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PRONUNCIAMIENTO CONTRA EL GRUPO GLORIA RESPECTO DE SUS CONSTANTES ABUSOS EN PERJUICIO DEL PUEBLO PERUANO

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El día viernes 9 de junio de 2017, presentamos una demanda de Amparo en contra del Grupo Gloria por la vulneración de los derechos constitucionales de la protección de la salud y a una información veraz y correcta de los consumidores que se han visto afectados durante años por los engaños de esta empresa.

Si bien presentamos el documento luego de la salida del mercado peruano de la “leche” Pura Vida -merced a una acción de INDECOPI realizada, luego de la suspensión del Registro Sanitario por parte de DIGESA, ambas motivadas, sin duda, por la presión mediática que iba en contra suya debido a su inacción y/o complacencia frente a la empresa en cuestión- por considerar que el ámbito administrativo ha resultado más que insuficiente ante la persistente y nefasta publicidad que el Grupo Gloria propala impunemente año tras año, consideramos que eso no ha sido suficiente para reparar el perjuicio causado habida cuenta de los argumentos que siguen a continuación.

Nos sorprendió, en un primer momento,  que hasta la fecha no se haya recurrido a la vía constitucional siendo más que flagrantes las violaciones de los derechos invocados en nuestro petitorio y siendo que el orden administrativo ha resultado inocuo ante el Grupo Gloria, es decir, para hacer que cese su negativa disposición respecto de timar a sus consumidores, puesto que las multas con que se ha “sancionado” a esta empresa, múltiples veces infractora, no surtieron efectos disuasorios en ningún momento respecto de su mala praxis publicitaria. Nos preguntamos, en ese momento, dónde estuvieron todos estos años, los Colegios Profesionales, sobre todo, los numerosos Colegios de Abogados que existen en el territorio de nuestro país, los representantes de la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y otras entidades encargadas de resguardar los intereses de la ciudadanía y ni se diga de DIGESA o INDECOPI cuyos límites estructurales dentro del sistema o dentro de la malsana dinámica que tiene el poder en nuestra sociedad le imposibilitan toda oportunidad de doblegar el ímpetu vejatorio del Grupo Gloria, el mismo cuyo mantenimiento no podemos consentir que se mantenga por más tiempo en la condición de impunidad, toda vez que hacerlo sería estampar un sello de indeleble ignominia en la frente de cada ciudadano peruano, escritas sean estas líneas recordando al maestro Manuel González Prada.

En este orden de cosas, es nuestra responsabilidad como ciudadanos peruanos dignos no claudicar ante la opresión provenga de donde provenga ya que esta es la única vía por la que, en algún momento, llegaremos a ser un país libre, pero libre de verdad y no como la pantomima del actual sistema quiere hacernos creer.

Pese a que al Poder Judicial y al mismo Tribunal Constitucional se les puede criticar por muchas razones fundamentadas; también, es necesario aprovechar los instrumentos que brinda el sistema en entredicho a fin de reestructurarlo o reformarlo.

Nuestro único objetivo es lograr un pronunciamiento constitucional de la jurisdicción sobre el tema propuesto a fin de que se amoneste al Grupo Gloria tras ser declarada fundada la demanda tal cual prescribe el artículo 1 del Código Procesal Constitucional: Si luego de presentada la demanda cesa la agresión o amenaza por decisión voluntaria del agresor, o si ella deviene en irreparable, el Juez, atendiendo al agravio producido, DECLARARÁ FUNDADA LA DEMANDA PRECISANDO LOS ALCANCES DE SU DECISIÓN, DISPONIENDO QUE EL EMPLAZADO NO VUELVA A INCURRIR EN LAS ACCIONES u omisiones QUE MOTIVARON LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA, Y QUE SI PROCEDIERE DE MODO CONTRARIO SE LE APLICARÁN LAS MEDIDAS COERCITIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 22 DEL PRESENTE CÓDIGO, SIN PERJUICIO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL QUE CORRESPONDA.”

Transcribiremos a continuación algunos fragmentos resaltantes de la demanda reformulados a fin de que empalmen con la introducción que precede a estas líneas, a fin de que puedan copiar y divulgar lo que crean conveniente, sin óbice de que descarguen el pdf con las imágenes del cargo correspondiente.

Sobre el PETITORIO:

 

Que, acudimos a vuestro Despacho en busca de tutela jurisdiccional efectiva, en nuestra condición de ciudadanos afectados por la mala praxis publicitaria de la empresa Gloria respecto del producto lácteo mal denominado “leche” Pura Vida y otros, a fin de interponer la presente ACCION DE AMPARO, por violación de nuestro derecho Constitucional a la protección de la salud y a una información veraz y correcta por parte de la EMPRESA GLORIA S.A. representada por su Gerente General, PRIDAY ROBERT DAMIAN, solicitando se declare FUNDADA nuestra petición”.

 

Sobre los FUNDAMENTOS FÁCTICOS:

 

Que con fecha 2 de junio de 2017, hemos tomado conocimiento de la deshabilitación del producto “leche” Pura Vida debido a la Resolución N°015-AG-2017 de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) y hemos considerado que esta violación no sólo implica una violación similar en nuestro país, sino que, por, sobre todo, es un riesgo para la salud de los ciudadanos consumidores de este producto y ni decir respecto de la vulneración de las formas más elementales de protección al consumidor al estar imbuida, esta circunstancia, de todas las condiciones de una publicidad engañosa.

 

Debemos señalar que en primer lugar se ven afectados los intereses difusos que conciernen al tema tan delicado de la salud y que, además, se vulnera, toda la normatividad que concierne al INDECOPI respecto de la debida información que debe exhibir un producto en relación a la protección y defensa del consumidor. Consideramos que las autoridades administrativas pertinentes deberían haber evaluado la pertinencia de la publicidad y expendio del producto mal llamado “leche”, Pura Vida, con anticipación a todos estos sucesos. En ese sentido, por el presente exigimos que se sancione a la empresa perpetradora de tales atropellos.

