Política
Ex ministro Geiner Alvarado es contratado por empresa que ganó obra gracias a Decreto de Urgencia
Censurado ex ministro del MTC colocó como lugar de trabajo empresa beneficiada por uno de sus decretos, demostrando al PJ que tendría arraigo laboral.

Las coincidencias en la política no existen, esa es una verdad tan grande como una catedral. El ex ministro Geiner Alvarado informó al Poder Judicial (PJ) que ha conseguido trabajo nada menos que en la empresa Constructora HT SAC, con sede en Moyobamba, región San Martín, pero lo más curioso de todo es que esa empresa se adjudicó una obra en el distrito de Aramago, provincia de Bagua, financiada con los recursos aprobados por el Decreto de Urgencia 102-2021, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuando Alvarado era titular de esa cartera.

Dicha información salió del propio Geiner Alvarado durante la audiencia judicial de impedimento de salida del país que se le sigue en su contra, indicando al PJ que ha conseguido trabajo como supervisor de obras, según consta en el contrato de trabajo.

El censurado ex ministro, conectado por videoconferencia, también afirmó que está colaborando con las investigaciones y que ha acudido a declarar a la Fiscalía en todas las oportunidades en que lo han citado.
Adicionalmente, su abogado, Percy Ipanaqué, se allanó al pedido de impedimento de salida del país que planteó la Fiscalía con la finalidad, dijo, de que se logren esclarecer los hechos y establecer su inocencia.
El exministro indicó que pidió que se le retire la seguridad al considerar que concluyó el motivo para recibirla, y no por un afán de fugar del país.
El juez supremo instructor Juan Checkley informó que dará a conocer su decisión en los próximos días. Dado que el investigado está de acuerdo, lo más seguro es que se imponga el impedimento de salida del país.
El fiscal supremo adjunto Marco Huamán justificó la necesidad de que el ex ministro de Transportes y Comunicaciones, y antes de Vivienda y Construcción, permanezca en el país por los graves cargos que se le atribuyen.
Constructora HT SAC, una empresa con mucha ‘suerte’
La empresa ha ganado contratos por millones de soles con el Estado para ejecutar obras. Uno de estos, con la Municipalidad Distrital de Aramango (Bagua, Amazonas), que la compañía obtuvo a través de un consorcio, está bajo el parámetro legal del cuestionado Decreto de Urgencia 102-2021, aprobado en octubre del año pasado, durante la gestión de Alvarado como ministro de Vivienda. El monto para el proyecto es de S/5′005.139,11.
En total, durante el gobierno del presidente Pedro Castillo, la constructora logró ganar seis obras públicas en los departamentos de Amazonas y San Martín, cuyo monto total supera los 120 millones de soles.
Política
Cecilia Cebreros, esposa de César Azabache, le cerró la puerta a fiscal Patricia Benavides
Asesora de comunicaciones de Delia Espinoza obstaculizó ingreso de Benavides para que retome sus funciones como cabeza de la Fiscalía de la Nación.

Si Dina Boluarte tiene ‘escuderos’ capaces de poner el pecho por su patrona, Delia Espinoza, hasta hace unas horas fiscal de la Nación, también cuenta con sus peones que no se ruborizan en lo más mínimo en salir en defensa de su jefa, pues si cae ella es posible que pierdan sus puestos de trabajo. Guerra de clanes, dirán algunos, lo cierto es que tal institución se ha convertido en un botín que no se encuentran dispuestos a dejar de manera pacífica.
Tras una resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Patricia Benavides fue repuesta como fiscal de la Nación, y por ello ayer se apersonó al piso nueve de la Fiscalía de la Nación para asumir de manera formal sus funciones, sin embargo, ya se había corrido la voz de impedir su ingreso sea como sea.
“Un favor, de tu área todo el personal administrativo que pueda y quiera solidarizarse con la doctora Delia que venga al piso 9. Una cuestión de apoyo. ¡Urgente, corriendo!, fue el mensaje que se difundió por las distintas oficinas para convocar a los allegados a Delia Espinoza, según información del diario Expreso.
Es así que en imágenes filtradas por la empresa de seguridad del Ministerio Público se observa cómo Cecilia Cebreros, esposa del abogado César Azabache, le cierra la puerta de ingreso a la renombrada fiscal de la Nación, Patricia Benavides. Pero, ¿quién es precisamente la mujer que mandó a bloquear, cual policía antimotines, el ingreso de Benavides?


