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Política

Demanda competencial que presentó el Ejecutivo es improcedente

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Presidente Vizcarra, ministra de Justicia Ana Neyra y Presidente del Congreso Manuel Merino.

En estos momentos todos se preguntan ¿Es correcto iniciar un proceso de vacancia por incapacidad moral? la respuesta es: más allá que sea correcto o no, la vacancia es una prerrogativa que le compete solamente al Congreso y además obedece a una cuestión política. El tema es estrictamente político en el sentido que quizá no sea conveniente remover a un presidente en plena emergencia sanitaria y sobre todo si estamos a pocos meses de los comicios electorales, no obstante, ese no es el fondo del asunto.

Ahora bien, si nos ceñimos al aspecto jurídico, en ese sentido el Congreso también está totalmente facultado a vacar a un presidente. La incapacidad moral permanente surgió en el siglo XIX y tiene apenas cuatro precedentes en la historia de la República peruana. El primer caso fue en el año 1823 con el presidente José de la Riva Agüero en 1823 y se le destituyó por incapacidad moral y posteriormente en el siglo XX con Guillermo Billinghurst en 1914. Luego en el siglo XXI, con Alberto Fujimori en febrero de 2001 y finalmente, con Pedro Pablo Kuczynski que fue vacado por la causal de: Aceptación de su renuncia por el Congreso

Esta figura es cotidiana en el derecho internacional latinoamericano; incluso en Estados Unidos perdura el impeachment, que significa: destitución o acusación constitucional. En ese sentido, cabe recordar que la mentira ha sido una causal relevante para deponer a un presidente norteamericano, como bien fue el caso de impeachment de los presidentes Richard Nixon y luego Bill Clinton, que en resumidas cuentas mintieron a su país, aunque eso no haya constituido delito. Sin embargo, en el actual escenario peruano, la naturaleza de este conflicto competencial ha sido distorsionada por los opinologos de una forma absurda; pues, en un conflicto competencial se debe dilucidar la facultad entre dos órganos del Estado para resolver quién es realmente el que tiene competencia de decidir o fallar sobre un acto entre ellos.

La opinión pública debe entender que la figura de la vacancia presidencial no es un instrumento que lidia con aspectos penales; en ese sentido, queda claro que no se puede acusar al presidente de la República durante su periodo, porque éste goza de inmunidad presidencial; a excepción de casos como: traición a la patria, por disolver el Congreso sin la aplicación del artículo 134° de la Constitución, y por impedir elecciones generales, tal como señala el artículo 117° de la Carta Magna. No obstante, la vacancia presidencial si bien no es penal, ésta se constituye como fáctica, en el sentido de que siempre habrá la posibilidad real de que un mandatario muera, renuncie al cargo, salga de suelo peruano sin permiso del Congreso, o no regrese en el plazo fijado. Además, vale decir que esta figura de la incapacidad moral permanente cobra más sentido porque técnicamente se le denomina como un concepto jurídico indeterminado, porque es genérico y abstracto; es así que sus límites no pueden ser precisados en un enunciado o en una cartilla de acápites. Ergo, tal concepto no tendría por qué ser tipificado porque es de naturaleza política.

Presidente Martín Vizcarra.

No obstante, algunos penalistas ahora están saliendo con el rollo que se tiene que tipificar; sin embargo, como ya lo mencioné anteriormente, en los pocos pedidos de vacancia de nuestra historia, la interpretación de esta figura ha sido meramente política. Pero en estos momentos una facción que simpatiza con Martín Vizcarra, arremete y opina que al presidente de la República no se le debe acusar y que luego se le deberá investigar. ¿Y quién está hablando de acusación o investigación? Evidentemente, ese menester se tendrá que dar después del 28 de julio de 2021, pero aún no, ya que en ese caso estamos hablando de un aspecto meramente penal. Ahora bien, la vacancia no es una acusación al Presidente. La vacancia propiamente dicha es una atribución que goza el Congreso para aplicarla si se presenta el momento indicado contra un mandatario.

Recordemos que el presidente del Congreso disuelto, Pedro Olaechea también inicio una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional en contra del Poder Ejecutivo al mando de Martín Vizcarra y a pesar del absurdus que pretendía aquel exlegislador, el Tribunal la admitió a trámite y se aplicó el principio pro actione, pero finalmente el fallo fue declarado infundado, porque un Congreso que ya no ejercía sus funciones no podría expedir acuerdos posteriores y eso se constituía como un imposible jurídico, considerando que nunca existió un menoscabo en sus ejercicios y facultades.

