Durante las últimas semanas el INEI a través de su titular Aníbal Sánchez ha mentido de forma sistemática a la población peruana publicando infografías falsas que han creado miedo y han confundido a la ciudadanía al imponer una orden de inamovilidad para todos los civiles el día domingo 22 de octubre, entre las 08 horas y las 17 horas.
Ya estamos acostumbrados al hecho de que muchas de las iniciativas de parte de las instituciones del Estado distan de ser profesionales, y se basan en el atropello y la insensatez. Esta vez, la cosa sí que se le fue de las manos a la PCM, al Instituto Nacional de Estadística, y al ministerio del Interior.
En principio, una orden de inamovilidad solo procede para los miembros de las fuerzas armadas y de las fuerzas policiales que se rigen precisamente por sus reglamentos internos; pero no así para los civiles comunes. Todos los peruanos tenemos una serie de derechos fundamentales que son constitucionales; entre ellos: el derecho del libre tránsito; precisamente, aquel derecho solamente se nos puede restringir cuando el Poder Ejecutivo decrete un régimen de Excepción que por cierto, son dos: el Estado de Sitio (que nunca se aplicó en el país), y el Estado de Emergencia, donde precisamente sí se pueden restringir algunos de nuestros derechos constitucionales como: la libertad de reunión, la libertad individual, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de tránsito, que es precisamente donde procede implantar un Toque de queda (la gente no puede moverse del lugar o morada donde reside).
Por tanto, ni la PCM, ni el Ministerio del Interior, y mucho menos el INEI pueden prohibir el próximo domingo 22 de octubre mediante Decretos Supremos el LIBRE TRANSITO a los ciudadanos peruanos; eso además de ser una descabellada leguleyada, es un hostil acto de inconstitucionalidad; porque no estamos en Estado de Emergencia, y afortunadamente nos regimos por un Estado de Derecho. Por tanto, la Policía Nacional no debe ni puede detener a nadie que transite libremente en las calles durante aquellas 9 horas que durará el censo; y únicamente lo podría hacer por mandato judicial mediante una sentencia, y/o por flagrancia en una conducta delictiva; pero si un efectivo policial insistiera en la detención simplemente por transitar en la calle, inmediatamente cualquier ciudadano podría interponer un habeas corpus contra el Estado peruano por violar precisamente su derecho al libre tránsito.
Es vergonzosa la actitud del jefe del INEI Aníbal Sánchez, al imponer medidas inconstitucionales e inadecuadas, con el pretexto de ceñirse técnicamente a la rigurosidad de la “metodología”, y decir que el día del Censo, con la inamovilidad se evitará caer en duplicaciones y omisiones en la recolección de datos. Este señor pretende paralizar al país, y su institución irresponsablemente difundió que no habrá transporte aéreo, marítimo, y terrestre, y que no funcionaría el puerto del Callao, ni el aeropuerto internacional Jorge Chávez.
Otra de las vulneraciones es el derecho al trabajo, porque ningún trabajador podrá hacerlo el domingo entre las 8am a 5pm, pero tampoco percibirá por ese día computable no trabajado.
En principio, ha habido es una patinada del tamaño de la Carabina de Ambrosio, porque se pretendía paralizar a un país durante 9 horas inhibiendo la producción nacional, y el libre desenvolvimiento de los peruanos.
Felizmente, se dieron cuenta de su desatino, y el propio y desubicado ministro Carlos Basombrio que hace unos días diera contundentes declaraciones a la prensa, y en una primera instancia afirmó: que si alguien se encontraba en las calles durante el censo nacional, sería detenido por la policía; luego, cambió su versión, y dijo que la policía si encontraba a un civil en las calles, simplemente lo dirigiría hacia la comisaria para empadronarlo (eso sigue siendo detención, pero el ministro “doraba la píldora”).
