Keiko Fujimori hasta el momento se encuentra recluida en el penal Anexo Mujeres de Chorrillos pero saldrá en las próximas horas gracias a la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado que acaba de revocar su prisión preventiva de 15 meses y le cambió la restricción por un Mandato de Comparecencia Restrictiva.
Ella se irá a su casa probablemente el día lunes pero bajo las siguientes reglas de conducta: a) La obligación de no ausentarse de la ciudad de su domicilio, ni variar el mismo sin previa autorización por escrito al Juzgado. b) La obligación de comparecer cada treinta días a la Oficina de Registro y Control Biométrico a efectos de registrar su huella digital. c) La obligación de presentarse puntualmente ante las autoridades del Poder judicial y/o Ministerio Público, en cuanto sea válidamente requerida para ello. d) La prohibición de comunicarse con sus computados, testigos u otros órganos de prueba, sea en forma personal o por intermedio de terceros o a través de cualquier forma o medio tecnológico, mientras no concluya el presente proceso.
Asimismo, pese a que a través de la investigación ya se confirmó que ella ha recibido muchos millones de varios empresarios, entre ellos del mandamás del Grupo Credicorp Dionisio Romero, solo deberá pagar una modestísima caución de S/70 mil soles en un plazo de cinco días hábiles.
Recordemos brevemente las veces que Keiko Sofia Fujimori Higuchi obtuvo medidas cautelares de excepción, o mejor dicho prisiones preliminares y preventivas. Si bien el 28 de enero de este año, el titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, Víctor Zúñiga Urday, le dictó sentencia de prisión preventiva por 15 meses, ya que ella obtuvo una Libertad condicional los primeros días de diciembre de 2019, gracias al Tribunal Constitucional que el 25 de noviembre declaró Fundada el Hábeas Corpus presentado por su hermana Sachi Fujimori.
Justamente el TC presidido en aquel momento por Ernesto Blume ordenó la liberación de la hija de Alberto Fujimori porque ella había obtenido su primera prisión preventiva de 36 meses, el 31 de octubre de 2018 mediante sentencia dictada por el juez Richard Concepción Carhuancho, titular de la Sala Nacional Especial. Aquella medida excepcional que falló el juez Concepción prácticamente fue la continuación de una prisión preliminar que ella recibió el 10 de octubre, pero que a causa de una apelación presentada por su abogada Gulliana Loza, Fujimori Higuchi fue liberada de la preliminar el 17 de octubre, no obstante, finalmente fue recluida en los 14 días posteriores al penal Anexo Mujeres de Chorrillos.
Según los sucesos y actos procesales que viene protagonizando hasta el momento, Keiko Fujimori nunca se dará por vencida en su afán de evadir a la justicia, porque desde un principio negó toda vinculación con trasnacionales como Odebrecht y con los grandes grupos empresariales del Perú, como el Club de la Construcción con quien tuvo reuniones privadas, así como sus nexos con el cuestionado exfiscal de la Nación Pedro Chávarry, y el prófugo exvocal Supremo el hermanito César Hinostroza.
Y a pesar que el Ministerio Público le ha imputado los presuntos delitos de lavado de activos, cabecilla de una organización criminal, asociación ilícita para delinquir, receptación, falsa declaración en proceso administrativo, obstrucción a la justicia, fraude procesal y falsedad genérica; ella solo se da tiempo para declarar de manera imperturbable que todo lo que se le imputa es falso, porque es parte de un ajusticiamiento y venganza política. Es obvio que la abogada Loza la ha asesorado muy bien con respecto a sus garantías procesales.
En ese sentido, hasta el momento Keiko Fujimori es inocente porque de forma taxativa se acoge al principio de presunción de inocencia y aunque ese principio es un derecho fundamental para garantizar la libertad de las personas, también se torna como un derecho subjetivo que favorece a todo aquel que esté vinculado a conductas típicas antijurídicas, pero no es menos cierto que su aplicación es insoslayable tal como lo señala su fundamento legal en el artículo: 2° inciso 24. literal E de la Constitución política del Perú, y en el Artículo II del Título Preliminar del Nuevo CódigoProcesal Penal de Perú.