Cecilia Cebreros, una mujer afortunada
Dos semanas atrás, Lima Gris informó sobre la increíble suerte que tiene Cecilia Cebreros, quien es nada menos esposa del conocido abogado penalista César Azabache, defensor de varias empresas investigadas precisamente por el Ministerio Público.
La comunicadora de profesión no tuvo mucho éxito abriendo varios negocios desde el año 2012, probando mejor suerte en instituciones del Estado. Es así que pasó por la Sunat, por Proinversión, el Minsa, hasta llegar al Ministerio Público, entidad donde permanece hasta la actualidad, trabajando como asesora de comunicaciones de Delia Espinoza.
El detalle de todo esto es que se daría un posible conflicto de intereses al encontrarse ella en la Fiscalía de la Nación y que su esposo sea abogado de empresas actualmente investigadas por dicha institución.

Pero eso no es todo, según el citado medio, así como Cecilia Cebreros hay más personas colocadas en lo más alto de la Fiscalía de la Nación por empresas que contratan millones de soles, de acuerdo a lo manifestado por el exfiscal Rodrigo Rurush.
“El investigador Gino Román ha revelado que la empresa que maneja los videos de seguridad (G4S, de Israel) es propiedad del esposo de una fiscal superior (Carmen Larraín), nombrada por un familiar de un fundador de IDL”, comentó.
Es por ello el interés de varios de los allegados más cercanos de Espinoza por impedir que ella sea retirada de la Fiscalía, incluso han alistado una vigilia a la luz de las velas en los exteriores de esa entidad. A este paso, solo falta que contraten matones y se encadenen con balones de gas en la puerta.
Política
Dina Boluarte y las firmas falsas
¿Gobierna o delega ilegalmente el poder? ¿Quién asumió facultades presidenciales sin autorización expresa? Peritaje concluye que la presidenta Dina Boluarte no habría firmado decreto supremo tras someterse a cirugía estética.

Un peritaje grafotécnico revelado por el programa Cuarto Poder ha puesto en cuestión la legalidad y transparencia de la gestión de la presidenta Dina Boluarte. El informe pericial, de 66 páginas y fechado el 13 de junio pasado, elaborado por el perito Julio Alfredo Espejo Quevedo a solicitud de la Clínica Cabani, concluye que al menos dos firmas atribuidas a la mandataria —incluida la que aparece en un decreto supremo— no corresponderían a su puño gráfico.
«En forma y en características grafointrínsecas son disímiles, no son iguales», explicó el especialista pericial y añadió que ambas firmas, la del decreto y la de la carta del 3 de abril, habrían sido realizadas por la misma persona, distinta a la mandataria.
La gravedad del hallazgo es mayúscula. Una de las firmas apócrifas figura en el Decreto Supremo n.º 017-2023-SA, que modifica el manual de advertencias publicitarias, y habría sido suscrita mientras Boluarte Zegarra se encontraba hospitalizada, tras someterse a una cirugía estética. La otra firma aparece en una carta dirigida a la clínica el 3 de abril. En ambos casos, según el informe pericial, las rúbricas habrían sido realizadas por la misma persona, que no es la presidenta de la República.

