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Potencial Humano en los Órganos no Policiales del Ministerio de Interior

La investigación, toca el tema de la evolución administrativa del potencial humano en el Ministerio el Interior, así como el proceso de reorganización, reducción de personal y ubicación de los empleados públicos, teniendo en cuenta el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), adecuando a las necesidades del personal y no de acuerdo a las necesidades de la Institución como debe ser, observándose en la actualidad un gran número de personal Auxiliar y Técnico en el Ministerio, y que hasta la fecha está vigente, esto quiere decir que el Ministerio del Interior está con un CAP de hace 20 años.
Actualmente en el Ministerio del Interior están congelados el proceso de Homologación y los ascensos desde 1988, en años posteriores no ha habido concurso alguno, sucediendo que muchos servidores han realizados sus estudios y han culminado su carrera, siendo en la actualidad profesionales; sin embargo se encuentra ubicados en el grupo ocupacional de Auxiliares y/o Técnicos, a pesar de estar desempeñando en plazas de profesionales.
Así mismo frente al problema de la necesidad de ubicar al personal nombrado de acuerdo a sus capacidades y potencialidades, proponemos líneas, más abajo, recomendaciones que permitan mejorar no sólo la motivación del personal sino responder para una mejora de la organización, así como los objetivos estratégicos del Ministerio del Interior.
Los Recursos Humanos, hoy en día se han convertido en una pieza fundamental para las organizaciones, el éxito de las empresas gira entorno a la buena administración de su Potencial Humano, por eso, es necesario señalar que la motivación juega un papel importante en los trabajadores, porque crea un buen clima laboral, agilizando sus desempeños.
El Potencial Humano, abarca un tema muy amplio en las organizaciones actuales, por ser el pilar de toda empresa, en su búsqueda de la excelencia; por lo tanto podríamos definir al potencial humano, como el conjunto de habilidades y conocimientos que posee una persona, direccionado a su buen desempeño en un área de trabajo determinado de la organización.
El Ministerio del Interior cuenta con personal civil nombrado en sus diferentes dependencias, cada uno de los empleados con sus propias capacidades, habilidades y experiencia, y que en muchos de los casos no se aprovecha al máximo estos talentos por estar ubicados en áreas donde sus funciones no esta acorde a su carrera y experiencia profesional.
El Estado Peruano, como todos los Estados cuenta con personal para desarrollar sus actividades de Gobierno, antiguamente el Estado Peruano contaba con personal de la Ley Nº 20530, que tenía una pensión vitalicia por los servicios prestados a la nación y cuando se jubilaba el monto de su pensión tenía el efecto espejo, quiere decir que ganaba igual que un trabajador activo en el grado que le correspondía. Esta Ley fue derogado en el año de 1984, a partir de esa fecha los nombramientos de los empleados públicos se realizaron bajo el régimen de la Ley Nº 19990, se establece una carrera administrativa para todo el personal del Sector Publico; la misma que en gran parte no se ha llegado a aplicar por el proceso inflacionario vivido en nuestro país durante la década del 1980 a 1990, donde los gobiernos de turno no contaban con los recursos para realizar el pago mensual de los magros sueldos de los empleados del Sector Público, lo que se puede considerar como una situación GRAVE en la situación de la Caja Fiscal de un País, además los Ministerios, las empresas publicas e Instituciones del Estado Peruano contaba con mucho personal que en su mayoría no tenían instrucción superior, las empresas públicas estaban sobredimensionados y originaban pérdidas que al final del año tenía que ser cubiertos con los fondos del Tesoro Público, que es dinero de todos los peruanos.
Frente a esta situación donde el Estado no contaba con ingresos, los Ministerios sobredimensionados de personal Auxiliar y Técnico, las empresas públicas superpoblado de personal y arrojaban pérdidas, viendo esta situación, en la gestión del Gobierno de Alberto Fujimori Fujimori, comenzó a ordenar nuestra economía para el cual se creó la SUNAT para la captación de los tributos, estableció como un principio que los gastos deben ser iguales que los ingresos y mediante el Decreto Supremo Nº 004-91-PCM, el Supremo Gobierno, declaró la reorganización en todo el Sector Público, particularmente en los Ministerios, con el fin de reducir el número de los empleados públicos y estableció los incentivos para el retiro del personal auxiliar y técnico, beneficiándose con Incentivos hasta de 24 sueldos para el personal con el régimen de la ley 19990 y para el personal de la m ley Nº 20530, reconocimiento extraordinario de cinco años adicionales.
Como producto de ésta reorganización todos los Ministerios iniciaron con dicho proceso la reducción de 1,300 efectivos a 300 efectivos en el Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de la Producción, Ministerio de Comercio, entre otros, dicho proceso de reorganización se realizó durante los años de 1991 y 1992.
En el Ministerio del Interior, se inició al igual que los demás Ministerios, dicho proceso de reorganización, con la gestión de las renuncias voluntarias, con el incentivo respectivo, pero no se realizó la reducción alguna como en otros Ministerios, que se realizó mediante evaluaciones de personal; se formuló el nuevo Cuadro de Asignación de Personal (CAP) adecuando a las necesidades del personal y no de acuerdo a las necesidades de la Institución como debe ser, manteniendo al gran número de personal Auxiliar y Técnico en el Ministerio.
El Proceso de Reorganización en el Ministerio del Interior, se finaliza en el mes de Marzo de 1992 con la aprobación del CAP, que hasta la fecha está vigente, esto quiere decir que el ministerio del Interior esta con un CAP de hace 20 años.
Mediante el Decreto Legislativo Nº 213, se estableció el sistema de remuneraciones del Sector Publico, que ha quedado totalmente desactualizado en contra de los empleados públicos, quiere decir un sueldo básico en 0.60 centavos y es la base para el calculo de muchos beneficios a favor del personal fundamentalmente la liquidación, al culminar la carrera del empleado público que representa montos irrisorios.
Asimismo durante este gobierno se observa que el Estado Peruano, en relación al pago de las pensiones a los empleados públicos se va incrementado constantemente y es una carga para el Presupuesto General de la Republica, crea la Administración de los Fondos de Pensiones (AFP), a cargo de las empresas privadas, para que se hagan cargo del pago de las pensiones de acuerdo a las aportaciones realizadas por cada uno de los servidores públicos, la misma que no ha satisfecho a todos los empleados y están renunciando para regresar o reingresar a la ONP.
Una vez finalizada el proceso de reorganización los trabajadores del Sector Público y particularmente del Ministerio del Interior, venían trabajado más horas que los años anteriores por las renuncias voluntarias en el Ministerio del Interior, motivo por el cual el Ministerio de Economía y Finanzas emitió los Decreto Supremos Nº 067-92-EF, que precisa los mecanismos para la utilización de los recursos de a Asistencia y Estimulo, estableciéndose bonificaciones para el personal del sector público que trabaja fuera de las horas de labor con los fondos sobrantes del presupuesto despedido y/o renuncia voluntaria; esto quiere decir que en el Ministerio del Interior se otorgo una Bonificación mensual a través del Comité de Administración de los Fondos de Asistencia y Estimulo del Personal (CAFAE) a partir del mes de Junio del 1993 de acuerdo a una Escala aprobada por la Alta Dirección de acuerdo a los grados y grupos ocupacionales, que comparadas con otros Ministerios es muy baja.
Por otro lado, es pertinente señalar que el personal de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior, cuenta con el Fondo de Seguro de Cesación del Ministerio del Interior (FOSCECMI), creado por Decreto Supremo Nº 001 -77-CCFFAA del 10 de enero de 1977, que es fondo donde el Estado aporta el 7.5% y el Trabajador el 3.5%, beneficiando al trabajador al cumplir con la aportación de 30 años efectivos con 30 sueldos pensionables, la misma que no tiene mucho futuro porque a partir de 1990 no hay ingreso de nuevo personal aportante.
En el Ministerio del Interior están congelados el proceso de Homologación y los ascensos desde 1988,a excepción de lo que se realizó en el año 2001, en la que se convocó a un proceso de concurso de las Plazas aprobadas en el CAP, en los años posteriores no ha habido concurso alguno, sucediendo que muchos servidores han realizados sus estudios y han culminado siendo en la actualidad profesionales, sin embargo se encuentra ubicados en el grupo ocupacional de Auxiliares y/o Técnicos, a pesar de estar desempeñando en plazas de profesionales.
