Sucamec: roban toneladas de explosivos de almacenes en Piura
En un polvorín a cargo de la Sucamec en Piura robaron 6 toneladas de explosivos. El hecho lo denunció un exfuncionario de la entidad; sin embargo, la Sucamec ha mantenido un hermetismo absoluto sobre este escándalo. Dicha situación representa un alto riesgo para la seguridad nacional, por ser un tema de interés público y porque desde hace mucho tiempo esos explosivos ya se encuentran en el mercado negro. ¿Qué pasaría si cae en manos equivocadas?
A las 12:07 horas del 06 de agosto del presente año, el jefe Zonal de Sucamec en la región Piura, Elver Alejandro Herrera Merino denunció a la policía que de un polvorín a cargo de este órgano supervisor se robaron explosivos que habían sido incautados a la empresa Consorcio Vial Piura el 16 de noviembre de 2018.
Es decir, la Sucamec tuvo almacenados por más de un año material de explosivos y de pronto, estos desaparecieron. ¿Dónde se encontrarán actualmente estos explosivos? según algunos especialistas, estos explosivos estarían en el mercado negro.
Cabe mencionar, que la misión de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) es controlar, supervisar y regular los servicios de seguridad privada, comercio y uso de armas, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil, en beneficio de la sociedad, brindando un servicio de calidad, oportuno y transparente.
Asimismo, su visión, es ser reconocidos como un organismo técnico especializado, moderno, eficiente y transparente, que brinda servicios de calidad de forma oportuna y que contribuye a la seguridad ciudadana y al desarrollo del país.
No obstante, más allá de ese ideario “lírico”, en Sucamec no estarían cumpliendo con una de las cualidades de su misión: controlar y/o supervisar en beneficio de la sociedad. Y tampoco alcanzarían algunas metas de su visión: convertirse en un organismo eficiente y transparente que contribuya a la seguridad ciudadana…
Según nuestra fuente, la cantidad de aquel cuantioso y extraño robo en Piura, asciende aproximadamente a 6 toneladas de explosivos, y a pesar de que el superintendente Juan Antonio Álvarez Manrique tenía conocimiento del hecho, no lo denunció a la Fiscalía.
¿Aquello realmente ha sido investigado por el OCI (Órgano de Control Institucional), y por OFELUC? (oficina anticorrupción en Sucamec).
Al parecer, en Sucamec tampoco se fiscaliza, porque los fiscalizadores no cuentan con una póliza de seguro de riesgo de vida que respalde sus acciones de fiscalización y que por cierto pone en riesgo la vida de los fiscalizadores. Entonces, cabe preguntarle al superintendente ¿por qué la Sucamec no paga a la fecha esa póliza de seguro, si la misma se encuentra presupuestada para todo el año 2021.
Es curioso ver cómo en Sucamec, la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción (OFELUC), ha venido impulsando la campaña anticorrupción #AsíSíJuegaPerú para sensibilizar a sus trabajadores con énfasis en el Código de Ética y Conducta. Otro dato que nos informaron nuestras fuentes, es que el jefe de OFELUC el coronel Enrique Passano Saravia es promoción de la Policía del jefe de la Sucamec, Juan Álvarez Manrique. En ese sentido, cabe remarcar que Álvarez Manrique mediante la Resolución de Superintendencia Nº 425-2021-Sucamec designó a Passano Saravia en el cargo de confianza de jefe en OFELUC, el 30 de abril de este año.
Con respecto al “robo” de los explosivos en Piura, en el contenido de la denuncia policial, el recurrente Elver Herrera Merino manifestó que el 04 de agosto de este año el Analista Operativo de la Jefatura Zonal Sucamec Piura, Jesús Manuel Canares Espinoza realizó una inspección en compañía de personal de la UDEX Piura, en el Polvorín de la Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Winko I, ubicado en el pasaje Roso Bravo s/n Ñ Las Lomas, Piura, con la finalidad de inspeccionar los materiales explosivos que se encontraban almacenados como resultado de la incautación que Sucamec hizo a la empresa Consorcio Vial Piura, el día 16 de noviembre del 2018 (de acuerdo al acta Nro. 1993-2018-Sucamec-JZPiura-JCPA), para determinar el estado de los explosivos.