Si tan solo aplicáramos un razonamiento elemental, podemos precisar que cuando una institución del Estado sabe perfectamente cuál es su competencia, no debe realizar un ejercicio o atribución indebida que no le corresponda, justamente porque ante esa trasgresión ya no goza de la competencia respectiva que pueda invadir el ámbito de la otra institución. En ese sentido, una demanda competencial únicamente se debe interponer cuando entre dos órganos del Estado, uno de ellos interfiere en las atribuciones y competencias del otro. Y ese no es el caso en esta coyuntura del pedido de vacancia que está tramitando el actual parlamento, sencillamente porque está basado en un precepto constitucional. Leer bien el artículo 113° inciso 2 de la Constitución: La Presidencia de la República vaca por su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso. En otros términos, eso quiere decir que la atribución y/o competencia de vacar a un mandatario es exclusivamente del Poder Legislativo, y no del Poder Ejecutivo ¿Acaso en la Constitución se señala que el Poder Ejecutivo puede vacar a su presidente? Obviamente que no, pues, un presidente de la Nación no puede vacarse a sí mismo. Sin embargo, si bien el Ejecutivo a través de su ministerio de Justicia tiene todo el derecho de interponer este absurdo jurídico; no obstante, el Tribunal Constitucional ni siquiera debería admitir dicha demanda competencial. Asimismo, la ministra de Justicia Ana Neyra como parte de la estrategia presidencial habló de interponer una Medida Cautelar con el único afán de suspender la pronta sesión del Pleno que se llevará a cabo el viernes 18 donde deberá asistir el presidente Martín Vizcarra para ejercer su derecho a la defensa y donde probablemente a través de los votos llegue a ser vacado. La estrategia de los “abogados” de Vizcarra pretende ganar tiempo para así tumbarse el Pleno de este viernes, considerando que la medida cautelar sirve justamente para eso: para suspender y/o congelar un “tramite” o “acto” hasta que la demanda se resuelva al final con el fallo del Tribunal Constitucional y éste, por lo menos tardaría dos meses y por eso, la pretensión estratégica del gobierno es que en todo ese tiempo Martín Vizcarra continúe gobernando.

Ministra de Justicia, Ana Neyra.

Así las cosas, cuando el tribuno Eloy Espinoza-Saldaña normalmente sale en los medios y los periodistas le preguntan sobre un caso específico que está en curso en el Tribunal Constitucional, él siempre dice que no puede adelantar opinión; sin embargo, ayer en un programa dominical se despachó con todo y aseveró irresponsablemente:

 “Nosotros lo que tenemos es el poder de paralizar el trámite del proceso de vacancia si consideramos que hay elementos, indicios, de violación de competencias de quien ha presentado la demanda. Si eso significa que el día 18 estaba programada una sesión para vacar al presidente y hay una cautelar dada por nosotros, esa sesión no podría darse”. “Espero que la presidencia del TC nos alcance de inmediato la demanda porque el martes tenemos sesión y aun cuando no está programado, el tema tiene la urgencia suficiente como para poder entrar a discutir, definir quién va a ser el ponente y lo más importante, resolver el martes o el jueves a más tardar si se admite la demanda y si se admite o no la medida cautelar”.

Prácticamente, Espinosa-Saldaña ya está anunciando con antelación que el Tribunal Constitucional admitirá la demanda competencial y la medida cautelar porque deberán resolver con premura a más tardar el jueves, porque como el caso es de urgencia, se trabajará de manera express; y eso es casi imposible porque el Tribunal no puede ni debe resolver esta demanda apenas en tres días y lo mismo con la medida cautelar. Sin embargo, con este TC presidencialista, todo es posible. 

En esa línea, esta mañana el Poder Ejecutivo finalmente presentó al TC la demanda competencial y la medida cautelar, con el afán que el máximo intérprete de la Constitución determine si hubo intromisión e invasión de competencias. Sin embargo, insisto, esa demanda no es procedente a pesar que el Procurador del ministerio de Justicia, Luis Huerta siga sosteniendo que para la admisibilidad solamente requerirán verificar un conflicto que enfrente a dos órganos del Estado; además afirma que se está afectando la competencia del presidente de la Republica para dirigir la Política General del Gobierno como consecuencia del uso indebido de la competencia del Congreso al declarar la vacancia por permanente incapacidad moral. Asimismo, el abogado del Minjus insiste en sustentar que la postura del Ejecutivo, es que el Congreso está haciendo un uso indebido de su competencia para declarar la vacancia por incapacidad moral permanente. Y eso es, además de absurdo, absolutamente falaz, ¿Qué tiene que ver aquí la Política General del Gobierno?

¿Por qué el Procurador Huerta no menciona la norma constitucional que el Congreso está aplicando?

Cabe resaltar que el artículo 113° inciso 2° de la Carta Magna es taxativo, porque confiere al Congreso un pleno uso de su competencia para decidir si vaca o no a un presidente, si éste parlamento, previa votación lo considera admisible. Por lo tanto, aquí no existen competencias debidas o indebidas como afirma el Procurador del Minjus. Y lo único que hay en estos escenarios: son competencias, o incompetencias. Sin embargo, todos los periodistas de los programas de prime time se inhiben ante algunos constitucionalistas que vienen desinformando a pesar que conocen la ley, y las conductoras y conductores no replican ni cuestionan porque se sienten profanos en temas jurídicos. Craso error para un comunicador/a que está obligado a estar informado en asuntos legales. Y eso sin contar la mala práctica mermelera que ejercen los medios pagados por el gobierno.