La Composición del personal del Ministerio del Interior lo conformaban personal de la Ley 20530 que es la minoría y que están pasando al retiro por limite de edad y el personal de la Ley Nº 19990 que son la mayoría y están ubicados en el grupo ocupacional de Técnicos y Auxiliares se encuentran desmotivados por los bajos sueldos que perciben frente a los sueldos que se viene pagando al personal de los Servicios No personales en un primer momento y el Personal del régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS).
Actualmente el Ministerio del Interior, cuenta con personal nombrado y personal CAS, por un lado el personal nombrado con bajos sueldos y relegados (situación que incrementa la desmotivación y falta de identificación institucional) y por otro lado cuenta con personal CAS con Honorarios Profesionales altos que no cuentan con una estabilidad laboral y generalmente vienen prestando servicios por favores políticos.
Mención aparte, merece la presencia de la mujer peruana que vienen desarrollando actividades que anteriormente se le asignan a los hombres, motivo por el cual, queremos mostrar la importancia que viene tomando el personal femenino en los Órganos no Policiales del Ministerio del Interior, para el cual presentamos el numero de personal femenino con que se cuenta por grupos ocupacionales, para ver que es una realidad la inclusión del personal femenino en la administración de los Órganos no Policiales del Ministerio del Interior.
Asimismo, presentaremos las remuneraciones totales mensuales del personal considerando la remuneración principal, las bonificaciones no pensionables y la asignación del CAFAE que recibe el personal por grupos ocupacionales así como la comparación de las asignaciones que recibe el personal de otros Ministerios, para verificar la desventaja de nuestro personal en dicho concepto en relación al personal de los otros Ministerios.
El personal de los Órganos No policiales del Ministerio del Interior al igual que el personal de otros Ministerios al cumplir los 65 años las mujeres y los varones cuando cumplen los 70 años que pertenecen al régimen de la Ley Nº 19990 así como de la Ley Nº 20530,se benefician con una liquidación mínima por los servicios prestados. Por otro lado, es preciso señalar que el personal de los Órganos No policiales del Ministerio del Interior cuenta con un seguro de jubilación que comprende la entrega de treinta (30) remuneraciones totales mensuales por una aportación obligatorio al fondo durante treinta (30) años, siendo la encargada de efectivizar el pago es el Fondo de Seguro de Cesación del Ministerio del Interior ( FOSCECMI.)
Cuadro Nº 01
Personal de los Órganos no Policiales del Ministerio del Interior por Grupos Ocupacionales |
y por Régimen Laboral |
Nivel Ocupacional |
D.L.20530 |
LEY 19990 |
CAS |
OTROS |
TOTAL |
% |
FUNCIONARIO |
0 |
18 |
0 |
18 |
36 |
2 |
F-8 |
1 |
1 |
||||
F-7 |
2 |
2 |
||||
F-6 |
1 |
1 |
||||
F-5 |
14 |
12 |
26 |
|||
F-4 |
1 |
5 |
6 |
|||
DIRECTIVO |
16 |
55 |
0 |
19 |
90 |
5 |
F-3 |
6 |
29 |
7 |
42 |
||
F-2 |
7 |
20 |
12 |
39 |
||
F-1 |
3 |
6 |
9 |
|||
PROFESIONAL |
15 |
271 |
232 |
0 |
518 |
31 |
SPA |
2 |
9 |
232 |
243 |
||
SPB |
14 |
14 |
||||
SPC |
3 |
43 |
46 |
|||
SPD |
6 |
139 |
145 |
|||
SPE |
2 |
48 |
50 |
|||
SPF |
2 |
18 |
20 |
|||
TECNICOS |
30 |
548 |
315 |
0 |
893 |
53 |
STA |
17 |
280 |
315 |
612 |
||
ATB |
8 |
102 |
110 |
|||
ATC |
5 |
119 |
124 |
|||
STD |
41 |
41 |
||||
STE |
6 |
6 |
||||
STF |
0 |
|||||
AUXILIARES |
3 |
109 |
39 |
0 |
151 |
9 |
SAA |
2 |
6 |
8 |
16 |
||
SAB |
69 |
69 |
||||
SAC |
1 |
23 |
24 |
|||
SAD |
4 |
4 |
||||
SAE |
0 |
|||||
SAF |
0 |
|||||
OBRERO |
7 |
31 |
38 |
|||
TOTAL |
64 |
1001 |
586 |
37 |
1688 |
100 |
% |
4 |
59 |
35 |
2 |
100 |
Se muestra el cuadro Nº 01, personal de los Órganos No policiales por grupos Ocupacionales y régimen laboral; el personal de los Órganos No policiales por grupos Ocupacionales y régimen laboral que hacen un total general de 1,688 efectivos, de los cuales 983 efectivos son del régimen de la 19990 que representa el 58% del total, en segundo lugar se cuenta con 641 efectivos el personal bajo el régimen de contrato administrativo de servicios (CAS), que representa el 38% del total del personal 64 efectivos que corresponden a . la Ley 20530 que representa el 4% del total de efectivos de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior.
En la cantidad de los efectivos por grupos ocupacionales se puede observar la existencia de 36 efectivos que son los Funcionarios de confianza que representa el 2% del total de personal.
Asimismo observamos que los cargos directivos que están conformados por el personal nombrado y del régimen CAS suman 86 efectivos que representa el 5% del total de efectivos.
Continuando con el análisis observamos que contamos con 518 del grupo ocupacional de profesional que representa el 31% del total de personal de los órganos no policiales, de los cuales 286 efectivos son nombrados y 232 del régimen CAS, en el grupo ocupacional de Técnicos contamos con 893 efectivos que representa el 53 % del total de personal de los órganos no policiales de los cuales 578 son nombrados y 315 del régimen CAS y finalmente en el grupo ocupacional de auxiliares se observa 151 efectivos que representa el 9% del total de personas que se viene analizando, de los cuales 151 efectivos son nombrados y 39 efectivo del régimen CAS.
Como se puede apreciar el mayor número de efectivos en los órganos No Policiales esta conformado por el personal del grupo Técnico y Auxiliar que suman 1,044 efectivos que representa el 62% de nuestro personal, motivado porque en el año de 1,991 aplicación del DS Nº 004-91-PCM, que aprobó la reorganización. Sector Público particularmente en los Ministerios con el fin de reducir el número de empleados públicos y estableció los incentivos para el retiro del personal Auxiliar y Técnico, beneficiándose con incentivos hasta 24 sueldos para el personal de la ley 19990 y para el personal de la Ley 20530 reconocimiento extraordinario de cinco años de servicios adicionales.
Si bien es cierto que el Ministerio del Interior realizó el proceso de reorganización, mediante la renuncia voluntaria, pero no realizó reducción mediante la evaluación tal como hicieron otros Ministerios y se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) en función a los efectivos que contaba a esa fecha.
La idea primordial de dicho procesos de reorganización era reducir el número de empleados del Sector Público especialmente del Grupo Ocupacional Técnico y Auxiliar en tanto el profesional que ocupaba un puesto tenía que realizar las labores de dicho personal como la digitación de documentos, el archivo de documentos y otros acciones que desarrollaban los técnicos y auxiliares.
Cuadro Nº 02
Personal de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior por Grupos Ocupacionales y ubicación en la Alta Dirección, Órganos de Asesoramiento y Órganos de Línea
Nivel Ocupacional |
ALTA DIRECCION |
ORGANOS ASESORES |
ORGANOS DE APOYO |
ORGANOS DE LINEA |
TOTAL |
% |
FUNCIONARIO |
10 |
3 |
20 |
5 |
38 |
3 |
F-8 |
1 |
0 |
1 |
|||
F-7 |
2 |
0 |
2 |
|||
F-6 |
1 |
0 |
1 |
|||
F-5 |
6 |
3 |
15 |
4 |
28 |
|
F-4 |
5 |
1 |
6 |
|||
DIRECTIVO |
5 |
8 |
32 |
44 |
89 |
8 |
F-3 |
4 |
4 |
19 |
15 |
42 |
|
F-2 |
1 |
4 |
10 |
23 |
38 |
|
F-1 |
0 |
3 |
6 |
9 |
||
PROFESIONAL |
0 |
13 |
62 |
209 |
284 |
26 |
SPA |
2 |
3 |
6 |
11 |
||
SPB |
4 |
5 |
4 |
13 |
||
SPC |
2 |
7 |
37 |
46 |
||
SPD |
0 |
15 |
129 |
144 |
||
SPE |
5 |
24 |
21 |
50 |
||
SPF |
0 |
8 |
12 |
20 |
||
TECNICOS |
21 |
16 |
160 |
376 |
573 |
52 |
STA |
6 |
3 |
57 |
227 |
293 |
|
STB |
7 |
5 |
50 |
47 |
109 |
|
STC |
4 |
5 |
25 |
90 |
124 |
|
STD |
4 |
3 |
22 |
12 |
41 |
|
STE |
0 |
6 |
0 |
6 |
||
STF |
0 |
0 |
0 |
0 |
||
AUXILIARES |
8 |
5 |
56 |
41 |
110 |
10 |
SAA |
1 |
0 |
5 |
1 |
7 |
|
SAB |
3 |
4 |
34 |
28 |
69 |
|
SAC |
2 |
1 |
9 |
11 |
23 |
|
SAD |
3 |
1 |
4 |
|||
SAE |
0 |
0 |
0 |
|||
SAF |
0 |
0 |
0 |
|||
OBRERO |
2 |
5 |
0 |
7 |
||
TOTAL |
44 |
45 |
330 |
675 |
1094 |
100 |
% |
4 |
4 |
30 |
62 |
100 |
En el cuadro anterior se puede observar que la Alta Dirección conformada por el Despacho del Ministro, del Viceministro y la Secretaria General cuenta con un total de 89 personas que representa el 5% del total de personal, están conformados por 10 Funcionarios , 5 Directivos y 67 trabajadores entre Profesionales, Auxiliares y Técnicos.
Los Órganos de Asesoramiento cuentan con 225 efectivos que representa el 13% del total de efectivos de los cuales tenemos 19 Funcionarios que son los Directores de las Oficinas de Asesoramiento así como los directores adjuntos,65 ,18 Directivos,65 del grupo ocupacional de los profesionales, 103 técnicos y 20 auxiliares ,se puede apreciar que el mayor numero de trabajadores son los Técnicos y Auxiliares