Sin embargo, se dieron con la sorpresa de encontrar el polvorín vacío y al momento de indagar y cuestionarle al guardián, Olver Martín Bravo Escobar, éste dijo: “ser el responsable de las llaves del local e indicó que es solo encargado de las llaves de la puerta principal y que la misma empresa retiró hace como un año los materiales ahí almacenados”. Según la aseveración de Bravo Escobar cuando menciona: “la misma empresa” ¿Estaría refiriéndose a la Minera Winko I?
Posteriormente, el denunciante Herrera Merino manifestó que el analista operativo de Sucamec-Piura, Jesús Manuel Canares Espinoza, a consecuencia de los suscitado redactó el Acta Nro. 53(01) (02)-2021-SUCAMEC-JZPIURA-JMCE y, por tanto, se hizo la denuncia policial para que se realice las investigaciones correspondientes a ley. El acta fue firmada por la comisaria de la Comisaría de Tacalá, Annie Meza Montalvo y el auxiliar PNP Wilson Alburqueque Carmen.
Asimismo, hay datos incompletos en la denuncia, porque mencionan que se encontró el polvorín vacío, pero no señalan la cantidad de explosivos “desaparecidos” (6 toneladas) ¿La Sucamec no sabía qué cantidad de explosivos tenían almacenados? Si tomamos en cuenta que el polvorín estaba a cargo de ellos. También resulta extraño comprender, que la policía al momento de recibir las declaraciones del denunciante, no haya exigido consignar la cantidad de explosivos que fueron hurtados del almacén.
Aquí, el problema surge desde que no se cumplió con la labor de controlar y fiscalizar y obviamente se llevaron todo ese material explosivo, porque no había control en Sucamec, a pesar que tenían la obligación de custodiarlo y realizar controles todos los meses.
La labor de los fiscalizadores es ir a las regiones a inspeccionar y fiscalizar los polvorines a cargo de la Sucamec; sin embargo, los fiscalizadores quizás no iban porque temían por sus vidas, por no contar con pólizas de seguros contra todo riesgo. Y tampoco habría camionetas operativas, ni efectivo para el combustible requerido.
La Sucamec carga con la responsabilidad de haber perdido esa gran cantidad de explosivos para minas, porque precisamente, lo incautaron para mantenerlos en buen recaudo.
Así las cosas, esta situación representa un alto riesgo para la seguridad nacional, por ser un tema de interés público, y porque desde hace mucho tiempo esos explosivos ya se encuentran en el mercado negro. Esto resultaría muy peligroso si cae en manos equivocadas.
Nos comunicamos con la jefa de la Oficina de Comunicaciones de la Sucamec, Pamela Zulueta para que nos den sus descargos sobre estos hechos. Aquí la respuesta:
“Inmediatamente después que el jefe zonal informó de los hechos a la Superintendencia Nacional, este despacho dispuso que se realizaran las acciones legales correspondientes.
Como se aprecian de las fechas señaladas, los tiempos transcurridos entre cada acción denotan que se actuó con la debida diligencia, resaltando la investigación exhaustiva por parte de nuestra OFELUC, la cual dentro de los plazos de ley formuló informe que promovió se deriven los actuados a la Procuraduría Pública del Ministerio del Interior, órgano competente para interponer denuncias penales en defensa de los intereses del Sector Interior, así como a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos de la Sucamec, a fin de activar los mecanismos de determinación de responsabilidades a que hubiere lugar. Independientemente del resultado de las referidas acciones, al señor Herrera se le retiró la confianza del cargo por disposición del despacho de la Superintendencia Nacional.
Al tratarse de un caso cuya investigación está en curso, tanto a nivel administrativo como penal, debemos guardar estricta reserva conforme a ley. Los resultados de las investigaciones determinarán la fecha en que se retiraron ilegalmente los explosivos y las responsabilidades subsecuentes por tal acto”.
Además, mencionaron algunas acciones realizadas por SUCAMEC con relación al retiro no autorizado de explosivos decomisados a la empresa Consorcio Vial Piura – Polvorin SRL.
