Política
PJ rechaza prisión preventiva contra Betssy Chávez y otros dos ex ministros de Pedro Castillo
Willy Huerta y Roberto Sánchez también vienen siendo investigados por la presunta coautoría de rebelión.

Los mandan a sus casas. Ayer por la tarde el Poder Judicial (PJ), a través del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, declaró infundado pedido fiscal de 18 meses de prisión preventiva contra la ex premier Betssy Chávez, y los exministros Willy Huerta Olivas y Roberto Sánchez Palomino, investigados por rebelión y conspiración en agravio del Estado.
Los tres exfuncionarios Pedro Castillo —expresidente que perpetró un autogolpe de Estado en diciembre del 2022— fueron denunciados por la Fiscalía, meses atrás, por el presunto delito de rebelión y, alternativamente, conspiración en calidad de coautores.
El juez Juan Carlos Checkley impuso a los tres procesados la medida de comparecencia con restricciones con reglas de conducta, y el pago de una caución económica de 100 mil soles a Chávez, 80 mil soles a Huerta y 50 mil soles a Sánchez.

En la sesión anterior, Chávez Chino —desaforada del Parlamento tras aprobarse una acusación constitucional en su contra— manifestó que cuenta con arraigo laboral y domiciliario.
Manifestó que actualmente brinda asesoría legal a dos empresas en Tacna, región por la que fue electa, y que reside en una vivienda determinada junto a sus padres.
Erwin Siccha, abogado de la ex titular del Gabinete Ministerial, aseguró días atrás que respetarán la decisión del Poder Judicial. Sin embargo, señaló que no fue “sorpresivo” el pedido del Ministerio Público y calificó el requerimiento como un “abuso y exceso que se hace de la institución procesal”.
“Nuestra voluntad es someternos a las decisiones jurisdiccionales, que son imparciales, y que se deben tomar sin consideraciones políticas. Es claro que la decisión jurisdiccional que se asuma, la vamos a acatar. Creemos que la decisión justa implica rechazar este requerimiento de prisión preventiva por no tener una mayor fundamentación”, indicó a RPP.
El letrado también afirmó que “la cárcel no se la merece absolutamente nadie hasta que no se acredite su culpabilidad mediante sentencia firme, pues es un principio básico que rige en todas las sociedades democráticas”.
La Fiscalía, sin embargo, cuenta con los testimonios de al menos dos testigos. Uno de ellos, una reportera de TV Perú, manifestó que la ex primera ministra le anunció que desarrollaría un decreto supremo después del mensaje de Castillo Terrones.
“Me dice que van a reestructurar el Estado, que eso va a ser pronto, que van a hacer muchos cambios, que no se puede seguir gobernando con esta clase política. Yo le pregunto cuándo y ella me dice: ‘Ahora mismo tengo que sacar el decreto supremo’”, indicó a los fiscales del caso, según el dominical Panorama.
Política
Congreso: aprueban restricción de celulares en los colegios, ¿medida en otros países fue efectiva?
Iniciativa de la congresista Milagros Jáuregui busca combatir el ciberacoso y mejorar el aprendizaje de los estudiantes durante las horas de clase.

La tecnología puede ser beneficiosa para la humanidad si es utilizada de manera correcta. Cada cierto tiempo aparece un nuevo celular con alguna mejora: más rápido, más eficiente, más duradero, pero todos al final cumple la misma función que es estar conectados.
De acuerdo a un estudio realizado el año pasado por Nomophobia, un portal especializado en tecnología, el 93 % de los peruanos encuestados lo utiliza para revisar sus redes sociales. Cabe indicar que dentro de ese universo no podrían estar excluidos los estudiantes. Por su parte, la empresa Claro también elaboró una encuesta, revelando que la gente utiliza sus celulares en un 66 % para realizar llamadas; en tanto el uso de WhatsApp se disparó hasta en un 97 %.