Asimismo, ella merece un Debido Proceso (que significa el derecho a la defensa, el derecho de tener un tribunal independiente e imparcial, y derecho a una sentencia motivada) que es un principio de la función jurisdiccional. Es el derecho y garantía que toda persona posee a través de una tutela jurisdiccional efectiva, tal como lo señala su fundamento legal en el artículo: 139° inciso 3 de la Constitución política del Perú, y en el artículo 7° del TUO de La Ley Orgánica del Poder Judicial, y en el Artículo I, 1 del Título Preliminar del Nuevo Código Procesal Penal de Perú.
Sin embargo, Keiko Fujimori ha sido investigada desde 2015 por los presuntos aportes fantasmas mediante rifas y cócteles durante la campaña de su candidatura por Fuerza 2011, pero ella como siempre negó todo. Y en 2016 la Fiscalía abrió otra investigación también por Lavado de Activos, pero esta vez el titular de la carga de la prueba fue José Domingo Pérez, porque con la misma modalidad de 2011, los de Fuerza Popular realizaron cócteles con recaudaciones millonarias para la campaña de su candidatura de 2016.
Ahora bien, a pesar que la investigación está bien avanzada, lo que todo mundo se pregunta es ¿Cuándo el fiscal José Domingo Pérez formulará la denuncia penal respectiva a Keiko Fujimori, además de los otros 60 investigados?
¿Qué está pasando con el Equipo Especial liderado por Rafael Vela que aún no culmina su investigación? Se entiende que esta pandemia del Covid-19 ha paralizado casi todas las actividades sociales, económicas y fiscales, no obstante va a ser muy importante la celeridad en las próximas decisiones del Ministerio Público respecto a este caso. En la Fiscalía todo obedece a una cuestión técnica porque el caso en realidad lo dirige el fiscal José Domingo Pérez y por eso es de conocimiento público que durante todo el año 2019 e inicios de 2020 se han incorporado decenas de testimonios y de material probatorio, por eso quizás se deba la demora en la acusación.
La opinión pública solo espera por el bien de la propia investigación preparatoria, que este año de todas maneras se formule la denuncia respectiva contra Keiko Fujimori.
Por otro lado, entre la Fiscalía y la defensa técnica de Fujimori Higuchi se ha formado una encarnizada guerra mediática y legal, que a través de bombardeos procesales y de comunicación en los medios vienen mostrando quién es el que va ganando la batalla semana a semana, mes a mes y año tras año. Y en base a esa contienda la batalla por el momento la está ganando la lideresa de Fuerza Popular, porque pronto recobrará su libertad.
Pero Vela Barba, en tono desafiante con respecto al fallo que ha revocado la preventiva acaba de afirmar que no le sorprende la conducta de la Sala Penal de Apelaciones que liberó a la excongresista fujimorista ya que la reciente revocación es carente de imparcialidad, porque ahora aducen que la obstrucción procesal de parte de la investigada ha disminuido, así como su peligro de fuga. ¿Quién los entiende? ellos se contradicen, porque primero reconocieron que había peligro procesal; y ahora cambian de opinión y lo niegan todo en plena coyuntura del Covid-19.
Además, tampoco se notificó de la apelación al Equipo Especial, y nadie menciona que la apelación no debió admitirse, porque el plazo para interponer el recurso de apelación de parte de la defensa técnica venció, y a pesar de esa caducidad administrativa y reglamentaria, la Sala de Apelaciones admitió extrañamente el recurso que lo consideró concedente y no se respetó el plazo establecido. Por lo tanto hay una sanción y no se ve realmente el tema de fondo, como bien está saliendo a los medios a declarar la abogada Giulliana Loza.