1. El 04 de agosto de 2021 se tomó conocimiento a través de la Jefatura Zonal Piura – SUCAMEC, del retiro no autorizado explosivos mencionados en el título.
2. El 06 de agosto de 2021, por disposición del Superintendente Nacional SUCAMEC, la Jefatura Zonal Piura de SUCAMEC denunció hurto de los explosivos ante Comisaría PNP Las Lomas – Piura (Denuncia PNP 20758799) asimismo dispuso investigación a través de la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELUC de SUCAMEC; producto del resultado de dicha investigación preliminar, en fecha 08 de setiembre de 2021, la Superintendencia Nacional dispuso e hizo efectivo las acciones de cumplimiento recomendadas por OFELUC, siendo estas:
– Remisión del Informe de OFELUC a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de SUCAMEC para evaluación y adopción de acciones.
– Remisión de actuados a Procuraduría Pública del MININTER a fin de que se adopten las acciones legales correspondientes (DENUNCIA PENAL).
Sobre el seguro, agregó: “El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) es para los casos que por su naturaleza, las actividades, bienes y locaciones fiscalizados acarrean un riesgo para el personal operativo que realiza las acciones de control y fiscalización; sobre todo los que se realizan en provincias; siendo que en el contexto de la pandemia, se han restringido tales comisiones”.
Finalmente, la Sucamec optó por responder a algunas de nuestras interrogantes y optaron por aclarar que la OFELUC sí está investigando y que por tratarse de un caso cuya investigación ya está en curso, deben guardar estricta reserva conforme a ley. Sin embargo, no responden ¿por qué no fiscalizaron y controlaron esa importante cantidad de explosivos? ¿Quién se hará responsable de esta cuantiosa perdida?
Este caso es gravísimo y se exige un pronunciamiento inmediato del ministro del Interior Luis Roberto Barranzuela, por tratarse de un tema de interés público y que pondría en riesgo la seguridad nacional.
Luis Felipe Alpaca es egresado de la carrera de Derecho y Ciencias Políticas y estudió Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza; asimismo estudió en la Escuela de Escritura Creativa del CCPUCP, y tiene un Diplomado de Especialista en Derecho Comercial por la Escuela Superior de Negocios. Ha sido Editor de Cultura del Diario 16, y actualmente es Editor General del Grupo Editorial Lima Gris, y es conductor del programa radial Lima Gris Radio por La estación Planicie 91.5 de la FM. Como gestor cultural ha organizado y curado exposiciones de arte y eventos ligados a los derechos culturales. Asimismo es corrector de estilo, y ha escrito más de 400 artículos relacionados a cultura, actualidad y política. Como activista social ha sido miembro de la Red del Patrimonio Cultural con el afán de defender patrimonios inmateriales y materiales como el desaparecido Palais Concert, y el Complejo Arqueológico Puruchuco. Actualmente es miembro del Colectivo Antropoceno Identidad, y ha recorrido distintas regiones del país para brindar apoyo, encuentros y conferencias en universidades con temas relacionados al arte ancestral y la cultura originaria.
Pretendían tocar nuestros bolsillos. El Poder Ejecutivo publicó este último sábado el Decreto de Urgencia (DU) Nº 005-2024 que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a los medicamentos genéricos, aquellos que resultan mucho más económicos para millones de peruanos en condición de pobreza.
Dicha norma, publicada en el boletín extraordinario de Normas Legales del diario oficialEl Peruano, indica que las farmacias y botica del sector privado “están obligadas a ofertar los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional”.
“El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias en materia económica y financiera, a fin de garantizar el acceso (disponibilidad y asequibilidad) a medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional en farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud, del sector privado”, se lee en la documentación.
Asimismo, detalla que deberán mantener un stock mínimo del 30% de la oferta total de cada uno de estos fármacos, los cuales estarán en un listado que será aprobado por el Ministerio de Salud.
La resolución precisa que el DU estará vigente hasta el 31 de julio del presente año.
En caso las farmacias y boticas incumplan con la disposición, se constituirá como una infracción administrativa, por lo que serán sancionadas con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), las cuales equivalen a 10 300 soles.