Parlamentario Manuel Merino, Presidente del Congreso de la República.

Si bien, el presidente no está obligado a asistir el próximo viernes al Pleno del Congreso para hacer uso de su derecho de defensa, sin embargo, la sesión del Pleno de todas formas debatirá y votará finalmente para decidir si Martín Vizcarra se va o no de Palacio de Gobierno. Entre tanto, si el Tribunal Constitucional decide admitir  y otorgar una Medida Cautelar Express, en solo tres días; es decir, hasta el día jueves; Martín Vizcarra sería salvado por un pelo, hasta que esa cautelar se levante, o en su defecto, se lea el fallo final de la demanda. Eso coadyuvaría a azuzar la crisis política y solo nos confirmaría que el Tribunal Constitucional está tomado por el gobierno de turno. 

A continuación, todo lo referente al Proceso Competencial en el Código Procesal Constitucional:

TÍTULO IX

PROCESO COMPETENCIAL

Artículo 109.- Legitimación y representación

El Tribunal Constitucional conoce de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas directamente por la Constitución o las leyes orgánicas que delimiten los ámbitos propios de los poderes del Estado, los órganos constitucionales, los gobiernos regionales o municipales, y que opongan:

1) Al Poder Ejecutivo con uno o más gobiernos regionales o municipales;

2) A dos o más gobiernos regionales, municipales o de ellos entre sí; o

3) A los poderes del Estado entre sí o con cualquiera de los demás órganos constitucionales, o a éstos entre sí.

Los poderes o entidades estatales en conflicto actuarán en el proceso a través de sus titulares. Tratándose de entidades de composición colegiada, la decisión requerirá contar con la aprobación del respectivo pleno.

Artículo 110.- Pretensión

El conflicto se produce cuando alguno de los poderes o entidades estatales a que se refiere el artículo anterior adopta decisiones o rehúye deliberadamente actuaciones, afectando competencias o atribuciones que la Constitución y las leyes orgánicas confieren a otro.

Si el conflicto versare sobre una competencia o atribución expresada en una norma con rango de ley, el Tribunal declara que la vía adecuada es el proceso de inconstitucionalidad.

Artículo 111.- Medida Cautelar

El demandante puede solicitar al Tribunal la suspensión de la disposición, resolución o acto objeto de conflicto. Cuando se promueva un conflicto constitucional con motivo de una disposición, resolución o acto cuya impugnación estuviese pendiente ante cualquier juez o tribunal, éste podrá suspender el procedimiento hasta la resolución del Tribunal Constitucional.

Artículo 112.- Admisibilidad y procedencia

Si el Tribunal Constitucional estima que existe materia de conflicto cuya resolución sea de su competencia, declara admisible la demanda y dispone los emplazamientos correspondientes.

El procedimiento se sujeta, en cuanto sea aplicable, a las disposiciones que regulan el proceso de inconstitucionalidad.

El Tribunal puede solicitar a las partes las informaciones, aclaraciones o precisiones que juzgue necesarias para su decisión. En todo caso, debe resolver dentro de los sesenta días hábiles desde que se interpuso la demanda.

Artículo 113.- Efectos de las Sentencias

La sentencia del Tribunal vincula a los poderes públicos y tiene plenos efectos frente a todos. Determina los poderes o entes estatales a que corresponden las competencias o atribuciones controvertidas y anula las disposiciones, resoluciones o actos viciados de incompetencia. Asimismo resuelve, en su caso, lo que procediere sobre las situaciones jurídicas producidas sobre la base de tales actos administrativos.

Cuando se hubiera promovido conflicto negativo de competencias o atribuciones, la sentencia, además de determinar su titularidad, puede señalar, en su caso, un plazo dentro del cual el poder del Estado o el ente estatal de que se trate debe ejercerlas.

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Luis Felipe Alpaca es egresado de la carrera de Derecho y Ciencias Políticas y estudió Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza; asimismo estudió en la Escuela de Escritura Creativa del CCPUCP, y tiene un Diplomado de Especialista en Derecho Comercial por la Escuela Superior de Negocios. Ha sido Editor de Cultura del Diario 16, y actualmente es Editor General del Grupo Editorial Lima Gris, y es conductor del programa radial Lima Gris Radio por La estación Planicie 91.5 de la FM. Como gestor cultural ha organizado y curado exposiciones de arte y eventos ligados a los derechos culturales. Asimismo es corrector de estilo, y ha escrito más de 400 artículos relacionados a cultura, actualidad y política. Como activista social ha sido miembro de la Red del Patrimonio Cultural con el afán de defender patrimonios inmateriales y materiales como el desaparecido Palais Concert, y el Complejo Arqueológico Puruchuco. Actualmente es miembro del Colectivo Antropoceno Identidad, y ha recorrido distintas regiones del país para brindar apoyo, encuentros y conferencias en universidades con temas relacionados al arte ancestral y la cultura originaria.

