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Política

Demanda competencial que presentó el Ejecutivo es improcedente

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Presidente Vizcarra, ministra de Justicia Ana Neyra y Presidente del Congreso Manuel Merino.

En estos momentos todos se preguntan ¿Es correcto iniciar un proceso de vacancia por incapacidad moral? la respuesta es: más allá que sea correcto o no, la vacancia es una prerrogativa que le compete solamente al Congreso y además obedece a una cuestión política. El tema es estrictamente político en el sentido que quizá no sea conveniente remover a un presidente en plena emergencia sanitaria y sobre todo si estamos a pocos meses de los comicios electorales, no obstante, ese no es el fondo del asunto.

Ahora bien, si nos ceñimos al aspecto jurídico, en ese sentido el Congreso también está totalmente facultado a vacar a un presidente. La incapacidad moral permanente surgió en el siglo XIX y tiene apenas cuatro precedentes en la historia de la República peruana. El primer caso fue en el año 1823 con el presidente José de la Riva Agüero en 1823 y se le destituyó por incapacidad moral y posteriormente en el siglo XX con Guillermo Billinghurst en 1914. Luego en el siglo XXI, con Alberto Fujimori en febrero de 2001 y finalmente, con Pedro Pablo Kuczynski que fue vacado por la causal de: Aceptación de su renuncia por el Congreso

Esta figura es cotidiana en el derecho internacional latinoamericano; incluso en Estados Unidos perdura el impeachment, que significa: destitución o acusación constitucional. En ese sentido, cabe recordar que la mentira ha sido una causal relevante para deponer a un presidente norteamericano, como bien fue el caso de impeachment de los presidentes Richard Nixon y luego Bill Clinton, que en resumidas cuentas mintieron a su país, aunque eso no haya constituido delito. Sin embargo, en el actual escenario peruano, la naturaleza de este conflicto competencial ha sido distorsionada por los opinologos de una forma absurda; pues, en un conflicto competencial se debe dilucidar la facultad entre dos órganos del Estado para resolver quién es realmente el que tiene competencia de decidir o fallar sobre un acto entre ellos.

La opinión pública debe entender que la figura de la vacancia presidencial no es un instrumento que lidia con aspectos penales; en ese sentido, queda claro que no se puede acusar al presidente de la República durante su periodo, porque éste goza de inmunidad presidencial; a excepción de casos como: traición a la patria, por disolver el Congreso sin la aplicación del artículo 134° de la Constitución, y por impedir elecciones generales, tal como señala el artículo 117° de la Carta Magna. No obstante, la vacancia presidencial si bien no es penal, ésta se constituye como fáctica, en el sentido de que siempre habrá la posibilidad real de que un mandatario muera, renuncie al cargo, salga de suelo peruano sin permiso del Congreso, o no regrese en el plazo fijado. Además, vale decir que esta figura de la incapacidad moral permanente cobra más sentido porque técnicamente se le denomina como un concepto jurídico indeterminado, porque es genérico y abstracto; es así que sus límites no pueden ser precisados en un enunciado o en una cartilla de acápites. Ergo, tal concepto no tendría por qué ser tipificado porque es de naturaleza política.

Presidente Martín Vizcarra.

No obstante, algunos penalistas ahora están saliendo con el rollo que se tiene que tipificar; sin embargo, como ya lo mencioné anteriormente, en los pocos pedidos de vacancia de nuestra historia, la interpretación de esta figura ha sido meramente política. Pero en estos momentos una facción que simpatiza con Martín Vizcarra, arremete y opina que al presidente de la República no se le debe acusar y que luego se le deberá investigar. ¿Y quién está hablando de acusación o investigación? Evidentemente, ese menester se tendrá que dar después del 28 de julio de 2021, pero aún no, ya que en ese caso estamos hablando de un aspecto meramente penal. Ahora bien, la vacancia no es una acusación al Presidente. La vacancia propiamente dicha es una atribución que goza el Congreso para aplicarla si se presenta el momento indicado contra un mandatario.