Siendo que el 11 de mayo de 2017, la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) expidió la Resolución N°015-AG-2017, cuyos contenidos fueron propalados en nuestro país el día viernes 2 de junio del presente año, consideramos que es una circunstancia insostenible –vulgo, el colmo que toda la vida nos enteremos de las irregularidades sucedidas en nuestro país desde el extranjero. Así, si no fuera por la denuncia que la Comisión de Ganaderos de Panamá formuló ante la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) respecto del contenido del producto Pura Vida, supuestamente una leche en todos sus extremos, en tanto que, en verdad, es una bebida saborizante y con colorantes que simula ser leche, nunca hubiéramos reparado en lo irregular de los etiquetados que el Grupo Gloria propala en sus productos.

Siendo que las autoridades panameñas especificaron que la “leche” Pura Vida, entre sus ingredientes contiene lecitina de soya, estabilizantes, vitaminas A, C y D, una mínima porción de leche parcialmente descremada, leche de soya y esencia de leche es indeseable que se mantenga sobre él una denominación que no le corresponde.

La Resolución N°015-AG-2017 detalla que la “leche” Pura Vida contiene en su etiquetado ilustraciones y declaraciones que llevan al consumidor a conclusiones erróneas acerca del producto. A tales extremos, llegó este asunto en Panamá, que el Ministerio de Salud de dicho país puntualizó que la marca del Grupo Gloria no cumple con la norma general para etiquetado de alimentos preenvasados.

La Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) a través de la Resolución N°015-AG-2017 ha deshabilitado al producto Pura Vida a seguir manteniendo la denominación de en cuestión y a no participar del mercado panameño hasta que no se modifiquen todas las etiquetas correspondientes.

Siendo que el país afronta un periodo de desarrollo económico importante consideramos que una violación de las normas de protección al consumidor juega en contra de toda la ciudadanía a nivel nacional en diversos niveles pero sobre todo en su dignidad y en lo tocante a la protección de la salud así como el derecho a recibir una información  correcta y veraz respecto de lo que se consume, ya que esta violación del principio de veracidad, de las normas de protección al consumidor y del deber de idoneidad, en suma, a la debida información que merece cualquier consumidor, se suma la larga cadena de violaciones perpetradas por el Grupo Gloria y sus diversos productos, en el curso de los últimos años,  entre los que vale citar los casos de Soalé, Queso Bonlé y otros y ni decir del descrédito internacional a nivel internacional tal cual ha demostrado el suceso panameño.

Más relevante aun es el derecho a la salud que se ve perjudicado por una anómala presentación de un producto lácteo en nada cercano a la leche que ha sido consumido por miles de ciudadanos con todas las consecuencias que ello acarrea, sobre todo el hecho de no habernos beneficiado según lo que creímos que estábamos consumiendo

En representación de los intereses difusos de la ciudadanía nacional cumplimos con el deber cívico de participar de tales extremos a la institución correspondiente, en este caso, el Poder Judicial, toda vez que ni el INDECOPI, ni DIGESA ni ningún otro elemento de la Administración Pública han cumplido con los fines interpuestos en su propia estructura de creación, a fin de que se proceda a sancionar con todo el rigor que confiere la ley a los representantes de establecer la permanente dinámica de mentira y engaños al consumidor que ha sido perpetrada por el Grupo Gloria. S.A.

Entendiendo que el Derecho debe suplir las desigualdades establecidas entre los diversos sujetos que interactúen dentro de la esfera legal para otorgar así, a unos y otros, una igualdad material y siendo que el consumidor en función de su rol social es uno de abierta desigualdad y/o desventaja frente a los proveedores y, peor aún, ante los grandes empresarios DEBEMOS PROCURAR UNA SATISFACCIÓN Y UN EQUIPARAMIENTO INMEDIATO A FIN DE QUE ESTOS NO PERPETREN NINGUNA CIRCUNSTANCIA ABUSIVA EN CONTRA DE AQUELLOS. Para esclarecer esta parte final de nuestra argumentación recurriremos a diversos criterios manifestados por el órgano de control constitucional supremo a fin de que se denote la capital importancia que tiene los derechos a los que concierne la recurrencia de nuestra acción.  Por ejemplo, el contenido en la STC Exp. 1006-2002-AA/TC, f.j. 2, d y e: “UN ESTADO DE DERECHO QUE PROCLAMA COMO VALOR PRIMORDIAL LA DEFENSA DE LA PERSONA, NO PUEDE DESATENDERSE DE MECANISMOS CON LOS QUE EFECTIVAMENTE SE GARANTICE SU PROTECCIÓN ADECUADA. CUALQUIERA QUE FUESE EL MEDIO EN EL QUE SE DESENVUELVA O SE DESARROLLE LA PERSONA, NO SE LE PUEDE ATROPELLAR EN SUS DERECHOS ESENCIALES EXPONIÉNDOLA A RIESGOS O PERJUICIOS INNECESARIAMENTE OCASIONADOS POR LAS PROPIAS PERSONAS, POR LAS ORGANIZACIONES COLECTIVAS QUE LOS CONFORMAN, O POR EL PROPIO ESTADO EN CUALQUIERA DE SUS CORPORACIONES. … LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL CONSIDERA LA PROTECCIÓN AL USUARIO, MEDIANTE LA CUAL NO SOLO SE TIENE DERECHO A RECIBIR SERVICIOS ESENCIALES, SINO TAMBIÉN A QUE ESTOS SEAN DISPENSADOS EN CONDICIONES ÓPTIMAS O, AL MENOS, FAVORABLES. DE ASUMIRSE QUE LO ÚNICO QUE IMPORTA ES EL SERVICIO Y NO LA MANERA COMO ESTE SE BRINDE, SIMPLEMENTE SE ESTARÍA PASANDO POR ENCIMA DE LA CONSTITUCIÓN”.