“El incumplimiento de los dispuesto en el artículo 2 del presente Decreto de Urgencia por parte de las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud, del sector privado, constituye infracción administrativa, sancionada con multa de hasta dos (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT)”, precisan.
Por otro lado, el documento señala que el listado de medicamentos esenciales genéricos que comprende el decreto de urgencia, será aprobado mediante una resolución por el Ministerio de Salud en un plazo máximo de 10 días hábiles de publicada la presente norma en El Peruano.
Cabe señalar que el dispositivo fue refrendado por la presidenta de la República, Dina Boluarte, el premier Gustavo Adrianzén, así como los ministros de Economía y Salud, José Arista y César Vásquez, respectivamente.
Congreso aprueba PL para que padres no puedan ser despedidos hasta que su hijo cumpla un año de edad
Medida solo aplicaría si la madre se encuentra desempleada, en gestación o en etapa de lactancia. Autógrafa será remitida al Ejecutivo para su publicación.
Una salvaguarda para los padres de familia. El Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Ley (PL) que incorpora modificaciones a normas vigentes para “proteger los derechos laborales de los progenitores que trabajan en el sector privado o público”. Uno de los cambios es la protección del vínculo laboral del padre hasta un año después del nacimiento de su hijo, es decir, hasta el primer cumpleaños del menor.
Cabe precisar que dicha protección solo aplicaría en los casos en que la madre, en gestación o lactancia, no cuente con un vínculo laboral vigente. Cuando se cumpla dicho escenario, el padre no podrá ser despedido hasta el primer año de nacimiento de su menor hijo.
En caso el empleador decida contradecir la norma y culminar el vínculo laboral del padre, deberá acreditar que el despido fue debidamente justificado. Caso contrario, se entenderá que el cese está vinculado al embarazo o al periodo de lactancia.
Otro beneficio para los padres, aprobado por el Pleno del Congreso, es el aumento de número de días de licencia por paternidad. Se eleva de 10 a 15 días, en los casos de partos naturales o cesáreas. Respecto a partos prematuros o múltiples, la licencia se incrementa de 20 a 25 días.
Más protección a la mujer gestante
El texto aprobado por la representación nacional busca garantizar la estabilidad de la madre y el padre que se encuentran a la espera de un hijo. Es así que, por ejemplo, se busca modificar el artículo 48 del Decreto Legislativo 728, Texto Único de la Ley de Productividad y Competencia Laboral, para que se otorgue permiso a la trabajadora embarazada para sus controles médicos prenatales.
El Congreso también aprobó modificar el artículo 65 de la referida norma para que se considere nulo el despido de una trabajadora que tenga como motivo el embarazo, el nacimiento, la lactancia y sus consecuencias, en períodos de prueba o condición de confianza o dirección. Eso sí, esto no impediría que el empleador no pueda dar por terminado el vínculo laboral por una causa debidamente justificada.
Asimismo, se considerará nulo el cese del vínculo laboral producto de “hostigamientos o cualquier otro acto de amedrentamiento” que tenga como objetivo arrinconar a la trabajadora gestante o en lactancia y no dejarle otra alternativa que presentar su renuncia.
Las otras reformas aprobadas por el Parlamento son:
Modificación del artículo 4 de la Ley 27409, Ley que otorga licencia laboral por adopción, a fin de otorgar licencia laboral por adopción para cónyuges o integrantes de la unión de hecho. Actualmente, únicamente la mujer recibe licencia en estos casos.
Modificación del artículo 1 de la Ley 28048, Ley de protección a favor de la mujer gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud y/o el desarrollo normal del embrión y el feto. Esto con el fin de que mujeres en periodo de lactancia, además de poder solicitar a sus empleadores no realizar labores de riesgo, puedan tener la oportunidad de desarrollar sus labores bajo mecanismos alternativos, como el teletrabajo.
El Gobierno, en caso de no estar de acuerdo con el contenido de la norma, podrá observar la misma, plantear sus objeciones y devolver el proyecto al Congreso. Caso contrario, mandará a publica la autógrafa al diario oficial El Peruano.
