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Cultura

Patrimonio Documental de la Nación en grave riesgo de ser puesto en un almacén empresarial privado

La actual administración pondría en grave riesgo la materialidad de nuestro acervo.

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Por Carlos Alfonso Villanueva C.

En días pasados nos enteramos que, con fecha 16 de agosto del presente año, la Secretaría General del Archivo General de la Nación (AGN), mediante la Resolución N°000074-AGN/SG, aprobó un «Protocolo para el traslado externo del acervo documental…» que comprende los documentos de los repositorios archivísticos de la Dirección de Archivo Histórico, de la Dirección de Archivo Notarial y de la Dirección de Archivo Intermedio; es decir, de todos los fondos que conserva y protege el AGN, para cuyo efecto encarga al Área de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano su notificación a los interesados.

De tal modo, desfigurando el objetivo tutelar de la Ley Orgánica del AGN (1981) y de la Ley N°25323, ateniente a la capacidad de este como órgano rector del Sistema Nacional de Archivos (SNA), y contar con la aprobación de una autorización de transferencia de partida para financiar las “acciones de recuperación y custodia del Patrimonio Documental de la Nación y salvaguarda del personal administrativo del AGN, que permita mitigar el riesgo impacto ante intensas precipitaciones fluviales y posible fenómeno del niño (sic)”, la actual administración institucional ha dado inicio a una contraventora medida, toda vez que extraña a la gestión pública archivística y, más en concreto, abiertamente contraria a los fines y funciones establecidos en la normatividad nacional vigente que, sin embargo, el AGN hace cumplir a los archivos del SNA y él mismo está obligado a cumplir.

Ley de creación del Archivo General de la Nación.

De llevarse a cabo esto, la actual administración no haría sino poner en grave riesgo la materialidad de nuestro acervo, la cantidad de sus metros lineales, e impedir el acceso ciudadano al mismo por lo menos durante tres largos años. En este apretado artículo vamos a explicarlo y, por ende, manifestar públicamente nuestra preocupación y rechazo por ser ese planeado traslado manifiestamente improcedente y peligroso.

I. Observaciones técnicas

1.- Al igual que sus homólogos del ámbito internacional, los documentos del Patrimonio Documental de la Nación (PDN) —que son los de valor permanente— integrantes del SNA (conformado por el AGN, los archivos regionales y los archivos públicos) se encuentran bajo la custodia y protección directa del Estado, razón por la cual bajo ningún motivo o pretexto pueden ser trasladados a depósitos empresariales privados. Declarado desde el 15 de mayo de 1861 su interés social y la necesidad pública de conservarlo, custodiarlo y protegerlo, la tutela directa de esta clase de documentos la ejerce el Estado en consideración a su especial valor jurídico, histórico, cultural, científico, tecnológico, y por fundamentar los expresados derechos ciudadanos, que no se pueden conculcar.

Integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, el PDN está protegido por la Constitución del Estado (Art. 21°), como lo están los documentos de origen privado, aunque en este caso su custodia y protección directa no es ejercida por el Estado, sin que sobre ellos deje este de cumplir igualmente su papel tuitivo. Concordante con la norma suprema, se entiende que la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296 y su reglamento, no establezcan que la custodia y protección del PDN, integrante del SNA, pueda ser encargada a ninguna entidad privada-empresarial. La participación de esta última —expresado en términos generales— solo procede en los siguientes casos: “El Estado promoverá la partición activa del sector privado en la conservación, restauración [científicas], exhibición y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos de exportación ilegal o cuando se haya vencido el plazo de permanencia fuera del país otorgado por el Estado” (Articulo V.- Protección).

Si, en definitiva, la misma Ley Nº 28296 establece que el AGN es el único organismo público competente del Estado para proteger el PDN (Artículo VII). La pregunta es, bajo qué términos, y la respuesta nos la ofrece el Reglamento de Organización y funciones del AGN, aprobado mediante el Decreto Supremo N°005-2018-MC, el cual establece que: “Corresponde al Archivo General de la Nación acopiar, organizar, describir, conservar, valorar y servir la documentación con valor permanente y cuyo ciclo de vida ha concluido con sujeción a la ley de la materia. Asimismo, le concierne coordinar, supervisar y asesorar con los archivos históricos públicos del Sistema Nacional de Archivos y asesorar a los archivos históricos privados en el ámbito nacional. Expide copia y certifica los documentos que custodia” (Art. 15).

Solo queda agregar que el excepcional valor social del PDN en cuanto corresponde a la custodia, protección, tratamiento técnicos y servicio está exclusivamente al cuidado y servicio de personal, profesional y técnico, especializado: archiveros, historiadores y conservadores que, además, son los únicos que conocen sus fondos, localización y orden en los repositorios. Proponerse ejecutar, pues, una medida distinta constituye una flagrante contravención, además de doctrinal, de carácter normativo, de tratamiento y manipulación técnicos y al derecho de acceso ciudadano a la información. Supone, también, desconocimiento histórico: en el año 1540, la institución del Archivo de Simancas supuso el final de una muy larga era de archivos públicos itinerantes y depositados en terceros: los conventos; y, como en el Perú, las cosas mal pensadas y peor hechas, duran tanto, en 1861 también el Estado lo hizo por esa misma razón. Un pueblo que no conoce su historia está condenado a repetir sus errores.

2020 reportan robo de documentos oficiales y militares de los años 1877 y 1890 en el AGN.

Si bien convenimos en que la Ley Orgánica del AGN (1981) lo faculta a: “Planificar, dirigir, normar y racionalizar las actividades archivísticas a nivel nacional” (Art. 2°); prescribe, sin embargo, que lo debe hacer orientado a: “La defensa, conservación e incremento del PDN” de la Nación” (Arts. 1°y 2°, d). Y cuando invoca en artículo 4 de la Ley N° 23523, esconde intencionalmente el literal f), que establece que el AGN debe: “Velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre archivos y documentos, imponiendo sanciones de acuerdo a ley, en los casos de violación y denunciándolos ante las autoridades competentes”. El jefe institucional ha cruzado la línea técnica y legal permitida, ubicándose en la contravención. Le pedimos ser responsable y no actuar como quien lo nombró.

Existe otra poderosa razón para declarar inaceptable el confiar la custodia y protección del PDN del SNA (Lima) a una empresa privada. Para el objetivo que se han propuesto, el jefe institucional y sus funcionarios vienen trabajando de manera casi confidencial la entrega del PDN a empresas almaceneras que no actúan de conformidad con los procedimientos técnicos archivísticos que, sin embargo, el ente rector exige a toda entidad pública. Y causa enorme preocupación que la posible empresa almacenera, que recibiría la “custodia y servicio de dicha documentación”, tenga en su haber una serie de incendios, algunos de ellos causados con comprobada intencionalidad (https://www.pagina12.com.ar/543563-la-oscura-historia-de- iron-mountain). Definitivamente, una empresa almacenera que se vende como la más segura pero que, sin embargo, exhibe dicho historial de incendios, debería ser causal suficiente para ni siquiera pensar en confiar la custodia de la valiosa documentación de todos los peruanos. La actual administración del AGN no es consciente del grave riesgo de afectación material, pero también de suplantación y robo, a que expondría nuestro PDN, como trataremos en la siguiente sección. Antes, nuestros compatriotas deben saber que ha trascendido la orden a algunos jefes para que indiquen, a algunos trabajadores y proveedores de servicios, no comentar nada sobre el planeado traslado, cuya fecha se podría estar dando para noviembre del presente año.

2.- Según lo anunciado, el AGN no cuenta, hasta ahora, con un nivel óptimo en el proceso técnico de descripción a nivel de pieza de todos sus valiosos fondos documentales históricos; ocurre así aunque desde el punto de vista doctrinal esté considerada como la primera línea de protección y defensa patrimonial, y en el caso peruano le está señalado entre los fines y funciones institucionales, como custodio y encargado específicamente de su protección, de conformidad con la normatividad vigente y finalidad pública. Esto significa que ni el AGN ni los peruanos conocen el exacto contenido o información de una parte importante de su valioso acervo documental histórico y, como lógica consecuencia, dados los graves antecedentes, se encuentra en un estado de muy alta vulnerabilidad.