También, y mucho más importante es el contenido de la STC Exp. 3315-2004-AA/TC, f.j. 10. que determina el desarrollo del ARTÍCULO 65 DE LA CARTA DE 1993 que hemos referido como principal fundamento jurídico de la causa que invocamos: “[I]insertos en el texto supra [derechos del artículo 65], albergan implícita o innominadamente una pluralidad de derechos que, siendo genéricos en su naturaleza, y admitiendo manifestaciones objetivamente incorporadas en el mismo texto fundamental, suponen la existencia de un numerus apertus a otras expresiones sucedáneas. La pluralidad anteriormente mencionada tiene su fuente de reconocimiento, fundamentalmente, en el artículo 3 de la Constitución y, residualmente, en el artículo 2, incisos 2 y 13, y en las partes ab initio de los artículos 58 y 61 de la Constitución”. De este último contenido, es clarísimo el sentido que el TC brinda al artículo en cuestión y no es otro que la CONSAGRACIÓN EXPRESA DE LOS DERECHOS A LA INFORMACIÓN, Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES más todos los otros que puedan incluirse en el importante artículo 3 de la Constitución nacional vigente en este momento.

En este sentido, reiteramos que EL GRUPO GLORIA REPETIDA Y OBSTINADAMENTE, DURANTE EL TRANSCURSO DE DÉCADAS, HA VIOLENTADO LOS DERECHOS A LA INFORMACIÓN Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES, SIENDO EL CASO PURA VIDA SÓLO LA CEREZA FINAL DE UN PASTEL QUE SE HA DETERIORADO HACE DEMASIADO TIEMPO Y POR ESO RECURRIMOS A ESTA INSTANCIA A FIN DE QUE EL ESTADO PERUANO ACTÚE COMO CORRESPONDE EN BENEFICIO DE SUS CIUDADANOS Y NO SÓLO DE UN SECTOR SOCIAL.  El trasfondo, en este punto, es que este producto no favorece la salud ni la beneficia como debería ser de acuerdo a la información que brinda el proveedor.

Por todo ello, SOLICITAMOS al Poder Judicial que admita a trámite el presente escrito, se resuelva en los plazos correspondientes y SE SANCIONE A LA EMPRESA INFRACTORA CON TODO EL RIGOR QUE LA LEY CONFIERE A LA ADMINISTRACIÓN EN TÉRMINOS CONCERNIENTES A LA PROSCRIPCIÓN DE TODA FORMA DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA COMO ES LA QUE IMPUNEMENTE Y DURANTE DÉCADAS HA PROPALADO EL GRUPO GLORIA”. 

SOBRE EL FUNDAMENTO DEL AGOTAMIENTO DE LA VIA PREVIA.

El agotamiento de la Vía Administrativa no es un factor ineludible, sobre todo cuando el daño producido por la inacción puede devenir en irreparable y suponiendo que la vía previa correspondiente sea la recurrencia ante INDECOPI hallamos que en nada han servido las numerosas denuncias de ASPEC ante dicha institución, toda vez que los denunciados se han servido del pago de las multas impuestas y para ellos no ha representado nada más que una mínima cuota de todos los millones que anualmente gana. Es decir que, de modo figurado, el mar de la ambición y de las ávidas intenciones de los grandes empresarios adeptos a malas prácticas publicitarias siguió asolando las costas de la moral nacional con su impunidad.

Siendo, además que el Artículo 46 del Código Procesal Constitucional señala, en su Inciso 2, como una de las excepciones al agotamiento de las vías previas el supuesto de que “Por el agotamiento de la vía previa la agresión pudiera convertirse en irreparable”, convenimos en la existencia de fundamentos de sobra para que el tema sea expuesto ante la jurisdicción constitucional, a fin de que se resuelva del modo más radical y se establezca una definición fundamentada y un escarmiento como el que corresponde a tan abiertas vejaciones a los derechos de la ciudadanía, pese a que en apariencia hayan cesado.

Por consiguiente, nuestro derecho para accionar en el Poder Judicial a través de esa garantía constitucional como es el Amparo está convenientemente expedido y es absolutamente legítimo.

Siendo que se trata de derechos constitucionales legalmente protegidos, el peligro inminente de la vulneración, ocasionaría un perjuicio irreparable. En consecuencia, siendo que la materia objeto del presente escrito afecta derechos constitucionales de primer orden, no resulta amparable el agotamiento de la Vía Administrativa previa.

 

SOBRE LA POSIBLE SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA.

 

Siendo que la “leche” Pura Vida Nutrimax de la marca Pura Vida, ha sido erradicada del mercado, temporalmente, merced a una medida cautelar para inmovilizar y cesar su comercialización, contenida en una Resolución de la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del INDECOPI, consideramos que esta medida es sólo un gesto realizado para evadir la presión mediática sobre el tema y no corresponde a la realidad toda vez que INDECOPI no puede hacer nada más excepto imponer multas pecuniarias que al Grupo Gloria le resultan insignificantes.

Por ello, entre todas las otras razones expuestas, y a cuenta de que el Grupo Gloria no insista en promover una publicidad de tipo engañosa y faltar a la verdad y al debido derecho a la información que tenemos todos los ciudadanos peruanos en tanto consumidores, es que consideramos que nuestra petición tiene el suficiente mérito para ser atendida por el Poder Judicial en atención al control constitucional que prescribe nuestro ordenamiento.