Como siempre, Keiko Fujimori tuvo un trato privilegiado en esta decisión judicial. En suma, todo ya estaba orquestado para liberarla, pero ahora se tendrá que ver en lo sucesivo cómo va a cumplir sus reglas de conducta, porque va a gozar de forma relativa de su derecho al libre tránsito, pero no podrá reunirse con implicados y con testigos para coordinar, inducir y/o influir en sus próximas declaraciones ¿y quién se encargará de vigilar eso? Lo cierto en todo esto, es que ella sí ha realizado obstaculización a la actividad probatoria anteriormente, cuando mentía en sus declaraciones e inducia a sus militantes para que nieguen las verdades de sus eventos cocteleros.
Pero la abogada Loza fiel a su contraataque, arremete e insiste en declarar a los medios lo mismo que ha argumentado la Sala Penal de Apelaciones: que el Equipo Especial de la Fiscalía no ha demostrado diligencia en sus pesquisas porque realizaron maniobras dilatorias por no llevar a juicio a la imputada en el menor plazo posible. Ante ello, Rafael Vela no se ha quedado callado y ha dicho que eso es falso. Él manifiesta que ellos no participaron de la diligencia porque tenían que acatar el aislamiento social. En ese sentido, la Sala Penal viene invadiendo y usurpando las labores del Ministerio Público porque le pidió a Vela que escaneen los folios de los 400 tomos para su revisión, pero Vela replicó y respondió que eso no se podía realizar porque estamos en plena cuarentena y por tanto se debía proteger la salud de los doce operadores judiciales que tendrían que movilizarse para escanear los miles de folios.
Fue así, que la defensa técnica de Keiko Fujimori impulsó su teoría del caso basándose en la pandemia del Covid-19 y ¿cómo ésta podría afectar la salud de su patrocinada al seguir permaneciendo en un penal? Pero lo cierto es que Fujimori Higuchi goza de privilegios carcelarios porque tiene una celda para ella sola. Entonces cuando los jueces argumentan que se basan en la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que se deben adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento en los sistemas penitenciarios, que incluya la “reevaluación de los casos de prisión preventiva”. Ella definitivamente no califica ante esa recomendación, porque simplemente nunca estuvo, ni está hacinada.
Rafael Vela ha sido enfático y ratifica que ha habido una decisión Ah doc en el fallo revocador, con nombre propio… y ese nombre es Keiko. Es decir, ha sido valorado con absoluta parcialidad, y se ha violado el derecho de igualdad. Y luego de que se levante la medida del aislamiento social el Equipo Especial reactivará sus actividades a pesar de la reducción del personal y deberá haber gobernanza electrónica y/o teletrabajo, para asegurar que en este año de todas maneras haya acusación fiscal e inicio del juicio oral, ya que la investigación preparatoria está a punto de culminar aproximadamente dentro de dos meses, claro está dependiendo del desarrollo de la pandemia en nuestro país.
Finalmente, el Equipo Especial Lava Jato va a apelar la sentencia y pronto va a interponer un recurso de Casación, pero tampoco hay un plazo perentorio en ese recurso, y esa es la razón por lo que demora en resolverse. Es decir, la Corte Suprema resuelve de acuerdo a su disposición; eso quiere decir que Keiko Fujimori estará libre por mucho tiempo.
Luis Felipe Alpaca es egresado de la carrera de Derecho y Ciencias Políticas y estudió Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza; asimismo estudió en la Escuela de Escritura Creativa del CCPUCP, y tiene un Diplomado de Especialista en Derecho Comercial por la Escuela Superior de Negocios. Ha sido Editor de Cultura del Diario 16, y actualmente es Editor General del Grupo Editorial Lima Gris, y es conductor del programa radial Lima Gris Radio por La estación Planicie 91.5 de la FM. Como gestor cultural ha organizado y curado exposiciones de arte y eventos ligados a los derechos culturales. Asimismo es corrector de estilo, y ha escrito más de 400 artículos relacionados a cultura, actualidad y política. Como activista social ha sido miembro de la Red del Patrimonio Cultural con el afán de defender patrimonios inmateriales y materiales como el desaparecido Palais Concert, y el Complejo Arqueológico Puruchuco. Actualmente es miembro del Colectivo Antropoceno Identidad, y ha recorrido distintas regiones del país para brindar apoyo, encuentros y conferencias en universidades con temas relacionados al arte ancestral y la cultura originaria.