Política

Pleno aprueba ampliación del desarrollo del mecanismo de obras por impuestos

Se usará IGV como crédito fiscal que incentive a más empresas a participar en Obras por Impuestos enfocada a gobiernos regionales y locales. Con mucha facilidad fue exonerada de segunda votación.

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En el marco de mejora del procedimiento legal y operativo de ejecución de la ley de obras por impuestos, se propuso hoy en el pleno reformas a la ley 29230.

En una emocionante sesión del Pleno de hoy el presidente de la Comisión de Economía, el ‘niño’ López, expuso esta mejora a la norma, la cual ayudará a impulsar la inversión pública en los gobiernos regionales y locales con participación del sector privado a fin de ampliar e impulsar el desarrollo del mecanismo de obras por impuestos. Conforme a lo que dijo el congresista López «el objetivo del dictamen es ampliar el mecanismo de Obras por Impuestos (…) busca ampliar las entidades habilitantes que además del gobierno local y regional se habilitará también a las universidades nacionales para que ellos también puedan utilizar el mecanismo de Obras por Impuestos y mejorar su infraestructura mediante la participación privada.

«Si bien es cierto los gobiernos regionales tienen determinados objetivos de cierre de brechas, estos no impactan a través de obras por impuestos a la solución de otros tipos de problemas como la educación» dijo López.

Lo que busca este dictamen es ampliar fuentes de financiamiento para expandir la capacidad de realizar proyectos bajo obras por impuestos.  «En la actual norma no se puede utilizar los recursos directamente recaudados y lo que hace esta norma es también que estos recursos puedan habilitar también que estos recursos puedan utilizarse para estos proyectos y su planificación para que puedan ser desarrollados. Además, se plantea un seguimiento y monitoreo [esto huele a más burocracia y que va ser más lenta la ejecución] a través de ProInversión. Además, el uso de IGV como crédito fiscal que incentive a más empresas a participar».

Debemos recordar que esta herramienta que impulsa la inversión en salud, saneamiento y educación, en favor de comunidades con brechas identificadas, contribuye a cerrar la profunda pero muy profunda brecha en infraestructura que tiene Perú. Solo en Apurímac existe un puente de piedra que data de 1580 que hasta ahora se utiliza porque no se ha construido otro.

Por su parte el diputado Víctor Flores se refirió a la situación del mecanismo «el monto máximo del CIPRL (Certificado de Inversión Pública Regional y Local) considera a los dos últimos años y no solo el último como señaló MEF, lo cual ha perjudicado a los gobiernos regionales para hacer obras por impuestos. Consideramos debe actualizarse excepcionalmente los topes máximos de capacidad anual para los gobiernos regionales, locales y universidades. Para que en un plazo de 15 días MEF pueda actualizar los flujos transferidos, los montos reducidos para el repago de los CIPRL y la relación de los convenios suscritos. La modificatoria prevista incidiría en la reducción de 91 proyectos sin adjudicarse por un máximo de 877 millones».

La congresista Diana González, mencionó la importancia de la norma «que fortalece el régimen de OXI, dónde el privado diseña e implementa la obra, cerrando muchos presuntos canales de corrupción, y el Estado tiene que reconocer al sector privado como aliado estratégico para el cierre de brechas, y muchos ministros han reconocido el impacto de OXI para la realización de obras y el incremento de las mismas respecto al año anterior». También mencionó «fortalecer los techos presupuestales de los gobiernos regionales y locales para la emisión del certificado de OXI, pero en la última ley del crédito suplementario se incluyó una modificación a la segunda disposición que redujo el monto máximo que pueden usar los gobiernos regionales y locales, afectándolos».  En resumen, se busca incrementar el techo presupuestal para coadyuvar a los gobiernos regionales.

Por su parte, la parlamentaria Ruth Luque fue crítica con esta propuesta. «Estoy opuesta a la incorporación de la reducción al IGV en el art. 7 de la norma, por tener un impacto, porque significaría una reducción a los propios gobiernos locales. Ya de por sí las empresas tienen de por sí ciertos beneficios».

El congresista Eduardo Castillo Rivas solicitó en el pleno al presidente de la comisión de economía, «incorporar a los locadores como beneficiarios de la especialización y certificación gradual de profesionales señalados en el art. 7 de la norma 29230». Es decir, pretende hacerlo más rápido incorporando a los locadores como parte de los beneficiarios.

Finalmente, por 60 votos a favor fue aprobado en primera votación esta propuesta. El proyecto será materia de segunda votación en 7 días calendario.