Finalmente, siendo que durante años el Grupo Gloria ha violado los derechos del consumidor, esto es, del ciudadano peruano, esa responsabilidad no puede mantenerse impune bajo apercibimiento de ser una marca de vergüenza sobre el rostro de todos los peruanos y, por ello, Gloria debe responder con algo más significativo que el cumplimiento de las multas que INDECOPI le confiere cada cierto tiempo puesto que no basta que satisfaga las multas que impone la administración, ni que pida disculpas, ni nada que sea distinto a una sanción monumental y que ya no repita su mala praxis publicitaria y de contenidos.

Por lo expuesto, exigimos que se siente un precedente a fin de que cese la perversa publicidad propalada por el Grupo Gloria, la que sólo tiene como fin engañar a toda la ciudadanía, y que cese la impunidad de ciertos sectores de nuestra sociedad.

Esta es la ocasión para producir un impacto contundente en el sistema, ya que no sólo nos hemos visto afectados los consumidores, sino que inclusive se ha afectado a otros agentes económicos como los pequeños y medianos proveedores de la cadena de distribución del Grupo Gloria que en este momento se ven afectados por la inamovilidad de los productos Pura Vida y, al parecer, no existe ni por asomo, la posibilidad de que puedan recuperar su capital si es que esto tuviese que depender de la voluntad de los representantes del Grupo Gloria, según se ha visto en la última edición de Reporte Semanal, mostrando que en épocas de crisis sólo se protegen los grandes y sus grandes intereses en tanto que todos los otros, los que no pertenecen a sectores sociales privilegiados, deben padecer las consecuencias más negativas de los malos manejos de los poderosos.

Para lograr el mejor de los fines, en el sentido propuesto, sólo es necesario que todos los ciudadanos procuren preservar su dignidad no consumiendo los productos que están en pleno cuestionamiento y que sigan el proceso de Amparo hasta el final.


Percy Vílchez Salvatierra

Abogado

Celular: 999947277

E-mail: percyvilchez.s@hotmail.com

Jose Luis Pacheco Moya

Abogado

Celular 962696953

G-mail: pacheco.moya@gmail.com

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Ministro Juan José Santiváñez: “La desactivación del equipo que apoyaba a la Eficcop es un tema cerrado”

El nuevo titular del Mininter se mostró optimista y también mencionó que los principales ejes en su gestión son la lucha frontal contra la corrupción, “empezando por casa” y la lucha frontal contra la delincuencia y la criminalidad organizada.

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El exviceministro de Orden Interno y flamante ministro del Interior, Juan José Santiváñez, anunció a los medios que está de acuerdo con la desactivación del equipo especial de policías que apoyaba al Eficcop y enfatizó que el “tema está cerrado” y que está en manos de una investigación fiscal.

“Este tema está cerrado. Nosotros hemos formulado los fundamentos jurídicos que han sustentado la emisión de la resolución del cierre de ese equipo especial y en este momento ya todo está en una investigación fiscal”, respondió.

“Procederemos a defender y sostener cuáles fueron las razones por las cuales la resolución fue dictada. No ha habido ningún desbalance o falta de operatividad de resultados con respecto a la existencia de este grupo especial. Por ejemplo, al día siguiente que se dictó esta resolución no se detuvo al señor Boluarte y otras personas”, refirió el ministro.  

El ministro se mostró optimista y anunció Ejes en el Mininter

El ministro del Interior Santiváñez anunció que los principales ejes en su gestión son la lucha frontal contra la corrupción, “empezando por casa” y la lucha frontal contra la delincuencia y la criminalidad organizada. 

“Primer eje de mi gestión, vamos a limpiar la casa y vamos a defender la institucionalidad de la Policía Nacional del Perú”, manifestó y agregó: “Saliendo a las calles, saliendo a buscar a los delincuentes. No nos vamos a quedar detrás del escritorio”.   

Finalmente, el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, evitó responder y dar un juicio de valor sobre la anterior gestión en el Interior; y más bien subrayó que si lo quieren juzgar o cuestionar a él, que lo hagan por su trabajo: “Si quieren cuestionar, cuestionen mi gestión que empezó ayer”.

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Patricia Morales tras su viaje a Iquitos fue designada como directora en el Viceministerio de la Producción

La asesora de la Gerencia General del Senamhi, renunció a su cargo el 16 de mayo, para asumir el cargo de Directora de la Dirección General del Despacho Viceministerial del Ministerio de la Producción. ¿Un premio tras su viaje a Iquitos?

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El ministro de la Producción, Sergio Gonzales Guerrero designó hoy a Patricia Lacey Morales Franco en el cargo de Directora de la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

Resolución Ministerial N° 000204-2024-Produce.

Entre tanto, la señora Morales Franco se encontraba laborando hasta ayer como Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI). Dicho cargo lo desempeñaba desde el 10 de mayo del 2023 y tras presentar su renuncia, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 047-2024-Senamhi/Prej, desde el 16 de mayo, asume su nuevo cargo como directora en Produce.

La designación de la abogada Morales Franco, se da tras la publicación de Lima Gris del día 15 de mayo titulada: “Gerente General de Senamhi viajó a Iquitos acompañado de su asesora para participar por cinco minutos en inauguración de un taller”.

En el informe periodístico se detalla que en dicho viaje a la selva se desembolsó dinero para pasajes de avión y viáticos del gerente general Luis Carranza Micalay y su asesora Patricia Morales Franco. El viaje duró del 24 al 26 de abril pasado, pero la participación en el evento del Gerente General solo fue de 300 segundos.

Publicación: “Gerente General de Senamhi viajó a Iquitos acompañado de su asesora para participar por cinco minutos en inauguración de un taller”.