El Gobierno Regional de Loreto, a través de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones (GRTC), ha intensificado las labores de mantenimiento rutinario en la carretera Iquitos – Nauta, una de las principales vías terrestres de la región amazónica. Las acciones, que comprenden la limpieza de malezas, desbroce de áreas invadidas por la vegetación, limpieza de cunetas y bacheo en zonas críticas, forman parte de una estrategia de conservación de esta importante arteria vial que conecta la capital regional con el distrito de Nauta.
Según lo anunciado por el gobierno regional, el mantenimiento de esta vía es considerado una prioridad, no solo por su relevancia para el tránsito de personas y mercancías, sino también porque es una de las pocas rutas terrestres que permite una conexión directa entre poblaciones del interior de Loreto. La Amazonía, caracterizada por su geografía compleja y dispersión territorial, depende en gran medida del buen estado de sus carreteras para facilitar el acceso a servicios básicos, el comercio local y la reactivación económica de la región.
El Dr. Pío Flores, gerente de la GRTC, informó que, además del mantenimiento rutinario, su despacho viene desarrollando los estudios técnicos necesarios para el mejoramiento integral de la carretera Iquitos-Nauta. “No solo se trata de parchar huecos o limpiar los bordes. Esta vía necesita una intervención mayor, y estamos trabajando en los estudios que lo permitan. Pero sin apoyo del Gobierno central, será difícil avanzar”, declaró Flores.
En ese sentido, el funcionario hizo un llamado enérgico al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Provías Nacional Descentralizado, así como al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), para que asignen mayores recursos al Gobierno Regional de Loreto y a las municipalidades locales. “Con los escasos recursos que tenemos, hacemos lo posible por mantener nuestras vías transitables. Pero esto no puede recaer únicamente en los gobiernos regionales. El Estado debe entender que la conectividad en la Amazonía es una cuestión de urgencia y justicia territorial”, agregó.
La carretera Iquitos-Nauta, que ha sido históricamente afectada por el abandono y las inclemencias del clima, representa una línea vital para más de 120 mil personas que habitan en los distritos adyacentes. En épocas de lluvia intensa, muchas de sus zonas quedan prácticamente intransitables, lo que pone en riesgo la seguridad de los usuarios y limita el traslado de bienes de primera necesidad.
El Gobierno Regional de Loreto reitera su compromiso con el desarrollo vial de la región y continuará ejecutando labores de mantenimiento mientras gestiona el financiamiento necesario para proyectos de infraestructura más sostenibles. La ciudadanía espera que las autoridades nacionales escuchen este llamado y que, por fin, la selva deje de ser olvidada en el mapa de prioridades del Estado peruano.
‘Cajuela’ de motorizados de delivery deberá estar fijada al chasis del vehículo
Quienes brinden servicios deberán empadronarse en el “Registro Nacional de Envíos de Entrega Rápida” de lo contrario ya no podrán circular, y deberán contar con DNI o carné de extranjería, domicilio y correo electrónico, domicilio del representante legal y partida de inscripción registral de la empresa. Asimismo, los motorizados no podrán llevar acompañantes.
Las cajuelas portátiles que aún llevan en sus espaldas los miles de repartidores motorizados del servicio delivery que circulan por todo el país, están con las horas contadas, debido al reciente Decreto Supremo n.° 006-2025-MTC emitido este jueves 17 de abril, que aprueba medidas específicas para fortalecer la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte. El mismo que establece la creación de un registro obligatorio para los repartidores de delivery, quienes dentro de un mes deberán inscribirse en dicho padrón a través de sus municipalidades.
Es decir, a partir del 17 de mayo de 2025, todos los repartidores de delivery, ya sean personas naturales o vinculadas a empresas o aplicaciones, están obligados a registrarse, en el «Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida», parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (SINARETT).
Decreto Supremo n.° 006-2025-MTC emitido este jueves 17 de abril.
