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PRONUNCIAMIENTO CONTRA EL GRUPO GLORIA RESPECTO DE SUS CONSTANTES ABUSOS EN PERJUICIO DEL PUEBLO PERUANO

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El día viernes 9 de junio de 2017, presentamos una demanda de Amparo en contra del Grupo Gloria por la vulneración de los derechos constitucionales de la protección de la salud y a una información veraz y correcta de los consumidores que se han visto afectados durante años por los engaños de esta empresa.

Si bien presentamos el documento luego de la salida del mercado peruano de la “leche” Pura Vida -merced a una acción de INDECOPI realizada, luego de la suspensión del Registro Sanitario por parte de DIGESA, ambas motivadas, sin duda, por la presión mediática que iba en contra suya debido a su inacción y/o complacencia frente a la empresa en cuestión- por considerar que el ámbito administrativo ha resultado más que insuficiente ante la persistente y nefasta publicidad que el Grupo Gloria propala impunemente año tras año, consideramos que eso no ha sido suficiente para reparar el perjuicio causado habida cuenta de los argumentos que siguen a continuación.

Nos sorprendió, en un primer momento,  que hasta la fecha no se haya recurrido a la vía constitucional siendo más que flagrantes las violaciones de los derechos invocados en nuestro petitorio y siendo que el orden administrativo ha resultado inocuo ante el Grupo Gloria, es decir, para hacer que cese su negativa disposición respecto de timar a sus consumidores, puesto que las multas con que se ha “sancionado” a esta empresa, múltiples veces infractora, no surtieron efectos disuasorios en ningún momento respecto de su mala praxis publicitaria. Nos preguntamos, en ese momento, dónde estuvieron todos estos años, los Colegios Profesionales, sobre todo, los numerosos Colegios de Abogados que existen en el territorio de nuestro país, los representantes de la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y otras entidades encargadas de resguardar los intereses de la ciudadanía y ni se diga de DIGESA o INDECOPI cuyos límites estructurales dentro del sistema o dentro de la malsana dinámica que tiene el poder en nuestra sociedad le imposibilitan toda oportunidad de doblegar el ímpetu vejatorio del Grupo Gloria, el mismo cuyo mantenimiento no podemos consentir que se mantenga por más tiempo en la condición de impunidad, toda vez que hacerlo sería estampar un sello de indeleble ignominia en la frente de cada ciudadano peruano, escritas sean estas líneas recordando al maestro Manuel González Prada.

En este orden de cosas, es nuestra responsabilidad como ciudadanos peruanos dignos no claudicar ante la opresión provenga de donde provenga ya que esta es la única vía por la que, en algún momento, llegaremos a ser un país libre, pero libre de verdad y no como la pantomima del actual sistema quiere hacernos creer.

Pese a que al Poder Judicial y al mismo Tribunal Constitucional se les puede criticar por muchas razones fundamentadas; también, es necesario aprovechar los instrumentos que brinda el sistema en entredicho a fin de reestructurarlo o reformarlo.

Nuestro único objetivo es lograr un pronunciamiento constitucional de la jurisdicción sobre el tema propuesto a fin de que se amoneste al Grupo Gloria tras ser declarada fundada la demanda tal cual prescribe el artículo 1 del Código Procesal Constitucional: Si luego de presentada la demanda cesa la agresión o amenaza por decisión voluntaria del agresor, o si ella deviene en irreparable, el Juez, atendiendo al agravio producido, DECLARARÁ FUNDADA LA DEMANDA PRECISANDO LOS ALCANCES DE SU DECISIÓN, DISPONIENDO QUE EL EMPLAZADO NO VUELVA A INCURRIR EN LAS ACCIONES u omisiones QUE MOTIVARON LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA, Y QUE SI PROCEDIERE DE MODO CONTRARIO SE LE APLICARÁN LAS MEDIDAS COERCITIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 22 DEL PRESENTE CÓDIGO, SIN PERJUICIO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL QUE CORRESPONDA.”

Transcribiremos a continuación algunos fragmentos resaltantes de la demanda reformulados a fin de que empalmen con la introducción que precede a estas líneas, a fin de que puedan copiar y divulgar lo que crean conveniente, sin óbice de que descarguen el pdf con las imágenes del cargo correspondiente.

Sobre el PETITORIO:

 

Que, acudimos a vuestro Despacho en busca de tutela jurisdiccional efectiva, en nuestra condición de ciudadanos afectados por la mala praxis publicitaria de la empresa Gloria respecto del producto lácteo mal denominado “leche” Pura Vida y otros, a fin de interponer la presente ACCION DE AMPARO, por violación de nuestro derecho Constitucional a la protección de la salud y a una información veraz y correcta por parte de la EMPRESA GLORIA S.A. representada por su Gerente General, PRIDAY ROBERT DAMIAN, solicitando se declare FUNDADA nuestra petición”.

 

Sobre los FUNDAMENTOS FÁCTICOS:

 

Que con fecha 2 de junio de 2017, hemos tomado conocimiento de la deshabilitación del producto “leche” Pura Vida debido a la Resolución N°015-AG-2017 de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) y hemos considerado que esta violación no sólo implica una violación similar en nuestro país, sino que, por, sobre todo, es un riesgo para la salud de los ciudadanos consumidores de este producto y ni decir respecto de la vulneración de las formas más elementales de protección al consumidor al estar imbuida, esta circunstancia, de todas las condiciones de una publicidad engañosa.