Recordemos que el presidente del Congreso disuelto, Pedro Olaechea también inicio una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional en contra del Poder Ejecutivo al mando de Martín Vizcarra y a pesar del absurdus que pretendía aquel exlegislador, el Tribunal la admitió a trámite y se aplicó el principio pro actione, pero finalmente el fallo fue declarado infundado, porque un Congreso que ya no ejercía sus funciones no podría expedir acuerdos posteriores y eso se constituía como un imposible jurídico, considerando que nunca existió un menoscabo en sus ejercicios y facultades.

Si tan solo aplicáramos un razonamiento elemental, podemos precisar que cuando una institución del Estado sabe perfectamente cuál es su competencia, no debe realizar un ejercicio o atribución indebida que no le corresponda, justamente porque ante esa trasgresión ya no goza de la competencia respectiva que pueda invadir el ámbito de la otra institución. En ese sentido, una demanda competencial únicamente se debe interponer cuando entre dos órganos del Estado, uno de ellos interfiere en las atribuciones y competencias del otro. Y ese no es el caso en esta coyuntura del pedido de vacancia que está tramitando el actual parlamento, sencillamente porque está basado en un precepto constitucional. Leer bien el artículo 113° inciso 2 de la Constitución: La Presidencia de la República vaca por su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso. En otros términos, eso quiere decir que la atribución y/o competencia de vacar a un mandatario es exclusivamente del Poder Legislativo, y no del Poder Ejecutivo ¿Acaso en la Constitución se señala que el Poder Ejecutivo puede vacar a su presidente? Obviamente que no, pues, un presidente de la Nación no puede vacarse a sí mismo. Sin embargo, si bien el Ejecutivo a través de su ministerio de Justicia tiene todo el derecho de interponer este absurdo jurídico; no obstante, el Tribunal Constitucional ni siquiera debería admitir dicha demanda competencial. Asimismo, la ministra de Justicia Ana Neyra como parte de la estrategia presidencial habló de interponer una Medida Cautelar con el único afán de suspender la pronta sesión del Pleno que se llevará a cabo el viernes 18 donde deberá asistir el presidente Martín Vizcarra para ejercer su derecho a la defensa y donde probablemente a través de los votos llegue a ser vacado. La estrategia de los “abogados” de Vizcarra pretende ganar tiempo para así tumbarse el Pleno de este viernes, considerando que la medida cautelar sirve justamente para eso: para suspender y/o congelar un “tramite” o “acto” hasta que la demanda se resuelva al final con el fallo del Tribunal Constitucional y éste, por lo menos tardaría dos meses y por eso, la pretensión estratégica del gobierno es que en todo ese tiempo Martín Vizcarra continúe gobernando.

Ministra de Justicia, Ana Neyra.

Así las cosas, cuando el tribuno Eloy Espinoza-Saldaña normalmente sale en los medios y los periodistas le preguntan sobre un caso específico que está en curso en el Tribunal Constitucional, él siempre dice que no puede adelantar opinión; sin embargo, ayer en un programa dominical se despachó con todo y aseveró irresponsablemente:

 “Nosotros lo que tenemos es el poder de paralizar el trámite del proceso de vacancia si consideramos que hay elementos, indicios, de violación de competencias de quien ha presentado la demanda. Si eso significa que el día 18 estaba programada una sesión para vacar al presidente y hay una cautelar dada por nosotros, esa sesión no podría darse”. “Espero que la presidencia del TC nos alcance de inmediato la demanda porque el martes tenemos sesión y aun cuando no está programado, el tema tiene la urgencia suficiente como para poder entrar a discutir, definir quién va a ser el ponente y lo más importante, resolver el martes o el jueves a más tardar si se admite la demanda y si se admite o no la medida cautelar”.

Prácticamente, Espinosa-Saldaña ya está anunciando con antelación que el Tribunal Constitucional admitirá la demanda competencial y la medida cautelar porque deberán resolver con premura a más tardar el jueves, porque como el caso es de urgencia, se trabajará de manera express; y eso es casi imposible porque el Tribunal no puede ni debe resolver esta demanda apenas en tres días y lo mismo con la medida cautelar. Sin embargo, con este TC presidencialista, todo es posible. 