Los Órganos de Apoyo conformado por la Oficina General de Administración, la Oficina de Personal y la Oficina de Telecomunicaciones cuentan con 481 trabajadores que representa el 28% del total de los trabajadores ,conformado por 4 funcionarios que comprende a los Directores Generales de las Oficinas de Apoyo y un Funcionario como Director Adjunto,21 Directores de Oficinas,135 profesionales ,103 técnicos y 66 auxiliares.
Los Órganos de Línea de los Órganos No Policiales esta conformada por la Dirección General de Gobierno Interior, la Dirección General de Inteligencia , la Dirección General de migraciones y la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Amas, Munición y Explosivos de Uso civil, que cuentan con 900 efectivos que representa el 53% del total del personal, de los cuales son 5 Funcionarios que son los Directores Generales y un Director Adjunto, 44 Directores de las Oficinas,38 Directores en las Oficinas de provincias,303 profesionales y 496 trabajadores Técnicos y 52 Auxiliares, donde se observa nuevamente, que el mayor número de efectivos en los órganos de línea constituye el personal técnico y auxiliar.
La participación de la mujer, en la administración de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior, con el fin de verificar el proceso de inclusión de la mujer, así como viene desarrollándose actualmente en el mundo de países desarrollados así como en la administración del sector público de nuestro país.
El personal femenino de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior suma 803 personas que representa el 48% del total del personal.
Personal de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior por Edades ,Nivel Ocupacional y Sexo |
|||||||||||||||||||
Edad |
FUNCIONARIOS |
DIRECTIVOS |
PROFESIONALES |
TECNICOS |
AUXILIAR |
TOTAL |
% |
||||||||||||
Masculino |
Femenino |
Sub-total |
Masculino |
Femenino |
Sub-total |
Masculino |
Femenino |
Sub-total |
Masculino |
Femenino |
Sub-total |
Masculino |
Femenino |
Sub-total |
Masculino |
Femenino |
TOTAL |
||
De 21 a 25 Años |
0 |
1 |
1 |
0 |
1 |
1 |
0 |
2 |
0 |
2 |
0,2 |
||||||||
De 26 a 30 Años |
0 |
0 |
3 |
8 |
11 |
18 |
12 |
30 |
0 |
21 |
20 |
41 |
4 |
||||||
De 31 a 35 Años |
2 |
1 |
3 |
3 |
1 |
2 |
14 |
12 |
26 |
14 |
17 |
31 |
1 |
1 |
33 |
31 |
64 |
6 |
|
De 36 a 40 Años |
4 |
1 |
5 |
7 |
1 |
6 |
18 |
29 |
47 |
39 |
44 |
83 |
22 |
13 |
35 |
68 |
88 |
156 |
15 |
De 41 a 45 Años |
3 |
3 |
6 |
1 |
1 |
0 |
22 |
22 |
44 |
52 |
67 |
119 |
20 |
15 |
35 |
78 |
108 |
186 |
18 |
De 46 a 50 Años |
6 |
4 |
10 |
7 |
10 |
-3 |
23 |
34 |
57 |
45 |
56 |
101 |
7 |
8 |
15 |
81 |
112 |
193 |
19 |
De 51 a 55 Años |
7 |
1 |
8 |
16 |
10 |
6 |
25 |
22 |
47 |
54 |
50 |
104 |
6 |
4 |
10 |
102 |
87 |
189 |
18 |
De 56 a 60 Años |
3 |
2 |
5 |
12 |
4 |
8 |
30 |
10 |
40 |
52 |
18 |
70 |
4 |
6 |
10 |
97 |
40 |
137 |
13 |
Mas de 60 Años |
1 |
1 |
9 |
5 |
4 |
8 |
4 |
12 |
28 |
9 |
37 |
2 |
3 |
5 |
46 |
21 |
67 |
6 |
|
TOTAL |
26 |
12 |
38 |
56 |
32 |
88 |
143 |
141 |
284 |
303 |
273 |
576 |
62 |
49 |
111 |
528 |
507 |
1035 |
100,0 |
% |
3 |
1 |
4 |
5 |
3 |
9 |
13,8 |
13,6 |
27,4 |
29 |
26 |
55,7 |
6,0 |
4,7 |
10,72 |
51 |
49 |
100 |
Las Remuneraciones del Personal de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior.
En sistema de remuneraciones de los órganos No Policiales del Ministerio del Interior esta conducida por el Ministerio de Economía y Finanzas al igual que al personal del resto del Sector Publico que se encuentra de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 276,el indicado dispositivo establece la Remuneración Básica, y las Bonificaciones que hacen del ingreso mensual y en el Ministerio del Interior el Comité de Administración de los Fondos de Asistencia y Estimulo (CAFAE), otorga una asignación mensual por grupos ocupacionales tal como asignan a los trabajadores de los diferentes Ministerios pero en montos mucho mayores.
CUADRO Nº 03
REMUNERACIONES DEL PERSONAL DE LOS ORGANOS NO POLICIALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR POR GRUPOS |
|||
OCUPACIONALES |
|||
Nivel Ocupacional | REMUNERACIONES Y BONIFICACIONES |
ASIGNACION DEL CAFAE |
INGRESO TOTAL MENSUAL |
FUNCIONARIO | |||
F-8 |
2059 |
2059 |
|
F-7 |
1883 |
1883 |
|
F-6 |
1792 |
1792 |
|
F-5 |
1734 |
1480 |
3214 |
F-4 |
1693 |
1435 |
3128 |
DIRECTIVO |
0 |
||
F-3 |
1636 |
1390 |
3026 |
F-2 |
1515 |
1040 |
2555 |
F-1 |
1472 |
740 |
2212 |
PROFESIONAL |
0 |
||
SPA |
1407 |
655 |
2062 |
SPB |
1365 |
625 |
1990 |
SPC |
1335 |
585 |
1920 |
SPD |
1310 |
560 |
1870 |
SPE |
1285 |
520 |
1805 |
SPF |
1259 |
489 |
1748 |
Pers.CAS |
0 |
||
TECNICOS |
0 |
||
STA |
1260 |
480 |
1740 |
STB |
1252 |
465 |
1717 |
STC |
1244 |
420 |
1664 |
STD |
1236 |
390 |
1626 |
STE |
1229 |
365 |
1594 |
STF |
1221 |
360 |
1581 |
PERS.CAS |
0 |
||
AUXILIARES |
0 |
||
SAA |
1237 |
360 |
1597 |
SAB |
1229 |
360 |
1589 |
SAC |
1221 |
340 |
1561 |
SAD |
1213 |
340 |
1553 |
SAE |
1205 |
320 |
1525 |
SAF |
0 |
||
PERS.CAS |
0 |
||
OBRERO |
0 |
CUADRO Nº 04
REMUNERACIONES DEL PERSONAL DE LOS ORGANOS NO POLICIALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR POR GRUPOS |
|||
OCUPACIONALES BAJO EL REGIMEN CAS |
|||
Nivel Ocupacional | HONORARIOS PROFESIONALES | ||
FUNCIONARIO | |||
F-8 |
15,000 |
||
F-7 |
15,000 |
||
F-6 |
15,000 |
||
F-5 |
12,000 |
||
F-4 |
12,000 |
||
DIRECTIVO | |||
F-3 |
10,000 |
||
F-2 |
8,000 |
||
F-1 |
8,000 |
||
PROFESIONAL |
5,000 |
||
SPA |
5,000 |
||
TECNICOS |
3,000.00 |
0 |
|
AUXILIARES |
2000 |
0 |
Este cuadro demuestra la abismal diferencia en cuanto a pago de remuneraciones entre el personal nombrado y el personal CAS en el Ministerio del Interior pese a realizar las mismas funciones y responsabilidades lo que a la postre resulta desmotivador para el personal antiguo.
Cuadro Nº5
Comparación de Asignación del CAFAE con otros Ministerios |
||||||
Nivel Ocupacional |
INTERIOR |
TRANSPORTES |
AGRICULTURA |
VIVIENDA |
SALUD |
DE LA PRODUCCION |
FUNCIONARIO | ||||||
F-5 |
1480 |
3769 |
2905 |
4931 |
8906 |
5706 |
F-4 |
1435 |
3389 |
2780 |
4577 |
4692 |
|
DIRECTIVO | ||||||
F-3 |
1390 |
3209 |
2700 |
4771 |
2398 |
4728 |
F-2 |
1040 |
2799 |
2434 |
3898 |
1255 |
3999 |
F-1 |
740 |
2669 |
2345 |
2801 |
1204 |
3562 |
PROFESIONAL | ||||||
SPA |
655 |
2539 |
2480 |
1108 |
3482 |
|
SPB |
625 |
2489 |
2480 |
2721 |
1118 |
3482 |
SPC |
585 |
2459 |
2431 |
1100 |
3482 |
|
SPD |
560 |
2429 |
2430 |
2721 |
1104 |
3482 |
SPE |
520 |
2409 |
2721 |
1193 |
3482 |
|
SPF |
489 |
2399 |
1102 |
3482 |
||
TECNICOS | ||||||
STA |
480 |
2309 |
2250 |
2101 |
1102 |
2919 |
STB |
465 |
2309 |
2250 |
2101 |
1097 |
2919 |
STC |
420 |
2109 |
2250 |
2101 |
1098 |
2919 |
STD |
390 |
2109 |
2250 |
2101 |
1109 |
2919 |
STE |
365 |
2109 |
2250 |
2101 |
1110 |
2919 |
STF |
360 |
2109 |
||||
AUXILIARES | ||||||
SAA |
360 |
2109 |
2050 |
1102 |
||
SAB |
360 |
2109 |
2050 |
2031 |
1063 |
2646 |
SAC |
340 |
2109 |
2050 |
2031 |
2646 |
|
SAD |
340 |
2050 |
||||
SAE |
320 |
Conclusiones.-
La mayoría del personal de los órganos no policiales esta conformada por el personal técnico y auxiliar, que laboran en los diferentes órganos no policiales del Ministerio del Interior.
Los Órganos no Policiales del Ministerio del Interior no tiene actualizados los siguientes documentos de gestión; CAP,MOF y el MAPRO
El personal de los Órganos Policiales del Ministerio del Interior son mayores de 41 años y existe la equidad de género al contar personal de genero femenino y masculino en un 50% cada uno.
No existe en el Ministerio del Interior una política de mejora en las remuneraciones, promociones del personal nombrado en contraposición de al pago de honorarios altos al personal CAS por las mismas funciones que desempeñan.
No existe una política adecuada para la contratación de personal basada en la meritocracia y de acuerdo a las necesidades de la Institución
Recomendaciones.-
Establecer una política adecuada de contratación de personal con el fin de contar con personal profesional.
Actualizar los documentos de gestión como el CAP, MOF y MAPRO del Ministerio del Interior, básico para la eficiencia y eficacia de la gestión.
Preveer la renovación del personal del Ministerio del Interior porque la mayoría tiene una edad superior a los 41 años, manteniendo la equidad de genero.
Mejorar las remuneraciones del personal nombrado y gestionar las promociones, mediante la meritocracia a fin de evitar la discriminación con el personal CAS.
Formular una política de captación de personal mediante un examen de selección con el fin de mejorar la calidad del personal del Ministerio.
Capacitar a los Directivos de las diferentes dependencias para que se sensibilicen respecto a la importancia de tomar en cuenta el potencial humano de sus colaboradores para ubicarlos en las áreas que mayor respondan de acuerdo a sus capacidades.
Actualidad
Respuesta a Carta Notarial de Lizbeth Huamán Montañez
La exdirectora de la Oficina de Monitoreo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), nos ha enviado una carta notarial solicitando la eliminación inmediata o desindexación de una nota periodística publicada en nuestra web el 8 de diciembre de 2021. Aquí la respuesta de Lima Gris.