 

Debemos señalar que en primer lugar se ven afectados los intereses difusos que conciernen al tema tan delicado de la salud y que, además, se vulnera, toda la normatividad que concierne al INDECOPI respecto de la debida información que debe exhibir un producto en relación a la protección y defensa del consumidor. Consideramos que las autoridades administrativas pertinentes deberían haber evaluado la pertinencia de la publicidad y expendio del producto mal llamado “leche”, Pura Vida, con anticipación a todos estos sucesos. En ese sentido, por el presente exigimos que se sancione a la empresa perpetradora de tales atropellos.

Siendo que el 11 de mayo de 2017, la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) expidió la Resolución N°015-AG-2017, cuyos contenidos fueron propalados en nuestro país el día viernes 2 de junio del presente año, consideramos que es una circunstancia insostenible –vulgo, el colmo que toda la vida nos enteremos de las irregularidades sucedidas en nuestro país desde el extranjero. Así, si no fuera por la denuncia que la Comisión de Ganaderos de Panamá formuló ante la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) respecto del contenido del producto Pura Vida, supuestamente una leche en todos sus extremos, en tanto que, en verdad, es una bebida saborizante y con colorantes que simula ser leche, nunca hubiéramos reparado en lo irregular de los etiquetados que el Grupo Gloria propala en sus productos.

Siendo que las autoridades panameñas especificaron que la “leche” Pura Vida, entre sus ingredientes contiene lecitina de soya, estabilizantes, vitaminas A, C y D, una mínima porción de leche parcialmente descremada, leche de soya y esencia de leche es indeseable que se mantenga sobre él una denominación que no le corresponde.

La Resolución N°015-AG-2017 detalla que la “leche” Pura Vida contiene en su etiquetado ilustraciones y declaraciones que llevan al consumidor a conclusiones erróneas acerca del producto. A tales extremos, llegó este asunto en Panamá, que el Ministerio de Salud de dicho país puntualizó que la marca del Grupo Gloria no cumple con la norma general para etiquetado de alimentos preenvasados.

La Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) a través de la Resolución N°015-AG-2017 ha deshabilitado al producto Pura Vida a seguir manteniendo la denominación de en cuestión y a no participar del mercado panameño hasta que no se modifiquen todas las etiquetas correspondientes.

Siendo que el país afronta un periodo de desarrollo económico importante consideramos que una violación de las normas de protección al consumidor juega en contra de toda la ciudadanía a nivel nacional en diversos niveles pero sobre todo en su dignidad y en lo tocante a la protección de la salud así como el derecho a recibir una información  correcta y veraz respecto de lo que se consume, ya que esta violación del principio de veracidad, de las normas de protección al consumidor y del deber de idoneidad, en suma, a la debida información que merece cualquier consumidor, se suma la larga cadena de violaciones perpetradas por el Grupo Gloria y sus diversos productos, en el curso de los últimos años,  entre los que vale citar los casos de Soalé, Queso Bonlé y otros y ni decir del descrédito internacional a nivel internacional tal cual ha demostrado el suceso panameño.

Más relevante aun es el derecho a la salud que se ve perjudicado por una anómala presentación de un producto lácteo en nada cercano a la leche que ha sido consumido por miles de ciudadanos con todas las consecuencias que ello acarrea, sobre todo el hecho de no habernos beneficiado según lo que creímos que estábamos consumiendo

En representación de los intereses difusos de la ciudadanía nacional cumplimos con el deber cívico de participar de tales extremos a la institución correspondiente, en este caso, el Poder Judicial, toda vez que ni el INDECOPI, ni DIGESA ni ningún otro elemento de la Administración Pública han cumplido con los fines interpuestos en su propia estructura de creación, a fin de que se proceda a sancionar con todo el rigor que confiere la ley a los representantes de establecer la permanente dinámica de mentira y engaños al consumidor que ha sido perpetrada por el Grupo Gloria. S.A.

Entendiendo que el Derecho debe suplir las desigualdades establecidas entre los diversos sujetos que interactúen dentro de la esfera legal para otorgar así, a unos y otros, una igualdad material y siendo que el consumidor en función de su rol social es uno de abierta desigualdad y/o desventaja frente a los proveedores y, peor aún, ante los grandes empresarios DEBEMOS PROCURAR UNA SATISFACCIÓN Y UN EQUIPARAMIENTO INMEDIATO A FIN DE QUE ESTOS NO PERPETREN NINGUNA CIRCUNSTANCIA ABUSIVA EN CONTRA DE AQUELLOS. Para esclarecer esta parte final de nuestra argumentación recurriremos a diversos criterios manifestados por el órgano de control constitucional supremo a fin de que se denote la capital importancia que tiene los derechos a los que concierne la recurrencia de nuestra acción.  Por ejemplo, el contenido en la STC Exp. 1006-2002-AA/TC, f.j. 2, d y e: “UN ESTADO DE DERECHO QUE PROCLAMA COMO VALOR PRIMORDIAL LA DEFENSA DE LA PERSONA, NO PUEDE DESATENDERSE DE MECANISMOS CON LOS QUE EFECTIVAMENTE SE GARANTICE SU PROTECCIÓN ADECUADA. CUALQUIERA QUE FUESE EL MEDIO EN EL QUE SE DESENVUELVA O SE DESARROLLE LA PERSONA, NO SE LE PUEDE ATROPELLAR EN SUS DERECHOS ESENCIALES EXPONIÉNDOLA A RIESGOS O PERJUICIOS INNECESARIAMENTE OCASIONADOS POR LAS PROPIAS PERSONAS, POR LAS ORGANIZACIONES COLECTIVAS QUE LOS CONFORMAN, O POR EL PROPIO ESTADO EN CUALQUIERA DE SUS CORPORACIONES. … LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL CONSIDERA LA PROTECCIÓN AL USUARIO, MEDIANTE LA CUAL NO SOLO SE TIENE DERECHO A RECIBIR SERVICIOS ESENCIALES, SINO TAMBIÉN A QUE ESTOS SEAN DISPENSADOS EN CONDICIONES ÓPTIMAS O, AL MENOS, FAVORABLES. DE ASUMIRSE QUE LO ÚNICO QUE IMPORTA ES EL SERVICIO Y NO LA MANERA COMO ESTE SE BRINDE, SIMPLEMENTE SE ESTARÍA PASANDO POR ENCIMA DE LA CONSTITUCIÓN”.

