgrado Internacional en Patrimonio y Turismo Sostenible en la
Universidad Nacional Tres de Febrero, Buenos Aires- Argentina, Miembro Experto
del Comité Científico Internacional de Asuntos Legales, Administrativos y
Financieros de ICOMOS.
Cuenta con una amplia experiencia en la gestión pública, habiéndose desempeñado como Asesor del Ministro de Cultura y del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, así como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Unidad Ejecutora 007 del Ministerio de Cultura y especialista legal en la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico del ex Instituto Nacional de Cultura, donde participó como miembro alterno de la Comisión de Alto Nivel de Repatriación de los Objetos Arqueológicos de la Colección Machu Picchu de la Universidad de Yale, miembro de la comisión que elaboró el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, actualmente labora como Gerente de la División de Patrimonio Cultural en Hereditas Consultores.
Con el especialista conversamos sobre todo lo que viene sucediendo con la construcción del hotel Sheraton en la calle Saphy y sobre las dos resoluciones firmadas por el ministro de Cultura Rogers Valencia. Aquí la entrevista.
Lo que
ha determinado la jueza María Cárdenas Villanueva, es que se continúe con la
construcción del hotel Sheraton, respetando en lo posible las normas del
régimen de los parámetros urbanísticos del centro histórico de Cusco.
Claro. En ese tema hay que considerar lo siguiente: Lo
primero es que el proyecto presentado por la empresa RYG S.A.C, no respeta los parámetros urbanísticos del reglamento
del centro histórico.
¿Por
qué no lo respeta?
Porque el coeficiente edificatorio en esa zona es de 1.4 y
el proyecto es de 2.4, tiene un punto más del coeficiente edificatorio, y eso
en metros cuadrados son varios pisos con un volumen constructivo bastante
grande. Lo que la empresa siempre ha defendido es la licencia ilegalmente
emitida que le permite hacer 2.4, digo que es ilegalmente emitida, porque no
respetaron la norma. Por un lado, la jueza está diciendo respeten el reglamento
del centro histórico del Cusco, es imposible que continúen con una
construcción.
Fabricio,
tú conoces bien el tema ya que fuiste asesor del Ministerio de Cultura. Lo que
queremos saber es ¿Por qué ocurrió todo esto?
Cuando el exministro de Cultura Jorge Nieto Montesinos, asume la cartera, me convoca a mí y le puso mucho interés al tema, por ser un tema álgido. Yo viajé varias veces al Cusco para ver ese tema e iniciamos cuatro procedimientos sancionadores. Primero hay que tener en cuenta la naturaleza de ley, el inmueble materia de análisis, tiene las siguientes condiciones: está dentro de una zona monumental, está dentro de un ambiente urbano monumental, esta dentro del centro histórico del Cusco, es parte integrante de la ciudad del Cusco, la cual es patrimonio de la humanidad y también, la calle Saphy es un tramo del Qhapaq Ñan (antiguo camino inca), que también está declarado como Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Es un área bien protegida…
Tiene varios niveles de protección el inmueble en cuestión. Respecto a la construcción, el meollo del asunto, es que el reglamento del Centro Histórico del Cusco te dice que en esta solo puede tener 1.4 de volumen constructivo, el coeficiente edificatorio es una medida física, es decir, la puedes medir, no es algo arbitrario. La empresa obtuvo una licencia municipal, y en esa situación participaron los funcionarios del Ministerio de Cultura aprobando ese coeficiente y se le permitió hacer 2.4 de coeficiente edificatorio, o sea, mucho más de lo que la ley manda. Posteriormente el municipio declara nulo esta licencia y esta es impugnada por la empresa.
Fabricio Valencia. Foto: Jorge Gómez.
¿Qué hizo el Ministerio de Cultura en ese momento?