Posteriormente, según informó la oficina de comunicaciones del Congreso, el proyecto de ley fue exonerado de segunda votación, con lo cual quedó expedido para ser enviado al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

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Política

Congreso cita con “urgencia” al ministro Rómulo Mucho para que explique sobre Ley MAPE

Luego que el Gobierno envió al Legislativo el documento de la Ley MAPE, la vicepresidenta de la Comisión de Energía y Minas del Congreso, Diana Gonzales, advierte poca claridad en diversos aspectos de la ley; y, por ende, pidió citar urgentemente al titular de Energía y Minas Rómulo Mucho.

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Este miércoles 20 de noviembre el Ejecutivo, mediante el reciente Consejo de Ministros, aprobó el proyecto de Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, más conocida como Ley MAPE, que reemplazará al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), cuya vigencia termina este 31 de diciembre. Y a pesar de las críticas de los cientos de mineros que se encuentran protestando en la avenida Abancay a inmediaciones del Congreso, hoy el ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho Mamani, envió el proyecto de ley al Parlamento para su debate en la comisión del sector.

Sin embargo, la congresista Diana Gonzáles Delgado (Avanza País) solicitó al presidente de la Comisión de Energía y Minas, Paul Gutiérrez, citar con “carácter de urgencia” al ministro Mucho Mamani, para que informe y explique en detalle sobre los alcances y el contenido del Proyecto de la Ley MAPE, recientemente aprobado en el Ejecutivo.

“Solicito tenga a bien citar con carácter de urgencia al Ministro de Energía y Minas, señor Rómulo Mucho, a la siguiente sesión extraordinaria […] para informar sobre el contenido y alcances del Proyecto de Ley 09555/2024-PE Ley de la pequeña minería y minería artesanal”, se lee en el documento.

Oficio enviado a congresista Paul Gutiérrez para que cite a ministro Rómulo Mucho.

Cabe mencionar que el documento entregado al Poder Legislativo, indica en su tercera disposición complementaria que los procedimientos iniciados con el Reinfo continuarán su trámite en esas instancias durante 6 meses, contados desde el día hábil siguiente a la publicación de la nueva ley y al finalizar dicho plazo, indican, que el Minem asume las funciones que se le habían dado a las Direcciones Regionales de Energía y Minas y las Gerencias Regionales de Energía, Minas e Hidrocarburos (DREM/GREM) con el Reinfo para la formalización minera.

Mineros informales bloquearon Panamericana Sur en Ica y Arequipa en desacuerdo con la Ley MAPE

Según informó Máximo Becker, presidente de la Confederación Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal del Perú, los mineros informales están en desacuerdo con la reciente aprobada ley MAPE y exigen la extensión del ‘Reinfo’ por dos años más.

Más de mil mineros informales hoy mantuvieron bloqueada la carretera Panamericana Sur en el kilómetro 440 en la provincia de Nasca, en la región Ica, donde la fila de vehículos alcanza los 10 km, y en el kilómetro 782 a la altura del Puente Ocoña, en Camaná, Arequipa. Los mineros informales que se encuentran bloqueando ambos puntos desde ayer, 20 de noviembre, exigen la extensión de la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera, porque este documento les permite trabajar en concepciones mineras de terceros, sin embargo, vence este 31 de diciembre.

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Política

Ministros de Estado defienden a prófugo Nicanor Boluarte [VIDEO]

¡Lluvia de escuderos! Los ministros César Vásquez, Durich Whittembury y José Arista se despojaron de sus investiduras sectoriales y han asumido roles de ‘abogados defensores’. Pero esta vez no protegen a la presidenta Dina Boluarte, sino, a su “socio” y hermano, el prófugo de la justicia Nicanor Boluarte Zegarra.

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Primero fue el premier Gustavo Adrianzén, que salió a declarar tras la medida de detención preventiva de 36 meses contra Nicanor Boluarte Zegarra, y se atrevió a decir que existe una “judicialización de la política”, mencionando incluso, que hay una soterrada intención de promover una vacancia presidencial.

Seguidamente, hizo lo mismo, el titular de la cartera de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini, al afirmar que el fallo judicial del juez Richard Concepción Carhuancho “no tiene explicaciones técnicas” y que además obedece a un proceso politizado.

Y en menos de unas horas, se sumaron tres ministros “escuderos” para defender, no precisamente, a la presidenta Dina Boluarte; sino a su hermano Nicanor. Quien, en lugar de ponerse a derecho, pasó a la clandestinidad e ingresó a la categoría de prófugo de la justifica.

Premier Gustavo Adrianzén ahora defiende a prófugo Nicanor Boluarte.

Escudero 1: Ministro César Vásquez asevera que todo es ‘un show mediático’

El titular del Ministerio de Salud (Minsa), César Vásquez, quizá por una orden de su mentor César Acuña Peralta, ha vinculado esta situación con los esfuerzos que existen para lograr la desestabilización del gobierno y señaló que el juez Richard Concepción Carhuancho tiene “mucho afán mediático”.