Llegó a nuestra redacción una carta notarial enviada por la señora Lizbeth Huamán Montañez, exdirectora de la Oficina de Monitoreo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), solicitando la eliminación inmediata o desindexación de una nota periodística publicada en nuestra web el 8 de diciembre de 2021, titulada: “Aparecen chats donde involucrarían al ministro de Transportes con presuntos favores a exfuncionaria Lizbeth Huamán”. Según su comunicación, el contenido de dicha nota sería, en sus palabras, “inexacto, falso y lesivo a su honor”.
Asimismo, la señora Huamán indica que los hechos atribuidos a su persona han sido desvirtuados por lo que denomina “la autoridad competente”, haciendo referencia al Informe N.º 0527-2022-MTC/11.SETEPAD, de fecha 7 de diciembre de 2022, elaborado por el secretario técnico de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del MTC, señor Robertson Rubén Liza Solís. En dicho documento se dispone no iniciar procedimiento administrativo disciplinario por los hechos difundidos en el programa “Sálvese quien pueda”, emitido el 24 de octubre de 2021, y se ordena el archivo del caso.

Carta Notarial enviada por Lizbeth Huamán Montañez.
Es preciso aclarar que la nota publicada por Lima Gris no fue una creación propia, sino la reproducción de una investigación televisiva del programa Beto a Saber, difundida en el año 2021. En ese reportaje se presentan capturas de pantalla de conversaciones y audios donde la señora Huamán Montañez aparecería comunicandose con un interlocutor sobre presuntos actos de tráfico de influencias. Los materiales difundidos fueron considerados de interés público por su relevancia en el contexto político y mediático de ese momento.
Resulta llamativo que la señora Huamán mencione un informe de la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario del MTC, que se refiere al contenido de un audio difundido en un programa distinto (Sálvese quien pueda) y en una fecha anterior a nuestra publicación. La confusión entre fuentes distintas —un programa periodístico y una red social— no solo debilita su argumento, sino que plantea una pregunta legítima: ¿qué relación puede tener un informe administrativo interno, emitido un año después, con una nota periodística basada en una fuente televisiva ajena y difundida hace más de tres años atrás?
En su misiva, la señora Huamán también intenta equiparar el contenido de dicho informe administrativo con una sentencia judicial firme, lo cual es jurídicamente improcedente. Un informe interno del MTC, por más formalidad que tenga, no constituye una resolución judicial ni tiene efectos vinculantes sobre el ejercicio periodístico, menos aún sobre la libertad de prensa amparada por la Constitución Política del Perú.
Sobre el derecho de rectificación que invoca la remitente, es fundamental recordar que el artículo 2, inciso 7 de la Constitución Peruana reconoce a toda persona el derecho a solicitar rectificación ante información que considere agraviante. No obstante, este derecho, según jurisprudencia reiterada del Tribunal Constitucional, debe ejercerse dentro de un plazo razonable. La doctrina jurídica y la práctica constitucional han establecido que dicho plazo no puede exceder los 60 días desde la publicación del contenido cuestionado.
En ese sentido, la Ley N.º 26847, en su artículo 2, establece que el derecho de rectificación debe solicitarse dentro de los 15 días naturales posteriores a la difusión de la información. En este caso, la publicación data del 8 de diciembre de 2021. La carta notarial de la señora Huamán fue recibida más de 1,200 días después, es decir, tras 3 años y 4 meses. Esta dilación supera ampliamente cualquier criterio de razonabilidad o vigencia del derecho que ahora pretende ejercer.
Por tanto, consideramos que dicho pedido ha caducado por inacción. De acuerdo con el marco normativo vigente y el principio de preclusión de derechos, ya no resulta procedente ninguna rectificación. La demora en su solicitud, además de carecer de sustento legal, debilita cualquier pretensión de afectación actual al honor o reputación personal.
Cabe recordar también que la información publicada sobre la señora Huamán Montañez, en su momento, fue de legítimo interés público y se basó en fuentes periodísticas verificables. La nota no ha sido modificada desde su publicación, ni ha sido objeto de acciones legales previas por parte de la interesada.
Conforme al principio de veracidad y responsabilidad que guía nuestra labor periodística, reafirmamos que Lima Gris actuó dentro del marco legal y ético que regula el ejercicio de la libertad de prensa. Ergo, la nota en cuestión constituye parte del archivo periodístico histórico de nuestro medio.