Lo hemos señalado en múltiples ocasiones y exhortado a los gobiernos, y las administraciones institucionales de turno, sobre esta preocupante anomalía. Es preciso tener presente que no hace mucho, el año 2019, ha sido remarcado por la Contraloría General de la República a través del Informe Nº 4047-2019-CG/SOCC-SOO: “Hay aproximadamente cerca de 2000 metros lineales de documentos que no han sido identificados, y están pendientes de procesos técnicos archivísticos de organización y descripción. Estos no están inventariados”. Y también, que: “No existe documento formal de los inventarios y demás instrumentos descriptivos”. Pues bien, esta es una de las causas más importantes por la cual el PDN se encuentra permanentemente expuesto a pérdidas, suplantación y, sobre todo, al robo.

Se trata de hechos conocidos públicamente que han ocurrido, y ocurren, incluso debido a que los “funcionarios del Archivo General de la Nación no adoptaron 27 acciones para custodiar y proteger los bienes culturales que han sufrido afectación, generando que limita la defensa y recuperación del bien” (Informe de Auditoría Nº 008-2023-2-0308-AC: Auditoría de Cumplimiento Archivo General de la Nación- “Servicio de Gestión de los fondos documentales, custodia, protección, declaratoria y registro del archivo histórico, Periodo:1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022”). Los robos del fondo Superior Gobierno, los documentos de Miguel Grau y José de San Martín, Ministerio de Guerra y Marina, y del Ministerio de Hacienda y Comercio, entre otros excepcionalmente valiosos, son hasta ahora un problema sin solución de continuidad y sin sanción ni recuperación, pues muy lejos están de ser sustantivas. De otro lado, el AGN ni si quiera cuenta con un Fondo de Seguridad contra daños, extravíos o robos. Planear el traslado en el estado anómalo de identificación en que se encuentra el PDN es invitar al saqueo del mismo a manos de sus activos depredadores. Y, más aún, porque no hay sanción ejemplar.

Robo de documento sanmartiniano reportada en octubre de 2019. Foto: Ojo Público.

3.- Sumado a lo expuesto, el irresponsable traslado del PDN a un depósito privado-empresarial

por lo menos durante un plazo de tres años impediría el acceso de los investigadores peruanos

y extranjeros, y a las personas naturales y jurídicas, a los fondos que custodia el AGN; por no hacer recordar que, como se vocea, el trasladado al distrito de Lurín haría imposible el desplazamiento y sostenimiento diario del personal archivero. Ante semejante absurdo, nos preguntamos si las actuales autoridades del Ministerio de Cultura, y del AGN, saben que la eficacia de la gestión archivística apunta al acceso que se brinde a los fondos ―en correspondencia con el derecho de información―, vistos los objetivos que se persiguen; y, tanto como ello, en qué queda la Declaración Universal sobre los Archivos adoptada por la Conferencia General de la UNESCO el 2011: “El libre acceso a los archivos enriquece nuestro conocimiento de la sociedad, promueve la democracia, protege los derechos de los ciudadanos y mejora la calidad de vida”.

Vistas las cosas, desde la coyuntura, si la protección del documento histórico es esencial para generar conocimiento conducente a la comprensión de nuestro pasado, y al fortalecimiento de nuestra identidad, es preciso recordar que la eficacia de la gestión archivística apunta principalmente al acceso que se brinde al mismo, el cual es un derecho ciudadano. De ahí que en la Ley N°25323, en los literales del Art. 2°, queda contemplado: “a) Proteger y defender el Patrimonio Documental de la Nación; c) Cautelar y difundir los valores de la identidad nacional; [y] d) Fomentar la investigación científica y tecnológica a través del servicio de los fondos documentales´”. Conscientes de ello, resulta un absurdo de marca mayor que, al anunciar la señora presidente de la República, Dina Boluarte, que el Perú celebrará en 2024 el bicentenario de la victoria peruana y americana en la batalla de Ayacucho, a las autoridades del AGN, y del propio Ministerio de Cultura, se les ocurra impedir a los estudiosos investigar y aportar nuevos conocimientos sobre la importante participación peruana a este respecto. De otro lado, cómo es posible tener que recordar una y otra vez que en una sociedad democrática no se cancela el derecho a la información conservada en los archivos públicos; los ciudadanos peruanos requieren constantemente acceder a datos personales sensibles y de urgente necesidad.

II. Propuesta técnica alternativa

Ante las muy serias Observaciones Técnicas al Proyecto de Inversión Pública: «Mejoramiento del servicio de resguardo y conservación del patrimonio cultural archivístico de la nación del Archivo General de la Nación – Sede Pueblo Libre, 2017»”, y propuesta ante la presidencia de la República el año 2018 y el Congreso de la República para que se realice una permuta de predios entre el AGN y el Ejército del Perú (el del subutilizado Cuartel Simón Bolívar, ubicado en el mismo distrito), y, de ser el caso, otros que el gobierno peruano a través de Bienes Nacionales tenga a bien darle, hoy nos reafirmamos públicamente en ella a los efectos de construir las sedes del AGN y crear el Museo Nacional de Bellas Artes que el Perú, insólitamente, no pose (ver imagen de Propuesta 1). Considerando la importancia y enorme vulnerabilidad en la que se encuentra el PDN, la señora presidente de la República, Dina Boluarte, puede perfectamente hacerlo suya nuestra propuesta en tanto que se trata de predios de propiedad del Estado y ella jefa suprema de nuestras respetadas Fuerzas Armadas. Esta decisión patriótica y de necesidad pública permitiría hacer un traslado del valioso acervo peruano con garantías precisadas en la doctrina archivista y el ordenamiento legal vigente. Se utilizaría la capacidad instalada del citado cuartel para colocar los fondos del PDN mientras se construye la sede del AGN sin afectar, mayormente, a los investigadores y ciudadanos. La partida habilitada se emplearía para hacerlo efectivo (ver imagen de Propuesta 2). Pensando en el Perú, es hora de actuar responsablemente

Espacio del cuartel Simón Bolívar del distrito de Pueblo Libre.

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Cultura

Festival de Cine de Lima vuelve con más de 140 películas

El Centro Cultural PUCP se convertirá en el epicentro cinematográfico en nuestra capital.

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Del 7 al 16 de agosto, Lima se convertirá una vez más en capital del cine latinoamericano. La 29ª edición del Festival de Cine de Lima PUCP, organizado por el Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica del Perú, despliega una programación ambiciosa, diversa y profundamente comprometida con el arte cinematográfico y sus públicos. Más de 140 obras —entre largometrajes, mediometrajes y cortos— se proyectarán en siete sedes principales, además de funciones al aire libre en distritos populares como Comas, Canta Gallo y Huachipa.

Este año, el lema #CineDeEncuentro cobra especial sentido: se realizarán 265 funciones, con 90 invitados nacionales e internacionales y 85 actividades formativas que incluyen talleres, clases maestras, conversatorios y sesiones de preguntas con cineastas. El cine vuelve a ser no solo espectáculo, sino diálogo, memoria, crítica y posibilidad de transformación.

Como en toda fiesta auténtica, no faltarán los homenajes. Se celebrará la vida y la obra de tres figuras esenciales: la actriz Haydeé Cáceres, un ícono de la escena peruana que ha cruzado las fronteras del teatro, el cine y la televisión con la misma naturalidad con la que conmueve desde un escenario; el actor chileno Alfredo Castro, cuya presencia se enmarca en una retrospectiva de sus mejores interpretaciones; y Elena Vilardell, artífice silenciosa del cine iberoamericano a través de su incansable labor en Ibermedia.

El festival también reactiva la sección “Irresistibles”, con seis películas que abrazan géneros tan vitales como el terror, la comedia y el drama, provenientes de Argentina, México y Chile. Y bajo su columna vertebral —la competencia oficial— se presentarán 34 películas latinoamericanas inéditas. A ello se suma una gala de inauguración, 10 títulos aclamados en los festivales de Cannes, Berlín y BAFICI, y una decena de películas en homenaje a grandes nombres de la cinematografía.