En esa línea, esta mañana el Poder Ejecutivo finalmente presentó al TC la demanda competencial y la medida cautelar, con el afán que el máximo intérprete de la Constitución determine si hubo intromisión e invasión de competencias. Sin embargo, insisto, esa demanda no es procedente a pesar que el Procurador del ministerio de Justicia, Luis Huerta siga sosteniendo que para la admisibilidad solamente requerirán verificar un conflicto que enfrente a dos órganos del Estado; además afirma que se está afectando la competencia del presidente de la Republica para dirigir la Política General del Gobierno como consecuencia del uso indebido de la competencia del Congreso al declarar la vacancia por permanente incapacidad moral. Asimismo, el abogado del Minjus insiste en sustentar que la postura del Ejecutivo, es que el Congreso está haciendo un uso indebido de su competencia para declarar la vacancia por incapacidad moral permanente. Y eso es, además de absurdo, absolutamente falaz, ¿Qué tiene que ver aquí la Política General del Gobierno?

¿Por qué el Procurador Huerta no menciona la norma constitucional que el Congreso está aplicando?

Cabe resaltar que el artículo 113° inciso 2° de la Carta Magna es taxativo, porque confiere al Congreso un pleno uso de su competencia para decidir si vaca o no a un presidente, si éste parlamento, previa votación lo considera admisible. Por lo tanto, aquí no existen competencias debidas o indebidas como afirma el Procurador del Minjus. Y lo único que hay en estos escenarios: son competencias, o incompetencias. Sin embargo, todos los periodistas de los programas de prime time se inhiben ante algunos constitucionalistas que vienen desinformando a pesar que conocen la ley, y las conductoras y conductores no replican ni cuestionan porque se sienten profanos en temas jurídicos. Craso error para un comunicador/a que está obligado a estar informado en asuntos legales. Y eso sin contar la mala práctica mermelera que ejercen los medios pagados por el gobierno.

Parlamentario Manuel Merino, Presidente del Congreso de la República.

Si bien, el presidente no está obligado a asistir el próximo viernes al Pleno del Congreso para hacer uso de su derecho de defensa, sin embargo, la sesión del Pleno de todas formas debatirá y votará finalmente para decidir si Martín Vizcarra se va o no de Palacio de Gobierno. Entre tanto, si el Tribunal Constitucional decide admitir  y otorgar una Medida Cautelar Express, en solo tres días; es decir, hasta el día jueves; Martín Vizcarra sería salvado por un pelo, hasta que esa cautelar se levante, o en su defecto, se lea el fallo final de la demanda. Eso coadyuvaría a azuzar la crisis política y solo nos confirmaría que el Tribunal Constitucional está tomado por el gobierno de turno. 

A continuación, todo lo referente al Proceso Competencial en el Código Procesal Constitucional:

TÍTULO IX

PROCESO COMPETENCIAL

Artículo 109.- Legitimación y representación

El Tribunal Constitucional conoce de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas directamente por la Constitución o las leyes orgánicas que delimiten los ámbitos propios de los poderes del Estado, los órganos constitucionales, los gobiernos regionales o municipales, y que opongan:

1) Al Poder Ejecutivo con uno o más gobiernos regionales o municipales;

2) A dos o más gobiernos regionales, municipales o de ellos entre sí; o

3) A los poderes del Estado entre sí o con cualquiera de los demás órganos constitucionales, o a éstos entre sí.

Los poderes o entidades estatales en conflicto actuarán en el proceso a través de sus titulares. Tratándose de entidades de composición colegiada, la decisión requerirá contar con la aprobación del respectivo pleno.

Artículo 110.- Pretensión

El conflicto se produce cuando alguno de los poderes o entidades estatales a que se refiere el artículo anterior adopta decisiones o rehúye deliberadamente actuaciones, afectando competencias o atribuciones que la Constitución y las leyes orgánicas confieren a otro.

Si el conflicto versare sobre una competencia o atribución expresada en una norma con rango de ley, el Tribunal declara que la vía adecuada es el proceso de inconstitucionalidad.

Artículo 111.- Medida Cautelar

El demandante puede solicitar al Tribunal la suspensión de la disposición, resolución o acto objeto de conflicto. Cuando se promueva un conflicto constitucional con motivo de una disposición, resolución o acto cuya impugnación estuviese pendiente ante cualquier juez o tribunal, éste podrá suspender el procedimiento hasta la resolución del Tribunal Constitucional.