También, y mucho más importante es el contenido de la STC Exp. 3315-2004-AA/TC, f.j. 10. que determina el desarrollo del ARTÍCULO 65 DE LA CARTA DE 1993 que hemos referido como principal fundamento jurídico de la causa que invocamos: “[I]insertos en el texto supra [derechos del artículo 65], albergan implícita o innominadamente una pluralidad de derechos que, siendo genéricos en su naturaleza, y admitiendo manifestaciones objetivamente incorporadas en el mismo texto fundamental, suponen la existencia de un numerus apertus a otras expresiones sucedáneas. La pluralidad anteriormente mencionada tiene su fuente de reconocimiento, fundamentalmente, en el artículo 3 de la Constitución y, residualmente, en el artículo 2, incisos 2 y 13, y en las partes ab initio de los artículos 58 y 61 de la Constitución”. De este último contenido, es clarísimo el sentido que el TC brinda al artículo en cuestión y no es otro que la CONSAGRACIÓN EXPRESA DE LOS DERECHOS A LA INFORMACIÓN, Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES más todos los otros que puedan incluirse en el importante artículo 3 de la Constitución nacional vigente en este momento.

En este sentido, reiteramos que EL GRUPO GLORIA REPETIDA Y OBSTINADAMENTE, DURANTE EL TRANSCURSO DE DÉCADAS, HA VIOLENTADO LOS DERECHOS A LA INFORMACIÓN Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES, SIENDO EL CASO PURA VIDA SÓLO LA CEREZA FINAL DE UN PASTEL QUE SE HA DETERIORADO HACE DEMASIADO TIEMPO Y POR ESO RECURRIMOS A ESTA INSTANCIA A FIN DE QUE EL ESTADO PERUANO ACTÚE COMO CORRESPONDE EN BENEFICIO DE SUS CIUDADANOS Y NO SÓLO DE UN SECTOR SOCIAL.  El trasfondo, en este punto, es que este producto no favorece la salud ni la beneficia como debería ser de acuerdo a la información que brinda el proveedor.

Por todo ello, SOLICITAMOS al Poder Judicial que admita a trámite el presente escrito, se resuelva en los plazos correspondientes y SE SANCIONE A LA EMPRESA INFRACTORA CON TODO EL RIGOR QUE LA LEY CONFIERE A LA ADMINISTRACIÓN EN TÉRMINOS CONCERNIENTES A LA PROSCRIPCIÓN DE TODA FORMA DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA COMO ES LA QUE IMPUNEMENTE Y DURANTE DÉCADAS HA PROPALADO EL GRUPO GLORIA”. 

SOBRE EL FUNDAMENTO DEL AGOTAMIENTO DE LA VIA PREVIA.

El agotamiento de la Vía Administrativa no es un factor ineludible, sobre todo cuando el daño producido por la inacción puede devenir en irreparable y suponiendo que la vía previa correspondiente sea la recurrencia ante INDECOPI hallamos que en nada han servido las numerosas denuncias de ASPEC ante dicha institución, toda vez que los denunciados se han servido del pago de las multas impuestas y para ellos no ha representado nada más que una mínima cuota de todos los millones que anualmente gana. Es decir que, de modo figurado, el mar de la ambición y de las ávidas intenciones de los grandes empresarios adeptos a malas prácticas publicitarias siguió asolando las costas de la moral nacional con su impunidad.

Siendo, además que el Artículo 46 del Código Procesal Constitucional señala, en su Inciso 2, como una de las excepciones al agotamiento de las vías previas el supuesto de que “Por el agotamiento de la vía previa la agresión pudiera convertirse en irreparable”, convenimos en la existencia de fundamentos de sobra para que el tema sea expuesto ante la jurisdicción constitucional, a fin de que se resuelva del modo más radical y se establezca una definición fundamentada y un escarmiento como el que corresponde a tan abiertas vejaciones a los derechos de la ciudadanía, pese a que en apariencia hayan cesado.

Por consiguiente, nuestro derecho para accionar en el Poder Judicial a través de esa garantía constitucional como es el Amparo está convenientemente expedido y es absolutamente legítimo.

Siendo que se trata de derechos constitucionales legalmente protegidos, el peligro inminente de la vulneración, ocasionaría un perjuicio irreparable. En consecuencia, siendo que la materia objeto del presente escrito afecta derechos constitucionales de primer orden, no resulta amparable el agotamiento de la Vía Administrativa previa.

 

SOBRE LA POSIBLE SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA.