En el marco del Día Internacional del Consumidor, el Consejo Nacional de Usuarios de Comunicación (CONUC) anunció que celebrará los “Premios a la Excelencia al Consumidor (CEA) 2024”.
Estos prestigiosos galardones tienen como objetivo reconocer y premiar a empresas e instituciones que se destacan por ofrecer un servicio excepcional al cliente, promoviendo prácticas comerciales responsables y centradas en el consumidor.
Las postulaciones para los “Premios CEAinspire 2024” estarán abiertas a partir del 30 de marzo y cerrarán el 27 de julio. Durante este periodo, invitamos a todas las empresas e instituciones comprometidas con la satisfacción del cliente a presentar sus candidaturas y compartir sus historias de éxito en el cuidado de los consumidores.
La ceremonia de premiación se llevará a cabo en un evento especial el 23 de septiembre de 2024, donde se destacará la dedicación y el compromiso de las organizaciones en brindar un servicio excepcional.
“Los Premios CEAinspire 2024 son una oportunidad para reconocer y celebrar a las empresas e instituciones que van más allá en la atención al cliente y promueven prácticas comerciales éticas y centradas en el consumidor. Invitamos a todas las organizaciones públicas y privadas a participar y compartir sus mejores prácticas en servicio al consumidor”, afirmó Jessica Pino, Directora de Promoción de Prácticas Empresariales Responsables del CONUC.
De está manera, CONUC invita al público en general a unirse a la celebración de la excelencia en el servicio al consumidor, para contribuir a promover un mercado más justo y equitativo.
Presentan proyecto de ley que establece cadena perpetua para extorsionadores
La iniciativa que propone la legisladora Norma Yarrow propone modificar el artículo 200° del Código Penal para frenar a los delincuentes que cobran altísimos intereses a través del “gota a gota” y ocasionen la muerte o causen lesiones graves de la víctima o a terceras personas.
La parlamentaria de Avanza País, Norma Yarrow Lumbreras presentó un proyecto de ley (PL 7269/2023-CR) que establece cadena perpetua para los extorsionadores y que como resultado de sus actos criminales ocasione la muerte o cause lesiones graves de la víctima o de terceras personas. Esta modalidad es conocida como el “gota a gota”.
La iniciativa de la congresista modifica el artículo 200° del Código Penal (extorsión) con el objetivo de fortalecer la lucha contra el delito de extorsión y salvaguardar la seguridad ciudadana.
Entre tanto, se considera como “usura extorsiva” cuando los préstamos otorgados se hacen con “intereses manifiestamente desproporcionados excediendo las tasas de interés que cobran las empresas del sistema financiero nacional, empleando la violencia, amenaza o cualquier acto de intimidación…”.
Criminales extorsionadores capturados. Organización criminal ‘Los Charlys de Chiclayo’,
El documento presentado agrega: “con el fin de obtener una ventaja patrimonial para sí o para terceros”. En ese caso, “será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de 15 años”. Sin embargo, la pena será mayor (entre 15 y 25 años de cárcel) si la violencia ejercida es cometida a mano armada o utilizando artefactos explosivos.
“O si participan dos o más personas o como integrante de una organización criminal; si se cause lesiones leves a la víctima o a terceros; se atente contra la propiedad mueble o inmueble de la víctima o terceros afines a la víctima”, se lee en el proyecto.
La aprobación del texto originaria que la pena para los prestamistas ‘gota a gota’ sea incrementada y señala que “el Poder Ejecutivo adecúa las normas correspondientes a las modificaciones previstas en la presente ley, en un plazo no mayor de sesenta días calendarios, a partir de su entrada en vigor”.
“Si bien existen diversas modalidades de extorsión, actualmente las más usadas son el sticker, gota a gota, chalequeo, cupo de construcción civil, rescate de vehículos y cupo por esquinas”, señala el proyecto de ley.
Gasolinazo: General EP Jorge Yánac, recibió S/26,3 millones del Estado por contratos ilícitos
El hoy preso Jorge Yánac, es vinculado con la organización criminal ‘Los Jefes’ y fundó con su familia entre 2012 y 2023 una empresa que contrató con diversos órganos del Estado facturando así decenas de millones de soles.