La tecnología que nos reemplazará a todos, la IA, da otro enorme paso a través de Google Veo 3. Primero vinieron por los ilustradores con Midjourney, después con los articulistas cuando entró en escena ChatGPT, y ahora toca a los actores y, en general, a todo el ecosistema de producción audiovisual, quienes literalmente podrían tener los días contados. La aparición de Veo 3, más que una promesa, resulta ser el futuro aquí y ahora de la destrucción de empleo a gran escala.
Veo 3, la IA de Google que genera los “videos más realistas” de Internet, es la nueva tecnología que permite transformar texto en clips audiovisuales con movimiento, detalles visuales complejos y sonido sincronizado. La imagen está generada por una inteligencia artificial a partir de una descripción.
Su nivel de detalle podría llegar a confundirse con filmaciones reales. Desde paisajes naturales hasta escenas urbanas complejas, esta nueva IA permite crear videos desde cero con un realismo sin precedentes.
Por otra parte, su capacidad para integrar imagen, movimiento y sonido en un solo proceso de generación automática resulta asombrosa.
Veo 3 es un modelo de inteligencia artificial generativa multimodal desarrollado por Google DeepMind. Su principal innovación radica en su capacidad para crear videos a partir de texto, integrando además sonido sincronizado, efectos ambientales, música y voces.
Lo bueno
A diferencia de modelos anteriores como Imagen Video o Phenaki, Veo 3 alcanza un nivel de fluidez visual y realismo acústico que lo acerca a la calidad de una producción cinematográfica. Los clips generados pueden alcanzar una resolución de hasta 1080p y una duración de hasta un minuto, algo inusual en el campo de las IA generativas. Las posibles aplicaciones de Veo 3 son vastas: cine, publicidad, videojuegos, educación, contenidos para redes sociales. Al poder generar imágenes que parecen tomadas con una cámara real, esta tecnología promete revolucionar los modos de producción audiovisual, especialmente para creadores independientes con presupuestos limitados, o simplemente compañías avaras.
Lo malo
Aplicable para extorsión, chantaje, difamación, propaganda de desinformación, manipulación, estafa, pero sobre todo desempleo.
Veo 3 ya está disponible mediante la introducción de prompts en Flow, aunque exclusivamente para suscriptores del plan Google AI Ultra en Estados Unidos, un servicio premium con un costo de 250 dólares al mes, que ofrece acceso anticipado a las últimas herramientas de inteligencia artificial desarrolladas por la compañía. Bajo ese aliciente de costo de solo 250 dólares frente a una producción real, queda claro quiénes perderán su empleo.
No obstante, Google señaló que trabaja con expertos para establecer controles de uso y trazabilidad, y planea incorporar marcas de agua invisibles para distinguir los videos generados por IA. Sin embargo, el daño ya está hecho y esto solo es el comienzo.