Habrá espacio para lo clásico y lo restaurado en la sección Espacio Filmoteca PUCP, con joyas latinoamericanas rescatadas del olvido, y también un tributo al escritor recientemente fallecido, Mario Vargas Llosa, con dos cintas que dialogan con su legado literario. Además, el festival acogerá cortometrajes peruanos, obras premiadas del Ajayu y UNIFEST, y filmes en homenaje a leyendas del cine francés como Alain Delon y Jean Gabin.

La dimensión pedagógica y de industria no ha sido olvidada. Como cada año, la sección Encuentros ofrecerá actividades de acceso libre: desde clases maestras hasta talleres en regiones como Puno y Trujillo. Como novedad, el programa digital “Modo Festival” llevará el pulso del evento a las plataformas, con entrevistas en vivo y cobertura de las actividades diarias, conducidas por Javier Zavala, José Miguel Vidal y Andrea Brissolese.

En paralelo, la exposición “Andar por las nubes”, abierta desde el 23 de julio en la Galería del CCPUCP, rendirá tributo al trabajo del sonidista Guillermo Palacios Pareja, pieza clave en la historia del sonido del cine peruano. Junto a él, las pinturas de su hijo, Guillermo Palacios Pomareda, compondrán una experiencia sensorial que entrelaza imagen, memoria y sonido.

Por décimo año consecutivo, la Zona Industria reafirma su apuesta por el cine peruano en desarrollo. Este 2025, el Work In Progress ha alcanzado un récord de 31 postulaciones, testimonio del vigor —y también de los desafíos— que enfrenta la producción nacional.

El Festival de Cine de Lima PUCP no solo proyecta películas. Reúne miradas, acoge debates, forma audiencias y lanza preguntas urgentes desde las pantallas. Y en tiempos en que la cultura suele ser postergada o banalizada, este festival persiste como un acto de resistencia luminosa. Toda la programación ya se encuentra disponible en festivaldelima.com.

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Cultura

La Inteligencia Artificial analizó la programación de la FIL de Lima: «La feria parece no distinguir entre popularidad e impacto cultural»

Le pedimos a la IA que analice la programación de la Feria Internacional del Libro de Lima, y esto fue lo que nos dijo.

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Italia llegó a la Feria Internacional del Libro de Lima como un vendaval refinado: autores de trayectoria, ilustradores premiados, cine, jazz, exposiciones y pensamiento. Con el lema “Conexiones latinas”, la delegación italiana dotó a la feria de un contenido transversal y estéticamente cuidado. Un pabellón de 200 m² acoge actividades que transitan desde la novela contemporánea hasta la migración histórica, con aciertos innegables. Pero más allá del oropel europeo, la FIL Lima 2025 exhibe, una vez más, sus grietas internas.

Quien ha caminado por la FIL de Buenos Aires o la de Guadalajara sabe que las grandes ferias no solo convocan nombres internacionales: construyen pensamiento crítico, impulsan el debate sobre políticas culturales, descentralizan la oferta y apuestan por la renovación del canon. En cambio, la FIL de Lima sigue atrapada entre el espectáculo superficial y el formalismo protocolar.

La programación, extensa y variada, peca de dispersa. La sobrecarga de actividades y la escasa curaduría temática hacen que muchas propuestas —incluso valiosas— se pierdan entre la saturación horaria y la falta de promoción. El ciclo de cine italiano es impecable, sí, pero sin el más mínimo esfuerzo de articulación con la producción audiovisual peruana o latinoamericana. Se proyecta cine como si fuera una nota al pie, cuando bien pudo ser el punto de partida para un diálogo más profundo entre literatura y pantalla.

Otro problema es la débil presencia crítica nacional. Mientras en Guadalajara se celebran mesas con voces disidentes —desde jóvenes poetas indígenas hasta editores independientes latinoamericanos—, en Lima persiste una lógica excluyente. El programa sigue dominado por autores mediáticos, nombres repetidos y lo que podríamos llamar «la corte editorial limeña». Faltan las regiones, faltan nuevas escrituras, faltan los márgenes.

La sección dedicada a Mario Vargas Llosa, si bien justificada por la dimensión de su obra, resulta desproporcionada. Tres exposiciones, una docena de eventos y una maquinaria simbólica construida para sostener una narrativa que ya no interpela a las nuevas generaciones. ¿Dónde están los diálogos intergeneracionales? ¿Dónde el debate sobre la vigencia y las sombras de su figura? La feria lo celebra, pero no lo interroga.

Italia, en contraste, sí trajo complejidad: Ilaria Gaspari, Marta Cai y Nadeesha Uyangoda ofrecen miradas frescas sobre la identidad, el deseo y la otredad. El ciclo de poesía curado por Claudio Pozzani conecta con la tradición y la contemporaneidad. Los ilustradores y autores de novela gráfica participan en conversaciones que dialogaban con el presente, no solo con el archivo.

Otro flanco débil es la programación juvenil, dominada por autoras de Wattpad y fenómenos virales que, si bien convocan público, desbalancean la oferta. En lugar de incluirlos como parte de un ecosistema diverso, se les ha otorgado protagonismo casi absoluto, dejando fuera a propuestas juveniles más arriesgadas o con enfoque social. La feria parece no distinguir entre popularidad e impacto cultural.

El espacio para editoriales independientes, siempre relegado, vuelve a ser marginal. Sin un pabellón propio ni una agenda de visibilidad, las pequeñas editoras sobreviven a la sombra de los grandes conglomerados. En Buenos Aires, sellos como Godot o Eterna Cadencia son actores centrales; en Lima, sus equivalentes peruanos no tienen voz ni presupuesto.

Y finalmente, el enfoque educativo sigue siendo el gran ausente. Ninguna mesa aborda de manera sustancial el vínculo entre lectura y escuela pública, ni la crisis estructural del libro de texto. Tampoco se discute la precariedad de las bibliotecas o la ausencia de políticas sostenidas de fomento a la lectura desde el Estado.

En suma, la FIL Lima 2025 brilla por momentos —sobre todo gracias a Italia—, pero se apaga en su falta de riesgo. Se celebra a los clásicos, se endiosa a las estrellas de redes, se invita a nombres seguros. Lo que no se hace es incomodar, renovar, problematizar. Y sin eso, una feria no puede aspirar a más que a la autocomplacencia.

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Cultura

Lima Gris Radio: Comenzó la Feria Internacional del Libro de Lima [VIDEO]

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En el programa Lima Gris Radio, que se transmite todos los viernes de 5 a 6 p.m. por Radio Planicie, los conductores Edwin Cavello y Luis Felipe Alpaca criticaron varios temas de actualidad.

Comentaron sobre la Feria Internacional del Libro de Lima (FIL), que este año tiene como invitado de honor a Italia, pero cuestionaron el alto precio de la entrada, que cuesta 10 soles, a pesar de que la feria se presenta como una organización sin fines de lucro.

En otro momento, comentaron sobre la gestión del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, quien anunció con bombos y platillos la llegada de trenes diésel tipo Caltrain. Sin embargo, señalaron que todo fue otra de sus mentiras, ya que actualmente no existen vías habilitadas para que esos vagones funcionen en Lima.

También mencionaron a su teniente alcalde, Renzo Reggiardo, quien está siendo investigado por el Jurado Electoral Especial (JEE) por supuestamente romper la neutralidad electoral al promocionar la candidatura presidencial de López Aliaga.

Finalmente, hablaron del precandidato presidencial Carlos Álvarez, quien ha sido criticado por sus vínculos con personajes como Vladimir Meza —presidente de su partido, actualmente en juicio oral por presunta colusión agravada— y Delsy Romero, Secretaria General Nacional. Ambos tienen un pasado polémico. Los conductores cerraron con una pregunta directa: ¿Dónde está Carlos Álvarez?

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Cultura

Series adaptadas de libros que funcionaron en TV

Del papel a la pantalla chica

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¿Qué películas o series están basadas en libros? ¿Qué programa de televisión está basado en un libro? Para aquellos que aman tanto las novelas como la televisión, existe un universo de adaptaciones de libros famosos. En este artículo, te proponemos un recorrido por algunas de las series más reconocidas inspiradas en libros.