El general EP en retiro Jorge Yánac Chávez, contrató con diversas instituciones del Estado, incluida la misma institución del Ejercito donde trabajaba.
El hoy detenido por el robo de seis mil galones de petróleo —un caso ocurrido en 2107, cuando se desempeñaba como jefe del Servicio de Intendencia del Ejército del Perú (SINTE)—, según investigación de La República, fundó con su familia en 2003 la empresa J.P.Y. Sports SRL y facturó S/26,3 millones entre 2012 y 2023 (en consorcio con otras compañías o de forma individual), debido a los 115 contratos que suscribió y que llevaban su firma. Es decir, se convirtió ilegalmente en proveedor del Estado, mientras estaba en funciones como oficial del Ejercito de Perú.
Según el informe, el general Yánac es accionista mayoritario de esa compañía que, aparentemente, se dedicaba a la enseñanza de tenis y a la organización de eventos deportivos, según Registros Públicos. Sin embargo, luego la compañía se convirtió en proveedora de indumentaria deportiva, uniformes institucionales, útiles de escritorio y otros productos para la Fuerza Aérea, la Marina de Guerra, ministerios como Economía, Energía y Minas, Educación, Trabajo, y decenas de entidades públicas.
El primer contrato del 30 de noviembre de 2012 por una venta de equipos para gimnasios para la institución castrense fue por una compra ejecutada por el coronel EP Jorge Benites, jefe de la Oficina de Administración de la Comandancia General del Ejército, justo cuando Yánac laboraba en la Dirección de Economía de la institución. “Fue un contrato entre compañeros de trabajo”, explica el diario.
Este militar obtuvo en total alrededor de S/5,3 millones del erario público, mientras estaba en actividad y ocupaba posiciones claves en el Ejército.
Él fue detenido a inicios de marzo en su residencia de Surco al ser vinculado con la organización criminal ‘Los Jefes’.
Esta red se encargaba de redireccionar el combustible proveniente del grifo de Petroperú en Lima, que debía llegar hasta el grifo de la 31° Brigada Infantería de Huancayo. En suma, cerca de seis mil galones de petróleo —valorados en más de 50.800 dólares— fueron desviados con el presunto apoyo de allegados en puestos claves o encargados de grifos limeños, quienes justificaban la documentación para el desvío sistemático del combustible en provecho propio.
General Jorge Yánac era proveedor del Estado mientras estaba en el Ejercito.
De encontrarse bien regulado podría ser una excelente alternativa contra los colectivos informales que se cuadran donde sea, obstaculizando el libre tránsito. La empresa Uber se prepara para lanzar UberTuk, un servicio de transporte que conectará a los populares mototaxis con más usuarios. Es así que estos vehículos de tres ruedas ahora tendrán la oportunidad de poder afiliarse a la aplicación y, según la empresa, generar más ganancias.
“Los que estamos anunciado es una invitación a los conductores de estos vehículos a que se inscriban y pueda empezar a generar ganancias a través de Uber. Lo que queremos es unir dos mundos: el de estos vehículos que son tan queridos por los peruanos, con el de la tecnología”, declaró para PanamericanaCamilo Segura, gerente de comunicaciones de la empresa para la región.
Uber ha invitado a los conductores de esta opción de movilidad de tres ruedas a afiliarse a Uber para que puedan prestar servicios con sus mototaxis como UberTuk. La presencia de estos vehículos en la capital es tal que la plataforma las ha visto como útiles en poder atender la demanda para un transporte más ágil y económico en diversas zonas de Lima.
La revolución de la movilidad en el país, como lo llama Uber, ahora buscará complementar con estos vehículos siguiendo estándares de seguridad, tecnología y confiabilidad. Sobre este nuevo anuncio, el gerente de comunicaciones de la empresa para la región Andina, Camilo Segura, se refirió a los mototaxis como parte de la diversidad de transporte que existe en el país.
“En Uber creemos en que la tecnología y la diversidad de opciones de movilidad generan efectos positivos para el bienestar y la economía de las familias peruanas. Con UberTuk buscamos que todos los limeños disfruten los estándares de acceso y seguridad de la app de Uber; y que miles de conductores de estos vehículos de tres ruedas accedan a oportunidades de generar ganancias adicionales a través de la app”, agregó Segura.