 

Siendo que la “leche” Pura Vida Nutrimax de la marca Pura Vida, ha sido erradicada del mercado, temporalmente, merced a una medida cautelar para inmovilizar y cesar su comercialización, contenida en una Resolución de la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del INDECOPI, consideramos que esta medida es sólo un gesto realizado para evadir la presión mediática sobre el tema y no corresponde a la realidad toda vez que INDECOPI no puede hacer nada más excepto imponer multas pecuniarias que al Grupo Gloria le resultan insignificantes.

Por ello, entre todas las otras razones expuestas, y a cuenta de que el Grupo Gloria no insista en promover una publicidad de tipo engañosa y faltar a la verdad y al debido derecho a la información que tenemos todos los ciudadanos peruanos en tanto consumidores, es que consideramos que nuestra petición tiene el suficiente mérito para ser atendida por el Poder Judicial en atención al control constitucional que prescribe nuestro ordenamiento.

Finalmente, siendo que durante años el Grupo Gloria ha violado los derechos del consumidor, esto es, del ciudadano peruano, esa responsabilidad no puede mantenerse impune bajo apercibimiento de ser una marca de vergüenza sobre el rostro de todos los peruanos y, por ello, Gloria debe responder con algo más significativo que el cumplimiento de las multas que INDECOPI le confiere cada cierto tiempo puesto que no basta que satisfaga las multas que impone la administración, ni que pida disculpas, ni nada que sea distinto a una sanción monumental y que ya no repita su mala praxis publicitaria y de contenidos.

Por lo expuesto, exigimos que se siente un precedente a fin de que cese la perversa publicidad propalada por el Grupo Gloria, la que sólo tiene como fin engañar a toda la ciudadanía, y que cese la impunidad de ciertos sectores de nuestra sociedad.

Esta es la ocasión para producir un impacto contundente en el sistema, ya que no sólo nos hemos visto afectados los consumidores, sino que inclusive se ha afectado a otros agentes económicos como los pequeños y medianos proveedores de la cadena de distribución del Grupo Gloria que en este momento se ven afectados por la inamovilidad de los productos Pura Vida y, al parecer, no existe ni por asomo, la posibilidad de que puedan recuperar su capital si es que esto tuviese que depender de la voluntad de los representantes del Grupo Gloria, según se ha visto en la última edición de Reporte Semanal, mostrando que en épocas de crisis sólo se protegen los grandes y sus grandes intereses en tanto que todos los otros, los que no pertenecen a sectores sociales privilegiados, deben padecer las consecuencias más negativas de los malos manejos de los poderosos.

Para lograr el mejor de los fines, en el sentido propuesto, sólo es necesario que todos los ciudadanos procuren preservar su dignidad no consumiendo los productos que están en pleno cuestionamiento y que sigan el proceso de Amparo hasta el final.


Percy Vílchez Salvatierra

Abogado

Celular: 999947277

E-mail: percyvilchez.s@hotmail.com

Jose Luis Pacheco Moya

Abogado

Celular 962696953

G-mail: pacheco.moya@gmail.com

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El libro ‘Coquito’ es declarado Patrimonio Cultural de la Nación

La legendaria primera edición del texto educativo de Everardo Zapata Santillana, y que contribuyó a la instrucción escolar de millones de peruanos de diferentes generaciones, ha sido reconocida por su trascendencia histórica y pedagógica.

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La primera edición del libro ‘Coquito’, de 1955, del autor Everardo Zapata Santillana, la cual contenía ilustraciones de Raúl Tamayo Calderón y Víctor Valdivia Miranda, fue declarada, mediante Resolución Viceministerial n.° 000081-2025-VMPCIC/MC, del Ministerio de Cultura, como Patrimonio Cultural de la Nación, por su importancia histórica y pedagógica en el país.

Resolución Viceministerial n.° 000081-2025-VMPCIC/MC.

De acuerdo al dispositivo del Mincul, los textos escolares creados por el educador arequipeño próximo a cumplir 99 años de edad, son considerados como un hito en la enseñanza de la lectura y escritura en Perú y en otras regiones de América Latina. Para hacerse acreedor al importante reconocimiento que le da la condición de patrimonio cultural, la Biblioteca Nacional del Perú (BNP) indicó cuatro criterios: el legado del autor, la contribución de la obra al desarrollo social y educativo, la singularidad de la primera edición, así como sus características materiales.

‘Coquito’ es considerado un hito en la enseñanza de la lectura y escritura nacional, y ha formado a varias generaciones de estudiantes en el Perú y de otras partes de Latinoamérica.

Everardo Zapata Santillana, autor del libro Coquito.

‘Coquito’ será llevado al cine

Asimismo, el libro del educador arequipeño Everardo Zapata Santillana será llevado al cine con la cinta: ‘Coquito, la película’, dirigida por Eduardo Guillot, cineasta que en su haber tiene películas como ‘Caiga quien caiga’ (2018) y ‘La Pasión de Javier’ (2019). Según información, el rodaje será en Arequipa.



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Crisis en el Hospital Carrión de Huancayo por falta de suero

Pese a que cuentan con el 100 % de stock de sueros de Medifarma, el hospital ha suspendido su utilización debido a la orden de inmovilización del lote defectuoso ordenada por el Minsa, perjudicando de esa manera a 49 mil pacientes.

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El Hospital Daniel Alcides Carrión de Huancayo, uno de los principales nosocomios de la macrorregión centro del Perú, también ha quedado desabastecido de suero fisiológico, debido a la disposición emitida por el Ministerio de Salud de que se inmovilizara un lote de 60 mil frascos del laboratorio Medifarma, como medida de prevención, ante las muertes de cuatro pacientes por haber sido administrados con sueros defectuosos que excedían los porcentajes reglamentarios de sodio.