Solo es IA, cálmate
En redes, miles de usuarios manifestaron su preocupación frente a lo que el avance de la IA viene significando.
@Karen Crystal: «¿Por qué estás llorando? «Ni siquiera somos reales» suena como algo que diría mi ex narcisista.
@FeRdTwo: Hay partes en que se nota y otras en las que es imposible identificar que es IA, impresionante.
@hectorhuerta: Pasamos de Will comiendo spaghetti raro a esto en 2 años.
@𝕭𝖑𝖆𝖈𝖐 𝕸𝖆𝖓𝖙𝖎𝖘:si fuéramos lo suficientemente inteligentes, detendríamos esto ahora que se puede …
@WARRIOR: Esto me llevó a pensar. Si la IA llega a un punto donde sea imposible de diferenciar de la realidad, esto podría afectar a muchas personas.
¿como?
por el «chantaje»
imaginen
@C M G.g: Cuando salieron los radios y grabaciones de música, alguien pudo haber pensado «se acabaron los conciertos en vivo, podés oír la misma canción mil veces en tu casa”, pero no se acabaron.
@andres: No, solo los actores, productores, directores, diseñadores de vestuario, de música… mejor dicho, en un año todo el mundo estará haciendo sus propias películas y yo sin plata.
@WorldOfTiggi:Ok Escúchame: AI se perfeccionó hace años y la calidad es como este video de hoy, pero las élites lo están haciendo como «oh, está en camino de ser increíblemente bueno». No es que esté avanzando rápido, es porque lentamente nos dejan pensar que está mejorando, preparándonos para esto, para algo mucho más grande. Supuestamente
@Martin Content: Más bien los actores van a vender su imagen para que lo usen en películas usando su rostro.
@🧿: S,i pero eso son los que ya sonfamosos;, ahora los que desean ser actores ya no podránporqueq la IA creara caras nuevas.
@Oscar Martinez: Es el inicio del fin de muchas cosas 💀 editores, actores de doblaje , directores, programas de TV , películas 🍿 etc etc
@Thalissa Lusana: No es IA, solo miren la pared, mantiene su textura igual en cada movimiento eso aún no se logra con la IA.
Mucho más que especulación de internet, el fenómeno IA es una realidad que ahora golpea al gremio de actores. Porque cuando las empresas de marketing decidan entre un actor o instalarse una app de 250 dólares al mes, sabemos muy bien por cuál se decidirán en su afán de rentabilizar las utilidades a través del ahorro en costos.
Es cierto que será fácil el contratar a alguien que sepa dar indicaciones de creación de IA. Desde anuncios, telenovelas, cine, es decir, todo lo audiovisual. Las nuevas versiones de IA descubrieron cómo hacer voz de IA con acentosy dotarlos de emoción. El CGI se puede notar que es falso, pero la IA actual ya no.
También se abrió la ventana a conspiranoicos de la IA que creen ver en estas creaciones otras cosas.
@Jack Barretto: ¿Y si nosotros somos IA negando que somos IA y nos burlamos de Matrix porque creemos que no existe, pero sí existe? 🤯🤯
@adamgr Solo date cuenta de que esto es lo peor que se verá. La mierda es salvaje. En un año ya no sabrás lo que es real.
@loui A esa velocidad, ¿qué es posible en 2028?
@Pampampam: No, todo eso es este año.
@cheesewithpee ☭: Las posibilidades en 2028 son la muerte del arte, la actuación de voz, los actores, los artistas, la creatividad.
@Shorty P: Te refieres a la muerte de los pocos que tienen control sobre los trabajos creativos. La gente normal no se lamenta de poder hacer un dibujo sin pagar cientos, o del empleo de los estudios de vigilancia y estrangulamiento de la creatividad hasta la muerte.
@Dash2much: No sé, los últimos 20 años acaban de ser remakes.
@cheesewithpee ☭⚛️: Remakes que todavía tenían actores reales, artistas reales para la música y efectos especiales, personas reales.
@goose🪿:Hermano,o mira cómo se veía la IA el año pasado. A finales de este año probablemente tendremos inventos locos con IA o incluso solo los prototipos de ellos.
@Ruby Carrots: Ah, sí, el talento y la belleza de escribir un mensaje de alguien cometiendo un delito grave para incriminarlos con…
@G_Money: Es demasiado poderoso y, por desgracia, demasiado útil para que se detenga el desarrollo. Ya es un curso que se puede seguir en la escuela y se convertirá en un conjunto de habilidades muy real para poder identificar el contenido de IA a partir de contenido real. Pero definitivamente es necesario establecer limitaciones legales en su uso.
@Ruby Carrots: Ahora se usa para chantajear a los trabajadores. La IA por sí sola no es mala ni dañina, pero se vuelve peligrosa y explotadora cuando se usa para reemplazar a la humanidad.
@Ruby Carrots: Es una amenaza para la realidad objetiva; las personas podrían ser incriminadas por delitos que no cometieron. Las guerras y la violencia podrían incitarse a partir de fabricaciones. Y los criminales peligrosos podrían escapar con los crímenes a pesar de las pruebas de video.
@Emiliano Moretta: No es IA. son visores a otras realidades. estamos creando realidades paralelas sin quererlo y traerá consecuencias.
@Héctor: Entonces Star Wars, Alien. Transformers, ¿es todo real? son simples película como esos vídeos. cálmate
@Emiliano Moretta: esas son películas filmadas por actores reales. la ia es una creación humana que crea líneas dimensionales nuevas
@Ramiro Berardi: Ahora sabemos que vivimos en una simulación de seres superiores que inventaron su propia IA
@Alabaster: Hemos estado en ella durante años, esta tecnología es mucho más capaz de lo que el público sabe, han estado probando versiones más avanzadas con nosotros durante un tiempo.
¿Una amenaza para el empleo en Perú?
Conversamos con el experto en cultura digital, macrodatos e IA multimodal, Ibrahim G.G., quien aterriza la cuestión respecto a los posibles efectos en el Perú.
«Esto ya existía hace mucho. Simplemente por que lo hace google, el mundo se entera lol». Sobre el futuro del empleo a raíz de la irrupción de la IA su respuesta es tajante en lo referente al futuro, «Despidos». De todos los trabajadores en la cadena envuelta para hacer el video en sí. No hay alternativa. Personalmente, prefiero luchar con un prompt de IA para crear el video que quiero que con las divas y divos de los artistas».
Respecto a su impacto en Perú, fue bastante optimista:
«Sí, pero aún le falta y vivimos en Perú; estoy usando IA para casi todo. Lamentablemente y por suerte, el nuestro es un país retrasado. ¿En el primer mundo? Sí, están jodidos. Ayer vi que había “ACTORES DE VOZ” que han sido despedidos de una empresa china. Los chinos prefieren usar una IA para traducir y hacer la voz que pagarles a los gringos. Los traductores de anime profesionales están siendo reemplazados por subtítulos con IA, porque son malísimos esos traductores, así que es razonable».
Actualidad
Sindicatos de Cultura anuncian paro regional en Cusco: trabajadores CAS exigen reformas estructurales
Paro regional para este jueves 5 de junio de 2025

El Sindicato de Trabajadores de Contratos Administrativos de Servicios de la Dirección Desconcentrada de Cultura (SITRACAS – DDC Cusco) anunció la convocatoria de un paro regional para el próximo jueves 5 de junio. La medida de lucha, respaldada por más de 850 afiliados en toda la región, busca visibilizar una serie de demandas históricas vinculadas a la mejora de condiciones laborales y la reestructuración de la entidad encargada de velar por el patrimonio cultural en Cusco.
Según el pronunciamiento oficial emitido por el sindicato, los motivos centrales del paro incluyen la homologación salarial, el cumplimiento de pactos colectivos firmados con anterioridad, la reorganización interna de la DDC Cusco, la construcción de un local institucional propio y la designación de un titular para la Dirección, cargo que, según los trabajadores, permanece sin liderazgo efectivo.

“Esta lucha no solo se trata de reivindicar derechos laborales básicos, sino de exigir una gestión cultural eficiente y comprometida con el país”, sostuvo el secretario general del SITRACAS, Daniel Estonbelo Taco, quien acusó al Ministerio de Cultura de desinterés crónico en resolver los problemas estructurales de la Unidad Ejecutora N.° 002 Cusco.
Estonbelo criticó la “ineficiente gestión de los recursos públicos” en la DDC y aseguró que el deterioro de las condiciones laborales impacta directamente en la calidad del servicio que se brinda a la ciudadanía. «Es inconcebible que el personal encargado de proteger y poner en valor nuestro patrimonio cultural trabaje bajo condiciones tan precarias», subrayó.

El sindicato hizo un llamado a la ciudadanía, al sector turístico y a las autoridades del Ministerio de Cultura a tomar las precauciones necesarias ante la paralización programada, asegurando que la medida se desarrollará dentro del marco legal y constitucional, “por la dignidad de nuestros trabajadores”.
Este paro se suma a una creciente ola de descontento en sectores clave de la administración pública en la región, en un contexto donde el abandono institucional parece profundizar la brecha entre los discursos oficiales sobre la cultura y la realidad cotidiana de quienes la resguardan.
Actualidad
Continúa el maltrato contra los animales, la barbarie viene de los que supuestamente tienen “uso de razón”
En el país aún muchas personas ven como objetos a seres que no tienen una voz para reclamar, atacándolas salvajemente hasta su muerte.