El ministerio de Cultura sobre este caso inició cuatro procedimientos administrativos sancionadores. Uno de ellos que es el más importante, es por haber construido por encima del coeficiente edificatorio. El segundo procedimiento se inicia porque la empresa demolió un inmueble de valor contextual, que fue una casa republicana. El tercer procedimiento es porque al momento que se hizo excavaciones, no se registró debidamente el material arqueológico encontrado. El cuarto procedimiento es porque se excavó sin autorización. El único procedimiento que el ministerio inició de forma propia fue el primero, los otros tres han sido iniciados a razón de que Contraloría emitió el informe N° 135. En ese informe Contraloría le dijo al ministerio que tiene que iniciar los otros tres procesos, y es a razón de eso que el ministerio inicia el procedimiento. Se tenía cuatro procedimientos administrativos por causales distintas caminando de forma independiente hasta el 11 de enero del 2019, momento en el cual el ministro de Cultura Rogers Valencia, firma dos resoluciones ministeriales la 8 y 9, la resolución número 8 puntualmente, lo que hace es declarar fundado el recurso de apelación, nula la resolución directoral 998, es decir, el procedimiento administrativo sancionador que le puso mil UIT de multa por haber excavado de forma ilícita, es declarado nulo.
Es decir, todo lo anterior fue anulado por completo…
La nulidad es una figura jurídica que
significa que todo en lo que se actuado está mal hecho, y todo se retrotrae.
Entonces, el procedimiento administrativo sancionador ha sido eliminado. Aquí
el problema es que la misma resolución ministerial que fue firmada por el
ministro de Cultura, él está diciendo que las obras culminaron en julio del
2014. Qué significa esto, que tenemos cuatro años de esa fecha hacia adelante
para que se pueda iniciar un procedimiento sancionador, es decir, a julio del
2018. Solamente hasta julio del 2018 se pudo realizar procedimiento
sancionador, por lo tanto, afirmar o pretender realizar un procedimiento
sancionador por esta misma causal el día de hoy, es un imposible jurídico, no
se puede, hay que entender que no se puede porque está prescrito.
¿Esto ya prescribió y ya no se puede hacer nada?
Ya prescribió, no se puede, ya han pasado más de cuatro años de cometido la infracción. Lo que algunos están diciendo es “pero un momentito, la ley dice que si se inicia un procedimiento sancionador se suspende el plazo de prescripción”. Totalmente cierto, pero esa resolución de inicio de procedimiento que suspendía el conteo de plazo, ha sido declarada nula. Se la tumbaron.
Entonces, lo que hizo el ministro de Cultura Rogers Valencia,
fue limpiar a la empresa RyG
El ministerio podría emitir una nueva resolución de inicio de procedimiento, pero que seguramente lo que hará el abogado de la empresa, es presentar la misma resolución como elemento probatorio, y decir que esto ya está prescrito. Y si el ministerio de Cultura no le da la razón en ese pedido, judicialmente lo hará, porque la prescripción simplemente es un conteo de plazo, ahí no importa el tema de fondo, no importa la conducta o si fue doloso o no, simplemente es un conteo de plazo. La prescripción es una figura jurídica que va en contra del Estado. Le están diciendo: oye Estado, si tú eres ineficiente y no lo puedes resolver en un plazo prudencial, pues ya no lo puedes hacer porque eres ineficiente.
Estás dos resoluciones firmadas por el ministro se realizaron
teniendo conocimiento de todo esto o crees que ignoraba sobre el tema…
La verdad no podría decirte si tenía conocimiento o era ignorancia, porque no sé cuáles han sido las razones que han podido motivar esto, pero lo que queda claro es que desconocen el tema terriblemente. Emitir esas resoluciones ha sido dispararse a los pies.
Lo más preocupante de todo esto, es que el centro histórico
de Cusco puede perder la categoría de ser Patrimonio Cultural de la Humanidad
Exactamente. Ese es un tema que vengo
alertando hace unos días. UNESCO ya manifestó una posición al respecto, está el
oficio de Relaciones Exteriores N° 222 del 17 de abril del 2017, en la cual
Director General de asuntos culturales Javier León, le dice al ministro de
Cultura, citaré de manera breve “ICOMOS Internacional da una serie de recomendaciones,
entre ella la más importante, es proceder a la demolición de la construcción a
partir del segundo nivel”. Acá viene lo preocupante “Se señala así mismo, que
de no proceder al cumplimiento de esas recomendaciones se configura una
situación que ameritaría largamente la inscripción del centro histórico de
Cusco en la lista de Patrimonio Mundial en peligro de la UNESCO”.