Hospital Carrión de Huancayo atiende a más de 49 mil pacientes

Por su parte, el director del hospital, Gustavo Llanovarced, confirmó que ya no hay suero para los pacientes y aseveró que la escasez los afecta gravemente.

“El Hospital Carrión es el más importante de toda la macrorregión centro. Nos dimos con la sorpresa la madrugada del día domingo que el lote de Medifarma, el cual tenemos el 100% por cierto en nuestro stock, había sido suspendido. Nos esperanza bastante el nuevo decreto en el cual se pueda activar el flujo normal de estos sueros, porque no estamos, según la Digemid, en la lista de los que hayan tenido algún tipo de ocurrencia en su elaboración. Nosotros atendemos a más de 49 mil pacientes por mes”, alertó el médico.

Hospital Daniel Alcides Carrión de Huancayo actualmente se encuentra sin suero.

Asimismo, Llanovarced, contó que, ante el desabastecimiento, el personal médico viene utilizando soluciones alternativas como dextrosa, agua destilada con sodio y Ringer lactato, aunque estos líquidos no son equivalentes al suero fisiológico. Mientras tanto, los pacientes más afectados tienen que comprar el insumo en las farmacias particulares, donde también hay escasez debido al excesivo aumento de la demanda.

Como se sabe, el hospital Carrión de Huancayo también atiende a pacientes de Junín, Huancavelica, Ayacucho, Pasco, Huánuco, Cusco y Ucayali, por lo que esta crisis de abastecimiento afecta a varias regiones del país.

Boticas y farmacias de Lima se quedaron sin suero fisiológico

Los establecimientos de la capital que expenden fármacos y sueros fisiológicos han reportado desabastecimiento. Entre tanto, el presidente de la Asociación Nacional de Boticas y Farmacias Independientes del Perú (ANABIF) Aly Carlos Villarroel señala que ello se debe a la decisión del ministro de Salud, César Vásquez, al ordenar la inmovilización de todos los sueros de Medifarma.

“Son lamentables las soluciones que ha planteado el Ministerio de Salud, porque al suspender el registro sanitario y ordenar la inmovilidad del suero fisiológico ha provocado un desabastecimiento en el sector público, lo cual ha provocado una escasez en el sector privado. Esto ha generado un problema en todo el sector farmacéutico que se va a trasladar en los próximos días a los pacientes”, afirmó el representante de ANABIF.

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Padres de bebé que murió por suero defectuoso denunciarán a clínica SANNA y “los que resulten responsables” [VIDEO]

En tanto, el Minsa ha ordenado el cierre del laboratorio Medifarma por lotes de suero fisiológico defectuoso.

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¿Se volverán a limpiar las manos? La cuarta víctima del suero fisiológico resultó nada menos que una bebé de tan solo un año y dos meses, la cual ingresó a la clínica SANNA con un cuadro de fiebre y diarrea, pero durante el tratamiento se le suministró el suero defectuoso ocasionándole convulsiones que la llevaron a la muerte.

Cuentan los afligidos padres de Kayla que cerca de 15 médicos estuvieron junto a su menor hija sin hacer más que mirarla mientras convulsionaba. Ellos denuncian negligencia por parte del personal médico que estuvo presente, adelantando que presentarán una denuncia contra la clínica y “los que resulten responsables”.

«Cuando estaba en hospitalización, ya habían pasado más de 4 horas con el suero, mi bebé empieza a temblar y convulsionar fuerte. El personal médico que estaba con nosotros no sabía qué hacer. El papá de mi bebé es quien presiona el botón de emergencia para que se puedan acercar a auxiliar a mi bebé, pero todos los que ingresaban solo miraban. No tenían varios implementos», declaró la joven madre.

Asimismo, aseguró que la clínica estaba más preocupada en que pague por los medicamentos que se utilizaron para la atención de su bebé, detallando que el gasto total fue de 2 mil soles.

«La clínica de lo que más se preocupaba era por el tema del pago (…) La clínica lo más preocupado que estuvo era de que yo firmara o que cancelara. Estaban preocupados por anotar qué medicamento terminaron de usar en UCI pediátrico, o sea todo. Lo primero para ellos era el cobro (…) Más de dos mil hemos gastado en mi bebé», agregó.

fuente: latina.

Minsa ordena el “cierre temporal” de Medifarma

En tanto, el Ministerio de Salud (Minsa), a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), ha ordenado el “cierre temporal” del laboratorio Medifarma S.A. luego de detectarse que habría más de un lote defectuoso del suero fisiológico.

Según el escrito, para confirmar la calidad del producto, el laboratorio de control de calidad Hypatia S.A. realizó pruebas en las que se detectó una alteración en la concentración de cloruro de sodio. Los análisis revelaron que los niveles de sodio en el suero variaban entre 63.8 % y 644.0 % por encima del estándar permitido.

La recomendación es no consumir ningún lote de esta marca por precaución. En tanto, Medifarma informa que retirará todos los lotes de suero fisiológico de su marca en circulación.

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Ingresó con gripe a la clínica SANNA y terminó con muerte cerebral [VIDEO]

Exigen justicia por la muerte cerebral de Alejandra Landers en la clínica SANNA: ¿negligencia e impunidad?