Por: Raúl Villavicencio H.
En las disposiciones complementarias de la Ley n.° 30407, “Ley de Protección y Bienestar Animal”, se lee la incorporación del artículo 206 – A al Código Penal: “El que comete actos de crueldad contra un animal doméstico o un animal silvestre, o los abandona, es reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, con cien a ciento ochenta días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36. Si como consecuencia de estos actos de crueldad o del abandono el animal doméstico o silvestre muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con ciento cincuenta a trescientos sesenta días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36”.

En agosto del 2023, en el distrito de La Victoria, en Lima, Alonso Santa Cruz Túpac Yupanqui, acuchilló salvajemente a ‘Dachi’, una perrita de raza pug, al animalito de su expareja que la acusaba de haberla sido presuntamente infiel. La perrita quedó cuadripléjica debido a los constantes cortes y por ello el confeso agresor fue condenado a un año y seis meses de cárcel, además del pago de 5 mil soles por concepto de reparación civil.
El 9 de mayo, en Trujillo, un sujeto azotó contra el asfalto a una perrita hasta matarla. El pequeño animalito solo se encontraba caminando frente al alterado hombre cuando este lo sujetó con fiereza, tirándolo hasta en tres ocasiones contra el suelo. El sujeto, identificado presuntamente como Luis Esteban Lozano Daza, se encuentra como no habido por la Policía Nacional del Perú (PNP).
Más recientemente, en el Cusco, cámaras de vigilancia captaron a un hombre y una mujer propinándoles patadas y puñetes a un indefenso can que solo venía siguiendo a la pareja. Desde el segundo piso de su vivienda, un joven les increpó por su indebido actuar, pero solo recibió insultos y dos piedrazos que fueron a impactar contra una de sus ventanas.
“Fui testigo de cómo agredían al perro indefenso. Le dio dos patadas, luego un puñete en la cabeza. Y cuando el perrito estaba retirándose, hay una patada más que le proporciona la chica. Se ve claramente en el video cómo el perrito, después de la agresión, sigue estando con ellos”, relató el testigo, quien prefirió mantenerse en el anonimato.

Ante ello, según información de RPP, se supo que el joven procederá a denunciar a la pareja que agredió al perrito.
Animales de compañía y no objetos o juguetes
Todos esos casos, realizados en distintas partes del Perú, se intenta demostrar que aún existen personas que consideran a los animales domésticos o de compañía como seres que no cuentan con derechos protegidos por el Estado, agrediéndolos salvajemente hasta quitarles la vida sin ningún tipo de remordimiento o culpa.
La Ley 30407 no se restringe solo en los animales de compañía, sino que también velar por los animales silvestres o aquellos que se encuentran en cautiverio o los que vienen siendo forzados a reproducirse solo por intereses comerciales. Al respecto, en su artículo 30 se mencionan las sanciones administrativas de corroborarse algún tipo de maltrato, sin descartarse que a la par se inicie una sanción penal (artículo 33).
Falta mucho para concientizar a las personas en no considerar a los animalitos como meros objetos de valor económico. Para muestra, en jirón Ayacucho aún se siguen vendiendo a vista de todos perros, gatos, conejos, etc., a pesar de que en reiteradas ocasiones personal de fiscalización los cierra, pero en cuestión de días o semanas vuelven a estar abiertos.
Y por último, una mascota en condición de abandono también es delito. Cientos de personas los colocan en sus techos a la intemperie, con un poco de agua y lo que sobre de su almuerzo. Perros o gatos desnutridos, cubiertos de pulgas y garrapatas o caracha también es una forma de maltrato animal.

Actualidad
Directora de ‘Bellas Artes’ firmó resolución para otorgarse a sí misma el grado de bachiller
La actual Directora General de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes (antes ENSABAP) oficializó su propio grado de bachiller mediante la Resolución Directoral n.º 056-2021, como egresada de la institución académica que hoy dirige, generando dudas éticas.

La Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú (ENSABAP), actualmente Universidad Nacional de Bellas Artes (UNABAP), vive un momento de controversia. Su actual directora, Eva Dalila López Miranda, aparece en el centro de una situación que ha despertado dudas éticas.
¿Un conflicto de Interés?
La polémica nace cuando se descubre que la directora firmó la Resolución Directoral n.º 056-2021-ENSABAP, con la cual ella misma se otorgó el grado académico de bachiller, junto a un grupo de docentes beneficiados, entre ellos su esposo, Mauro Yrigoyen.

Aunque este beneficio tiene respaldo legal, el hecho de que López Miranda firmara su propia resolución ha generado críticas, pues podría haber incurrido en un claro conflicto de interés, al beneficiarse directamente de una decisión que ella misma autorizó.

Otro aspecto llamativo —y cuestionable— es que la elección de Eva Dalila López Miranda y su nombramiento como Directora General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú (hoy UNABAP) fue aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo n.º 001-2021-ENSABAP, firmada por ella misma en su calidad de Presidenta del Consejo Ejecutivo. La norma se ampara en el estatuto modificado en agosto de 2020, que otorga al Consejo Ejecutivo —presidido por el director general— la facultad de dirigir y gestionar la institución. Pero surge una pregunta inevitable: ¿se puede ser juez y parte al mismo tiempo? ¿No constituye esto un claro conflicto de interés?

Anteriormente había título sin equivalencia universitaria
Durante décadas, la ENSABAP entregó el título de “Artista Profesional a nombre de la Nación”, pero este no era reconocido como un grado académico universitario. Por ello, muchos egresados no pudieron acceder a estudios de posgrado ni postular a ciertos puestos docentes. En el año 2008, la Ley n.º 29292 reconoció que esos títulos debían ser considerados equivalentes a los universitarios, y ordenó su inscripción en la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Sin embargo, la ENSABAP no aplicó esta ley correctamente, dejando a cientos de egresados en el limbo académico.
Cuestionamientos éticos
Pero en 2020, tras años de lucha, 18 egresados ganaron un proceso judicial. La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima ordenó que se les otorgue el grado académico de bachiller por regularización, sin requisitos adicionales. Entre los beneficiados por esta sentencia están la directora general de la UNABAP, Eva Dalila López Miranda, su esposo y varios docentes de la institución. El caso ha generado preocupación porque, pese a existir una sentencia favorable, más de 500 egresados entre 1960 y 2010 aún no reciben el mismo trato y continúan sin acceso al grado de bachiller. Según nuestra fuente, ellos también cumplen con las condiciones, pero no han sido incluidos en el proceso de regularización.

La falta de transparencia y el trato desigual alimentan la desconfianza hacia las autoridades de la UNABAP, y generan dudas sobre su compromiso con toda la comunidad académica, quienes desde sus instancias estudiantiles exhortan mayor transparencia Institucional con la publicación de información clara sobre cómo se realiza la regularización de grados académicos, para garantizar que todos los egresados tengan las mismas oportunidades.
Asimismo, que se ejerza una revisión de los procedimientos, con auditorías externas para investigar si hubo favoritismos o conflictos de interés en el otorgamiento de los grados. Y permitir que los egresados que aún no han sido beneficiados pueden presentar acciones legales o quejas ante la SUNEDU, para exigir el reconocimiento de sus derechos. Bajo esa línea, es importante que los exalumnos se organicen, participen activamente y exijan una gestión ética, justa y transparente.
Lima Gris intentó comunicarse con la señora López Miranda, para que brinde su descargo respectivo, incluso se le dejó un mensaje en el chat del WhatsApp; sin embargo, hasta el cierre de esta nota no se obtuvo respuesta.
Actualidad
Fiscalía interviene el Ministerio de Cultura por escándalo de contrataciones a favor de Shirley Hopkins
Ministerio Público llegó hasta la sede central del Mincul tras denuncia por presuntas irregularidades en la contratación de locadora allegada al ministro Fabricio Valencia Gibaja.