Del Senamhi al Ministerio de Producción

Según nuestras fuentes, la señora Morales Franco habría sido recomendada para asumir el nuevo cargo en la cartera de Producción, por Juan Carlos Requejo Alemán, quien hasta este año trabajó con ella en Senamhi.  

Curiosamente, Requejo Alemán renunció a su cargo de Gerente General del Senamhi hace más de dos meses; es decir el 4 de marzo, y se trasladó al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para desempeñarse como Asesor de la Alta Dirección del despacho ministerial, apenas por 35 días; porque desde el 9 de abril, el ministro de la Producción Sergio Gonzales lo designó como Jefe del Gabinete de Asesores del despacho ministerial de Produce.

Así se ejercen los cargos en el aparato estatal, más allá de cumplir con los Términos de Referencia (TdR) que establecen los diversos Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) de cada entidad pública, algunos servidores pasan de entidad a entidad, gracias a la típica recomendación de un colega de turno, a pesar de tener cuestionamientos.

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Gobierno de Dina Boluarte nombró a hijo de Jorge Montoya como ‘Agregado Naval’ en Estados Unidos

El congresista Jorge Montoya se ha mostrado en contra de una vacancia presidencial y aseveró que se ha armado todo un show mediático en la Fiscalía para involucrar a la mandataria. Entonces surge la pregunta ¿A un capitán de fragata de la Marina le correspondería ser destacado como Agregado Naval en el exterior?

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Es de conocimiento público que el congresista de Renovación Popular y almirante en retiro, Jorge Montoya es uno de los más férreos defensores del actual gobierno de la presidenta Dina Boluarte; e incluso, ante la prensa asevera tajantemente que se ha armado todo un show mediático en la Fiscalía para involucrarla. Asimismo, ha manifestado que de ninguna manera está a favor de una eventual vacancia presidencial contra la mandataria apurimeña.

Así las cosas, resulta que, desde el 30 de agosto del 2023, el hijo del congresista Jorge Montoya, el capitán de fragata José Carlo Montoya Ruibal, fue nombrado en una Misión Diplomática por el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte para que preste servicios en representación de su institución como Agregado Naval en Estados Unidos hasta el 31 de diciembre de 2025.

Durante la gestión del cuestionado “vizcarrista” exministro de Defensa Jorge Chávez Cresta se emitió la Resolución Ministerial 00870-2023-DE, que nombró, entre otros, al hijo del parlamentario Montoya, el oficial Montoya Ruibal como Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y como Oficial de Enlace en el Componente Naval del Comando Sur de la Marina del país norteamericano.

Resolución Ministerial 00870-2023-DE, que nombró a hijo de legislador Montoya como Agregado Naval en USA.

Entonces surge la pregunta ¿A un capitán de fragata de la Marina le correspondería ser destacado como agregado naval en el exterior? tomando en cuenta que, entre la lista de Agregados Navales nombrados, todos son capitanes de navío y un contralmirante; a excepción del hijo del legislador de Renovación Popular. 

Congresista Jorge Montoya se enfurece y se pronuncia

Tras esta noticia del presunto favorecimiento a su hijo por parte del gobierno de Dina Boluarte, el congresista Jorge Montoya denunció una supuesta difamación y adelantó que presentará proyectos de ley para que la difamación sea castigada con prisión efectiva.

“La falta de escrúpulos llega al extremo de implicar a mi propia familia para servir a intereses que, tanto el presentador como yo, sabemos están manipulados. Esta situación no me debilita, al contrario, me impulsa a promover leyes más estrictas que castiguen con prisión la difamación, no solo para los perpetradores, sino también para los responsables de estos medios que permiten y promueven esta práctica”, manifestó Montoya en su cuenta X.

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Ministro del Interior Walter Ortiz renunció al cargo

El ministro Walter Ortiz, despachó en el portafolio del Interior solo 45 días y ha presentado su renuncia al cargo, en medio de constantes cuestionamientos hacia el gobierno de Dina Boluarte. Además, asumió responsabilidad por la desactivación del equipo policial que apoyaba al Eficcop.

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Walter Ortiz asumió el cargo de titular de la cartera de Interior el 1 de abril, tras la salida del fallido ministro Víctor Torres Falcón, y tras prometer que implementaría una estrategia contra la criminalidad y tras no observar resultados favorables, renunció. La noche de ayer se confirmó su dimisión.

Ortiz apareció públicamente por última vez el martes pasado, cuando salió del Congreso de la República asumiendo la responsabilidad completa por la desactivación del equipo especial contra la corrupción.

Walter Ortiz defendió decisión de desactivar el equipo policial que apoyaba al Eficcop

Walter Ortiz, defendió la decisión de quitar el apoyo policial al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), e insistió en que la conformación de ese equipo policial fue “ilegal e irregular”.

Walter Ortiz agregó que la resolución no contaba con fundamento jurídico. Además, asumió responsabilidad por la desactivación y mencionó que se han solicitado informes tanto al Ministerio del Interior, como a la PNP.  

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Gerente General de Senamhi viajó a Iquitos acompañado de su asesora para participar por cinco minutos en inauguración de un taller

Para el viaje a la selva se desembolsó dinero para pasajes de avión y viáticos de Luis Carranza Micalay y su asesora Patricia Morales Franco. El viaje duró del 24 al 26 de abril pasado pero su participación en el evento del Gerente General solo fue de 300 segundos. Buscamos el descargo de Luis Carranza pero prefirió el silencio.

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El jueves 25 de abril de 2024, en la ciudad de Iquitos se desarrolló el taller titulado “Bajas temperaturas en la región Loreto, 2024. El Rol del Senamhi ante el cambio climático y la gestión del riesgo de desastres”. El evento se realizó en el auditorio del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Senarp-Loreto) y fue organizado por el propio Senamhi.