Esa cifra elevadísima viene preocupando a profesores y padres de familia de todo el país, pues consideran que muchas veces los dispositivos móviles no vienen siendo utilizados de manera provechosa por los estudiantes, sobre todo los que se encuentran en la etapa del colegio, años en que un niño está más propenso a ser influenciado por supuestos líderes de las redes sociales.
Ante ello, el Proyecto de Ley (PL) n.° 5532 de la congresista Milagros Jáuregui (Renovación Popular) acaba de ser aprobado en el Parlamento con 80 votos. La iniciativa legislativa regula el uso de teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos en todas las instituciones y programas educativos a nivel nacional, ello con la intención de mejorar la atención en clase, reducir el uso excesivo de internet, evitar riesgos relacionados con la exposición digital constante, además de combatir el ciberacoso.
Dicho PL cuenta con excepciones relacionadas con estudiantes que cuenten con condiciones de salud que requiera el uso de dispositivos electrónicos como parte de su atención.
Cabe recalcar además que este proyecto ahora deberá ser aprobado por el Ejecutivo para su promulgación. Una vez promulgada, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud tendrán un plazo de 60 días para elaborar un reglamento donde se detallen las disposiciones para su implementación en las aulas de todos los colegios, sean particulares o estatales.

En palabras de la autora del proyecto, esta ley “ahora está en más de 20 países para poder ayudar a los jóvenes a tener una buena formación académica. Hoy entran al colegio con el celular y se distraen, no atienden las clases; además, están vulnerables a cualquier ciberataque. Si no está el celular, ellos van a poder concentrarse y su nivel académico va a levantarse”. Pero, ¿qué tan cierto es todo eso?
Resultados no son concluyentes en otros países
Aparte del Perú, 79 países del mundo ya se encuentran implementando restricciones para el uso de celulares en las escuelas, de acuerdo al informe ‘¿Prohibir o no prohibir? Monitoreo de las regulaciones de los países sobre el uso de teléfonos inteligentes en la escuela’, elaborado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y la Cultura (Unesco).
A propósito de ese estudio, la psicóloga María Becerril Pérez, de la UNAM, observó distintos resultados en los países donde rige la restricción de celulares en las aulas, determinando que el estudio carece de una conclusión definitiva desde el ámbito científico, ya que los datos disponibles no son concluyentes.
La investigadora sacó esas conclusiones en base a resultados disímiles en Suecia o Estados Unidos. En el primer país se reveló que las escuelas con restricciones del uso de celulares los estudiantes no obtuvieron calificaciones ni positivas ni negativas en su rendimiento académico. En tanto, en el segundo país se detectó que a pesar de haber una prohibición se registró un mayor índice de ciberacoso.
«Sobre el uso de celulares, en las primeras etapas, digamos la etapa preescolar o en la etapa de primaria baja, que son los primeros tres años es optar por un no rotundo, y en términos de primaria al quinto y sexto de primaria, un pequeño acercamiento e ir reconociendo cómo es; en la secundaria con un uso restringido, obviamente con el bachillerato igual, eso sería en términos estrictos de un sí o un no”, recomendó la académica para el portal mexicano Milenio.
Las realidades educativas son muy similares en México y Perú. Al respecto, la última prueba PISA del año 2022 nos indicó que tres de cada cuatro estudiantes tienen bajo desempeño en las matemáticas; ambos países cuentan con 66 % de bajo rendimiento de su alumnado.

Por todo ello es importante revisar a profundidad qué tan conveniente será restringir radicalmente el uso de celulares en los colegios. Una alternativa podría ser regularlos de acuerdo al nivel de instrucción, complementando el aprendizaje con salidas al exterior del aula, visitando museos o sitios arqueológicos donde los niños se encuentren alejados de sus celulares.
Política
Ministerio de Cultura responde sobre las órdenes de servicio por 127,500 soles a favor de Shirley Hopkins
Mientras que desde el Congreso piden que la Contraloría y Fiscalía investiguen de oficio, desde el Mincul rompieron el silencio con un comunicado que intenta justificar jugosos pagos a una locadora sin título universitario.