La sombra de la presunta corrupción vuelve a proyectarse sobre el Ministerio de Cultura. Este mediodía, la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Centro, en coordinación con la Dirección de la Policía contra la Corrupción, intervino las oficinas administrativas de la sede central del Ministerio con el objetivo de recabar documentación relacionada a las órdenes de servicio otorgadas a Shirley Hopkins Cerna.
La diligencia responde a sospechas sobre presuntas irregularidades en la contratación de Hopkins Cerna, quien no cuenta con título universitario y a pesar de eso recibió múltiples servicios por encargo desde mayo de 2024 hasta la fecha sumando un monto total de 127,500 soles. Según fuentes del Ministerio Público, se busca esclarecer el marco legal y administrativo que permitió estas contrataciones, así como el monto y la naturaleza de los servicios prestados.
Este nuevo escándalo ha revivido el recuerdo del caso Richard Swing, otro episodio bochornoso de favoritismo político y uso indebido de recursos públicos ocurrido durante el gobierno de Martín Vizcarra. En aquella ocasión, el Ministerio de Cultura fue duramente cuestionado por otorgar contratos irregulares a un personaje sin mayor trayectoria técnica en el sector, lo que derivó en investigaciones fiscales y la renuncia de altas autoridades.
El caso Hopkins Cerna podría seguir un derrotero similar. La ciudadanía exige transparencia y sanción ejemplar si se confirma un nuevo patrón de corrupción dentro de una institución llamada a proteger el patrimonio cultural del país, y no a repartir favores bajo la mesa.
Hace unos minutos, el Ministerio de Cultura no ha emitido un pronunciamiento oficial mencionando que han brindado todas las facilidades al personal del Ministerio Público en la diligencias preliminares que se realizan. La fiscalía ha recabado copias de todas las órdenes de servicio de Shirley Hopkins con sus respectivas notas de pago.
Aquí el comunicado del Ministerio de Cultura.

Actualidad
Espada de Honor de la FAP lleva 4 días desaparecida en las aguas del mar de Pisco
Esta mañana, facinerosos quisieron engañar a los familiares de Ashley Vargas asegurando conocer su paradero y para ello les exigían dinero.

La joven y destacada piloto de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), Ashley Vargas Mendoza, desapareció el pasado martes 20 de mayo cuando realizaba una misión de instrucción en su aeronave KT-1P cerca de la isla Zárate, en Pisco.
A sus 24 años de edad, la joven natural de Amazonas, es el orgullo de toda su familia y amigos, pues todos los años obtenía el primer lugar de su promoción, convirtiéndose en la tercera mujer en la historia de la FAP en alcanzar el cargo de Brigadier General. Ashley es, en todo el sentido de la palabra, una mujer hecha para volar muy alto.
Como producto de su ejemplar disciplina y excelente rendimiento académico recibió de manos de la presidenta Dina Boluarte la Espada de Honor, un reconocimiento que poquísimas personas pueden presumir.

Desde el día de su desaparición tanto la FAP como la Marina de Guerra vienen ejecutando operativos de rescate, empleando para ello personal especializado. Paralelo a ello, su padre, Edgar Vargas, también viene realizando por su cuenta la búsqueda de su hija cerca de la zona donde se habría producido el accidente.
Quisieron estafar a los familiares de Ashley, asegurando que la habían encontrado
Lamentablemente, existen personas desalmadas que juegan con las esperanzas de sus familiares. Esta mañana, su padre manifestó que había sostenido comunicación con un supuesto coronel quien le pedía iniciar las coordinaciones de rescate.
“Ya coordiné con el coronel y ya conversó con la persona que está a cargo de esa lancha. […] Nos han informado en altamar que está a 180 millas. Ya conversé con la persona que está a cargo de esa lancha y mi hija está con vida. No puede hablar, pero estamos esperando que mejore el tiempo para poder ir con helicóptero para rescatarla”, manifestó el progenitor.
Sin embargo, todas las ilusiones se hicieron trizas cuando el tío de Ashley, Elvis Vargas, en comunicación con Exitosa, informó que la llamada que recibiera el papá de la joven piloto era falsa.
“Estamos retomando la búsqueda de mi sobrina. Fue una llamada spam, pidieron gasolina, yapes… Ahora estamos volviendo a la búsqueda. Ya la policía está en ello, nosotros volvemos a la búsqueda por tierra con amigos, drones, lamentablemente hay este tipo de personas inhumanas que se han aprovechado de la situación de mi sobrina”, dijo el familiar de la jovencita.
En tanto, la FAP, a través del Comunicado Oficial n.° 009-2025, pidió tener prudencia con respecto a las informaciones que sean difundidas sobre el tema.

De esta manera, continúan los esfuerzos por encontrar aún con vida a la mujer piloto que llegó a obtener la Espada de Honor.
Actualidad
Indecopi admite apelación contra ‘Real Plaza’ por evidente riesgo en sus locales
En marzo, la Comisión de Protección al Consumidor declaró improcedente una denuncia contra Real Plaza, señalando que correspondía a la autoridad municipal investigarla. Sin embargo, inesperadamente cambió de posición y resolvió conceder la apelación presentada por tres asociaciones civiles denunciantes, reabriendo el caso contra el emporio del Grupo Intercorp.

A fines de marzo, la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi declaró improcedente una denuncia presentada contra la empresa Real Plaza y sus apoderados. El argumento fue que existía otra entidad del Estado, en este caso una autoridad municipal, con competencia para investigar los hechos denunciados. No obstante, semanas después, el organismo decidió conceder la apelación interpuesta por asociaciones de defensa del consumidor.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha aceptado la apelación presentada por tres organizaciones civiles que denunciaron el mal estado de 11 centros comerciales de la cadena Real Plaza. Las denuncias también alcanzaban a sus representantes: Misael Shimizu Mitsumasu, Luis Alonso Santa María Torres y Garlet Noemí Rodríguez Ortiz, a quienes se les acusó de actuar de manera negligente y de ocultar información sobre deficiencias en dichos locales, lo cual habría vulnerado los derechos de los consumidores.

Las asociaciones civiles que presentaron la denuncia el pasado 4 de marzo de 2025 fueron el Centro de Protección al Ciudadano EQUIDAD, la Asociación Peruana de Protección y Defensa de Consumidores y Usuarios (PROCONSUM), y la Asociación de Consumidores Inmobiliarios del Perú (ADCIP). Sin embargo, el 27 de marzo, mediante la Resolución Final N° 0747-2025/CC2, la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi declaró IMPROCEDENTE el caso.

Cabe recordar que el 10 de marzo, el Secretario Técnico de la Comisión N° 2, Christian Tarazona Cerrón ((en el Expediente de Requerimiento 420-2025/CC2), solicitó a las tres organizaciones civiles denunciantes una serie de requerimientos y que en el plazo de dos (2) días hábiles detallaran los supuestos defectos estructurales en los 11 centros comerciales y que presentaran medios probatorios que sustentaran sus denuncias. En vez de iniciar una investigación propia, la comisión de INDECOPI sorprendentemente trasladó esa responsabilidad a las asociaciones denunciantes.

A pesar de esta exigencia, las organizaciones cumplieron con presentar información técnica, detallada y contundente y pruebas documentales. Sin embargo, la comisión desestimó la denuncia y la declaró IMPROCEDENTE, alegando que ya existía una investigación en curso en otra instancia y que el caso era competencia de la Municipalidad de Trujillo, en la región La Libertad.

Las asociaciones advirtieron que las once sedes de Real Plaza en distintas regiones del país se encontraban en mal estado y presentaban riesgos para la seguridad de los consumidores; y pese a ello los expusieron al peligro. Según fuentes consultadas, bajo la actual gestión de Alberto Villanueva Eslava —apoderado de tres empresas del grupo Intercorp—, Indecopi habría actuado con indulgencia hacia el conglomerado, limitando la investigación únicamente a la tragedia ocurrida en Real Plaza Trujillo y dejando de lado el resto de las denuncias estructurales.
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