Lamentable que esto pueda suceder…
Que la ciudad del Cusco sea inscrita en la
lista del Patrimonio Mundial en peligro de la UNESCO, es el paso previo a que
le quiten la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad.
En qué crees que termine todo esto, porque hasta el momento
lo que está haciendo el ministerio de Cultura es confundir a la gente,
ocultándonos lo grave del asunto.
A mí me parece que evidentemente tiene que
haber una investigación al respecto. Lo que todos están diciendo es que caiga
quien tenga que caer, y eso me parece importante que se haga. Desde mi punto de
vista, esa no debe hacer la acción más importante que debe tomar el Ministerio
de Cultura. Porque de por medio tenemos dos procedimientos administrativos
sancionadores que están vigentes, y uno de ellos es el más importante, el cual
tiene como finalidad demoler la construcción hecha de manera ilícita. Lo que creo
es que tiene que exigirse al Ministerio de Cultura, es que resuelva eso de
manera inmediata. O sea, paralelamente a que sancione a quien tenga que
sancionar.
Entonces, lo que debe realizar inmediatamente el Ministerio
de Cultura es ejecutar la demolición…
Por supuesto, esa es la parte importante ahora mismo. Luego que se investigue a los funcionarios, ya que, con eso, no resolvemos nada. A lo que tenemos que apuntar es que se demuela lo ilícitamente edificado.
Luis Nieto Degregori y ministro de Cultura Rogers Valencia.
Lograr eso no va ser fácil, porque del otro lado tenemos a
todo un staff de abogados de la empresa RyG S.A.C que va defender la
construcción
Totalmente de acuerdo, y más aun
considerando que tenemos una institución a la cual se le caducan los plazos.
Ahí va el temor que yo tengo. El Ministerio de Cultura sacó un comunicado donde
puntualmente dicen “Se sancionó a la empresa con 800 UIT y se ordenó el
desmontaje del área que excede el coeficiente de edificación permitido,
mediante Resolución Directoral N° 1827-2018-DDC-CUS/MC”, supongo que esta
resolución ha sido impugnada por la empresa. Muy bien, el Ministerio de Cultura
ha tenido 30 días para resolver esto, o sea, una vez que impugnan tu
resolución, no puedes demorarte más de 30 días en resolverlo. Ese plazo está en
el texto único ordenado de la norma. Lo que creo que habría que exigirle al
ministerio, es que terminen esos procedimientos lo antes posible, me parece que
esto es lo más importante.
En el tema de la construcción del hotel de la calle Saphy,
hay responsabilidad de varios funcionarios del propio ministerio de Cultura, incluso
son funcionarios como el señor Ruiz Caro, que están denunciados penalmente.
Estas resoluciones firmadas por el ministro Rogers Valencia, no solo han
servido para limpiar a la empresa, sino también a los propios funcionarios del
ministerio de Cultura. ¿Qué piensas sobre este tema?
Sí escuchado que hay toda una red de
corrupción, y que existe una mano negra. A mí lo que me queda claro, es que es
lamentable que haya caducado todo este procedimiento, ya que el ministerio sabe
perfectamente los plazos de caducidad, no es que no los conozca. Todas las
personas involucradas tendrán que ser investigadas, y si se les encuentra
responsabilidad se les va tener que sancionar por la vía administrativa, civil
o penal, según corresponda.
¿Se le va poder volver a cobrar la multa de más de 4 millones
y medio de soles a la empresa RyG?
Ya no. Eso es imposible, porque ya se la han quitado y no se le puede iniciar un nuevo procedimiento sancionador. No hay forma. Supongo que el ministerio va iniciar nuevos procedimientos sancionadores, pero al llegar al Poder Judicial, se caen. Esto de los temas de plazos, un estudiante de Derecho lo aprende en el segundo año en la universidad. No es una elucubración jurídica muy profusa, esto es algo bastante simple, pero algunos no lo interpretan de esa manera.
Para finalizar ¿Qué le dirías al ministro de Cultura Rogers
Valencia?