Del libro a la pantalla: series adaptadas de libros

¿Qué series se destacan como adaptación de libros famosos? Algunos ejemplos son:

El cuento de la criada

Margaret Atwood ya era un nombre famoso en la literatura canadiense y mundial, pero la adaptación de su novela El cuento de la criada, serie lanzada en 2017, amplió su público aún más.

Este universo distópico presenta a Gilead (un nombre que recuerda a aquellos encontrados en la biblia), un estado autoritario en el que las mujeres fértiles son esclavizadas y usadas para concebir bebés.

 Aunque la novela de Atwood tuvo una sola secuela (The Testaments, publicada en 2019), la serie cuenta con 6 temporadas, lo que significa una gran ampliación de la historia de la escritora canadiense.

Juego de tronos

George R. R. Martin publicó los primeros libros (considerada una saga, por contener más de 4 libros) de la Canción de hielo y fuego en los años noventa. Sin embargo, fue recién en 2011 cuando la serie de HBO emitió su primer episodio y dio origen a uno de los fenómenos más importantes de la televisión moderna.

Premios como los Emmy, los Golden Globe y muchos más sellaron el prestigio de esta serie, que ya había cosechado millones de espectadores (que, a su vez, también habían comprado millones de copias de los libros originales).

La serie duró 8 temporadas y presentó el mapa de los Siete Reinos, gobernado por aquel que se sentara en el Trono de Hierro. Esta concentración de poder da lugar a guerras y a conflictos entre las grandes familias de las diferentes regiones.

Así, las casas deberán usar todo su arsenal (desde ejércitos hasta estrategias, sin dejar de lado los dragones) para poder conquistar Poniente.

La casa del dragón

Después del final de Juego de tronos, Poniente todavía tenía historias para contar. La casa del dragón viene a contar la historia previa a Juego de tronos, cuando los Targaryen reinaban los Siete Reinos y la lucha por el control del Trono de Hierro era un conflicto entre familiares.

Esta precuela está basada en la saga Fuego y sangre (también de George R. R. Martin), aunque los guionistas moldearon ese material a su propio formato y con sus propias decisiones artísticas.

A pesar de que comparte muchas casas con Juego de tronos, esta serie se centra en la casa Targaryen y en la Danza de dragones que marcó su historia.Todavía se encuentra en sus primeras temporadas, pero promete más.

Sherlock

El personaje de Arthur Conan Doyle encantó a los lectores del siglo XIX y sigue fascinando a los espectadores de hoy en día. Aunque no sean pocas las adaptaciones de las historias del icónico detective (desde las películas Sherlock Holmes, protagonizadas por Robert Downey Jr. hasta la reciente Enola Holmes de Netflix), la serie de la BBC ha logrado destacarse.

Quizás sea por la estructura de la serie (tan solo 13 capítulos divididos en 4 temporadas, de 90 minutos aproximados de duración cada uno), por la actuación de Benedict Cumberbatch como Sherlock o por la cantidad de premios (desde Emmys hasta Critics’ Choice Television Awards, sin dejar de lado nominaciones a los Golden Globes); esta emisión, que se desarrolló entre 2010 y 2017 sigue siendo un éxito.

La maldición de Hill House

Shirley Jackson escribió esta novela en 1959; Netflix puso su atención en ella en 2018. Jackson fue una autora reconocida en el género de terror, y la serie sabe hacerle honor a ese tono, aunque tomó ciertas libertades creativas en su adaptación.

La producción de Netflix sigue a una familia que habitó Hill House, pero que no pudo abandonarla a pesar de haberse mudado lejos de ella. Así, los miembros de esta familia siguen atormentados por sus experiencias en la vieja mansión.

La serie cuenta con una temporada de diez episodios. Además, forma parte de la serie de antología The Haunting; conjunto que comparte con La maldición de Bly Manor, estrenada en 2020.

La maldición de Bly Manor

Esta segunda parte de la serie de antología The Haunting también está basada en un libro de gran éxito, aunque anterior a la aparición de la novela de Jackson. En este caso, a pesar de que la inspiración es más abstracta, la serie sienta sus bases en Otra vuelta de tuerca, del escritor norteamericano Henry James.

A pesar de las diferencias que puedan analizarse, la serie de Mike Flanagan respeta el aire terrorífico y la incertidumbre que caracterizan el relato de James. La producción de Netflix cuenta con una sola temporada de 9 episodios.

Anne (Anne with an “E”)

Ana la de Tejas Verdes es una serie de libros escritos por Lucy Maud Montgomery alrededor del 1900. Es uno de los clásicos de la literatura canadiense y uno de los clásicos de la literatura infantil a nivel mundial (aunque, en principio, se publicó sin un límite de edad en mente).

Netflix llevó esta historia a su plataforma en 2017, con un éxito que garantizó su expansión a 3 temporadas y un total de 27 episodios.

Tanto la serie como la novela cuentan las aventuras de Anne Shirley, una huérfana que es adoptada por los hermanos Cuthbert. Anne se destaca por su imaginación y su bondad, lo que hace que se vuelva muy querida en la comunidad de Avonlea.

Los Bridgerton

Las series de época ya eran queridas y famosas desde la aparición de Downton Abbey. Sin embargo, las novelas de Julia Quinn, que comparten ese aire de época, no habían sido adaptadas hasta que Shonda Rhimes (quien estuvo al frente de éxitos como Grey’s Anatomy) tomó las riendas del proyecto de Netflix y estrenó la serie en 2020. El éxito fue rotundo e inmediato: más de 82 millones de espectadores vieron Bridgerton en su primer mes.

Tanto las novelas como la adaptación de Netflix llevan al espectador a la sociedad londinense durante el período de Regencia, a principios del siglo XIX. Cada libro de Quinn y consecuentemente, cada temporada, se centra en uno de los hijos de la familia Bridgerton, parte de la aristocracia inglesa.

La primera temporada se centra en Daphne y en su historia con el Duque de Hastings. La segunda temporada se enfoca en la relación de Anthony y Kate y la tercera temporada cubre el desarrollo del amor entre Colin y Penélope. Cada temporada cuenta con 8 episodios y su éxito garantiza la publicación de más contenido.

Además de la serie principal, Netflix ha ampliado el universo Bridgerton con precuelas como La reina Carlota: Una historia de Bridgerton, que introduce al espectador a los orígenes de la Reina Carlota, un personaje que ya es conocido desde la primera temporada de la serie original.

Lo mejor de la literatura, lo mejor de la televisión

Propuestas que traen un aire nuevo a un clásico de siempre, que permiten establecer un diálogo entre un libro querido y una serie que ha convocado a millones en su propio tiempo; las adaptaciones siguen demostrando que las buenas historias siguen convocando espectadores.

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Cultura

Mañana se inaugura la expoferia Ruraq Maki 2025

Tradicional feria de arte popular irá del 18 de julio al 29 de julio, en la sede central del Ministerio de Cultura.

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Hecho a mano, eso significa en quechua Ruraq Maki, la feria más importante a nivel nacional donde artesanos de todos los departamentos del país saldrán a exponer y vender sus más elaboradas creaciones.

Esta edición marca un hito al congregar al mayor número de colectivos de artesanos y artistas tradicionales, teniendo a 210 colectivos presentes durante los días en que estará abierta la feria. Esa cifra representa el más alto número desde que Ruraq Maki fuera creada en el año 2007 por el entonces Instituto Nacional de Cultura (INC), dirigida en esa ocasión por la doctora Cecilia Bákula.

Entre los seleccionados para esta edición, hay 48 colectivos reconocidos oficialmente por el Ministerio de Cultura (Mincul) y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), así como 50 nuevos colectivos que participan por primera vez.

Además, los expositores representan a 17 pueblos indígenas u originarios y al pueblo afroperuano, y cuyas piezas están vinculadas con 35 manifestaciones culturales declaradas Patrimonio Cultural de la Nación, inscritas en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, o registradas como Denominación de Origen. Un sello que garantiza la calidad de las piezas y trabajos que podrán ser apreciados y adquiridos por el público asistente.