Artículo 112.- Admisibilidad y procedencia

Si el Tribunal Constitucional estima que existe materia de conflicto cuya resolución sea de su competencia, declara admisible la demanda y dispone los emplazamientos correspondientes.

El procedimiento se sujeta, en cuanto sea aplicable, a las disposiciones que regulan el proceso de inconstitucionalidad.

El Tribunal puede solicitar a las partes las informaciones, aclaraciones o precisiones que juzgue necesarias para su decisión. En todo caso, debe resolver dentro de los sesenta días hábiles desde que se interpuso la demanda.

Artículo 113.- Efectos de las Sentencias

La sentencia del Tribunal vincula a los poderes públicos y tiene plenos efectos frente a todos. Determina los poderes o entes estatales a que corresponden las competencias o atribuciones controvertidas y anula las disposiciones, resoluciones o actos viciados de incompetencia. Asimismo resuelve, en su caso, lo que procediere sobre las situaciones jurídicas producidas sobre la base de tales actos administrativos.

Cuando se hubiera promovido conflicto negativo de competencias o atribuciones, la sentencia, además de determinar su titularidad, puede señalar, en su caso, un plazo dentro del cual el poder del Estado o el ente estatal de que se trate debe ejercerlas.

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Luis Felipe Alpaca es egresado de la carrera de Derecho y Ciencias Políticas y estudió Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza; asimismo estudió en la Escuela de Escritura Creativa del CCPUCP, y tiene un Diplomado de Especialista en Derecho Comercial por la Escuela Superior de Negocios. Ha sido Editor de Cultura del Diario 16, y actualmente es Editor General del Grupo Editorial Lima Gris, y es conductor del programa radial Lima Gris Radio por La estación Planicie 91.5 de la FM. Como gestor cultural ha organizado y curado exposiciones de arte y eventos ligados a los derechos culturales. Asimismo es corrector de estilo, y ha escrito más de 400 artículos relacionados a cultura, actualidad y política. Como activista social ha sido miembro de la Red del Patrimonio Cultural con el afán de defender patrimonios inmateriales y materiales como el desaparecido Palais Concert, y el Complejo Arqueológico Puruchuco. Actualmente es miembro del Colectivo Antropoceno Identidad, y ha recorrido distintas regiones del país para brindar apoyo, encuentros y conferencias en universidades con temas relacionados al arte ancestral y la cultura originaria.

Política

El Congreso avanza hacia la inhabilitación de Betssy Chávez

El peso de la responsabilidad por intentar quebrar el orden constitucional. La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó el informe que recomienda inhabilitar por 10 años a la exprimera ministra Betssy Chávez.

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La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, presidida por la legisladora de APP María Acuña Peralta, aprobó el informe que recomienda la inhabilitación por diez años para toda función pública de la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Chávez Chino. Señalada como una de las figuras clave detrás del intento de golpe de Estado encabezado por Pedro Castillo el 7 de diciembre de 2022, Chávez enfrenta ahora una de las sanciones políticas más severas previstas por la Constitución.

El proceso avanza con rapidez. La exministra no presentó defensa ante la subcomisión, ni de forma personal ni mediante un abogado, lo que facilitó el trámite y dejó su situación aún más comprometida. Esta ausencia levanta preguntas sobre su estrategia legal, pero también refuerza la percepción de una falta de interés por enfrentar las consecuencias institucionales de sus actos.

Actualmente detenida mientras avanza el proceso penal en su contra, Chávez Chino ha quedado políticamente aislada. Aunque tendrá la oportunidad de ejercer su defensa ante la Comisión Permanente y ante el pleno del Congreso, el camino hacia la inhabilitación parece cada vez más inevitable.

Betssy Chávez permanecerá presa en el Penal Anexo de Mujeres, hasta marzo del 2026.