Lo que le diría es que las personas que
están en el sector cultural, tienen la responsabilidad de gestionar la memoria
de todos los peruanos. Nuestro Patrimonio Cultural es una larga sucesión de
ocupaciones y forman parte de nuestro legado cultural, y tienen que ser
administrado de una forma completamente responsable. No estas administrando un
pozo petrolero, no administras ni siquiera un parque natural, lo que se
administra es la memoria de todos nosotros. Por eso, considero que se debe ser
muy responsable con esto, y que se investigue a quien se tenga que investigar,
pero lo que le pediría es de que se resuelva los dos procedimientos
administrativos sancionadores lo antes posible.
Edwin Cavello Limas. Periodista y cinéfilo. Es CEO y director de la revista, radio y TV Lima Gris. Fue editor de la revista ONCE, Actualmente es columnista del diario La Razón, Editor de Cultura de Diario UNO y conductor del programa Lima Gris que se transmite por Radio Planicie 91.5.FM.
El Gobierno Regional de Loreto, a través de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones (GRTC), ha intensificado las labores de mantenimiento rutinario en la carretera Iquitos – Nauta, una de las principales vías terrestres de la región amazónica. Las acciones, que comprenden la limpieza de malezas, desbroce de áreas invadidas por la vegetación, limpieza de cunetas y bacheo en zonas críticas, forman parte de una estrategia de conservación de esta importante arteria vial que conecta la capital regional con el distrito de Nauta.
Según lo anunciado por el gobierno regional, el mantenimiento de esta vía es considerado una prioridad, no solo por su relevancia para el tránsito de personas y mercancías, sino también porque es una de las pocas rutas terrestres que permite una conexión directa entre poblaciones del interior de Loreto. La Amazonía, caracterizada por su geografía compleja y dispersión territorial, depende en gran medida del buen estado de sus carreteras para facilitar el acceso a servicios básicos, el comercio local y la reactivación económica de la región.
El Dr. Pío Flores, gerente de la GRTC, informó que, además del mantenimiento rutinario, su despacho viene desarrollando los estudios técnicos necesarios para el mejoramiento integral de la carretera Iquitos-Nauta. “No solo se trata de parchar huecos o limpiar los bordes. Esta vía necesita una intervención mayor, y estamos trabajando en los estudios que lo permitan. Pero sin apoyo del Gobierno central, será difícil avanzar”, declaró Flores.
En ese sentido, el funcionario hizo un llamado enérgico al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Provías Nacional Descentralizado, así como al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), para que asignen mayores recursos al Gobierno Regional de Loreto y a las municipalidades locales. “Con los escasos recursos que tenemos, hacemos lo posible por mantener nuestras vías transitables. Pero esto no puede recaer únicamente en los gobiernos regionales. El Estado debe entender que la conectividad en la Amazonía es una cuestión de urgencia y justicia territorial”, agregó.
La carretera Iquitos-Nauta, que ha sido históricamente afectada por el abandono y las inclemencias del clima, representa una línea vital para más de 120 mil personas que habitan en los distritos adyacentes. En épocas de lluvia intensa, muchas de sus zonas quedan prácticamente intransitables, lo que pone en riesgo la seguridad de los usuarios y limita el traslado de bienes de primera necesidad.
El Gobierno Regional de Loreto reitera su compromiso con el desarrollo vial de la región y continuará ejecutando labores de mantenimiento mientras gestiona el financiamiento necesario para proyectos de infraestructura más sostenibles. La ciudadanía espera que las autoridades nacionales escuchen este llamado y que, por fin, la selva deje de ser olvidada en el mapa de prioridades del Estado peruano.
‘Cajuela’ de motorizados de delivery deberá estar fijada al chasis del vehículo
Quienes brinden servicios deberán empadronarse en el “Registro Nacional de Envíos de Entrega Rápida” de lo contrario ya no podrán circular, y deberán contar con DNI o carné de extranjería, domicilio y correo electrónico, domicilio del representante legal y partida de inscripción registral de la empresa. Asimismo, los motorizados no podrán llevar acompañantes.
Las cajuelas portátiles que aún llevan en sus espaldas los miles de repartidores motorizados del servicio delivery que circulan por todo el país, están con las horas contadas, debido al reciente Decreto Supremo n.° 006-2025-MTC emitido este jueves 17 de abril, que aprueba medidas específicas para fortalecer la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte. El mismo que establece la creación de un registro obligatorio para los repartidores de delivery, quienes dentro de un mes deberán inscribirse en dicho padrón a través de sus municipalidades.