También se podrá encontrar la sección Gastronomía Viva, a cargo de la Casa de la Gastronomía Peruana, con platillos representativos de la cocina tradicional peruana.

A la vez, habrá talleres demostrativos, presentaciones de música y danzas tradicionales, y capacitaciones a favor de los colectivos de artesanos tradicionales participantes.

Artesanos y artistas de la costa, sierra y selva del Perú se harán presentes en esta nueva edición.

Según el Mincul, en 2024, se superaron en 58 % las ventas generadas por las ediciones del 2023, y la Edición Nacional Julio 2025 de Ruraq Maki, hecho a mano, busca superar los 2 millones de soles en ventas para el beneficio de los colectivos de artesanos y artistas tradicionales.

Entrada libre.

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Cultura

Bases de Estímulos Económicos del cine en Perú: Una simplificación de una lectura difícil

Los textos de los concursos para obtener Estímulos Económicos destinados a financiar proyectos cinematográficos suelen ser engorrosos, casi ininteligibles para el ciudadano de a pie (o incluso de rodilla). Aquí va un resumen digerible del caso peruano: qué se solicita, qué se prohíbe y, sobre todo, qué pretende premiar esta política pública.

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Textos como los de los concursos para ganar estímulos con el propósito de financiar proyectos como el cine resultan engorrosos. Aquí un resumen del ejemplo peruano: lo que solicita, lo que prohíbe y, lo más importante, lo que busca premiar dichos estímulos en tanto política cultural.

Antes que nada, entre las prohibiciones, que son muchas, están el que participen miembros del ministerio o familiares, o personas que tengan deudas ante el fisco.

En los requisitos se exige que quienes participen sean personas jurídicas que cuenten con reconocimiento e inscripción vigente en el Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual – RENCA y que hayan presentado su solicitud de reconocimiento e inscripción en dicho registro hasta la fecha establecida en el numeral VII de las bases.

Se trata de personas jurídicas constituidas en el Perú, con partida registral de la SUNARP e inscrita en el registro único de contribuyentes (RUC) con estado activo y en condición de habido. Asimismo, la postulación señala que su representante legal deberá mantenerse como tal durante todo el proceso de postulación y, de ser declarado beneficiario, en el proceso de entrega del estímulo y ejecución del proyecto.

Para efectos de las postulaciones a la modalidad de “Producción de largometrajes de ficción exclusivo para las regiones del país (excepto Lima Metropolitana y Callao)” y las que apliquen a la reserva de regiones en la modalidad de “Desarrollo de largometraje de ficción”, los postulantes deben contar con domicilios registrados fuera de Lima Metropolitana y Callao, según lo establecido en la temible SUNAT y en la lentísima SUNARP. Asimismo, deben declarar, bajo juramento, que realizan sus actividades de producción cinematográfica o audiovisual principalmente en dichas regiones. Ellos involucran también a los equipos técnicos, puesto que su propósito en esa modalidad es incentivar la descentralización de la producción.

Restricciones 

Estas restricciones se repiten en las demás modalidades de producción.

Personas jurídicas cuyos representantes legales, responsables y/o directores estén vinculados al caso Epstein. Eso último es una broma, pero considero que deberían señalarlo también. En fin, la restricción que refiere es a vínculos de proyectos beneficiarios de ediciones anteriores de los Estímulos Económicos para la Cultura convocados por la DGIA (¿Qué cojones es eso?) que mantengan vencidas las obligaciones contraídas a partir de la Suscripción de las actas de compromiso con el Ministerio de Cultura.

Otra restricción es a personas jurídicas que mantengan omisiones tributarias y/o deudas en etapa de cobranza coactiva (ven, que les dije) ante la SUNAT (porque Hacienda somos todos, y Hacienda no olvida lo que dejaste de declarar el verano pasado. Felizmente no estamos en Europa, que ahí sí te cuelgan de los pulgares).

Personas jurídicas cuyos representantes legales, directores del proyecto, que, durante el ejercicio del cargo, sean servidores y/o funcionarios de confianza y/o locadores de servicio del Ministerio de Cultura (pregúntenle al ministro cuántos locadores de servicio de confianza tiene), cualquiera sea su vínculo laboral y/o contractual/sentimental.

Una restricción que no debe pasarse por alto es que la persona jurídica o su responsable haya participado en obras o proyectos destinados a pautas publicitarias, propaganda electoral o en beneficio directo de una organización política. Es decir, si eres el community manager de Vizcarra o el tiktoker de APP, pues te digo que contigo no va. Lo ideal es no tener un precedente de participación política publicitaria, pero si somos realistas, la calle está dura para actores, cineastas, marketeros o comunicadores. La web del ministerio no especifica si esa restricción tiene un límite en el tiempo; no obstante, existen etapas en los concursos que son de índole consultiva para ver ese tipo de temas. Así que, atento.

Las personas jurídicas postulantes pueden presentar uno (1) o más proyectos acualquiera de los concursos que conforman los Estímulos Económicos para el Fomento de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual y bla, bla, bla (¿quién redacta tan feo estos documentos del ministerio? Ah, sí, un abogado. Retiro la pregunta, su señoría). Sin embargo, no se premiará más de un (1) proyecto (¡tacaños, tacaños, tacaños!) u obra de la misma persona jurídica, representante legal o director(a) en un (1) mismo año en el marco de los estímulos concursables del ‘Plan de Estímulos Económicos para el Fomento de la Actividad Cinematográfica y

Audiovisual 2025. En serio, ¿creen que con ganar un solo estímulo da para hacer una película de calidad que luego concurse en el festival de Málaga (que por cierto se menciona más adelante en estos incentivos)?

Sobre los proyectos

Los proyectos postulantes pueden consistir en las siguientes actividades:

 Desarrollo de una obra cinematográfica: Es decir, la etapa previa a la preproducción del

proyecto donde se consolida el guion o tratamiento, se plantean los procesos de producción y el presupuesto a invertir. Asimismo, se inicia la búsqueda del

financiamiento y se elaboran materiales que permitan dar una idea de la obra. Traducción, quiere decir el marco teórico y el plan de producción, todo en papel como cuando se va a concurso hacer el puente de Chuquibambilla, y dices que vale 5 millones y luego a la mitad de la construcción resulta que va a costar diez, porque en medio se murió de malaria el ingeniero de la obra, hubo cuatro huelgas, cambiaron 8 ministros, cayó el gobierno, Trump subió aranceles al cobre de Chile, Brasil decidió desarrollar una ruta al Pacífico por Chile antes que por Perú porque la frontera común, esa patria de la rana amazónica que está en vías de extinción, y como Cancillería tienen sensibilidad ecológica y un contrato por el que vendieron su alma con George Soros… En fin, la gente de cine y teatro sabe a lo que me refiero con imprevistos de gastos, y en este punto hablamos de un incentivo para el desarrollo de la parte teórica de la obra, ni siquiera de la obra misma.

Producción de una obra cinematográfica: Etapa que involucra la preproducción, producción y postproducción de una obra cinematográfica. En esta fase se planifican y ejecutan todos los aspectos de la filmación o grabación de la obra, así como las actividades necesarias para su culminación y que conlleven a la obtención de la copia final. Traducción de la película enterita. Este es el estímulo que supuestamente cubre toda realización (lo mismo dijeron de la carretera a mi pueblo, y mira tú, llegó solo a Chuquibambilla).

Obra cinematográfica peruana (no es por gilipollas, pero ¿qué es peruano?). Para efectos del presente concurso, los proyectos tienen como finalidad eldesarrollo o la producción de una obra cinematográfica peruana de largometraje deficción que cumpla las condiciones de nacionalidadestablecidas en los artículos 4 y 5 del Decreto de Urgencia N° 022-2019. Y aquí sí tengo que detenerme en Turpay para explicar de qué va esta norma en específico porque es importante. Nariz de abogado no miente, solo cobra más caro. Así que ve al baño y lávate la cara o prende un cigarro y no un vaper de ese de estudiante de pregrado. Así que fuma como hombre y lee, porque aquí sí tenemos que entendernos.