¿Quién firmó entonces un decreto con fuerza de ley en nombre de Dina Boluarte? ¿Quién asumió facultades presidenciales sin autorización expresa, ni conocimiento público? La pregunta no solo pone en entredicho la legalidad de un acto gubernamental, sino que socava el ya frágil principio de transparencia que debería regir en el Ejecutivo.
El silencio del Gobierno ante este escándalo es ensordecedor. La respuesta institucional no puede limitarse a tecnicismos ni a desmentidos vagos. Si se confirma que Dina Boluarte no firmó el decreto, estaríamos ante un acto de usurpación de funciones, una falta gravísima en cualquier democracia.
La presidenta, ya desprestigiada por escándalos de corrupción, muertes impunes y un liderazgo erosionado, enfrenta ahora una denuncia que compromete no solo su credibilidad, sino la legalidad misma de su mandato presidencial. Si Dina Boluarte no firmó, alguien lo hizo por ella. Y el país tiene derecho a saber quién fue, por qué lo hizo, y con qué autorización.
Política
Crisis en la Fiscalía: Patricia Benavides volvió al Ministerio Público
Tras ser restituida por la JNJ, la cuestionada exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, ingresó a la sede del Ministerio Público en un intento por desalojar por la fuerza a la actual titular del cargo, Delia Espinoza, quien se resistió a salir de la oficina fiscal, por considerarlo un acto autoritario e irregular.

¿El regreso de la impunidad? La reincorporación de Patricia Benavides Vargas al Ministerio Público, tras haber sido suspendida en medio de graves cuestionamientos, es un reflejo preocupante de la fragilidad institucional del sistema judicial peruano. Benavides, exfiscal de la Nación, fue apartada en 2023 por presuntas implicancias en una red de tráfico de influencias y obstrucción a la justicia. Su retorno, aunque legalmente posible por el vencimiento del plazo de suspensión, evidencia la falta de mecanismos firmes para sancionar conductas éticamente reprochables, aunque aún no judicializadas.
Lejos de representar una reivindicación, su reincorporación reaviva las tensiones internas del Ministerio Público y debilita la confianza ciudadana en la imparcialidad y transparencia de esta entidad. Además, proyecta la imagen de una justicia vulnerable a presiones políticas y blindajes institucionales.

En un contexto donde la lucha contra la corrupción debe ser prioridad, este episodio no solo empaña al Ministerio Público, sino que envía un mensaje alarmante sobre la impunidad y la ausencia de consecuencias efectivas para quienes ocupan cargos de poder.
Desde el entorno de la fiscal superior Delia Espinoza se denuncia que el intento de reincorporación de Patricia Benavides no solo carece de respaldo legal formal, sino que constituye un acto de imposición al margen de los cauces institucionales. La presencia de personal de seguridad civil durante el proceso ha sido percibida como una forma de presión irregular e indebida, incompatible con el respeto a la autonomía del Ministerio Público.
Benavides, suspendida previamente por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), notificó a Espinoza sobre la resolución que dejaba sin efecto su sanción temporal. En el mismo oficio, exigió que esta se abstuviera de continuar ejerciendo funciones propias del cargo de Fiscal de la Nación, advirtiendo que, de persistir, podría incurrir en faltas disciplinarias e incluso en ilícitos penales. El tono del documento y la forma en que se realizó la notificación han sido interpretados por diversas voces como un intento de intimidación institucional, más que un acto de restitución legítima.
Este episodio evidencia una preocupante pugna de poder al interior del Ministerio Público, y pone sobre la mesa serias dudas sobre el respeto al debido proceso, la legalidad de los procedimientos y la independencia funcional de los fiscales. Lejos de fortalecer la institucionalidad, la forma en que se ha intentado ejecutar la reincorporación de Benavides agrava la crisis de legitimidad en una de las entidades clave del sistema de justicia peruano.
Política
Esposo de la ministra de la Mujer fue absuelto por pérdida de ropa que iba a ser donada [VIDEO]
Eduardo Rodríguez Paz, come, duerme y trabaja gracias a su esposa, la ministra Fanny Montellanos.