Es decir, a partir del 17 de mayo de 2025, todos los repartidores de delivery, ya sean personas naturales o vinculadas a empresas o aplicaciones, están obligados a registrarse, en el «Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida», parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (SINARETT).
Decreto Supremo n.° 006-2025-MTC emitido este jueves 17 de abril.
Requisitos para registrarse como repartidor delivery
El registro incluye a conductores de motocicletas, bicimotos y bicicletas. Estos deberán cumplir con requisitos como presentar su DNI o carné de extranjería, licencia de conducir, placa del vehículo, SOAT vigente y certificado de inspección técnica, cuando corresponda.
-Nombre, razón o denominación social.
-Documento nacional de identidad (DNI), carné de extranjería o número del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
-El domicilio y correo electrónico de la persona natural o jurídica solicitante.
-De corresponder, el nombre y domicilio del representante legal y número de partida de inscripción registral de la empresa solicitante y de las facultades del representante legal de la persona jurídica.
-Nombre, documento nacional de identidad o carné de extranjería y número de licencia de conducir del (los) conductor(es) que se solicita habilitar, cuando corresponda.
-El número de las placas de rodaje de los vehículos que se solicita habilitar, cuando corresponda, señalando que los mismos cumplen con las condiciones establecidas en el presente reglamento.
-Contar con certificado SOAT y certificado de inspección técnica vehicular vigente, cuando corresponda.
-Número de operación de pago por derecho de trámite.
También se exigirá una declaración jurada donde se comprometan a no llevar acompañantes y a transportar los paquetes en cajuelas, salvo en el caso de bicicletas.
Se acabaron ‘cajuelas portátiles’ adheridas en espaldas de motorizados
En uno de los preceptos del Decreto Supremo en mención se indica las condiciones técnicas específicas que en lo sucesivo se exigirá a los motorizados repartidores del servicio de delivery
Artículo 24-A.- Condiciones técnicas específicas exigibles a los vehículos destinados al servicio de transporte de envíos de entrega rápida
24-A1 Sólo se puede destinar al servicio de transporte de envíos de entrega rápida vehículos que correspondan a la categoría L subcategorías L1 y L3 del ANEXO I. CLASIFICACIÓN VEHICULAR del RNV y bicicletas. 24-A.2 Los vehículos de la categoría L subcategorías L1 y L3 deben contar con los siguientes elementos, características, equipamientos o dispositivos:
a. Sistema de frenos;
b. Sistema Sonoro;
c. Láminas retrorreflectivas;
d. Alumbrado delantero y trasero; y
e. Cajuela para reparto de mercancía, en la cual debe consignarse la Placa Única Nacional de Rodaje y ser fijada al chasis posterior del vehículo.
Motorizados tampoco podrán viajar con acompañante durante estado de Emergencia.
Si repartidor no tiene moto, deberá tener ‘contrato de arrendamiento’
La norma contempla situaciones en las que el repartidor no sea propietario del vehículo. En estos casos, se deberá presentar un contrato de arrendamiento que indique expresamente que el vehículo será usado para entrega de pedidos. Este documento será validado por las municipalidades provinciales, que deberán verificar que el arrendador sea el dueño legítimo.
Vehículos permitidos para el servicio de delivery
-Motocicletas: Cilindrada mayor a 50 cm3. Velocidad máxima mayor a 50 km/h
-Bicimotos: Cilindrada de hasta 50 cm3. Velocidad máxima de 50 km/h
-Bicicletas: De todo tipo
Adicionalmente, los conductores deberán participar en capacitaciones dictadas por las municipalidades provinciales sobre calidad de servicio, normativas de tránsito y seguridad vial. El incumplimiento de cualquiera de estos lineamientos podrá generar sanciones severas.
Repartidores que no cumplan con la norma pagarán más de S/ 4 mil
Las infracciones por operar sin estar registrado, o por no cumplir las condiciones establecidas serán consideradas «Graves» o «Muy Graves». Cada falta está sujeta a una multa de 0.8 UIT, equivalente a S/ 4.280, además del decomiso del vehículo y su internamiento.