Los famosos artículos 4 y 5 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 022-2019

Para los efectos de la presente norma (me aburro), se considera como peruana la obra cinematográfica y audiovisual que reúna, de manera concurrente, las siguientes condiciones:

a. Debe ser producida o coproducida por una o más personas naturales de nacionalidad peruana o por una o más personas jurídicas constituidas en el Perú. Así que, amigo chamo, para ti no hay, a menos que te hayas naturalizado ya.

b.     . Debe ser dirigida o codirigida por un/a director/a de nacionalidad peruana.

c.      . El/la guionista o coguionista debe ser de nacionalidad peruana.

d. La música compuesta o arreglada para la obra cinematográfica o audiovisual debe ser realizada por compositor/a o arreglista de nacionalidad peruana (descuida, la IA no tiene nacionalidad y con suerte los tontos del ministerio no se darán cuenta).

e.      . Debe ser realizada mayoritariamente por equipos artísticos y técnicos integrados por personas de nacionalidad peruana y/o extranjeros/as que residan en el país. Este punto hace una excepción al chauvinismo de la norma, en tanto que ciertas especialidades técnicas del cine difícilmente en ocasiones se pueden hallar en el Perú.

Como señala la norma.   Las personas de nacionalidad extranjera que residan en el Perú por un plazo igual al requerido para acceder a la

nacionalidad, según las normas de la materia, son consideradas como peruanas para efectos de la presente norma. Es decir, si eres albanés y tu trámite para hacerte peruano es de dos años y, oh maravilla, resulta que llevas en el Perú dos años, entonces bingo, accedes. Pero cuidado, aquí hay un vacío legal que huelo a una trampa, como cuando la flota rebelde fue cerrada por la flota imperial en la batalla de Endor. Perdonen el lapsus, pero tuve recuerdos de Vietnam. Es decir, la norma no especifica que nuestro amigo inmigrante en situación irregular deba estar haciendo el trámite para su nacionalización; solo indica que debe llevar el mismo tiempo que el requerido en dicho trámite. No dice que deba estar realizando dicho trámite, y conociendo el derecho administrativo y la burocracia, esto puede ser la llave al purgatorio.

En el caso de obras cinematográficas y audiovisuales peruanas, realizadas total o parcialmente con material de archivo.

No se toma en cuenta el país de origen del referido material. Oh, gracias, así que a descargar en MP4 todo lo que encuentres en YouTube. Este inciso de la norma evidencia una cultura de la piratería ya instalada, o eso infiero.

 Asimismo, se consideran obras peruanas aquellas coproducciones internacionales.

realizadas en el marco de los acuerdos o convenios bilaterales o multilaterales de coproducción suscritos por el Estado

Peruano. ¿Cuáles? No idea, la norma no especifica, pero es posible que se den con alguna frecuencia (o eso quiero creer).

Y por supuesto la norma deja claro que no pueden beneficiarse de las medidas contenidas en la presente norma las obras cinematográficas y audiovisuales destinadas a pautas publicitarias, propaganda electoral o en beneficio directo de una organización política. Esto es en tanto organizaciones políticas; la norma no dice pensamiento o ideología política.

Toda norma tiene su excepción.

Excepciones a las condiciones de las obras cinematográficas y audiovisuales peruanas.

 El Ministerio de Cultura autoriza, por razones culturales, artísticas o técnicas, excepciones a las condiciones establecidas en los literales c, d y e del artículo precedente (es decir, en cuanto al guionista, la música y el equipo artístico técnico).    El literal b solo se puede exceptuar en casos de coproducción peruana minoritaria. O sea, el director.

Pero aquí está la clave para las excepciones. Para el otorgamiento de dichas excepciones, el Ministerio de Cultura tiene la responsabilidad de verificar el cumplimiento de al menos tres (3) de las condiciones señaladas en el artículo precedente (o sea, hay que cumplir sí o sí tres de los requisitos chauvinistas) o que se cumpla con los términos establecidos en un acuerdo bilateral o multilateral de coproducción suscrito por el Estado peruano, en el que se enmarque la

Coproducción (esto último ya requiere una relación directamente de diplomacia de Estado).


Hasta ahí el artículo 4. Ahora el 5. Fúmate un cigarro y no te quejes

 Para efectos de determinar si una obra reúne las condiciones para ser considerada como obra peruana, o determinar si un proyecto resulta en una obra peruana, se aplica lo dispuesto a continuación:

a. La persona natural o jurídica productora debe garantizar un porcentaje de participación financiera, técnica y artística que

No puede ser inferior a los mínimos establecidos en los convenios o acuerdos de coproducción suscritos por el Perú. (Esto tendría que ver con convenios bilaterales o coproducciones internacionales. Para más detalles, consulte con su abogado).

b. Se considera composición mayoritaria de personal artístico cuando la mayoría de los actores principales y la mayoría de

Actores secundarios son personas de nacionalidad peruana o extranjeros residentes en el Perú que cumplan con lo

establecido en el Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográfica y

audiovisual. Aquí cabe preguntarse cuánto es una mayoría: ¿simple, calificada, absoluta, 50.1%?

c. Los actores de voz son considerados personal artístico, salvo en caso de doblaje de una obra extranjera. No se considera personal artístico a los extras.

d. En el caso de proyectos que tienen como finalidad la realización de obras cinematográficas documentales o animadas que no cuenten con personal artístico, pueden considerarse no aplicables los mínimos de participación artística. Personal artístico hace referencia al elenco, pero no termina de precisar si, en caso de documental, los músicos pueden o no ser extranjeros.

e. Se considera composición mayoritaria de personal técnico cuando la mayoría de los trabajadores y trabajadoras que ejercen las jefaturas de área técnica, así como quienes ocupan cargos técnicos en la producción de la obra, son personas de nacionalidad peruana o extranjeros residentes del Perú que cumplan lo establecido en el Decreto de Urgencia N.º 022-2019.

f. (Quienes son equipo técnico) Se consideran áreas y cargos técnicos aquellos desempeñados por los trabajadores de los departamentos correspondientes a: dirección, jefatura de producción, asistencia de dirección, dirección de fotografía (incluyendo cámara e iluminación), dirección de sonido, diseño de producción o dirección de arte, diseño de vestuario, diseño de maquillaje y peinado, dirección técnica de animación, animación, edición y montaje, postproducción de sonido.

y producción de efectos visuales. Adicionalmente, puede considerarse la producción ejecutiva en el cálculo de

participación nacional, debiendo para ello sustentarse dicha consideración. No se considera equipo técnico al personal.

administrativo de la persona jurídica productora ni aquellos que brindan servicios conexos a la producción.

Teniendo en cuenta las transformaciones tecnológicas y productivas del campo audiovisual, se pueden considerar otras

áreas y cargos técnicos cuya incorporación se apruebe por resolución del titular del Ministerio de Cultura. Esto último huele a burocracia, así que nada de involucrar IA importada de Guatemala, por favor.

En el caso de coproducciones internacionales entre privados, la norma señala que se consideran obras cinematográficas peruanas aquellas realizadas en el marco de contratos privados que cumplan con las condiciones arriba establecidas.

Esto que sigue no lo entiendo, pero igual lo pongo: En caso de que el proyecto cinematográfico haya sido reconocido por el Ministerio de

Cultura y se encuentre inscrito en el Registro Nacional de la Cinematografía y el

Audiovisual – RENCA, el postulante podrá indicar el número de inscripción a fin de

Que la información correspondiente sea tomada en consideración para la postulación al presente concurso.

En caso de que el proyecto cinematográfico se encuentre enmarcado en coproducciones.

internacionales realizadas en el marco de los acuerdos o convenios bilaterales o

multilaterales de coproducción suscritos por el Estado peruano, el postulante

Deberá indicar el número de inscripción en el Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual – RENCA.