Recién el día de ayer, Basombrío luego de haber patinado recurrentemente y de haber amedrentado a la población; en su cuenta de twitter reconoció que ya había dado instrucciones para que la policía ya no detenga a ningún ciudadano que se encuentre en las calles el día domingo 22 de octubre durante las horas de la jornada censal. Asimismo, se abrirá el aeropuerto internacional para que siga con sus vuelos habituales, el puerto del Callao hará lo mismo para que continúe con sus embarques, y la actividad turística tampoco parará, ni mucho menos las zonas fronterizas como Tacna, Tumbes, ni Desaguadero.
También viene causando polémica la pregunta número 25 de la cedula censal donde se alude a la autodefinición racial; allí se pregunta al entrevistado: ¿Usted se considera…? y las opciones son: Aimara, Quechua, Nativo de la amazonia, Afroperuano, Zambo, Mulato, Blanco, Mestizo, y otros. ¿Y las comunidades Tusán, y Nikkei acaso están excluidas? Muy mal, porque no figuran entre las opciones de respuesta.
Con respecto a la pregunta que dice ¿Cuál es su religión? nadie está obligado a responderla porque lo asiste el derecho constitucional de guardar reserva sobre la vinculación con una determinada creencia o perspectiva religiosa. Por si fuera poco el INEI también ha prohibido las reuniones públicas en espacios abiertos como cultos religiosos; y eso es otra vulneración constitucional.
Es importante resaltar que el censo nacional 2017 es un mecanismo importante para poder determinar aspectos demográficos en nuestro país, para que el Estado pueda mejorar sus políticas públicas basadas en datos y estadísticas precisas, para coadyuvar en los adecuados gastos públicos y así poder ejercer una deseable redistribución social del presupuesto nacional. Es un deber cívico que la ciudadanía debe acatar; y por ello se debe colaborar de forma solidaria con la permanencia durante 9 horas en los hogares; sin embargo, en la jornada censal no se puede coaccionar a nadie, ni debe ser un pretexto para imponer miedo a la ciudadanía, y el INEI lo ha hecho en las últimas semanas amenazando con imponer multas, sanciones, y detenciones. Felizmente, eso ya no será así gracias a las innumerables críticas, y a que se dieron cuenta que estaban en un craso error.
Hay que recordar que en junio de 1972, en el régimen del General Juan Velasco Alvarado se realizaron: el séptimo censo de población, y el segundo censo de vivienda; y a pesar de vivir en un gobierno de facto donde los tanques se encontraban por toda la ciudad, la gente podía transitar libremente por la calles.
La carta magna es clara: “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”.
Qué mal ejercicio antidemocrático y unilateral de este gobierno tecnócrata, que hasta hoy ha demostrado incapacidad de gestión, y que como siempre con el pretexto de obedecer a la “metodología” favorece al empoderamiento de las «instituciones» en el mal sentido; en desmedro de los ciudadanos comunes y corrientes que somos los que realmente necesitamos mayor tutela legal y social.
El dato:
- Existe una línea gratuita del INEI para consultas el 0800–44-070.pero que cuando uno llama siempre está ocupada.
- Serán 700 mil empadronadores en general, entre ellos 180 mil en Lima que recogerán la investigación estadística en los 49 distritos de Lima y Callao.
- Hay 100 mil jefes de sección que estarán a cargo de los empadronadores.
- La cedula censal contendrá 47 preguntas que se harán a cada miembro de familia. Los niños a partir de 12 años podrán responder por sí mismos.
- El Censo Nacional se realiza cada 10 años.
- En 3 meses, aproximadamente en el mes de enero de 2018 se arrojarán las primeras cifras del censo.
- Actualmente el Perú tiene 31 millones 800 mil habitantes residentes en el territorio nacional, y 3 millones 500 mil residentes en el extranjero.
- Por primera vez en la historia de los censos nacionales peruanos se incluye la pregunta N°25 referida a la autoidentificación.
- La cedula censal tiene 15 páginas.