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La tragedia que ha golpeado a la familia de Alejandra Landers ha dejado una profunda herida no solo en sus seres queridos, sino también en la sociedad, que observa con creciente indignación la posible negligencia médica que pudo haber causado su muerte. Alejandra, de solo 26 años, ingresó a la clínica SANNA de San Borja con un simple resfrío. Sin embargo, tras recibir un suero fisiológico contaminado, su estado empeoró rápidamente hasta llegar a la muerte cerebral. Su padre no escatima en palabras: “Mi hija llegó sana y me la entregaron muerta”, declaró, denunciando la aparente falta de cuidado y vigilancia médica en el tratamiento de su hija.

La historia de esta joven, que parece un error evitable, plantea serias dudas sobre la gestión de la clínica y el control de calidad de los insumos médicos que se suministran a los pacientes. De acuerdo con el relato de la madre, Eliana, la joven fue admitida en urgencias a las 9:17 p.m. Sin embargo, horas después, presentó síntomas graves, como convulsiones y pérdida de conciencia. La desesperación de los padres aumentó al ver que la clínica tardó tres horas en realizarle exámenes, a pesar de la evidente gravedad de su condición. “Cuando la toqué, su cara estaba mojada de saliva y su cuerpo orinado”, narró Eliana entre lágrimas, destacando la falta de una respuesta rápida y adecuada.

La situación no solo pone en evidencia una aparente falta de protocolos médicos adecuados, sino que también subraya un sistema de salud que parece proteger más a las instituciones involucradas que a las víctimas. La familia de Alejandra ha denunciado, además, la burocracia que ha rodeado la posibilidad de iniciar acciones legales contra los responsables de este trágico suceso. Su abogado denuncia que, a pesar de los esfuerzos por presentar una denuncia penal, las autoridades se niegan a aceptar el caso, alegando problemas de competencia. Es un ejemplo más de la obstrucción al acceso a la justicia, en la que las víctimas y sus familias se enfrentan a un laberinto legal que favorece la impunidad.

Para colmo, el Ministerio de Salud cambió en 2024 la normativa relacionada con la notificación de reacciones adversas a medicamentos, extendiendo el plazo para reportarlas de 24 horas a 7 días. Esta medida, que podría haber sido pensada para aliviar la carga administrativa, en la práctica podría favorecer la impunidad, al dificultar el rastreo oportuno de situaciones como la ocurrida con Alejandra, donde la contaminación del suero fue el detonante de su muerte cerebral.

A pesar de la gravedad de los hechos, tanto la clínica SANNA como la farmacéutica Medifarma han ofrecido cubrir los gastos médicos y han mencionado la posibilidad de una indemnización. Sin embargo, el padre de Alejandra rechazó cualquier compensación económica, buscando únicamente la verdad. “No queremos dinero, queremos la verdad”, afirmó contundente, dejando claro que la justicia y la responsabilidad de los involucrados son lo que realmente importa para la familia.

Este caso plantea una reflexión profunda sobre la falta de responsabilidad y el sistema de salud que parece más preocupado por proteger su reputación que por rendir cuentas ante hechos tan graves. La familia de Alejandra y la sociedad en su conjunto exigen justicia y que este tipo de tragedias no queden impunes. Es esencial que se asuman responsabilidades, se tomen medidas preventivas y se garanticen los derechos de los pacientes, para que casos como este no se repitan.

Panorama conversó con los padre Alejandra. Aquí todos los detalles.

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La soberbia mata señores de Poderosa: tres asesinatos más en Pataz

Hace unos días, las Rondas Campesinas de Pataz llegaron hasta Lima con un pedido desesperado: apoyo para enfrentar a la delincuencia que azota su tierra. Armados apenas con varas y palos, estos hombres y mujeres, guardianes de sus comunidades, buscaron ayuda en las mineras y el Estado. La respuesta de Minera Poderosa fue fría, indiferente: les cerraron la puerta en la cara. Hoy, la sangre vuelve a teñir la tierra de Pataz.

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Por Jorge Paredes Terry

Tres jóvenes trabajadores de Poderosa  han caído en una emboscada de la delincuencia organizada y muchos más ciudadanos anónimos en toda la provincia están siendo masacrados.

¿Cuántos muertos más hacen falta para que la soberbia de unos pocos se derrumbe? ¿Cuántos ataques, cuánto dolor debe soportar la población antes de que las empresas y las autoridades entiendan que sin la unión con la gente organizada, la batalla contra el crimen está perdida?  

Las Rondas Campesinas no piden limosnas, piden herramientas, recursos, colaboración. Son la primera línea de defensa en una zona donde el Estado brilla por su ausencia. Mientras tanto, la delincuencia avanza, mejor armada, más violenta, más audaz. Cada rechazo, cada desdén, es una victoria para las hordas criminales que ven cómo sus enemigos están divididos.  

La soberbia mata. Mata cuando las empresas privilegian sus protocolos sobre la vida de las personas. Mata cuando el Estado responde con burocracia a una emergencia. Y mientras tanto, en Pataz, los ronderos siguen plantando cara a los balazos con nada más que coraje y palos.  

¿Hasta cuándo? La respuesta debería ser hoy. Porque mañana, el costo será mas. Comparto con ustedes parte de la propuesta entregada a las compañías mineras y al gobierno central.

Propuestas para una Estrategia Integral

1. Comités de Seguridad Mixtos

   – Crear mesas de trabajo conformadas por líderes ronderos, mandos policiales, representantes del Ejército y delegados de las mineras. Estos comités diseñarían operativos conjuntos con inteligencia compartida, evitando la duplicidad de esfuerzos y garantizando una respuesta rápida ante ataques.  