El Ministerio de Cultura, a través de la DAFO, tiene la responsabilidad de verificar el

cumplimiento de al menos tres (03) de las condiciones de nacionalidad señaladas o que se cumpla con los términos establecidos en un acuerdo bilateral o multilateral de coproducción suscrito por el Estado peruano, en el que se enmarque la coproducción. Asimismo, en caso Si se requiere una excepción, la DAFO puede autorizarla, por razones culturales artísticas o técnicas, excepciones a los requisitos establecidos en los literales c, d y e del artículo 4 en mención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.1 del mencionado decreto.

Por otro lado, la persona jurídica que requiera la aplicación de las excepciones a las que se refiere al párrafo precedente, debe formular su solicitud a través de la página web http://plataformamincu.cultura.gob.pe, indicando el concurso y modalidad a la que postula, fundamentando las razones y adjuntando copia simple de los documentos que la sustenten. Para efectos del en el presente concurso, no se aceptan solicitudes de excepción pasada la fecha establecida en el cronograma de las modalidades del concurso, consignadas en el numeral VII de las presentes bases.

La DAFO es la responsable de resolver las solicitudes en un plazo máximo de seis

(6) días hábiles contados desde su presentación, debiendo notificar su decisión a través de la casilla electrónica. De considerarlo necesario, la DAFO puede requerir

mayor información sobre la solicitud presentada, suspendiendo de esta forma dicho

plazo de acuerdo con la comunicación respectiva.

Sobre los proyectos que se financian

Desarrollo 

Vuelvo a repetir, Desarrollo es la etapa previa a la preproducción del proyecto donde se consolida el guion o tratamiento, se plantean los procesos de producción y el presupuesto a invertir. Asimismo, se inicia la búsqueda del financiamiento y se realizan materiales que permitan dar una idea de la obra.

Requisitos del proyecto 

El proyecto debe contemplar el proceso de desarrollo de una obra de largometraje.

Peruana de ficción, la cual debe incluir la elaboración de una carpeta de producción de la etapa de desarrollo [La carpeta de producción de la etapa de desarrollo debe incluir ficha técnica y estado del proyecto, logline, sinopsis, motivación del director(a), motivación del productor(a), perfil de la empresa productora, referencias cinematográficas, tratamiento audiovisual y artístico, afiche referencial, propuesta de realización, propuesta sonora, personajes y equipo técnico]; asimismo, una o más de las

siguientes actividades:

– Investigación

– Desarrollo, escritura o reescritura del guion

– Asesorías de escritura

– Elaboración de plan de producción (plan de financiamiento, presupuesto,

propuesta de realización, entre otros)

– Diseño de producción y/o estrategias de financiamiento

– Desarrollo de coproducciones nacionales o internacionales

– Producción de materiales gráficos y/o audiovisuales preliminares (storyboard,

teaser, traducciones, etcétera).

El proyecto debe ejecutarse en un plazo máximo de un (1) año posterior a la entrega.

del estímulo económico (¿Se refiere solo a la obra en tanto teoría o hay acaso una obligación de ejecutar hasta su producción la misma?) Esta pregunta no es inocente, como dice la poeta, mas la ley no perdona inocencia, por lo cual no termina de precisar cuál es el compromiso de este estímulo. Tómese en cuenta que el beneficio económico de este estímulo es muy pequeño, como veremos más adelante. Las actividades a ser financiadas (esto podría significar que no financiaran todo el tramo teórico de la obra) con el estímulo serán a partir de la declaración de beneficiarios. Asimismo, las actividades propuestas en la postulación deben ser previas a la preproducción del largometraje cinematográfico.

Cabe precisar que se podrá presentar un tratamiento o guion. El proyecto deberá ser original, podrá ser de género, tema y técnica libre, y su duración deberá ser de más de setenta y cinco (75) minutos. En tanto, existe una modalidad específica para financiar el desarrollo de largometrajes de animación.

Dentro del ‘Plan de Estímulos Económicos para el Fomento de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual 2025’, dichos proyectos no podrán participar en la presente modalidad. (Aquí no se menciona si la película podría ser híbrida, mitad animada, mitad live action).

El proyecto debe postularse a una de las siguientes categorías:

Ópera prima: Dirigida al desarrollo de una ópera prima (ver glosario) de

largometraje.

Segunda obra además: Dirigida al desarrollo de una segunda o posterior obra de

largometraje.

En caso de codirección con un(a) director(a) que ha realizado un largometraje o más,

Se considerará parte de la categoría de “Segunda obra o más”.

El proyecto debe [a continuación, lenguaje inclusivo, tápate los ojos] contar con uno(a) o más responsables, quien(es) es(serán).

el(la/los/las) encargado(a/s) de la conducción del mismo. El(la/los/las) responsable(s)

debe(n) ejercer el cargo de autor(a) del tratamiento o guion, director(a) o

productor(a) de la obra cinematográfica contemplada en el proyecto. El (la/los/las) [ya me mareé] responsable(s) debe(n) ser peruano(s) [Deberá presentar su Documento de Identidad] o acreditar residencia en el Perú por más de dos (2) años consecutivos a la fecha de lanzamiento del presente concurso.

El proyecto deberá contar con un cronograma que establezca las fechas de ejecución.

de las actividades, la entrega del material final e informe económico, así como la devolución a la ciudadanía.

DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOS, ¡LA PLATA!

A nivel nacional, para la modalidad de Desarrollo, se otorgarán estímulos económicos por la suma total máxima de S/520,000.00 (Quinientos veinte mil y 00/100 soles) a las personas jurídicas que sean

declaradas beneficiarias.   No te emociones. Ahora bien, esto no es para un solo proyecto. Dicho monto se divide en las siguientes categorías:

Monto máximo a solicitar por proyecto Ópera prima S/ 400.000,00. Un solo proyecto puede ganar hasta S/ 40.000,00 (Cuarenta mil y 00/100 soles). En la categoría Segundo largometraje, el fondo es de hasta S/ 120.000,00 y por proyecto es un monto de S/ 40.000,00. Recuerda que es para varios proyectos y no solo uno.

El monto de cada estímulo económico corresponderá a lo solicitado en la postulación. Y no podrá exceder los S/ 40,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 soles) para cada proyecto en ambas categorías. Los montos solicitados podrán reducirse hasta en un 10% (diez por ciento) por decisión del Jurado [para colmo te hacen recorte]. Los estímulos económicos son intransmisibles.

Y aquí hay un detalle de la política inclusiva.

Se reservará el monto de S/ 200,000.00 (Doscientos mil y 00/100 soles) para postulaciones presentadas por personas jurídicas domiciliadas en regiones y que realicen sus actividades de producción cinematográfica principalmente en dichas regiones. Ojo, los proyectos que apliquen a la reserva de postulaciones presentadas por personas jurídicas domiciliadas en regiones deben contar, como mínimo, con una (1) persona natural domiciliada en las mencionadas regiones, según los datos consignados en su documento de identidad, que ocupe los cargos de director(a), autor(a) del tratamiento o guion o productor(a). Asimismo,

Dicha persona debe presentar una declaración jurada que acredite su domicilio en alguna de dichas regiones.

Más inclusión…

En cada categoría se reservarán estímulos para postulaciones que tengan la autoría.

del tratamiento o guion a cargo de mujeres. Dichos estímulos serán proporcionales al

porcentaje de postulaciones aptas que cumplan con dicha condición.

El Jurado para proyectos de la modalidad “Desarrollo de largometraje ficción” está

conformado por los siguientes perfiles:

a) Un(a) (1) guionista;

b) Un(a) (1) director(a); y

c) Un(a) (1) productor(a).

Importante. Aquí está la clave en la calificación.

El Jurado podrá otorgar hasta dos (2) puntos adicionales a proyectos que promuevan:

– El uso de lenguas indígenas u originarias,

– La participación de personas pertenecientes a pueblos indígenas u originarios, así como afrodescendientes,

– Que el personal creativo, jefaturas de área y/o equipo técnico hayan sido conformados con criterios de paridad de género y diversidad, [así que si tienes un amigo gay o una mujer con habilidades especiales, este es el momento que lo utilices, digo que le des una oportunidad, y juntos brillen por el dinero, digo el arte].

– La participación y/o accesibilidad de personas con discapacidad [es decir, por ejemplo, un tetrapléjico, no terraplanista, no te confundas].