Requisitos para pertenecer a UberTuk
Como se sabe, UberTuk es una realidad en África, donde vehículos similares a los mototaxis se les llama tuktuk, de ahí el nombre. En el caso de Lima, los conductores podrán acceder a un bono de S/50 adicionales por sus 10 primeros viajes durante los días iniciales de activación del servicio.
Asimismo, estos primero deberán cumplir con una serie de requisitos al registrarse en esta etapa inicial:
Deberán tener licencia de conducir B-IIC
Deberán tener un seguro obligatorio contra accidentes de tráfico.
Deberán presentar un certificado de antecedentes penales y un certificado municipal de operación del vehículo.
El final de la pesadilla de los cables aéreos colgantes está próximo. El Gobierno publicó el reglamento de la Ley Nº 31595, Ley que establece el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país. Esta norma fue oficializada a través del Decreto Supremo N.º 007-2024-MTC, presentado en el diario El Peruano.
Para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), de esta forma se busca garantizar la seguridad de la población y el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.
“Como parte de nuestro compromiso con la gestión ambiental, la seguridad y mejora de la calidad de vida de las personas, desde el MTC nos propusimos liderar este reglamento de Ley que la población aguardaba. Por ello, articulamos con todas las partes involucradas (Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Ambiente y otros actores), para tener un documento técnico y viable en beneficio de la ciudadanía”, dijo el titular de la cartera, Raúl Pérez Reyes.
Como se sabe, el Reglamento es un texto que se elabora en coordinación con todos los sectores involucrados. En este caso son: los Ministerios del Ambiente (Minam), de Energía y Minas, y de Transporte y Comunicaciones.
Aspectos generales del Reglamento
El reglamento de la ley indica que las empresas proveedores y concesionarias de servicios de infraestructura de telecomunicaciones y de electricidad deberán presentar un Plan de Acción donde nombren los distritos que intervendrán y el cronograma de fechas de ejecución del retiro. La Entidad de Fiscalización Ambiental de cada sector podrán recibir estos documentos en un plazo máximo de 3 meses.
Además, se tiene que mencionar los procedimientos de trabajo y las acciones de mitigación o contingencia ante eventualidades que pudieran generarse. En ese sentido, tendrán que presentar a las municipalidades distritales y provinciales el plan de calles para que esto sea viable.
Luego de presentar el Plan de Calles, deberán retirar el cableado en desuso o en mal estado, sin la necesidad de emitir una autorización o acto administrativo por parte de la comuna.
Las municipalidades, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y el MTC coordinarán con el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) sobre la prestación del servicio de electricidad o telecomunicaciones, durante el retiro del cableado para garantizar la continuidad y permanencia del servicio.
Por otro lado, los residuos que se generan serán manejados como residuos sólidos no municipales, por medio de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos (EO-RS), inscritas en el Registro Autoritativo administrado por el Minam, y debidamente autorizados ´para estas operaciones.
Dentro de los seis meses de vigencia del reglamento, tendrán que entregar ante la OEFA informes de forma trimestral sobre estas acciones. Adicionalmente, tendrán la obligación de garantizar que el área intervenida, de haber sido afectada, sea debidamente recuperada. Esto incluye labores de limpieza pública.
Impunidad total: Jueza favorece con prisión suspendida al prófugo Carlos Wiesse [VIDEO]
Carlos Wiesse disparó contra la casa de su vecino y pese a ser prófugo de la justicia desde hace 8 meses y desacatar su prisión preventiva, se ha visto beneficiado por la jueza Rossmery Orellana, que ordenó 4 años y 6 meses de cárcel suspendida para él.
Carlos Wiesse Asenjo es un abogado que actualmente es un prófugo de la justicia porque desde hace ocho meses, desde que el Poder Judicial le impuso nueve meses de prisión preventiva pasó a la clandestinidad y aun no se pone a derecho. Este individuo tiene problemas para desenvolverse en una sociedad civilizada, y desde hace cuatro años, desde que se dictó la emergencia sanitaria por la pandemia del Codiv-19, acaparó las noticias por sus actos discriminatorios y violentos.