El ministro también se pronunció sobre el reciente fallo judicial que dicta 36 meses de prisión preventiva contra el hermano de la presidenta de la República, Nicanor Boluarte y considera que algunos actores políticos buscan desacreditar la gestión de la mandataria, tras el supuesto éxito de la APEC.

Además, cuestionó al juez Richard Concepción Carhuancho por haber tomado la medida y refirió que tiene “mucho afán mediático, y una pasión por las cámaras”. Asimismo, remarcó que el sistema se está politizando porque se afecta la presunción de inocencia, así como la estabilidad política del gobierno, y en especial al propio hermano de la presidenta.

“Estamos vulnerando la presunción de inocencia. Se está desnaturalizando esta medida de prisión preventiva. Uno de los grandes afectados es el señor Boluarte por ser hermano de la presidenta. Hace daño que la justicia se politice”, sostuvo el ministro de Salud.

Escudero 2: Ministro Whittembury pide que ‘justicia no sea politizada’ para Nicanor Boluarte

El ministro de Vivienda, Durich Whittembury, insinúa que el inicio de la lectura de la resolución que dictó prisión preventiva contra el hermano de la presidenta, Nicanor Boluarte, coincidió estratégicamente con el cierre del Foro APEC y consideró que esto podría ser un intento de desviar la atención de los logros que se alcanzaron en dicha cumbre internacional. Y al momento de ser consultado sobre la medida impuesta por el juez Richard Concepción Carhuancho, Whittembury se reafirmó en su posición, de que la justicia no debe estar politizada

Escudero 3: Ministro José Arista critica prisión preventiva contra Nicanor Boluarte

Por último, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas José Arista afirmó que, en su condición de ciudadano, le llama la atención que algunas personas sean detenidas durante 36 meses sin una investigación completa. Asimismo, criticó la resolución que dicta prisión preventiva contra Nicanor Boluarte, advirtiendo que debe respetarse el derecho de las personas a ser tratadas como inocentes, hasta que se demuestre lo contrario.

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Política

Se promulga Ley que penaliza acoso sexual contra menores de 14 años [VIDEO]

Ley N.° 32169 establece penas que van de 6 a los 9 años de prisión efectiva contra sujetos que persigan a menores con fines sexuales.

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¡Los niños no se tocan! Existen personas que valiéndose del anonimato de las redes sociales buscan acercarse a nuestros hijos, creándose perfiles falsos o acercándose a ellos a través de los mismos juegos. Personas depravadas que solo buscan saciar sus deseos más enfermizos sin importarles que con ello estarían destrozándole le vida a un inocente.

Se ha publicado la Ley N.° 32169, la misma que penaliza el acoso sexual contra menores de 14 años. Como se recuerda, la norma fue aprobada en el Pleno del Congreso el 31 de octubre pasado.

Para la firma de la autógrafa, realizada en el despacho de la Presidencia del Congreso, estuvo presente Diana Gonzales Delgado, de Avanza País, autora de la iniciativa legislativa. En ese momento, mencionó que, para crear el delito de acoso sexual a menores de 14 años, se tuvo que incorporar el artículo 176-D al Código Penal peruano.

“Esta iniciativa surgió durante las reuniones sostenidas en semana de representación entre el Grupo Multipartidario Arequipa y el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, quien advirtió que la actual tipificación del delito de acoso sexual, como requiere de la negativa de consentimiento por parte de la víctima, no incluye los casos donde la víctima es menor de 14 años”, explicó.

fuente: 24 horas.

De acuerdo al documento publicado en el diario oficial El Peruano, la persona que “de cualquier forma vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía” con una niña o niño, podría recibir una condena de entre seis y nueve años de prisión. Además, podría ser inhabilitado conforme a los numerales 5,9, 10 y 11 del artículo 36 del Código Penal.

“Igual pena se aplica a quien realiza la misma conducta, valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación o cualquier otro medio tecnológico”, indica el texto.

La Ley, oficializada este jueves, lleva las rúbricas de la presidenta Dina Boluarte y del titular de la PCM, Gustavo Adrianzén.

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Política

Ministro Demartini cuestiona prisión contra Nicanor Boluarte: “no tiene explicaciones técnicas”

Otro de los ministros que se suma a la “cruzada” para defender al hermano prófugo de la presidenta. El titular del Midis Julio Demartini aseveró que la medida judicial es un “proceso politizado”; sin embargo, evitó opinar sobre la situación de clandestinidad de la que goza Nicanor Boluarte.

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Se suma otro ministro a la defensa del prófugo de la justicia, Nicanor Boluarte Zegarra. Esta vez, el titular de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) Julio Demartini, criticó la orden de 36 meses de prisión preventiva impuesta contra el hermano de Dina Boluarte, por el caso “Waykis en la sombra”, y también evitó pronunciarse sobre el hecho que se encuentre en la clandestinidad y no ponerse a derecho.