2. Financiamiento Compartido

   – Las mineras, en vez de gastar millones en seguridad privada para sus instalaciones, deberían destinar un porcentaje a fondos mancomunados con el gobierno regional. Estos recursos financiarían:  

     – Equipamiento básico: Radios, chalecos antibalas, drones de vigilancia y botiquines de emergencia para las Rondas.  

     – Infraestructura: Puestos de control en zonas críticas, con tecnología de monitoreo y alerta temprana.  

3. Capacitación y Legalidad

   – La Policía y el Ejército deben entrenar a los ronderos en:  

     – Primeros auxilios.  

     – Protocolos de detención sin violencia excesiva.  

     – Uso de tecnologías de rastreo.  

     – Uso de armamento no letal o escopetas

   – A cambio, regularizar su estatus jurídico para que su labor sea reconocida y protegida, no criminalizada.  

4. Operativos «Escudo Andino»

   – Desplegar unidades móviles combinadas (Policía, Ejército y Rondas) para patrullajes en zonas de alta peligrosidad, con apoyo aéreo en casos de enfrentamientos.  

   – Establecer un número de emergencia exclusivo para alertas rápidas, con geolocalización.  

5. Programas Sociales como Prevención

   – Las mineras y el Estado deben impulsar proyectos en las comunidades para cortar el reclutamiento de jóvenes por el crimen: becas, talleres técnicos y empleos formales en lugar de migajas asistencialistas.

Nos unimos o nos  derrotan

La soberbia empresarial y la indiferencia estatal ya han costado demasiadas vidas. Pataz no necesita discursos, necesita acción. Si las mineras y el gobierno no se unen hoy a las Rondas, mañana no habrá operativo que detenga el avance de las hordas criminales.  

La pregunta no es si pueden hacerlo, sino si quieren. Porque mientras deliberan, los pobres siguen poniendo los muertos.

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Repugnante: encuentran vellos en comidas enlatadas del programa Wasi Mikuna, ex Qali Warma

Producto enlatado fue abierto en presencia de los padres de familia, causando la sorpresa e indignación.

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Primero carne de caballo, luego alimentos en mal estado, y ahora ¡vellos! Un terrible caso se ha dado en la Institución Educativa n.° 016 del Centro Poblado Puentecillos, distrito de Santa Rosa, en Jaén, donde padres de familia han denunciado la presencia de vellos en las conservas de pollo distribuidas por el programa Wasi Mikuna (ex Qali Warma).

El incidente fue reportado durante la preparación de los alimentos escolares, en presencia de los padres de familia, docentes y personal de cocina del centro educativo.

«Se han encontrado vellos supuestamente. Son pequeños. Delante de padres de familia, de la directora y de las profesoras vimos. Yo pensé que eran gusanos. Al momento en que nosotros abrimos el pollo enlatado era prácticamente vellos», aseveró una madre de familia.

Ante la situación, los padres han solicitado la presencia de las autoridades responsables para inspeccionar los productos y garantizar que los alimentos sean aptos para el consumo. Advirtieron que, de no obtener una solución, rechazarán la recepción de estos productos en futuras entregas.

El caso ha reavivado cuestionamientos sobre el control de calidad en la distribución de alimentos escolares y la supervisión de los proveedores encargados del abastecimiento.

Foto: Radio Marañón.

La respuesta de Wasi Mikuna

En tanto, el programa Wasi Mikuna, a través del encargado de imagen institucional, mencionó que se vienen realizando las indagaciones en el centro educativo de conformidad a los protocolos, adelantando que se pronunciarán oficialmente cuando haya resultados.

Asimismo, el Ministerio de Inclusión Social y Desarrollo (Midis) pidió que no se consuma el producto hasta que exista un pronunciamiento al respecto.

«Ante esta alerta (…) sobre una presunta materia extraña en la conserva de pollo, el programa Wasi Mikuna informa que (…), al tomar conocimiento de manera inmediata, acudió a la institución educativa donde, en presencia de los integrantes del comité de alimentación escolar y comunidad educativa procedió a verificar el lote del producto. Se procedió a revisar el muestreo de los alimentos; en tanto, se suspendió el uso y consumo del lote involucrado», se puede leer en el documento.

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Actualidad

Odisea en el circuito de playas por ‘cierre total’ de bajada de Armendáriz

Tras varios meses de paralizar una obra turística en Miraflores-Barranco, y luego del robo en la grúa abandonada en la quebrada de Armendáriz, los conductores no solo sufrieron congestión vehicular durante el verano, sino, que la supuesta fecha de entrega del puente peatonal, según informa la comuna miraflorina tras el reinicio de las obras, sería en junio.

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En la bajada de Armendáriz una gigantesca grúa generó el rechazo y el malestar de transeúntes y conductores vehiculares no solo miraflorinos y barranquinos, sino de la capital, por encontrarse abandonada y varada hace varios meses en el lugar que ya debía haberse inaugurado un puente peatonal que uniría los distritos de Miraflores y Barranco. Sin embargo, gracias a la improvisación, esta obra quedó paralizada debido a las disputas y desencuentros entre la Municipalidad de Miraflores liderada por el alcalde de Renovación Popular, Carlos Canales y la compañía INCOT SAC Contratistas Generales.

Caos en el circuito de playas hasta el 01 de abril Así las cosas, la bajada de Armendáriz ha sido cerrada totalmente al tránsito vehicular desde altas horas de la noche del jueves 27 de marzo, hasta el martes 01 de abril. ¿Las razones? La municipalidad de Miraflores anunció que reiniciaron las obras del Corredor Turístico, que enlazará Miraflores con Barranco, con el puente tubular en la quebrada mencionada. En tanto, la Municipalidad miraflorina informó que, el cierre será total hasta las 5:00 a. m. del martes 1 de abril.