A pesar de tener orden de captura y de mantenerse en la clandestinidad, el Poder Judicial extrañamente y a solicitud del propio Ministerio Público dictó una pena benigna contra Carlos Wiesse Asenjo, quien destrozó con una comba el auto de su vecino Renán Mantilla y seguidamente disparó siete veces sobre su vivienda, ubicada en el edificio residencial Los Castaños, en San Isidro.
La jueza del 11° Juzgado Penal Unipersonal de Lima Rossmery Marielena Orellana Vicuña dictó cuatro años, seis meses y diez horas de pena privativa de la libertad, pero suspendida.
Es decir, Wiesse cumplirá la medida en su vivienda, bajo restricciones. Además, dispuso el pago de pequeñas sumas como indemnización en favor de uno de los agraviados y del Estado.
Jueza del 11° Juzgado Penal Unipersonal de Lima Rossmery Orellana Vicuña, dictó pena suspendida a Carlos Wiesse.
Lo escandaloso de esto es que el fallo habría sido un acuerdo entre la Fiscalía, la defensa del acusado y el Poder Judicial, porque el acusado estratégicamente se acogió a la conclusión anticipada.
“Estoy totalmente en desacuerdo con esta sentencia emitida por la jueza en la que avala un acuerdo entre la Fiscalía y el señor Wiesse”, afirma el agraviado.
Renán Mantilla señala que la titular del 11° Juzgado Penal Unipersonal de Lima propuso, para evitar un “juicio innecesario”, que la Fiscalía evalúe reducir la pena de 5 a 4 años para que el denunciado no tenga prisión efectiva sino suspendida y de esa manera pueda quedar libre, y luego tuvieron una reunión privada virtual entre jueza y fiscal y tras una “negociación” tomaron la insólita decisión.
“Hubo una negociación en mi presencia. El fiscal adjunto señaló que él no podía aceptar eso, debía hacerlo el fiscal titular (Óscar Barrón). Ante esto, la jueza dijo que iba a llamar a ese fiscal personalmente para hablar en privado. Hubo esa conversación fuera del chat en donde se hicieron acuerdos. Luego de ello, sin fundamentación, se bajó una pena de cinco a cuatro años”, explicó.
Abogado con serios problemas de violencia no irá a prisión, pese a haber realizado disparos a una vivienda. Foto: PNP.
Ante este fallo de la jueza Orellana Vicuña, los agraviados Renán Mantilla y Ana Apaza, seguirán en la batalla por obtener justicia y apelarán la insólita decisión judicial. “Nosotros, lo que hemos hecho, es plantear una apelación (…) hoy ha salido a la luz un caso más de impunidad y no lo voy a consentir. Voy a agotar todas las instancias necesarias para que el hecho se esclarezca”, concluyó Mantilla.
Carlos Wiesse en 2020 insultó a la Policía y trabajó para la PNP como consultor
¿Se acuerdan que el 06 de abril de 2020, durante la cuarentena salió por su ventana un desagradable personaje en San Isidro que le gritó a los policías que patrullaban por las calles? “Policía, haz tu trabajo. No sé por qué te aplauden a las 7 de la noche, si es tu trabajo. Que me aplaudan a mí carajo… Estamos cagados. Y viene un cholo y pasa por ahí, y lo aplauden… Qué chuch… me vas a cuidar tú, cholo de mierda, yo me cuido solo huev… eres una mierda… No tienes plata para estudiar en la universidad, ni nada, por eso eres policía, ahora cuídame policía… yo soy Carlos Wiesse”.
Pues, ese personaje es justamente Carlos Alberto Wiesse Asenjo y es un abogado de la universidad de Lima y en uno de los tantos links que alberga la web, él ha consignado que es Compliance Officer and Legal Risk. Además, y siguiendo con su huachafada académica, aseguraba que contaba con una Certificación Internacional en la ISO 37001-Antisoborno. Asimismo, tiene ocho papeletas por infracciones muy graves como haber conducido y chocado en estado de ebriedad y desde esa fecha tenía su licencia de conducir inhabilitada.
Publicación de Carlos Wiesse sobre capacitación a la PNP.