Demartini aprovechó para responder que su opinión la emite como un “ciudadano común y corriente y también como un funcionario público”, pero no como miembro del Gabinete. Dicha aseveración genera cierta confusión y contradicción.

“Pero vemos un proceso que está siendo politizado, y esa es mi opinión personal. ¿Sabe por qué lo digo? Porque el juez Carhuancho en la detención preliminar, el nuevamente dio una sanción con restricción de la libertad y la sala revoca esa decisión por algo fundamental. Porque el señor Carhuancho señala que el señor Boluarte no tenía arraigo laboral y la sala lo corrige”, sostuvo.

“Ayer nuevamente el señor, después que la sala ya lo ha corregido en la detención preliminar, ahora en la preventiva vuelve a utilizar elementos que ya han sido corregidos por su superior”, añadió el ministro Demartini.

Con respecto a su paso a la clandestinidad, el ministro Julio Demartini no quiso opinar y solo se limitó a decir que Nicanor Boluarte “tomará una decisión adecuada”.

“No puedo opinar porque él tomará sus decisiones. Son decisiones personales de las cuales no me voy a pronunciar. Cada uno asume sus decisiones. Imagino que el señor Boluarte está meritando. Si estoy viendo nuevamente que me están perjudicando en mi libertad, él tomará una decisión adecuada. No voy a opinar al respecto”, indicó.

Asimismo, afirmó que la prisión preventiva contra Nicanor Boluarte “no tiene explicaciones técnicas” y será usado para afectar políticamente a la presidenta Dina Boluarte.

“Estas decisiones que no tienen explicaciones técnicas. Pasan a ser un coro en el campo político que dice ‘presidenta, usted está comprometida, todo está mal, dé un paso al costado’ y eso no es así”, culminó el titular del Midis.

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Política

Premier Adrianzén califica como ‘campaña de vacancia’ la prisión preventiva de Nicanor Boluarte

En vista que la presidenta Dina Boluarte no se pronuncia por la prisión preventiva contra su prófugo hermano Nicanor, el premier tomó el rol de “defensor” y criticó al juez Concepción Carhuancho.

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El Gobierno se encuentra en su peor crisis, tras la situación penal del hermano presidencial y prófugo de la justicia Nicanor Boluarte Zegarra. Sin embargo, desde el Ejecutivo no ha habido un pronunciamiento formal respecto a esta situación. Y quien nuevamente tomó la posta para fungir como “abogado defensor” de la mandataria, ha sido el presidente del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén, quien, tras ser consultado por la prensa sobre el imputado hermano de la jefa de Estado, a quien le dictaron 36 meses de prisión preventiva y ordenaron su inmediata captura, cuestionó y desacreditó un mandato judicial impuesto por el juez Richard Concepción Carhuancho.

Asimismo, Adrianzén, pese a ser abogado y conocer perfectamente, qué implica el no ponerse a derecho ante un mandato judicial, e incurrir en una obstaculización a la justicia, él minimizó la situación de clandestinidad de Nicanor Boluarte y su actual condición de prófugo de la justicia, y apenas mencionó: «seguramente sus abogados podrán presentar los recursos de apelación que crean responsabilidad y se tomará la decisión final».

Asimismo, cuestionó la vinculación de Dina Boluarte con la presunta organización criminal que, según tesis fiscal, habría sido dirigida por su hermano mayor Nicanor, y que tendría como objetivo afectar la continuidad de su cargo de presidenta de la República. «Tengo que denunciar una vez más la judicialización de la política. (…) Hay una afiebrada idea de que existe una organización criminal, y a partir de eso, pretender promover una presunta incapacidad moral de la señora presidenta de la República que podría conducir a su vacancia», aseveró disgustado el titular del Consejo de Ministros.

«Veo sorprendido que mentes atormentadas y confundidas están tratando de vincular y de insinuar que aquello existe (una posible relación entre Dina Boluarte con el caso ‘Los Waykis en la Sombra’. Nosotros no podemos permitir esta idea de presionar para que renuncie; o de promover una vacancia. No tiene ningún asidero», añadió Adrianzén.

Además de ratificar que existe una supuesta judicialización de la política, Adrianzén habló de una “soterrada intención” para promover una presunta incapacidad moral que pueda llevar a su renuncia, o a una eventual vacancia presidencial.

“Nosotros no podemos permitirlo y creo en realidad que no solamente eso, sino que esta idea de presionar para que renuncie, o de promover una vacancia, no tiene ningún asidero. La señora presidenta constitucional está firme en el puesto, su liderazgo respecto al Poder Ejecutivo es indubitable”, culminó el premier escudero.

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Política

Gobierno aprobó Ley MAPE en medio de cuestionamientos por el ‘Reinfo’ [VIDEO]

El titular de Energía y Minas Rómulo Mucho aseguró que este jueves el Ejecutivo enviará el proyecto al Congreso para que sea debatido. Sin embargo, la vicepresidenta de la Comisión de Energía del Parlamento, Diana Gonzales, observó poca claridad en diversos aspectos de la ley.