Más allá de la figura de Betssy Chávez, este caso marca un punto de inflexión en la respuesta del sistema político frente a intentos de quebrar el orden democrático. Sin embargo, también se exige autocrítica del Congreso: no debe confundirse justicia con revancha política. La transparencia y el respeto al debido proceso son cruciales para que la sanción tenga legitimidad, y no se perciba como una simple maniobra punitiva.

El informe aprobado es parte de un paquete de acciones contra exfuncionarios vinculados al intento de disolver el Congreso. Pero el castigo político debe estar acompañado de una reflexión institucional más profunda: cómo evitar que quienes llegan al poder, como Pedro Castillo o sus principales aliados, vuelvan a intentar socavar la democracia desde dentro.

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Política

Polémico ‘proyecto de ley’ busca devolver brevetes a conductores ebrios

¿Segunda oportunidad o riesgo público? En Perú, conducir en estado de ebriedad es incurrir en delito de ‘peligro común’. El artículo 274° del Código Penal sanciona esta conducta con prisión, e inhabilitación, subrayando la gravedad de manejar bajo efectos del alcohol o drogas.

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El congresista Jorge Flores Ancachi, ahora legislador ‘no agrupado’ tras su salida de Podemos Perú, ha reactivado la polémica con su proyecto de ley 11781/2024-CR, conocido informalmente como la “Ley del borrachito”. La iniciativa propone permitir que conductores sancionados por manejar en estado de ebriedad puedan recuperar su licencia de conducir, siempre que no hayan causado muertes, ni daños permanentes.

Proyecto de Ley 11781/2024-CR presentado por Jorge Flores Ancachi.

La propuesta contempla una amnistía parcial hasta el 31 de diciembre de 2025, permitiendo a los infractores —previo pago de una multa con descuento del 80% y la aprobación de un curso de capacitación— volver a conducir legalmente. Según Flores Ancachi, no se trata de fomentar la impunidad, sino de reconocer la posibilidad de rehabilitación y evitar sanciones “eternas” para quienes desean reinsertarse laboralmente.

Miles de conductores inhabilitados por conducir en estado de ebriedad han mostrado respaldo a la medida, argumentando que están arrepentidos, necesitan trabajar y que han sido castigados por años. Sin embargo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se opone con firmeza, señalando que el proyecto representa un serio retroceso en la lucha por la seguridad vial.

El debate pone sobre la mesa una tensión legítima: ¿puede una sociedad negar toda posibilidad de reinserción a un infractor que no causó daños irreparables? Pero también es necesario recordar que conducir ebrio no es un simple error: es una conducta peligrosa con potencial letal, porque es considerado un delito.

Conducir bajo influencia del alcohol es delito

 Como se recuerda, conducir en estado de ebriedad en Perú constituye el delito de peligro común. El artículo 274° del Código Penal «Conducción en estado de ebriedad o drogadicción», establece que manejar bajo la influencia del alcohol o drogas es un delito, y se sanciona con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años, o con prestación de servicios comunitarios, además de la inhabilitación para conducir.

El proyecto de ley, aunque bien acertado para algunos, corre el riesgo de normalizar una falta grave y un presunto delito. Las segundas oportunidades son valiosas, pero deben estar siempre subordinadas a la responsabilidad, la prevención y el bien común.

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economía

Presentan PL para que el Banco de la Nación pueda comprar y vender oro de la minería artesanal

Iniciativa presentada por el congresista Jorge Montoya busca modificar la Ley 16000 para incrementar las funciones del banco.

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Arroz con mango. Pretender dotar atribuciones que no corresponden a determinada institución es como forzar a los abogados que operen a un herido, o que un ingeniero se dedique a cosechar papas; es decir, cargarles con atribuciones que no van con la naturaleza de su oficio.

A propósito de ese desbarajuste, la Comisión de Economía del Congreso de la República viene evaluando el Proyecto de Ley (PL) n. 8491 para que el Banco de la Nación (BN) pueda comprar, vender, exportar y comercializar oro proveniente de la minería artesanal y de pequeña escala.

La iniciativa ha sido presentada por el congresista Jorge Montoya (Renovación Popular) y propone la modificatoria de los artículos 2 y 6 de la Ley 16000, la misma que regula las funciones del banco estatal.