Ayer el ambiente en la sede central del Ministerio de Cultura fue tenso. El Ministrio Fabricio Valencia estuvo durante horas encerrado en su oficina. Hasta hoy continúa sin dar declaraciones a la prensa sobre el escándalo que involucra también a la señora Shirley Hopkins Cerna, quien sin contar con título universitario —y al mismo estilo Richard Swing— ha sido beneficiada con órdenes de servicio por 127,500 soles.
Recien por la noche, el ministerio de Cultura nos envío al correo un comunicado que intenta confundir al público y ocultar el favoritismo en la contratación de Hopkins Cerna para que cumpla el servicio de coordinación administrativa para el Gabinete de Asesores en el Despacho Ministerial.
Aquí el comunicado del Ministerio de Cultura:
«Ante la publicación que viene circulando en las redes sociales, respecto a presuntas irregularidades en la contratación de una locadora de servicios en la gestión del ministro de Cultura, Fabricio Valencia, se informa lo siguiente:
1.- La mencionada locadora presta servicios en la Oficina del Gabinete de Asesores del Ministerio de Cultura desde mayo de 2024, es decir, varios meses antes de la designación del actual ministro, Fabricio Valencia, quien asumió funciones en septiembre de 2024.
2.- La contratación de dicha locadora se realizó conforme a la normativa vigente, cumpliendo con los procedimientos internos establecidos por la entidad, a través de la Oficina General de Administración y la Oficina de Abastecimiento.
3.- La información difundida en dicha publicación se basa en versiones inexactas y tendenciosas, que reflejan prácticas contrarias a la ética. En ese sentido, rechazamos categóricamente cualquier acto que atente contra la honra, honorabilidad y dignidad de las personas.
El Ministerio de Cultura reafirma su compromiso con el uso correcto y transparente de los recursos del Estado. Por ello, se ha dispuesto poner a disposición de las autoridades competentes toda la documentación necesaria para esclarecer los hechos».

El comunicado intenta proteger al ministro y dirigir la responsabilidad a la Oficina de Administración y la Oficina de Abastecimiento. Nos queda claro que desde el Ministerio de Cultura buscan poner paños fríos al escándalo por el cual el ministro será citado a la Comisión de Fiscalización en el Congreso de la República la primera semana de junio.
El caso de Shirley Hopkins es un calco del caso Richard Swing, donde estuvieron involucrados cuatro ministros de Cultura. Esta vez, el ministro Fabricio Valencia tendrá que explicar por qué se le aumentó el monto de las órdenes de servicio durante su gestión, pagandole 10 mil soles mensuales a Shirley Hopkins sin contar con título universitario. Además, tendrá que responder si mantiene una relación sentimental con la locadora y si es que usó el vehículo oficial para sus salidas privadas.
Política
Congresista Susel Paredes sobre la contratación de Shirley Hopkins en el Mincul: «Voy a pedir copia de los contratos»
Una nueva Richard Swing en el Ministerio de Cultura. Sin contar con título universitario, Shirley Hopkins se ha beneficiado con órdenes de servicio por 127,500 soles.

El nuevo escándalo en el Ministerio de Cultura ha saltado hasta el Congreso de la República. Desde el parlamento la congresista Susel Paredes se refirió a las contrataciones de Shirley Hopkins y sobre el presunto uso indebido del vehículo oficial del ministro Fabricio Valencia para temas particulares.
«De inmediato con el nombre completo, voy a solicitar copia de los contratos, y pedir los productos de los contratos. Sobre lo otro, sería otro delito, porque uno no puedo usar el coche oficial para temas privados», señaló la congresista tras destaparse el escándalo.
El escándalo protagonizado por Shirley Hopkins en el Ministerio de Cultura recuerda inevitablemente el caso de Richard Swing, no solo por la ligereza con la que se entregaron órdenes de servicio, sino por un detalle revelador: ninguno de los dos cuenta con título universitario. A pesar de ello, fueron favorecidos con contrataciones en el Ministerio de Cultura, amparados en redes de poder y en la deliberada omisión de requisitos mínimos.
La reincidencia de estos casos, separados por gobiernos pero unidos por el mismo patrón de impunidad, revela una cultura institucional que desprecia la meritocracia y privilegia los favores personales sobre la capacidad profesional.
Las órdenes de servicio otorgadas a Shirley Hopkins por un total de 127,500 soles no solo sorprenden por sus montos y por la ausencia de un título profesional que justifique su contratación, sino también por los indicios de una presunta relación sentimental con el entonces ministro de Cultura, Fabricio Valencia. Esta cercanía, nunca desmentida con firmeza por los involucrados, ha sido señalada por diversas fuentes internas como el verdadero factor que facilitó su acceso a recursos públicos. En un contexto donde la transparencia debería ser norma, la mezcla de vínculos personales con decisiones administrativas desnuda una estructura ministerial capturada por el amiguismo y el favoritismo.
Política
Congresista Alex Paredes sobre órdenes de servicio a favor de Shirley Hopkins en el MINCUL: «Debería intervenir Contraloría»
El presidente de la Comisión de Ética del Congreso de la República, habló sobre el nuevo escándalo en la sede central del Ministerio de Cultura.