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El premier Gustavo Adrianzén confirmó que el Ejecutivo, mediante el reciente Consejo de Ministros, aprobó el proyecto de Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, más conocida como Ley MAPE, que reemplazará al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), cuya vigencia termina este 31 de diciembre.

Asimismo, y a pesar de las críticas de los cientos de mineros que se encuentran protestando en la avenida Abancay a inmediaciones del Congreso, el ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho, aseguró que este jueves el Gobierno enviará el proyecto de ley al Parlamento para su debate en la comisión del sector.

Ministro Rómulo Mucho le hace ‘propaganda’ al gobierno de Dina Boluarte y a la Ley MAPE

Asimismo, el ministro de Energía y Minas, no pierde la oportunidad para indicar las bondades de la reciente Ley aprobada por el Gobierno. Y además, se dio tiempo para “resaltar” la supuesta disposición de la presidenta Dina Boluarte, para solucionar y poder formalizar a miles de mineros informales. 

«Con este proyecto de ley se evidencia que el Gobierno tiene interés de ordenar esta actividad porque se sabe que estaba pendiente la elaboración de la ley MAPE. La ley busca brindar asistencia técnica con tecnologías limpias, generar incentivo para la formalización, establecer zonas especiales y áreas exclusivas para estas actividades, con potencial minero. Establece procedimientos para la formalización, con las direcciones regionales del Minem», remarcó Rómulo Mucho en conferencia de prensa.

Como se recuerda, desde su implementación en 2017, el Reinfo registró cerca de 90.000 inscritos. Previamente, se advirtió que el registro fue empleado de manera inadecuada, facilitando el avance desmedido de la minería ilegal.

Mineros informales bloquean Panamericana Sur en Ica y Arequipa en desacuerdo con la Ley MAPE

Según informó Máximo Becker, presidente de la Confederación Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal del Perú, los mineros informales están en desacuerdo con la reciente aprobada ley MAPE y exigen la extensión del ‘Reinfo’ por dos años más.

Más de mil mineros informales mantienen bloqueada la carretera Panamericana Sur en el kilómetro 440 en la provincia de Nasca, en la región Ica, donde la fila de vehículos alcanza los 10 km, y en el kilómetro 782 a la altura del Puente Ocoña, en Camaná, Arequipa. Los mineros informales que se encuentran bloqueando ambos puntos desde ayer, 20 de noviembre, exigen la extensión de la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera, porque este documento les permite trabajar en concepciones mineras de terceros, sin embargo, vence este 31 de diciembre.

Solo 2% de los registros que ha tenido el ‘Reinfo’ logró ser formalizado

Dicha cifra obedece a un análisis de Videnza realizado al Registro Integral de Formalización Minera, (Reinfo), que trata de difundir la intención de formalizar, pero sin resultados concretos.

La minería no formal, que comprende a la informal e ilegal, se ha convertido en la actividad que más dinero ilícito genera en el Perú; incluso mucho más que el propio narcotráfico, según lo reportan expertos en temas mineros. En tal sentido, según cifras estimadas por el Instituto Peruano de Economía (IPE), la exportación de oro ilegal se multiplicó hasta por siete veces entre el periodo 2005-2023, y solo este año 2024 alcanzará el máximo histórico de US$ 6,840 millones, un crecimiento de 41%, respecto del 2023.

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Política

El premier Adrianzén y cuatro ministros más se presentarán este viernes en el Congreso

El Congreso aprobó la propuesta del presidente del parlamento de invitar a cinco ministros para que informen los resultados de la APEC..

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Mientras Japón abre sus fronteras sin visa a los peruanos, Perú ya tiene un TLC con Hong Kong, a su vez que ha llevado a su perfeccionamiento el TLC con China que permitirá el ingreso de diversas frutas a la China, un mercado de 1400 millones de consumidores. Fue esto lo que resumió el presidente del Congreso, Salhuana que puso como moción del día la comparecencia de los ministerios claves en esta APEC para dar resultados de esta cumbre.

Con mucho entusiasmo Salhuana mencionó el impacto positivo de la cumbre, como es la potencialidad de otras frutas peruanas como la castaña de Madre de Dios. También refirió en el pleno de hoy que que se ha declarado a Perú libre de fiebre aftosa lo cual cristaliza la posibilidad de exportación de carne de ganado vacuno.

«Considero de suma importancia que el Premier, el Canciller, el titular del MEF, el ministro de Agricultura y riego y el titular de Comercio Exterior, asistan al congreso y nos informen cuales son los acuerdos precisos y en qué manera beneficiarán al país en materia agraria, forestal, comercial, de turismo, etc».

La propuesta de Salhuana fue aprobada con 88 votos de aprobación. Los ministros habrán de presentarse este viernes 22 de noviembre a las 9am, a lo que parece una invitación sobre los resultados del APEC, pero que más podría ser una oportunidad para cercar al gobierno.

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