En aplicación del criterio de equidad, el Jurado debe considerar favorablemente a los Proyectos que hayan sido presentados por personas jurídicas domiciliadas en las

regiones proporcionalmente menos representadas a nivel de postulaciones. [Es decir, puedes ser todo lo hetero, machista, anti silla de ruedas si eres de Chalhuanca para adentro]. Este criterio debe ser empleado de forma dirimente en el proceso de deliberación.

SOBRE PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES DE FICCIÓN NACIONAL

Los requisitos y restricciones y criterio de jurado, como todos los detalles para concursar, son prácticamente los mismos señalados arriba, así que solo veremos lo más puntual.

El proyecto de largometraje de ficción debe considerar todas las etapas de realización (preproducción, producción y postproducción). Debe tratarse de una obra cinematográfica peruana y ejecutarse en un plazo máximo de dos (2) años posteriores a la entrega del estímulo económico.

El proyecto deberá ser original, podrá ser de género, tema y técnica libre, y su duración deberá ser de más de setenta y cinco (75) minutos.

Ahora bien, en cuanto a directores con ópera prima, que es lo que también se busca impulsar en requisitos, deben tener la experiencia de cortometrajes. No se consideran cortometrajes de ficción los episodios de series, teasers, teatro cinematográfico, episodios de programa de televisión y grabación de espectáculos. Los cortometrajes deben narrar sucesos imaginarios, basados en hechos reales o no, y ser la representación de un argumento o guion cinematográfico.

DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOS

A nivel nacional, se otorgarán estímulos económicos por la suma total máxima de S/

7,200,000.00 (siete millones doscientos mil y 00/100 soles) a las personas jurídicas que sean declaradas beneficiarias. Dicho monto se divide en las siguientes categorías:

Por proyecto Nuevos Realizadores S/ 4,000,000.00 (Cuatro millones y 00/100 Soles). El monto total del fondo. Por proyecto es de hasta S/ 800,000.00 (Ocho cientos mil y 00/100 soles). En categoría Tercer Largometraje a Más, el fondo total es de S/ 3,200,000.00 (Tres millones doscientos mil).

Y 00/100 soles), con hasta S/ 800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 soles) por proyecto.

El monto de cada estímulo económico corresponderá a lo solicitado en la postulación y no podrá exceder los S/ 800,000.00 (ochocientos mil y 00/100 soles) para cada proyecto en ambas categorías. Los montos solicitados podrán reducirse hasta en un 10% (diez por ciento) por decisión del Jurado.

La clave.

De la suma total máxima del presente estímulo, se aplicará una reserva para proyectos dirigidos por mujeres en ambas categorías. Por un lado, para la categoría ‘Nuevos realizadores’, se reservará el monto de S/ 1,600,000.00 (un millón

Seiscientos mil y 00/100 soles para proyectos dirigidos por mujeres. Por otro lado, para la categoría ‘Tercer largometraje o más’, se reservará un porcentaje proporcional a las postulaciones aptas para proyectos dirigidos por mujeres.

El detalle. No es amor al provinciano, es amor al festival de Málaga.

El Festival de Málaga, de acuerdo a su compromiso, seleccionará un (01) proyecto de ópera prima de ficción beneficiario del presente concurso, en las modalidades de “Producción de largometrajes de ficción nacional” o “Producción de largometrajes de ficción exclusivo para las regiones del país (excepto Lima Metropolitana y Callao)”, o del Concurso de Proyectos de Animación, en la modalidad “Producción”, para su

Participación en el Málaga Festival Fund & Coproduction Event – 2026. Los organizadores del evento se encargan de la selección de un (01) proyecto con base en la lista de beneficiarios.

Sobre el jurado,

Dos (2) directores(as) cinematográficos(as);

Un(a) productor(a) cinematográfico(a):

Un(a) (1) guionista cinematográfico(a); y

Un(a) (1) programador(a) cinematográfico(a) o especialista de la cinematografía.

Y hasta aquí lo más masticado que puedo ofrecer respecto a estímulos de cine. Las fechas están por cerrar, así que ánimo.

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Cultura

Malas Artes: más de cinco millones en demandas de profesores [VIDEO]

Una mirada a la crisis que se vive en Bellas Artes.

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La Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, conocida como UNABAP, atraviesa una crisis sin precedentes. Una serie de demandas judiciales impulsadas por su propia directora, Eva Dalila López Miranda, su esposo Mauro Yrigoyen Fajardo y un grupo de docentes afines, han puesto en jaque el presupuesto de la institución. Se trata de beneficios millonarios que podrían ser cobrados, aunque jurídicamente están en entredicho.

Desde hace años, estos docentes han recurrido sistemáticamente al Poder Judicial para reclamar pagos por nivelación de sueldos, bonificaciones y reconocimientos de grados académicos sin tesis. Entre los casos más polémicos, destaca la orden de un juez que reconoció el grado de bachiller a personas sin haber cumplido los requisitos legales.

Pero lo más preocupante son las cifras. Solo Mauro Yrigoyen, esposo de la directora, exige más de 480 mil soles. A él se suman otros nombres como Herminio Andía Chávez, actual director del Centro Pre Bellas Artes, que solicita S/ 573,641.92 y Antonio Pimentel Nieto, exdirector de dicho centro, que espera cobrar S/ 326,068.74.

En total, los montos de requerimientos judiciales interpuestos por este grupo superan, en conjunto, los 5 millones 300 mil soles.

Aquí todo los detalles en el podcast de Lima Gris, con Edwin Cavello y Luis Felipe Alpaca.

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Cultura

Bellas Artes en un limbo: escándalo millonario, demandas internas y silencio del MINEDU [VIDEO]

Una institución centenaria atrapada en litigios millonarios: el docente César Fernández denuncia el limbo en el que se encuentra Bellas Artes.

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La Escuela Nacional de Bellas Artes, hoy convertida en universidad autónoma, atraviesa uno de los episodios más oscuros de su centenaria historia. Ya no se trata de carencias académicas ni del deterioro de su infraestructura, sino de algo mucho más grave: una serie de litigios internos, bonos judicializados y conflictos de interés que amenazan con desangrar su presupuesto y quebrar su institucionalidad.

En el más reciente episodio del podcast de Lima Gris en Neo TV, conversamos con el docente César Fernández, quien lanzó duras críticas contra la gestión actual de la UNABAP y calificó la situación de la institución como un verdadero “limbo jurídico y administrativo”.

Según Fernández, más de 5 millones de soles han sido reclamados por un grupo de docentes y funcionarios —entre ellos, la propia directora general— a través de demandas laborales por homologación de sueldos, bonificaciones y reconocimientos académicos que no cumplirían los requisitos legales. Algunas de estas demandas se amparan en leyes como la Reforma Magisterial o la Ley del Profesorado, sin que los beneficiarios tengan título pedagógico, lo que ha generado graves cuestionamientos jurídicos.

Parte del dinero para cubrir estas demandas proviene de saldos presupuestales no ejecutados del año 2023, lo cual ha dejado desprotegidas áreas clave como infraestructura, servicios estudiantiles y proyectos académicos. Mientras tanto, la ejecución presupuestal de 2024 es una de las más bajas del sector: apenas un 30 % en lo que va del año.

Pero lo más preocupante —según el docente— es que varios de los demandantes forman parte de la misma administración que gestiona los fondos. Es decir, funcionarios que litigan contra la institución que ellos mismos dirigen.

En medio de esta tormenta, la comunidad académica permanece desinformada, los estudiantes carecen de condiciones dignas, y el Ministerio de Educación se mantiene al margen. La UNABAP no es hoy una universidad, es un campo de batalla judicial donde la formación artística ha pasado a segundo plano.

Esta entrevista exclusiva revela una crisis de fondo que compromete no solo el futuro de Bellas Artes, sino el sentido mismo de lo público. Porque si la cultura y la educación pueden ser capturadas desde dentro, con aval legal y complicidad política, entonces estamos ante una amenaza mayor.

Escucha la entrevista completa en el nuevo episodio de Lima Gris por Neo TV.

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