A partir de esa fecha, las restricciones continuarán según el horario aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML): de lunes a domingo, se restringirá el tránsito de 5:00 a. m. a 9:00 p. m., y el cierre será total de 9:00 p. m. a 5:00 a. m. del día siguiente. Según informan, la medida es requerida debido al movimiento de la gigantesca grúa que ocupará parte de los carriles. Se espera que una vez finalizadas las obras—anunciaron que sería dentro de tres meses, a fines del mes de junio—la vía será completamente reabierta.

Alcalde Canales en 2024 canceló contrato y perjudicó a vecinos

Como se recuerda, en diciembre del 2024, la Municipalidad de Miraflores resolvió el contrato con INCOT S.A.C. Contratistas Generales debido al incumplimiento en la culminación de un puente peatonal en los malecones que uniría a los distritos de Miraflores y Barranco, el cual se denomina: proyecto “Mejoramiento y ampliación de los servicios turísticos del Corredor Turístico Malecón de la Reserva”. Sin embargo, INCOT se defendió y le echó la culpa a la subcontratista, la empresa metalmecánica AMENPROD STELL S.A.C. tildándola como la verdadera responsable de la paralización de la obra, por no cumplir con la entrega de la estructura metálica, pese a que estaba pagada en un 95%. E incluso, porque pedían más dinero para cumplir con la entrega.

Rutas alternas durante el cierre

Mientras dure el cierre, los conductores deberán tomar rutas alternas para aminorar en algo el congestionamiento que ya viene perjudicándolos. Para el desplazamiento de norte a sur, se debe tomar la Subida San Martín hacia la Av. Del Ejército, girar a la izquierda en la Av. José Pardo, continuar por la Av. Ricardo Palma y luego acceder a la vía auxiliar de la Vía Expresa en dirección sur. Otra alternativa es usar la Bajada Balta desde el Circuito de Playas, girar a la derecha en la Av. Óscar R. Benavides (Diagonal) y seguir hasta la Av. José Pardo.

De sur a norte, quienes vengan de Barranco pueden tomar la salida 2 (Av. 28 de Julio) hacia la vía auxiliar de Paseo de la República, girar a la izquierda en la Av. Ricardo Palma, seguir por la Av. José Pardo hasta la Av. Del Ejército y continuar hasta la Subida San Martín. Otra opción es tomar la Av. Reducto, continuar por la Av. 28 de Julio, girar a la derecha en la Av. José Larco, luego girar nuevamente a la derecha en la Calle Shell, lo que llevará directamente a la Bajada Balta en dirección norte.

Los vecinos miraflorinos y barranquinos y los ciudadanos en general, esperan que la municipalidad de Miraflores, con supervisión de la MML, esta vez cumplan con los plazos de entrega, ya que se han visto dilatados durante meses y es exigible que el famoso puente peatonal realmente sea culminado en el mes de junio, de acuerdo a lo anunciado.

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Minsa emite alerta sanitaria por suero fisiológico defectuoso que hasta el momento ya habría causado la muerte de 3 personas [VIDEO]

En tanto, lote defectuoso de suero del laboratorio Medifarma se encuentra inmovilizado hasta determinar responsabilidades.

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Muertes en los quirófanos. El Ministerio de Salud (Minsa) emitió la “alerta sanitaria” n.° 38 -2025 ante el reporte de varios casos de pacientes que registraron reacciones adversas al suero fisiológico proveniente de un lote en específico; la situación se agravó aún más cuando se informó sobre la muerte de tres personas de distintas regiones del país a consecuencia de la aplicación de ese suero. A detalle se trata de dos pacientes de la Clínica Sánchez Ferrer de Trujillo y uno más de una persona en Cusco que se había sometido a una liposucción.

De acuerdo con el Minsa, la alerta se activó tras la identificación de cuatro casos iniciales de reacciones adversas “no graves” en clínicas de Lima y Cusco, registrados el 22 de marzo de 2025 en la base de datos nacional de farmacovigilancia. Posteriormente, al 24 de marzo, el número de casos ascendió a diez, distribuidos en las regiones de Lima (4), Cusco (4) y La Libertad (2). Entre estos, dos casos graves fueron reportados en Cusco, lo que incrementó la preocupación sobre la seguridad del producto.

En tanto, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), entidad adscrita al Minsa, ha ordenado la retirada inmediata de todas las unidades de este lote en particular y procederá a su evaluación.

fuente: latina.

Clínicas deslindan responsabilidad

Por su parte, la clínica de Cusco Medical Network 02 emitió un comunicado donde deslinda toda responsabilidad médica en relación al fallecimiento de una paciente tras someterse a una liposucción. La clínica aclara que el médico que atendió a la paciente “no forma parte del staff permanente de nuestra clínica, sino que fue contratado directamente por la propia paciente para la realización de un procedimiento específico”. Asimismo, el mencionado centro médico indicó que tomará “acciones legales” contra Medifarma y M&M Productos Médicos y Farmacéuticos SRL”.

La clínica Sanna informó que desde el lunes se conoció que el laboratorio farmacéutico Medifarma había anunciado la presencia de un lote defectuoso de suero fisiológico. En ese sentido precisaron que este producto fue retirado ya de su red de clínicas.

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