En el mencionado PL se estipula además que la entidad deberá implementar tecnología y procedimientos para asegurar la trazabilidad, calidad y exportación de los minerales, todo ello respetando normas ambientales, tributarias y de prevención de lavado de activos.

Según el texto, el Ejecutivo tendría un plazo de 90 días para aprobar la reglamentación necesaria, en caso se apruebe la ley. El financiamiento, según se indica, se haría con cargo al presupuesto institucional del banco y sin recurrir a recursos adicionales del Tesoro Público.

Cabe precisar que uno de los argumentos principales de la propuesta es que gran parte del oro producido por la minería artesanal no es trazado ni declarado formalmente, lo que facilita su desvío hacia canales ilegales. El proyecto también afirma que países como Bolivia y Tanzania han implementado esquemas similares con resultados positivos, aunque no ofrece mayores detalles al respecto.

Congresista Montoya, impulsor del PL ante la Comisión de Economía. Foto: Andina.

La postura del Banco de la Nación

En tanto, el BN envió un informe donde advirtió sobre los riesgos de aprobar el PL que propone ampliar las facultades operativas de la entidad para permitirle participar en la compra, venta y exportación de oro y minerales. Según el documento, el Banco no cuenta con experiencia en estas actividades, ya que su labor está orientada a brindar servicios financieros a entidades públicas, instituciones del sistema financiero y trabajadores del sector público, conforme a lo establecido en su Estatuto.

En adición, se señaló que habilitarlo para operar en el comercio de minerales podría generar resultados negativos debido a la falta de recursos y conocimientos técnicos, afectando incluso su desempeño actual en la prestación de servicios bancarios. Por estas razones, la Gerencia Legal no recomienda la aprobación de la iniciativa legislativa.

Por su parte, ADEX señaló que existe un alto riesgo de que la compra de oro sin conocer la procedencia de este pueda involucrar metales de origen ilegal e informal, significaría blanquear activos ilegales, con lo cual se estaría incentivando aún más la ilegalidad e informalidad del sector al monetizar el oro.

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Política

Demora histórica: Gobierno anuncia financiamiento para cinco nuevos penales

El Ministerio de Economía firmó un acuerdo con CAF por USD 800 millones para mejorar el sistema penitenciario, pero persisten dudas sobre si los nuevos penales se construirán con eficiencia o volverán a demorarse por años, como ha ocurrido antes.

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) concretó un préstamo de US$ 800 millones con CAF–Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe, destinado a financiar la construcción de nuevos establecimientos penitenciarios en el país. La operación fue anunciada el 29 de junio durante la 185ª reunión del directorio de la CAF en Sevilla, España, y forma parte de un ambicioso programa liderado por el Ministerio de Justicia.

Aunque la inversión —que asciende a US$ 1,000 millones, sumando un aporte estatal de US$ 200 millones— representa un avance importante, la medida también pone en evidencia una histórica desatención del Estado en materia de infraestructura penitenciaria. Durante décadas, los centros de reclusión en el Perú han operado por encima de su capacidad, con niveles de hacinamiento que superan el 130%, sin que se hayan desarrollado políticas sostenidas para resolver el problema de fondo.

El nuevo plan contempla cinco penales, entre ellos el de Colquepata (Cusco), con capacidad para 2,500 internos, y el de Huacho (Lima), que será el más grande del país con capacidad para 16,000 personas privadas de libertad. Otros tres establecimientos se construirán en regiones aún no detalladas, sumando espacio para unos 10,000 internos adicionales.

La reforma apunta a cerrar brechas, garantizar derechos y contribuir a la reinserción social. Sin embargo, el éxito del programa dependerá no solo de la inversión, sino también de una ejecución eficiente que supere los retrasos estructurales que históricamente han postergado al sistema penitenciario peruano.

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Política

JPP le cierra las puertas a Antauro Humala y solo confirma alianza con Pedro Castillo

Roberto Sánchez, presidente de JPP, negó cualquier tipo de acercamiento con líder etnocacerista.

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Lo mandaron bien lejos. Luego que el líder etnocacerista, Antauro Humala, gritara a los cuatro vientos que iba a formar una alianza con el partido Juntos por el Perú (JPP) y el ex presidente Pedro Castillo. “Esta coalición es un bloque nuevo y aquí estoy dando la primicia, la presentación de un bloque nacionalista”, mencionó en hace poco de una semana Humala Tasso.