Requisitos para registrarse como repartidor delivery
El registro incluye a conductores de motocicletas, bicimotos y bicicletas. Estos deberán cumplir con requisitos como presentar su DNI o carné de extranjería, licencia de conducir, placa del vehículo, SOAT vigente y certificado de inspección técnica, cuando corresponda.
-Nombre, razón o denominación social.
-Documento nacional de identidad (DNI), carné de extranjería o número del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
-El domicilio y correo electrónico de la persona natural o jurídica solicitante.
-De corresponder, el nombre y domicilio del representante legal y número de partida de inscripción registral de la empresa solicitante y de las facultades del representante legal de la persona jurídica.
-Nombre, documento nacional de identidad o carné de extranjería y número de licencia de conducir del (los) conductor(es) que se solicita habilitar, cuando corresponda.
-El número de las placas de rodaje de los vehículos que se solicita habilitar, cuando corresponda, señalando que los mismos cumplen con las condiciones establecidas en el presente reglamento.
-Contar con certificado SOAT y certificado de inspección técnica vehicular vigente, cuando corresponda.
-Número de operación de pago por derecho de trámite.
También se exigirá una declaración jurada donde se comprometan a no llevar acompañantes y a transportar los paquetes en cajuelas, salvo en el caso de bicicletas.
Se acabaron ‘cajuelas portátiles’ adheridas en espaldas de motorizados
En uno de los preceptos del Decreto Supremo en mención se indica las condiciones técnicas específicas que en lo sucesivo se exigirá a los motorizados repartidores del servicio de delivery
Artículo 24-A.- Condiciones técnicas específicas exigibles a los vehículos destinados al servicio de transporte de envíos de entrega rápida
24-A1 Sólo se puede destinar al servicio de transporte de envíos de entrega rápida vehículos que correspondan a la categoría L subcategorías L1 y L3 del ANEXO I. CLASIFICACIÓN VEHICULAR del RNV y bicicletas. 24-A.2 Los vehículos de la categoría L subcategorías L1 y L3 deben contar con los siguientes elementos, características, equipamientos o dispositivos:
a. Sistema de frenos;
b. Sistema Sonoro;
c. Láminas retrorreflectivas;
d. Alumbrado delantero y trasero; y
e. Cajuela para reparto de mercancía, en la cual debe consignarse la Placa Única Nacional de Rodaje y ser fijada al chasis posterior del vehículo.
Motorizados tampoco podrán viajar con acompañante durante estado de Emergencia.
Si repartidor no tiene moto, deberá tener ‘contrato de arrendamiento’
La norma contempla situaciones en las que el repartidor no sea propietario del vehículo. En estos casos, se deberá presentar un contrato de arrendamiento que indique expresamente que el vehículo será usado para entrega de pedidos. Este documento será validado por las municipalidades provinciales, que deberán verificar que el arrendador sea el dueño legítimo.
Vehículos permitidos para el servicio de delivery
-Motocicletas: Cilindrada mayor a 50 cm3. Velocidad máxima mayor a 50 km/h
-Bicimotos: Cilindrada de hasta 50 cm3. Velocidad máxima de 50 km/h
-Bicicletas: De todo tipo
Adicionalmente, los conductores deberán participar en capacitaciones dictadas por las municipalidades provinciales sobre calidad de servicio, normativas de tránsito y seguridad vial. El incumplimiento de cualquiera de estos lineamientos podrá generar sanciones severas.
Repartidores que no cumplan con la norma pagarán más de S/ 4 mil
Las infracciones por operar sin estar registrado, o por no cumplir las condiciones establecidas serán consideradas «Graves» o «Muy Graves». Cada falta está sujeta a una multa de 0.8 UIT, equivalente a S/ 4.280, además del decomiso del vehículo y su internamiento.
Entre las infracciones figuran: prestar el servicio sin autorización, transportar mercancías fuera de la cajuela, llevar acompañantes, utilizar vehículos sin las condiciones técnicas exigidas o manejar con una licencia vencida, suspendida o no correspondiente.