Dicho taller estuvo programado únicamente por un día, entre la mañana y la tarde del 25 de abril pasado. El evento inició desde las 9.05 a.m. hasta las 6 p.m. donde se abordaron siete temas, a cargo de profesionales entendidos en las respectivas materias climáticas e hidrológicas.

A este taller del 25 de abril asistió el gerente general del Senamhi, Luis Alberto Carranza Micalay, acompañado de su asesora Patricia Lacey Morales Franco y lo curioso es que el funcionario de Senamhi, solo participó cinco minutos en un evento . Es decir, Carranza Micalay —que actualmente gana un salario de S/15 mil soles mensuales— viajó acompañado de su asesora con todos los gastos pagados de fondos públicos hasta Iquitos, para dar solo las palabras de inauguración. Su participación fue de 09:00 a 09:05 horas. Es decir, solo 300 segundos.

Luis Alberto Carranza Micalay, gerente general del Senamhi.

Gracias a Transparencia tuvimos acceso a la documentación donde se constata la programación del evento, pasajes de avión, viáticos y todo lo gastado en este viaje a Iquitos. Supuestamente el gobierno viene aplicando una política de austeridad, pero nos damos cuenta que en Senamhi (entidad adscrita al Ministerio del Ambiente,) al Gerente General Luis Alberto Carranza no le preocupa el despilfarro de dinero mientras ese dinero no salga de su bolsillo.

Programa de actividades donde se evidencia que Carranza solo participó cinco minutos.

Tras las actividades del taller, en el programa también se lee que el viernes 26 de abril se realizó una visita a la Estación de Mazán en la provincia de Maynas y luego al distrito de Yarinacocha. Es decir, un recorrido por los ríos de la isla bonita.

¿Por qué llevó a su asesora a Iquitos?

Al evento de Iquitos el Gerente General de Senamhi Luis Alberto Carranza Micalay, fácilmente pudo ir solo, ya que se trataba de una participación de solo cinco minutos en un evento institucional. Es decir, no era necesario el viaje de su asesora para una estadía tan corta de dos noches. La pregunta es ¿Por qué la llevó?

Asesora Patricia Lacey Morales Franco.

Aquí hay que señalar que fue el propio Carranza Micalay quien envió a la directora de la Oficina de Administración, un memorando de fecha 17 de abril pasado, para pedirle por la compra de dos pasajes a Iquitos y la asignación de viáticos, tanto para él y para su asesora Patricia Morales Franco. Tal como se puede verificar en el documento que lleva su rúbrica.

Memorando D000035-2024-Senamhi-GG enviado por Luis Alberto Carranza Micalay.

Asimismo, la asesora de la gerencia general, Patricia Lacey Morales Franco le envió un correo a Edith Lima Martínez, de la Oficina de Administración, para pedir con carácter de MUY URGENTE, la adquisición de dos pasajes a Iquitos para ella y Luis Carranza Micalay.  En el mail se lee: “Estimada, Edith. En atención a lo mencionado se solicita que se realice la adquisición de los pasajes para el gerente general y para mi persona en los siguientes horarios: Latam ida: 13:30 a 15:20. Latam retorno: 15:50 a 17:40”.

Fuente: Transparencia.

¿Cuánto desembolsó el Senamhi por el viaje del gerente general y su asesora?

En total, el Senamhi gastó por ambos acompañantes la suma de S/2584 soles, para asistir a Iquitos por tres días. El Senamhi transfirió a Latam Airlines US$ 148.16 dólares (aproximadamente S/552 soles), por el ticket aéreo de Luis Carranza Micalay, cuya salida de Lima-Iquitos fue el 24 de abril de este año y el retorno el 26 de abril. El mismo desembolso se hizo para el ticket aéreo de su asesora Patricia Lacey Morales Franco.

Ticket aéreo para Iquitos de Luis Carranza Micalay.

Asimismo, para Carranza Micalay y su asesora Morales Franco, el Senamhi les asignó S/740 soles para cada uno, para sus gastos de viáticos por comisión de servicios, que incluyeron hospedaje, alimentación y movilidad.

Entre los gastos figuran hospedaje en el Hotel El Dorado, ubicado en jirón Napo 362, Iquitos. El hotel factura con la razón social de Turismo Santa Isabel S.R.LTDA. También se observa facturas de gastos en alimentación en Iquitos Produce E.I.R.L, Delfín Amazon Cruces S.A.C y Restaurante Peña Turística el Sombrero de Paja.

Fuente: Transparencia.

La asesora Patricia Morales Franco para sustentar sus gastos que no tienen factura, presentó un cuadro con precios inflados. Como se sabe, en la ciudad de Iquitos el costo de transporte en moto (ya que no se usa autos) es máximo de 5 a 6 soles. Sin duda, estos precios de movilidad sacarán más de una sonrisa a nuestros lectores de Loreto. Y esta declaración jurada quedará como un grosero hecho anecdótico. En la siguiente imagen pueden ver los costos detallados de la movilidad.

Fuente: Transparencia.

Cabe mencionar, que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi) es un organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, y su misión es generar y proveer información meteorológica, hidrológica y climática para la sociedad peruana. Es decir, como es una entidad del Estado, sus fondos también proveen de él y por lo tanto son públicos.

Luis Carranza Micalay ya tiene experiencia laboral en el aparato estatal y trabajó en el Indeci a cargo de Jorge Chávez Cresta. Y de ser secretario general, en plena pandemia en agosto de 2020, pasó a ser jefe y asumió la encargatura del Instituto, luego que Chávez Cresta asumiera la titularidad del ministerio de Defensa. La norma la firmó el expresidente investigado Martín Vizcarra.