Entre las infracciones figuran: prestar el servicio sin autorización, transportar mercancías fuera de la cajuela, llevar acompañantes, utilizar vehículos sin las condiciones técnicas exigidas o manejar con una licencia vencida, suspendida o no correspondiente.
Fue su hijo Sergio Pérez – Luna quien confirmara el sensible fallecimiento de su padre Álamo, destacado periodista que trabajara para distintas casas televisivas, así como en medios escritos.
La noticia de su partida ha ocasionado que distintas figuras del gremio de comunicadores escribieran con mucho pesar, recordándolo por su estilo crítico y frontal.
Aunque no se han dado detalles oficiales sobre la causa exacta de su fallecimiento, se presume que estuvo relacionada con las complicaciones derivadas de la enfermedad que lo aquejaba. Y es que el propio periodista, en mayo del año pasado, publicó en su cuenta de Twitter que había estado internado en el hospital Edgardo Rebagliatti por caso tres semanas.
“Del 29 de abril a este 18 de mayo he estado internado en el Hosp. Rebagliati. Me descubrieron un tumor maligno (cáncer) en el riñón y lo extirparon. Estoy en reposo absoluto hasta dentro de varias semanas. Gracias a los profesionales del Rebagliati y a todo el personal. Gracias.”, escribió entonces.
Sus restos serán velados hoy a partir de las 2 p.m. en el velatorio n.° 4 del hospital Edgardo Rebagliatti.
Perdieron el rumbo en el camino y hoy les toca acatar la orden directa del Santo Padre. El Sodalicio de Vida Cristiana (SVC) ha dejado de existir oficialmente desde ayer, luego de que el superior general de la comunidad firmara el decreto de supresión como Sociedad de Vida Apostólica laical.
La disolución fue confirmada por el propio SVC a través de un comunicado en su sitio web.
La decisión, aprobada por el papa Francisco, pone fin a una institución marcada durante años por denuncias de abusos físicos, psicológicos y sexuales contra sus integrantes, perpetrados por sus líderes y fundadores.
“Con dolor y obediencia aceptamos esta decisión”, señala el comunicado.
En el mismo documento, el disuelto grupo pide perdón por los maltratos y abusos cometidos en la comunidad.
“Nuestra mirada se dirige también a las víctimas; les reiteramos nuestro sincero pedido de perdón por los maltratos y abusos cometidos en nuestra comunidad. Pedimos perdón también a toda la Iglesia y a la sociedad por el dolor ocasionado”, señala el texto.
Asimismo, se da a conocer el nombramiento de monseñor Jordi Bertomeu Farnós como comisario apostólico, encargado de la ejecución del proceso de supresión.
Previo a la entrega del decreto de disolución, se identificaron las propiedades y fundaciones vinculadas al Sodalicio con el fin de evaluar su destino como parte del proceso de reparación a las víctimas y el sustento de los miembros que dependían de la comunidad.
Como se recuerda, hace dos décadas surgieron denuncias de exmiembros que fueron profundizadas por investigaciones periodísticas, las cuales expusieron los abusos sistemáticos perpetrados por su fundador, el laico peruano Luis Fernando Figari, quien fue finalmente expulsado del grupo en agosto de 2024.
Luis Fernando Figari, uno de los fundadores del Sodalicio. Foto: archivo GEC.
El dato:
El SVC se resistió a formalizar su disolución, a pesar de la orden del papa Francisco emitida en enero de 2025.Según el abogado José Ugaz, representante de seis víctimas no indemnizadas, el SVC maniobró para vaciar sus bienes y fondos antes de la disolución, con el fin de evitar que sean gestionados por el Vaticano. Ugaz alertó al Vaticano sobre esta posible fuga de dinero y ocultamiento de patrimonio en una carta enviada el 24 de marzo.
En el mundo donde la bala suena primero que la palabra, sangre con sangre se paga. Ni cuarenta estados de emergencia decretados por Dina Boluarte han hechos temblar a los extorsionadores extranjeros ante la reciente advertencia del hampa del primer puerto, quienes furiosos de que los foráneos empiecen a meterse con los ciudadanos del Callao, cobrándoles cupos, han rastrillado sus armas para lanzarles una durísima advertencia.