Fue su hijo Sergio Pérez – Luna quien confirmara el sensible fallecimiento de su padre Álamo, destacado periodista que trabajara para distintas casas televisivas, así como en medios escritos.
La noticia de su partida ha ocasionado que distintas figuras del gremio de comunicadores escribieran con mucho pesar, recordándolo por su estilo crítico y frontal.
Aunque no se han dado detalles oficiales sobre la causa exacta de su fallecimiento, se presume que estuvo relacionada con las complicaciones derivadas de la enfermedad que lo aquejaba. Y es que el propio periodista, en mayo del año pasado, publicó en su cuenta de Twitter que había estado internado en el hospital Edgardo Rebagliatti por caso tres semanas.
“Del 29 de abril a este 18 de mayo he estado internado en el Hosp. Rebagliati. Me descubrieron un tumor maligno (cáncer) en el riñón y lo extirparon. Estoy en reposo absoluto hasta dentro de varias semanas. Gracias a los profesionales del Rebagliati y a todo el personal. Gracias.”, escribió entonces.
Sus restos serán velados hoy a partir de las 2 p.m. en el velatorio n.° 4 del hospital Edgardo Rebagliatti.
Perdieron el rumbo en el camino y hoy les toca acatar la orden directa del Santo Padre. El Sodalicio de Vida Cristiana (SVC) ha dejado de existir oficialmente desde ayer, luego de que el superior general de la comunidad firmara el decreto de supresión como Sociedad de Vida Apostólica laical.
La disolución fue confirmada por el propio SVC a través de un comunicado en su sitio web.
La decisión, aprobada por el papa Francisco, pone fin a una institución marcada durante años por denuncias de abusos físicos, psicológicos y sexuales contra sus integrantes, perpetrados por sus líderes y fundadores.
“Con dolor y obediencia aceptamos esta decisión”, señala el comunicado.
En el mismo documento, el disuelto grupo pide perdón por los maltratos y abusos cometidos en la comunidad.
“Nuestra mirada se dirige también a las víctimas; les reiteramos nuestro sincero pedido de perdón por los maltratos y abusos cometidos en nuestra comunidad. Pedimos perdón también a toda la Iglesia y a la sociedad por el dolor ocasionado”, señala el texto.
Asimismo, se da a conocer el nombramiento de monseñor Jordi Bertomeu Farnós como comisario apostólico, encargado de la ejecución del proceso de supresión.
Previo a la entrega del decreto de disolución, se identificaron las propiedades y fundaciones vinculadas al Sodalicio con el fin de evaluar su destino como parte del proceso de reparación a las víctimas y el sustento de los miembros que dependían de la comunidad.
Como se recuerda, hace dos décadas surgieron denuncias de exmiembros que fueron profundizadas por investigaciones periodísticas, las cuales expusieron los abusos sistemáticos perpetrados por su fundador, el laico peruano Luis Fernando Figari, quien fue finalmente expulsado del grupo en agosto de 2024.
Luis Fernando Figari, uno de los fundadores del Sodalicio. Foto: archivo GEC.
El dato:
El SVC se resistió a formalizar su disolución, a pesar de la orden del papa Francisco emitida en enero de 2025.Según el abogado José Ugaz, representante de seis víctimas no indemnizadas, el SVC maniobró para vaciar sus bienes y fondos antes de la disolución, con el fin de evitar que sean gestionados por el Vaticano. Ugaz alertó al Vaticano sobre esta posible fuga de dinero y ocultamiento de patrimonio en una carta enviada el 24 de marzo.
En el mundo donde la bala suena primero que la palabra, sangre con sangre se paga. Ni cuarenta estados de emergencia decretados por Dina Boluarte han hechos temblar a los extorsionadores extranjeros ante la reciente advertencia del hampa del primer puerto, quienes furiosos de que los foráneos empiecen a meterse con los ciudadanos del Callao, cobrándoles cupos, han rastrillado sus armas para lanzarles una durísima advertencia.