La jugosas contrataciones de Shirley Hopkins en el Ministerio de Cultura, habría sido por su presunta relación sentimental con el ministro Fabricio Valencia Gibaja. Esto no obedecería a criterios meritocráticos, sino a su cercanía con el ministro.
Las órdenes de servicio por 127,500 soles se ha traducido en beneficios directos para ella. Además, se ha habría dado uso del vehículo oficial del ministerio para salidas privadas entre ambos, lo cual podría constituir un caso de peculado de uso.
Sobre este nuevo escándalo en el Ministerio de Cultura, el congresista Alex Paredes, mencionó: «Debería intervenir la Contraloría, se supone a hay un órgano de control, hay un órgano de recursos humanos. Sabemos que hay filtros cuando se tratan de contrataciones, y son ellos los que tienen que responder y es la Contraloría la que tiene que intervenir, porque ahora ya está bien considerado y sancionado en el Código Penal el tema de nombramiento indebido en el cargo».
Además, sobre el uso del vehículo oficial para salidas personasles, agregó: «Podríamos estar hablando de un peculado de uso, por no administrar adecuadamente los recursos del Estado».
El caso Valencia-Hopkins es más que una historia de una simple relación: representa una posible utilización del poder para beneficio personal. El dinero pagado a Hopkins no proviene del bolsillo del ministro, sino del presupuesto público, afectando la confianza ciudadana y el principio de transparencia que debería regir la función pública.
Política
Vladimiro Montesinos cumplió 80 años y exigirá salir de prisión
Ex asesor presidencial se acogerá a la Ley 32181 para cumplir lo que resta de su condena en libertad siguiendo reglas de conducta.

El ‘Doc’ quiere cantar ‘Libre soy’. Vladimiro Montesinos Torres, nacido en Arequipa el 20 de mayo de 1945, acaba de cumplir 80 años y tiene pensado celebrarlo en libertad, y es que tiene en mente acogerse a la Ley 32181, que indica en su primer artículo que “Los mayores de ochenta años, por razones humanitarias, afrontarán su condena conforme a los alcances del artículo 286 o del artículo 290 del Nuevo Código Procesal Penal”.

Cuenta el abogado César Pacheco para Infobae Perú que el ex asesor de Alberto Fujimori pueda gozar de los beneficios de la Ley promulgada por Dina Boluarte el año pasado, formalizando su solicitud ante el Poder Judicial.
“Todos los sentenciados que tengan 80 años se van libres. Así dice la ley y la ley se cumple al pie de la letra”, mencionó el letrado.
Asimismo, rechazó una posible detención domiciliario para su patrocinado, indicando que le correspondería libertad acatado reglas de conducta.
“¿Por qué va a ir a detención domiciliaria? Su libertad con reglas de conducta. Ya el juez dirá cuáles son las reglas de conducta que le va a imponer, pero sale libre porque él está ahorita incomunicado en la Base Naval del Callao”, respondió.

¿Sale en junio del 2026 o el 2031?
Quien fuera una de las personas más poderosas del país, aquel asesor que supo tejer una red de corrupción a base de sobornos a jueces, fiscales, empresarios y dueños de medios de comunicación, controlar medio país utilizando el Servicio Nacional de Inteligencia, y ordenar a grupos paramilitares silenciar a los opositores del gobierno del ‘Chino’, no ve las horas en dejar finalmente la prisión de Base Naval del Callao, sin embargo, aún queda pendiente una condena en su contra, la misma que extendería por seis años más su deseo de libertad.
En efecto, el ‘Doc’ fue sentenciado a 25 años por la masacre en Barrios Altos y a 20 años por la desaparición forzada y homicidio del dirigente Santiago Fortunato Gómez Palomino, confundido en ese entonces con un terrorista; posteriormente, el Grupo Colina reconoció que se había equivocado de sujeto.
Sobre la primera condena a Montesinos Torres le correspondería salir de prisión en junio del año próximo; en tanto con la segunda los jueces supremos resolvieron que la pena menor hubiera sido absorbida por la mayor (la de 25 años por Barrios Altos) si es que se trataba del mismo proceso penal, cosa que no ocurrió.
Al respecto, su abogado mencionó que ya se había presentado un recurso de amparo citando el caso del ex jefe del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), Juan Rivero Lazo, en donde el Tribunal Constitucional señaló que le correspondía su libertad porque en 1992, fecha de la desaparición y muerte de Palomino, no estaba vigente el tratado que considera como un delito permanente la desaparición forzada. Asimismo, en ese momento el Código Penal permitía la “refundición” de todas las penas por delitos relacionados en una sola.
De esta manera es que se espera que su patrocinado obtenga su libertad el próximo año, fecha en que ya estaría teniendo 81 años.
Política
Congreso citará al ministro de Cultura por favorecimiento de órdenes de servicio a favor de Shirley Hopkins
Ministro Fabricio Valencia será citado a la Comisión de Fiscalización por escándalo con órdenes de servicio a favor de Shirley Hopkins, con quien tendría una relación sentimental.