Así las cosas, tras haber autorizado el viaje a Iquitos del gerente general del Senamhi, Luis Carranza Micalay para su participación de solo 5 minutos en un taller, ¿por qué gastar los fondos del Senamhi para el traslado de su asesora? ¿Cuáles fueron las razones para incluirla? ¿Realmente hubo necesidad de llevarla? varias respuestas que contestar, porque esto parece más un viaje turístico con compañía.

Asesora Patricia Lacey Morales.

Antes del cierre de este informe, Lima Gris se comunicó con el señor Carranza Micalay y la señora Morales Franco para obtener sus descargos pero no tuvimos respuesta. Luego nos contactamos con Soledad Arévalo Leveau, ejecutiva de Comunicación e Información del Senamhi, quien nos propuso que la entrevista para el descargo del señor Luis Carranza sea recién el lunes por la tarde de la próxima semana. Le respondimos que estuvimos el día de ayer esperando el descargo que nunca llegó, y que el informe de todas maneras iba a ser publicado hoy.

Esperemos que al menos el ministro de Ambiente Juan Carlos Castro Vargas, tenga una respuesta sobre el manejo de los recursos públicos de su sector. Además, que la presidenta Dina Boluarte nos expliqué ¿qué pasó con la política de austeridad en su gobierno? ¿Así es como se gasta el dinero en un país con casi 10 millones de pobres?

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Candidato a contralor, Pedro Cartolín falló a favor de anular sentencia por demanda de alimentos contra César Acuña

Pedro Cartolín, cuando fue miembro de la Corte Suprema, en su calidad de ponente resolvió a favor de una demanda de amparo presentada por César Acuña, para anular la sentencia del Juzgado de Familia, que fijó en S/90 mil soles la pensión alimenticia para su último hijo.

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Gracias a la reciente decisión de la Subcomisión del Congreso, Pedro Cartolín se encuentra en carrera como candidato para ser el nuevo contralor general de la República, y para ello deberá pasar a la siguiente etapa del proceso en la Comisión Permanente. Y tras ser evaluado en dicho grupo de trabajo, su selección pasaría al Pleno para decidir si es que reemplazará a Nelson Shack.

Sin embargo, tras registrar investigaciones fiscales por la comisión del presunto delito de usurpación de la función pública o de la autoridad militar y policial por resistencia a la autoridad y por habérsele impuesto 5 papeletas por cometer diferentes faltas de tránsito; otro dato que llama la atención sobre Pedro Cartolín, es su participación como miembro de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Lima, y que en su calidad de ponente resolvió a favor de una demanda de amparo presentada por el actual gobernador regional de La Libertad, César Acuña.

Expediente N° 37577-2023 de proceso de amparo que resolvió a favor de César Acuña.

En dicho proceso de amparo, Cartolín Pastor resolvió a favor de anular la sentencia decretada por el Juzgado de Familia de Lima, que fijó en S/90 mil soles la pensión alimenticia a favor del último hijo del dueño del partido político Alianza para el Progreso (APP).

En el documento del amparo, Cartolin recomendó que se revoque la sentencia emitida por la Segunda Sala Especializada Civil de Trujillo, que declaró infundado el recurso de apelación de Acuña Peralta.

Decisión que revoca la sentencia que declaró infundado el amparo presentado por César Acuña.

«En consecuencia, habiendo establecido que los argumentos expresados en los agravios del recurso de apelación referidos a las falencias en la motivación tienen sustento, se verifica que la apelada no ha sido emitida conforme a derecho y de acuerdo a los antecedentes, consideraciones por las que la venida en grado debe revocarse y declararse fundada; en consecuencia corresponde declarar la nulidad de la sentencia signada con resolución número seis, de fecha diez de julio del año dos mil veintitrés, Expediente N° 02974-2023-0-1801-JR-FC-17, debiendo el juez de la causa expedir nueva sentencia con arreglo a ley», se trascribe en el fallo.

Cabe remarcar, que hoy por la mañana, la Subcomisión del Congreso aprobó la candidatura de Pedro Cartolín para postular como contralor general, gracias a los votos de María Acuña Peralta (APP) y de José Luna Gálvez (Podemos Perú), quien en el mes de abril de 2023 lo presentó como candidato a Defensor del Pueblo. 

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Pese a que Machu Picchu se hunde, ministra de Cultura aprueba protocolo que aumenta aforo a 5,600 personas por día [VIDEO]

A pesar que el hundimiento de Machu Picchu se acelera a 15 centímetros cada año, la ministra de Cultura Leslie Urteaga a través de una Resolución Ministerial, ha dispuesto los circuitos habilitados y a partir del 1 de junio la ciudadela inca recibirá 5,600 personas por día. Esto es un claro atentado cultural que ha encendido las alarmas a nivel internacional.

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El Ministerio de Cultura a cargo de Leslie Urteaga, aprobó hoy el protocolo para la gestión de visitas a la Llaqta (ciudadela inca) de Machu Picchu, ubicada en la provincia de Urubamba, región Cusco.

La Resolución Ministerial N° 000207-2024-MC, publicada por el diario oficial El Peruano y firmada por la cuestionada ministra de Cultura, Leslie Urteaga, establece los tipos de circuitos habilitados y el aforo máximo de 5,600 personas por día para el periodo, del 1 de junio al 15 de octubre de 2024; y del 30 al 31 de diciembre de 2024.

Asimismo, indican que el inicio de la venta de boletos adicionales se informará a través de la página web del Ministerio de Cultura.

Resolución Ministerial N° 000207-2024-MC, firmada por la ministra Leslie Urteaga.