Y es que bien saben los delincuentes extranjeros que con otras mafias no se puede ‘negociar’ como con algunas autoridades, salvo tengan un interés en común, ahora vienen analizando a detalle qué tan ciertas sean las amenazas del hampa chalaca.
Uno de sus líderes, a través de una filmación, advirtió a todos los extranjeros que “han desatado una guerra abierta”, al considerar que se han equivocado de zona para extorsionar. “Ya no te vamos a tolerar ni una. Aquí estamos los chalacos, una sola idea, compadre. Todos contra todos ustedes”, se llega a escuchar en el video.
Advierten a venezolanos no ingresar al Callao
El discurso se ha extendido como una consigna en los barrios más convulsos del puerto. En Carrillo Albornoz, uno de los jirones con mayor presencia policial, los vecinos reconocen que el temor a una guerra declarada es cada vez más tangible. “Cualquiera que esté ahí lo veamos haciendo delivery, así lo vamos a bajar también”, dijo un encapuchado durante la grabación.
Las amenazas no solo se limitan a los miembros de bandas extranjeras. El mensaje apunta a cualquier ciudadano extranjero, incluso aquellos sin vínculos delictivos. “Sabemos que también hay venezolanos que trabajan, pero lastimosamente justos por pecadores, y así va a ser”, sostuvo uno de los pandilleros entrevistados por el equipo de Panorama.
Al parecer, dentro de estos días o semanas, se verán teñidas de sangre las calles del primer puerto, consecuencia directa de la inoperancia del gobierno de Dina Boluarte que continúa repitiendo todos los días que se encuentra luchando contra la delincuencia, bien sentada en su denominado ‘Cuarto de Guerra’, pero sin salir a recorrer las calles más álgidas de Lima y Callao.
Metro de Lima: Cierran estaciones La Cultura y Nicolás Arriola por persona herida en rieles [VIDEO]
Como es habitual, la Línea 1 del Metro de Lima ha emitido un comunicado indicando que el cierre temporal se debe a un “incidente ajeno a su operación”. Sin embargo, cada cierto tiempo aquellos incidentes consisten en intentos de suicidios de personas que fortuitamente deciden arrojarse a los rieles de la vía ante la inoperancia de los miembros de seguridad.
Alrededor de las 10.30 de la mañana de este lunes 14 de abril, se reportó un nuevo incidente en la Estación La Cultura de la Línea 1 del Metro de Lima. De acuerdo a la información preliminar, una persona resultó herida y fue evacuada al centro de salud más cercano para recibir atención médica. Sin embargo, como es habitual, a través de un comunicado ambiguo, el servicio de transporte público anunció el cierre temporal de las estaciones La Cultura y Nicolás Arriola, indicando que dicho cierre se debe a un incidente ajeno a su operación, evitando informar las verdaderas razones de la suspensión.
Es decir, el servicio de trenes se ha restringido de la siguiente manera: Desde Villa El Salvador hasta San Borja Sur y desde Bayóvar hasta Gamarra.
No habrá circulación de trenes entre San Borja Sur y Gamarra, por lo que las estaciones afectadas no ofrecerán servicio al público.
Comunicado de la Línea 1 del Metro de Lima.
Las autoridades del Metro de Lima recomiendan a los usuarios considerar otros medios de transporte para sus desplazamientos y agradecen la comprensión del público. Además, solicitan seguir las indicaciones del personal en estaciones.
Lo niega todo. Para que un medicamente salga al mercado necesita pasar por rigurosos controles, siendo aprobado por distintos químicos farmacéuticos, operarios y tener el visto bueno de las cabezas de área; sin embargo, según la versión de Medifarma, solo existiría un responsable y ese sería un operario.
Roy Chávez Llicán, ahora ex operario de Medifarma, estuvo detenido durante 72 horas acusado de ser el principal responsable de la muerte de 5 personas, ahora ha salido a decir su versión de los hechos de lo que pasó con el suero fisiológico defectuoso y cómo así llegó a distribuirse en los hospitales, negando de raíz todas las acusaciones en su contra, denunciando que Medifarma lo presionó a autoinculparse para liberarlos de cualquier responsabilidad penal.