Y es que bien saben los delincuentes extranjeros que con otras mafias no se puede ‘negociar’ como con algunas autoridades, salvo tengan un interés en común, ahora vienen analizando a detalle qué tan ciertas sean las amenazas del hampa chalaca.
Uno de sus líderes, a través de una filmación, advirtió a todos los extranjeros que “han desatado una guerra abierta”, al considerar que se han equivocado de zona para extorsionar. “Ya no te vamos a tolerar ni una. Aquí estamos los chalacos, una sola idea, compadre. Todos contra todos ustedes”, se llega a escuchar en el video.
Advierten a venezolanos no ingresar al Callao
El discurso se ha extendido como una consigna en los barrios más convulsos del puerto. En Carrillo Albornoz, uno de los jirones con mayor presencia policial, los vecinos reconocen que el temor a una guerra declarada es cada vez más tangible. “Cualquiera que esté ahí lo veamos haciendo delivery, así lo vamos a bajar también”, dijo un encapuchado durante la grabación.
Las amenazas no solo se limitan a los miembros de bandas extranjeras. El mensaje apunta a cualquier ciudadano extranjero, incluso aquellos sin vínculos delictivos. “Sabemos que también hay venezolanos que trabajan, pero lastimosamente justos por pecadores, y así va a ser”, sostuvo uno de los pandilleros entrevistados por el equipo de Panorama.
Al parecer, dentro de estos días o semanas, se verán teñidas de sangre las calles del primer puerto, consecuencia directa de la inoperancia del gobierno de Dina Boluarte que continúa repitiendo todos los días que se encuentra luchando contra la delincuencia, bien sentada en su denominado ‘Cuarto de Guerra’, pero sin salir a recorrer las calles más álgidas de Lima y Callao.
Metro de Lima: Cierran estaciones La Cultura y Nicolás Arriola por persona herida en rieles [VIDEO]
Como es habitual, la Línea 1 del Metro de Lima ha emitido un comunicado indicando que el cierre temporal se debe a un “incidente ajeno a su operación”. Sin embargo, cada cierto tiempo aquellos incidentes consisten en intentos de suicidios de personas que fortuitamente deciden arrojarse a los rieles de la vía ante la inoperancia de los miembros de seguridad.
Alrededor de las 10.30 de la mañana de este lunes 14 de abril, se reportó un nuevo incidente en la Estación La Cultura de la Línea 1 del Metro de Lima. De acuerdo a la información preliminar, una persona resultó herida y fue evacuada al centro de salud más cercano para recibir atención médica. Sin embargo, como es habitual, a través de un comunicado ambiguo, el servicio de transporte público anunció el cierre temporal de las estaciones La Cultura y Nicolás Arriola, indicando que dicho cierre se debe a un incidente ajeno a su operación, evitando informar las verdaderas razones de la suspensión.
Es decir, el servicio de trenes se ha restringido de la siguiente manera: Desde Villa El Salvador hasta San Borja Sur y desde Bayóvar hasta Gamarra.
No habrá circulación de trenes entre San Borja Sur y Gamarra, por lo que las estaciones afectadas no ofrecerán servicio al público.
Comunicado de la Línea 1 del Metro de Lima.
Las autoridades del Metro de Lima recomiendan a los usuarios considerar otros medios de transporte para sus desplazamientos y agradecen la comprensión del público. Además, solicitan seguir las indicaciones del personal en estaciones.
Lo niega todo. Para que un medicamente salga al mercado necesita pasar por rigurosos controles, siendo aprobado por distintos químicos farmacéuticos, operarios y tener el visto bueno de las cabezas de área; sin embargo, según la versión de Medifarma, solo existiría un responsable y ese sería un operario.
Roy Chávez Llicán, ahora ex operario de Medifarma, estuvo detenido durante 72 horas acusado de ser el principal responsable de la muerte de 5 personas, ahora ha salido a decir su versión de los hechos de lo que pasó con el suero fisiológico defectuoso y cómo así llegó a distribuirse en los hospitales, negando de raíz todas las acusaciones en su contra, denunciando que Medifarma lo presionó a autoinculparse para liberarlos de cualquier responsabilidad penal.