El Ministerio de Cultura (Mincul) vuelve a estar en el ojo de la tormenta. Esta vez, el titular del sector, Fabricio Valencia Gibaja, enfrenta serios cuestionamientos por su presunta relación sentimental con Shirley Hopkins Cerna, quien ha recibido órdenes de servicio por un total de 127,500 soles desde su llegada a la cartera. Lo que en un inicio parecía una vinculación personal se ha transformado en un caso con indicios de posibles delitos como negociación incompatible, tráfico de influencias y peculado de uso.
Desde el Congreso de la República, Juan Burgos, presidente de la Comisión de Fiscalización confirmó que el ministro será citado al parlamento tras la denuncia periodística.
La figura central de este escándalo es Shirley Hopkins Cerna, una mujer de 34 años, sin título universitario, que reside en San Borja, a pocas cuadras de la sede del Mincul. Desde mayo de 2024 ha sido contratada reiteradamente por el ministerio bajo diversas órdenes de servicio, a pesar de contar únicamente con estudios técnicos y simples diplomados de corta duración.
La contratación de Hopkins, según denuncias internas, no obedece a criterios meritocráticos, sino a su presunta cercanía con el ministro. Las fuentes aseguran que ambos mantienen una presunta relación sentimental y que esta cercanía se ha traducido en beneficios directos para ella. Además, se ha reportado el uso del vehículo oficial del ministerio para salidas privadas entre ambos, lo cual podría constituir un caso de peculado de uso.
Las cifras hablan por sí solas. Hopkins recibió su primera orden de servicio el 16 de mayo de 2024 por 22,500 soles. Le siguieron contratos de 15 mil, 30 mil y otros dos más, todos emitidos ya bajo la gestión de Valencia. La última orden fue el 2 de abril de 2025, por 30 mil soles, bajo el concepto de “coordinación administrativa para el Gabinete de Asesores”.
A pesar de no cumplir con los requisitos académicos exigidos inicialmente para este tipo de funciones, el Ministerio de Cultura redujo las exigencias de los Términos de Referencia, permitiendo que Hopkins acceda a estos contratos. De acuerdo con la documentación presentada, ella solo cuenta con un título técnico en administración bancaria emitido por un instituto privado.
La situación ha generado un clima de incomodidad y rechazo dentro del Mincul. Altos funcionarios aseguran que el caso es conocido por todo el personal del piso 8, donde se encuentra el despacho ministerial.
Consultada sobre el tema, la abogada Mónica Yaya, experta en contrataciones con el Estado, señala que podrían configurarse los delitos de negociación incompatible, colusión y tráfico de influencias, debido al evidente beneficio económico que Hopkins habría recibido gracias a su vínculo con el ministro. Además, de comprobarse el uso del vehículo oficial con fines privados, estaríamos ante un delito de peculado de uso.
Este nuevo escándalo trae a la memoria el caso Richard Swing, cuando el Ministerio de Cultura, bajo el gobierno de Martín Vizcarra, fue señalado por el otorgamiento irregular de millonarias órdenes de servicio. Lamentablemente, se evidencia que los patrones de favorecimiento político y sentimental se siguen repitiendo.
El caso Valencia-Hopkins es más que una historia de una simple relación: representa una posible utilización del poder para beneficio personal. El dinero pagado a Hopkins no proviene del bolsillo del ministro, sino del presupuesto público, afectando la confianza ciudadana y el principio de transparencia que debería regir la función pública.
Mientras tanto, la presidenta Dina Boluarte guarda silencio, y el ministro Valencia continúa en el cargo. La Fiscalía y la Contraloría tienen ahora la responsabilidad de esclarecer si los vínculos sentimentales han cruzado la línea de lo legal y han comprometido recursos del Estado en beneficio de una persona sin los méritos necesarios para acceder a ese tipo de contrataciones.
Política
Contraloría le llama la atención al Mincul por excesiva venta de boletos para Machu Picchu
Órgano de control le da un plazo de 45 días a ministerio para que corrija la sobreventa de boletos de acceso a la llaqta.