Ahora, el propio presidente de JPP, Roberto Sánchez, salió a aclarar que en realidad solo existe un pacto con el expresidente Castillo, desmintiendo por otro lado cualquier lazo con Antauro Humala.

Juntos por el Perú y el movimiento liderado por el presidente Pedro Castillo, solo ambos, han suscrito su unidad política y electoral en este nuevo momento de llamado a la unidad popular más amplia que ha realizado Castillo”, manifestó el parlamentario para el diario El Comercio.

Solo con él. Roberto Sánchez solo ha confirmado una alianza con Pedro Castillo. foto: Presidencia.

Asimismo, el exministro de Comercio Exterior durante el mandato de Pedro Castillo, subrayó que sí existen conversaciones separadas tanto con Castillo Terrones como con Antauro Humala y que las decisiones definitivas sobre alianzas se tomarán antes del 2 de agosto, fecha límite para la presentación de alianzas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Por su parte, desde sectores internos y aliados de Castillo se confirmó que, hasta el momento, no existe una mesa de diálogo directa entre Castillo y Humala.

Tal parece que las exigencias de Antauro Humala habrían caído muy mal dentro de JPP, insinuándose un presunto pedido para su agrupación encabece la nómina presidencial y de postulantes al Congreso. Estas diferencias se suman a pugnas internas en el partido, donde un sector rechaza la posible alianza con Humala y acusa a Sánchez de irregularidades en el manejo del comité electoral interno.

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Política

Trenes sin rieles: el proyecto de López Aliaga y el conflicto con el MTC

Mientras el alcalde de Lima prioriza anuncios cargados de campaña electoral, el proyecto ferroviario hacia Chosica avanza sin infraestructura ni coordinación técnica. La llegada de trenes usados evidencia más improvisación que planificación, en medio de un nuevo conflicto con el Ministerio de Transportes.

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La reciente iniciativa del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, de adquirir trenes usados para implementar un servicio ferroviario entre Lima y Chosica ha vuelto a generar polémica. Lejos de ser una propuesta articulada con el Ejecutivo, esta acción se enfrenta a objeciones técnicas claras y revive la ya conocida confrontación entre la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

El titular del MTC, César Sandoval, ha advertido que las vías necesarias para operar estos trenes no están habilitadas ni cuentan con la infraestructura mínima para una marcha blanca —un periodo de prueba previo al funcionamiento comercial. En otras palabras, los trenes que pretende traer el alcalde no tienen dónde operar con seguridad ni viabilidad técnica, al menos por ahora. A pesar de ello, López Aliaga ha insistido en el anuncio de una marcha blanca, una declaración que parece más un acto de campaña presidencial, que una planificación responsable de política pública.

Alcalde pretendería ‘marcha blanca’ de trenes para alimentar su imagen política.

El alcalde, conocido por su estilo confrontacional, ha optado nuevamente por llevar el debate al terreno político, dejando de lado una coordinación técnica elemental con el MTC, que —según ha declarado su ministro— no está poniendo trabas al proyecto y ha mostrado disposición al diálogo. Esta respuesta del Ejecutivo desarma en parte la narrativa del bloqueo institucional que López Aliaga ha pretendido difundir.

Más allá de los protagonismos, el fondo del problema es preocupante. Traer trenes usados, sin haber garantizado previamente las condiciones mínimas de operación, es una señal de improvisación y de una peligrosa desconexión con las exigencias técnicas de un proyecto de transporte masivo. Además, sin un plan de integración con el sistema de movilidad de la ciudad, lo que podría terminar vendiéndose como un avance en infraestructura urbana, podría convertirse en una inversión ineficiente o incluso en un monumento a la descoordinación institucional.

La capital necesita trenes, sí, pero también necesita planificación, transparencia y diálogo entre niveles de gobierno. La urgencia electoral de un personaje que parece haberse olvidado de los problemas de la comuna metropolitana no puede sobrepasar las necesidades reales de una ciudad que, más que anuncios, requiere soluciones viables.