En entrevista con el dominical Punto Final, Chávez aseguró que fue forzado a firmar su carta de renuncia y que la compañía le imputó toda la responsabilidad sin una investigación adecuada.
“Ellos me obligaron a renunciar, me pusieron una carta de renuncia y me imputaron todos esos hechos”, afirmó.
Tras la visita del equipo periodístico al laboratorio, Guillermo Arboleda, director corporativo de Medifarma, indicó que el producto se preparaba inicialmente con 180 kilos de cloruro de sodio disueltos en mil litros de agua esterilizada dentro de un tanque conocido como triblender. Posteriormente, esta mezcla debía ser trasladada a un segundo tanque, el reactor, donde se agregaban hasta 20 mil litros de agua adicional, lo que permitía alcanzar la concentración final adecuada de 0.9% de sodio por litro.
Según Medifarma, Chávez habría omitido el encendido del reactor durante la preparación del suero, lo que impidió una correcta disolución del sodio. Además, se le acusa de haber tomado muestras de un tanque distinto, impidiendo detectar el error a tiempo. El trabajador rechazó ambas acusaciones y sostuvo que ha sido utilizado como “chivo expiatorio”.
fuente: punto final.
La Fiscalía deberá determinar si lo ocurrido fue consecuencia de negligencias concatenadas o de una conducta deliberada. Mientras tanto, las familias de las víctimas siguen esperando justicia y respuestas claras frente a una pérdida irreparable.
Lo que mal empieza, mal termina. Luego de hacerse pública la denuncia de Andrés Bravo Pinedo, presidente del Frente de Defensa de los Intereses del Distrito de Ollantaytambo, respecto a un presunto acto de corrupción perpetrado nada menos que por el alcalde de Ollantaytambo Paul Palma, en colusión con la propietaria del hotel Sol Ollantaytambo Boutique, Lucinda Miranda Farfán, y su administrador Derik Miranda Farfán, la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) del Cusco, con apoyo de los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) paralizaron la construcción del mencionado recinto hotelero como parte de una “medida cautelar” dispuesta por el despacho de Cultura.
Personal de la DDC del Cusco interviniendo la obra del hotel ubicado en la calle Ventiderio, Ollantaytambo.
La labor fiscalizadora, en principio, le corresponde a la municipalidad de Ollantaytambo, encabezada por Paul Palma, sin embargo, al estar dicha autoridad involucrada en las investigaciones, la encargada de realizar la medida preventiva fue la DDC del Cusco.
Y es que como ya se publicara en este medio, Andrés Bravo Pinedo viene denunciando una presunta red de tráfico de influencias y abuso de autoridad por parte del alcalde Paul Palma y los representantes del hotel Sol Ollantaytambo Boutique.
De acuerdo a los primeros informes obtenidos, la municipalidad de Ollantaytambo otorgó, sin pasar por las comisiones técnicas correspondientes, el permiso de restitución volumétrica para dicha obra, la misma que hasta la fecha no cuenta con una orden de demolición.
“La tardanza en la anulación y la ausencia de una orden de demolición sugieren complicidad o negligencia por parte de las autoridades, permitiendo que el daño al patrimonio continúe”, se lee en la nota publicada el pasado 2 de abril del año en curso.
Asimismo, continúa el informe, “entre las autorizaciones otorgadas de forma irregular se encuentran las siguientes: autorización N° 001-2023-GDUR – MDO, autorización N° 016-2024-GDUR – MDO, y la autorización N° 020-2024-GDUR – MDO. Además, la ejecución de obras no cumple con la normativa vigente, donde los propietarios deberían presentar el expediente respectivo al procedimiento administrativo, en concordancia al Reglamento de Intervenciones Arqueológicas vigente aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2022-MC, de fecha 23 de noviembre del 2022”.
Finalmente, se tuvo conocimiento que la diligencia realizada esta mañana no acudió personal de la Fiscalía, impidiéndose la incautación de las herramientas y maquinarias, y constatando que al término del encintado aún habían obreros trabajando dentro de dicho inmueble.