Jalón de orejas. La llaqta de Machu Picchu se ha convertido para el Ministerio de Cultura (Mincul) en su gran ‘gallina de los huevos de oro’, pues paulatinamente se pretende incrementar su aforo a cantidades que afectarían su estructura y preservación.
Recientemente, se conoció que el Mincul tiene pensado aumentar su aforo a ¡27 mil turistas por día!, proyecto rechazado de plano por la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) del Cusco calificándola de “inviable”. El argumento en ese momento del ministro Fabricio Valencia fue que se abarataría el precio de boletos, reduciendo la duración de la ruta a una hora, pero con el beneficio de que más turistas puedan ingresar a la ciudadela inca.
Al respecto, la Controlaría General de la República le ha advertido al Mincul que actualmente se evidencia una “sobrecarga turística”, la cual viene afectando sobremanera su estructura y ecosistema.
Asimismo, informó que no se viene efectuando el cobro de la tarifa general de S/. 152 por la visita a la Ruta Realiza Diseñada, porqué está incluida en los boletos adquiridos para el ingreso a la red de caminos mencionada, lo que viene afectando al erario público.
De acuerdo al informe n.° 010-2025-OCI/5765-SOO elaborado por el mencionado órgano de control, se determinó una sobrecarga de 2505 visitantes a la terraza superior de la ciudadela durante el periodo comprendido entre el 17 y el 30 de abril del 2025, y de 1546 viajeros entre el 1 y el 30 de mayo de 2025.

La comisión de control alertó que estas situaciones no garantizan la conservación de las áreas debido a que el constante tránsito de visitantes podría provocar la erosión del suelo en zonas con pendientes pronunciadas y áreas cercanas, así como la compactación del terreno por el peso y frecuencia de turistas, deteriorando caminos, escalinatas, muros y plataformas incas.
Ante ello, el Mincul tiene un plazo reglamentario de 45 días, prorrogable por otros 45 días más, para corregir estas irregularidades. De no hacerlo, la Contraloría activará un servicio de control posterior para determinar responsabilidades.
“Si no superan estas situaciones adversas, identificaremos responsables administrativas e incluso penales, sin importar el cargo: sea el titular de la entidad o un servidor de menor rango”, advirtió Guzmán Vera Coronel, vocero de Contraloría para Nueva TV Nacional.

Tal parece que desde lo más alto del Mincul se pretende exprimir en todo lo posible esa maravilla cusqueña, legado de nuestros ancestros. Construida hace siglos, la ciudadela podría desaparecer en menos tiempo de lo que uno se lo imagina a causa de la codicia de algunas malas autoridades.

El dato:
La llaqta de Machu Picchu fue declarada el 9 de diciembre de 1983 como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
Política
MINEDU mantiene un criterio clave en el concurso de Ascenso Docente 2025
Miles de maestros podrían quedarse sin puntaje por mérito debido a un subcriterio que no existía en procesos anteriores. Si tu título profesional o segunda especialidad fue obtenido antes de tu nombramiento, ya no suma puntos.

Desde el año 2015, el Ministerio de Educación (MINEDU) ha organizado concursos públicos para el Ascenso en la Carrera Pública Magisterial (CPM) bajo la promesa de garantizar una trayectoria meritocrática. Los Concursos de Ascenso 2024 y 2025 —regulados por la RVM N.º 077-2024-MINEDU y la RVM N.º 048-2025-MINEDU publicado el 13 de mayo de 2025— han introducido un cambio que ya he señalado anteriormente y que considero excluyente: el subcriterio 1.2 solo otorga puntaje a los títulos de segunda especialidad y títulos de profesor o licenciado en educación obtenidos posteriormente al nombramiento.
Todo indica que esta modificatoria habría sido añadida por la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN) del MINEDU, bajo la dirección de Eloy Alfredo Cantoral Licla.

Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2024 aprobado con la RVM N.º 077-2024-MINEDU.

Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2025 aprobado con la RVM N.º 048-2025-MINEDU.
Por ejemplo, en la región Amazonas, existen más de 180 docentes titulados en Educación Inicial que, ante la escasa disponibilidad de plazas en dicho nivel para contrato docente, decidieron continuar su formación profesional y obtuvieron un segundo título en Educación Primaria. Estudiaron cinco años adicionales para completar esta segunda carrera, y muchos de ellos recién lograron su nombramiento en los concursos de 2017, 2018 y 2019.
El problema es que, como estos títulos fueron obtenidos antes de su nombramiento, el MINEDU, a cargo del ministro Morgan Niccolo Quero Gaime, no les reconoce a los docentes el mérito de contar con dos especialidades en educación. En total, estos docentes han estudiado diez años, y sin embargo, su esfuerzo ha quedado invisibilizado tanto en el proceso de Ascenso 2024 y pronto en el de 2025, debido a una norma injusta y restrictiva que desconoce la formación previa al nombramiento.
Asimismo, miles de docentes hoy ostentan un título de segunda especialidad en educación, obtenido antes de su ingreso a la CPM, y gracias al cual pudieron alcanzar una plaza de nombramiento.
Actualmente, en el proceso de reasignación docente no existe ningún criterio que excluya el mérito de contar con una segunda especialidad u otro título profesional o de licenciado en Educación. Lo mismo ocurre en las evaluaciones para acceder a cargos directivos de IE, UGEL o DRE o de especialistas en Educación. ¿Por qué, entonces, se pretende penalizar dicho mérito en el proceso de Ascenso 2025? Esta contradicción no solo genera desigualdad, sino que también despierta sospechas de manipulación política en el acceso a cargos de mayor jerarquía dentro de la Carrera Pública Magisterial.

Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2023 aprobado con la RVM N.º N.º 061-2022-MINEDU.

Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional de los concursos de Ascenso 2021 y 2022 aprobado con la RVM N.º 057-2021-MINEDU y modificatorias.
Este cambio representa una alteración deliberada en la evaluación docente, ya que en todos los concursos de ascenso previos —incluidos los de 2016, 2019, 2021, 2022 y 2023— el subcriterio 1.2 de la Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional (aprobado por las RVM N.º 088-2015-MINEDU, N.º 115-2019-MINEDU, N.º 063-2021-MINEDU, N.º 057-2021-MINEDU, N.º 061-2022-MINEDU y N.º 102-2023-MINEDU, junto con sus modificatorias) no condicionó la fecha de obtención de otro título profesional, de profesor, licenciado en Educación o segunda especialidad para otorgar puntaje como parte de la valoración de la trayectoria profesional del docente nombrado.
Surge una pregunta de fondo: ¿Será que muchos de estos docentes tienen el perfil para ascender a la quinta, sexta o séptima escala, y eventualmente postular como directores de UGEL, especialistas u otros? De ser así, ¿existe una intención deliberada de frenar estos ascensos para mantener el control político o clientelar de los cargos directivos a nivel nacional?
Cabe señalar que no existe ninguna disposición en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.º 29944) ni en su reglamento que sustente este nuevo criterio. El Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2013-ED, establece en el inciso 53.2 del artículo 53 lo siguiente:
“La formación profesional y los méritos del postulante comprenden estudios de posgrado, segunda especialidad, actualización y capacitación, especialización, los cargos desempeñados, las distinciones obtenidas y la producción intelectual.”
Este artículo no impone restricciones respecto a la fecha de obtención de los estudios señalados. En otras palabras, no se exige que los títulos o grados académicos hayan sido obtenidos después del nombramiento en la CPM.
El MINEDU debe rectificar esta disposición y restablecer el reconocimiento de los títulos de segunda especialidad y títulos profesionales sin condicionamientos temporales injustificados. Si lo que se busca es meritocracia, el Estado no puede aplicar criterios excluyentes que contradicen el reglamento de la Ley magisterial y la historia reciente de sus propios concursos de Ascenso docente.
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