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Política

‘Renovación Popular’ defiende a Patricia Benavides y denuncia a Delia Espinoza

¿Justicia o intereses cruzados? La bancada ultraconservadora presentó una queja ante la JNJ para solicitar la destitución de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, y la suspensión temporal de los fiscales supremos Pablo Sánchez, Zoraida Ávalos y Juan Carlos Villena.

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La reciente queja presentada por la bancada de ‘Renovación Popular’ ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) contra la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, y otros tres fiscales supremos, plantea más preguntas que certezas. Alegando “faltas muy graves” por desobedecer la orden de reponer a Patricia Benavides Vargas en el cargo, los congresistas solicitan una suspensión temporal e incluso la eventual destitución de los involucrados. ¿Es un verdadero intento por defender la legalidad o simplemente una maniobra política para proteger a una aliada?

No sorprende el respaldo de ‘Renovación Popular’ a Benavides Vargas, quien fue suspendida por el Poder Judicial mientras es investigada por presunto cohecho. Su figura, aunque controversial, ha sido vista por sectores conservadores como un contrapeso frente a decisiones de la JNJ que han incomodado al Congreso. El problema radica en el sesgo evidente: mientras se minimiza la gravedad de las acusaciones contra Patricia Benavides, se cuestiona a Delia Espinoza por no acatar una disposición administrativa, cuyo alcance jurídico aún es materia de debate.

Queja interpuesta por congresistas de Renovación Popular ante la JNJ.

Pero Espinoza Valenzuela tampoco queda libre de escrutinio. En su intento por sostenerse en el cargo tras la orden de la JNJ, su resistencia ha generado dudas sobre si su permanencia responde a la defensa institucional o a intereses personales. Acusaciones como “vigilias internas” e instrumentalización de funcionarios menores no pueden ser tomadas a la ligera, y la falta de claridad en sus motivaciones ha alimentado el desgaste de la imagen del Ministerio Público; aunque ella lo niegue y salga a decir que “la Fiscalía no está en crisis”.

El fondo del asunto trasciende la pugna entre dos señoras del Ministerio Público: pone en evidencia cómo la justicia se ha convertido en un campo de batalla política. Mientras ‘Renovación Popular’ actúa como defensor político de Patricia Benavides, bajo el argumento de “resistencia a la autoridad”, se omite que esa misma autoridad —la JNJ— dictó medidas contra ella por causas penales, no disciplinarias.

La institucionalidad se erosiona cuando las reglas se interpretan a conveniencia. La ciudadanía asiste, una vez más, a una disputa que parece menos sobre justicia y más sobre quién controla el poder dentro del sistema fiscal. Mientras tanto, ni Delia Espinoza, ni su detractora Patricia Benavides están exentas de responsabilidad en este clima de desconfianza.

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Política

Porky en su laberinto: entre trenes viejos y los 200 millones de dólares que se pagará a Rutas de Lima

Los oscuros días del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga.

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El alcalde de Lima Rafael López Aliaga se encuentra inmerso en fuertes cuestionamientos. Su gestión viene siendo golpeada por sus propias decisiones. Traer unos trenes viejos al país —que para muchos es considerado chatarra— ha visibilizado que sus promesas fueron falsas. Una ciudad no puede convertirse en potencia mundial haciendo uso de trenes que otro país descarta.

A esto se suma la ausencia de un plan cultural para Lima. Además, recientemente la Corte de Apelaciones del distrito de Columbia, en los Estados Unidos, ratificó el pasado 24 de junio dos laudos arbitrales internacionales que ordenan a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), dirigida por Rafael López Aliaga, el pago de aproximadamente 200 millones de dólares a Rutas de Lima.

Un gran detalle que no se le ha escapado a la jueza Ana C. Reyes, de la Corte de Columbia, fueron las reiteradas declaraciones del alcalde de Lima, quien se oponía públicamente en pagarle a la concesionaria. Tales declaraciones le permitieron a la jueza sacar una conclusión.

Esto no saldrá del bolsillo de Porky, los 200 millones de dólares lo pagaremos todos los peruanos.

Aquí el programa de Lima Gris radio con más detalles de Porky en su laberinto.

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