En entrevista con el dominical Punto Final, Chávez aseguró que fue forzado a firmar su carta de renuncia y que la compañía le imputó toda la responsabilidad sin una investigación adecuada.
“Ellos me obligaron a renunciar, me pusieron una carta de renuncia y me imputaron todos esos hechos”, afirmó.
Tras la visita del equipo periodístico al laboratorio, Guillermo Arboleda, director corporativo de Medifarma, indicó que el producto se preparaba inicialmente con 180 kilos de cloruro de sodio disueltos en mil litros de agua esterilizada dentro de un tanque conocido como triblender. Posteriormente, esta mezcla debía ser trasladada a un segundo tanque, el reactor, donde se agregaban hasta 20 mil litros de agua adicional, lo que permitía alcanzar la concentración final adecuada de 0.9% de sodio por litro.
Según Medifarma, Chávez habría omitido el encendido del reactor durante la preparación del suero, lo que impidió una correcta disolución del sodio. Además, se le acusa de haber tomado muestras de un tanque distinto, impidiendo detectar el error a tiempo. El trabajador rechazó ambas acusaciones y sostuvo que ha sido utilizado como “chivo expiatorio”.
fuente: punto final.
La Fiscalía deberá determinar si lo ocurrido fue consecuencia de negligencias concatenadas o de una conducta deliberada. Mientras tanto, las familias de las víctimas siguen esperando justicia y respuestas claras frente a una pérdida irreparable.
Lo que mal empieza, mal termina. Luego de hacerse pública la denuncia de Andrés Bravo Pinedo, presidente del Frente de Defensa de los Intereses del Distrito de Ollantaytambo, respecto a un presunto acto de corrupción perpetrado nada menos que por el alcalde de Ollantaytambo Paul Palma, en colusión con la propietaria del hotel Sol Ollantaytambo Boutique, Lucinda Miranda Farfán, y su administrador Derik Miranda Farfán, la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) del Cusco, con apoyo de los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) paralizaron la construcción del mencionado recinto hotelero como parte de una “medida cautelar” dispuesta por el despacho de Cultura.
Personal de la DDC del Cusco interviniendo la obra del hotel ubicado en la calle Ventiderio, Ollantaytambo.
La labor fiscalizadora, en principio, le corresponde a la municipalidad de Ollantaytambo, encabezada por Paul Palma, sin embargo, al estar dicha autoridad involucrada en las investigaciones, la encargada de realizar la medida preventiva fue la DDC del Cusco.
Y es que como ya se publicara en este medio, Andrés Bravo Pinedo viene denunciando una presunta red de tráfico de influencias y abuso de autoridad por parte del alcalde Paul Palma y los representantes del hotel Sol Ollantaytambo Boutique.
De acuerdo a los primeros informes obtenidos, la municipalidad de Ollantaytambo otorgó, sin pasar por las comisiones técnicas correspondientes, el permiso de restitución volumétrica para dicha obra, la misma que hasta la fecha no cuenta con una orden de demolición.
“La tardanza en la anulación y la ausencia de una orden de demolición sugieren complicidad o negligencia por parte de las autoridades, permitiendo que el daño al patrimonio continúe”, se lee en la nota publicada el pasado 2 de abril del año en curso.
Asimismo, continúa el informe, “entre las autorizaciones otorgadas de forma irregular se encuentran las siguientes: autorización N° 001-2023-GDUR – MDO, autorización N° 016-2024-GDUR – MDO, y la autorización N° 020-2024-GDUR – MDO. Además, la ejecución de obras no cumple con la normativa vigente, donde los propietarios deberían presentar el expediente respectivo al procedimiento administrativo, en concordancia al Reglamento de Intervenciones Arqueológicas vigente aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2022-MC, de fecha 23 de noviembre del 2022”.
Finalmente, se tuvo conocimiento que la diligencia realizada esta mañana no acudió personal de la Fiscalía, impidiéndose la incautación de las herramientas y maquinarias, y constatando que al término del encintado aún habían obreros trabajando dentro de dicho inmueble.