Nuevos circuitos de visita turística  

El Ministerio de Cultura también indica que a partir del 1 de junio de 2024 entran en vigor los nuevos circuitos de visita turística para la llaqta o ciudadela inca de Machu Picchu. En esa línea, los turistas que hayan adquirido los boletos de ingreso con anterioridad al 1 de junio de 2024, deben adecuarse a los nuevos circuitos, según las siguientes equivalencias:

Circuito 1 o 2: Llaqta de Machu Picchu

Circuito 1 o 2: Llaqta de Machu Picchu y Puente Inca.

Se puede elegir, de acuerdo con el aforo disponible, entre los siguientes dos circuitos:

Circuito 2 o Circuito de la Llaqta / Machu Picchu Clásico:

Se puede elegir cualquiera de las siguientes rutas, según el aforo disponible:

Ruta 2-A: Ruta diseñada

Ruta 2-B: Ruta terraza inferior

Circuito 3 o Circuito de la Realeza

Ruta 3-B: Ruta diseñada.

Circuito 3: Llaqta de Machu Picchu y Montaña Machu Picchu.

Se puede elegir, de acuerdo con el aforo disponible, entre los siguientes dos circuitos:

Circuito 1 o Circuito Panorámico

Ruta 1-A: Ruta hacia Montaña Machu Picchu

Circuito 3 o Circuito de la Realeza

Ruta 3-B: Ruta diseñada

Circuito 4: Llaqta de Machu Picchu y Wayna Picchu

Circuito 3 o Circuito de la Realeza

Ruta 3-A: Ruta Montaña Wayna Picchu

Circuito 4: Llaqta de Machu Picchu y Huchuy Picchu

Circuito 3 o Circuito de la Realeza

Se puede elegir cualquiera de las siguientes rutas, según el aforo disponible:

Ruta 3-B: Ruta Diseñada

Ruta 3-D: Ruta Huchuypicchu.

Los circuitos vigentes hasta el 31 de mayo de 2024 tienen equivalencia solo en determinados circuitos vigentes desde el 1 de junio de 2024.

La norma indica, además, que los visitantes que vienen del Camino Inca a la Llaqta o ciudadela inca de Machu Picchu mantienen el recorrido previsto en sus boletos de ingreso durante el año 2024.

Tabla de equivalencias de circuitos de vistita turística.

Horario de ingreso

La resolución establece que el horario de ingreso a cada circuito es el consignado en su boleto de ingreso. Se cuenta con una tolerancia de treinta (30) minutos para el ingreso a la Llaqta de Machu Picchu en temporada baja y de cuarenta y cinco (45) minutos en temporada alta.

Luego de este plazo, el visitante no puede ingresar a la Llaqta de Machu Picchu, salvo por motivos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente demostrados.

Machu Picchu se hunde 15 centímetros cada año y ministra de Cultura aumenta el aforo

Machu Picchu cada año se hunde 15 centímetros, y la ministra de Cultura contra todo pronóstico y mediante una resolución firmada por ella, aprobó el aumento del aforo al santuario inca de 4,044, a 5600 personas por día desde el 1 de junio.

El hundimiento de Machu Picchu es una noticia que ha impactado a todo el mundo, y una de las causas de su hundimiento y deterioro se debe al número de turistas que lo visitan anualmente.

En vez de reducir el aforo para contrarrestar el hundimiento, desde el Ministerio de Cultura lo que hacen es acelerar el deterioro y hundimiento, aumentando el aforo brutalmente. A pesar que su suelo se hunde a un ritmo asombroso, esto no parece importar a la propia ministra de Cultura y a los empresarios turísticos, quienes se han convertido en una especie de vampiros de la arqueología.

Ministra de Cultura Leslie Urteaga, aprueba cuestionada resolución que atenta contra patrimonio en Machu Picchu.

Una vez más, nos damos cuenta que Leslie Urteaga es una ministra sin cultura, atenta contra nuestro patrimonio cultural con la finalidad de beneficiar a un puñado de empresarios.

Aquí, las declaraciones de la ministra de Cultura Leslie Urteaga que desde hace unos meses ya tenía planeado incrementar el aforo de la llacta de Machu Picchu; y los comentarios de nuestros panelistas en el programa de Lima Gris.

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Fiscal de la Nación exige al gobierno que reponga al equipo especial de la PNP que apoya a Eficcop [VIDEO]

El interino Juan Carlos Villena se pronunció para apoyar a los fiscales que combaten la corrupción y exhortó al Poder Ejecutivo reponer al grupo policial que apoyaba al equipo que lidera Marita Barreto.

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El Fiscal de la Nación interino Juan Carlos Villena, exige al gobierno, específicamente al Ministerio del Interior la inmediata reposición del equipo especial de la Policía Nacional que apoyaba al Equipo de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), tras ser recientemente desarticulado por orden del gobierno de Dina Boluarte.

«La ciudadanía no debe tener duda que los fiscales del Ministerio Público defenderemos la legalidad en todas las instancias y especialidades», refirió Villena en la ceremonia del 43° aniversario del Ministerio Público.

El titular del Ministerio Público remarcó la importancia de mantener la legalidad y la integridad de las instituciones judiciales y resaltó la necesidad de apoyar a los fiscales que se dedican a combatir la corrupción. 

Según la tesis de la Fiscalía, la presidenta de la República, Dina Boluarte, habría ordenado a la presunta organización delictiva “Inteligencia criminal en la sombra” que realice acciones para “desacreditar, quebrantar y desmembrar” el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del Poder (Eficcop) y al equipo especial de policías que, solo hace 24 horas fue desactivado.

Según acta del Ministerio Público, se hallaron elementos de convicción respecto a que altos mandos de la Policía Nacional del Perú (PNP) habrían coordinado con la presidenta Dina Boluarte la destitución del coronel Harvey Colchado de la jefatura de la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (Diviac).

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