El nuevo ‘cosito’. Uno con ‘boquita de caramelo’ y la otra hace mutis total ante las preguntas de la prensa. Él, vistiendo ropa de domingo y yendo al mercado, mientras que ella con vestido y cartera fina saliendo del Congreso de la República luego del voto de confianza. Con estilos diferentes, pero algo les une y es que ambos son marido y mujer a la vista de Dios y sin vergüenza de propios y extraños
Eduardo Rodríguez Paz es nada menos que el esposo de la actual titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), Fanny Montellanos, quien se desempeña en esa cartera desde el 31 de enero del año en curso. Sobre ellos el dominical Panorama ha indicado que Rodríguez Paz viene siendo investigado por la pérdida de 358 mil prendas de vestir, valorizadas en más de 598 mil soles, que iban a ser donadas a los niños más pobres del país.
Según cuenta el citado medio, Rodríguez Paz se desempeñaba como encargado de almacén dentro del MIDIS, institución que preside nada menos que su esposa. Es durante ese periodo donde laboraba el esposo de la ministra Montellanos donde ocurre la pérdida de un lote de ropa donada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat). En los meses posteriores al envío, Rodríguez Paz iba dando la conformidad de la ropa recibida, pero al momento de realizarse un inventario del lote se descubrió que 358 mil prendas (de las 704 donadas) no aparecían. Es así que la Secretaría Técnica del MIDIS apuntó hacia Rodríguez Paz.
El informe señaló que “no habría controlado todas las acciones del almacén del Ministerio de la Mujer para la recepción y almacenaje de bienes donados por la SUNAT” y calificó su actuación como “una manifestación de negligencia en el desempeño de funciones”.
Cuando todos esperaban la destitución de Eduardo Rodríguez Paz por parte del área de Recursos Humanos del MIDIS, sorpresivamente se decidió absolverlo del caso. Y es que más adelante se supo que los titulares de la Secretaría Técnica y de Recursos Humanos habían sido nombrados por la esposa de este.
La respuesta del MIDIS
Desde el MIDIS han salido a responder que la conclusión a la que llegó la Secretaría Técnica fue que Rodríguez Paz no fue precisamente el responsable de la pérdida, sino que serían otros.

En el comunicado, indican que existieron “irregularidades jurídicas” en el proceso administrativo sancionador, recomendando su archivo.
Hubiese sido bien visto los modales y formalidades que se muestra en este comunicado replicado en el esposo de la ministra Montellano, quien no dejaba de decir lisuras en plena calle al reportero del dominical que solo quería recoger su declaración.
En tanto, poco se sabe de la ropa perdida o presuntamente robada. En ese comunicado oportunamente no se quiso dar el nombre de los responsables o si se vienen implementando nuevas y mejores medidas de seguridad.
Política
Interpelaciones vacías y pactos evidentes en el Congreso del Perú
Lee la columna de Leonardo Serrano Zapata

El Congreso del Perú —ese mausoleo de discursos prefabricados— se vistió de interpelación esta semana. Subieron al patíbulo dos ministros: uno de Cultura, Fabricio Valencia Gibaja, otro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero. Los trajeron para que el país crea que aquí se fiscaliza, que aquí se defiende la dignidad del pueblo. Mentira.
Lo que realmente capturó la atención no fueron las evasivas de ambos funcionarios ni los discursos envalentonados de los que siempre ladran, pero no muerden. Lo que gritaba en silencio eran los escaños vacíos: la huella impune del pacto Ejecutivo-Legislativo, ese matrimonio por conveniencia que ni la prensa de alquiler se atreve a desmenuzar.
Sí, nos vendieron el cuento de que en junio caería la presidente Dina Boluarte —que el cirujano plástico Cavani la tumbaba por abandono de cargo— pero aquí estan: levantando la mano, callando la censura de ministros, cobrando la cuota. El plan de diciembre de 2024, ese que prometía expulsar a la inquilina de Palacio, solo fue gasolina para encender la rabia popular y darle aire a la misma farsa.
En medio de este circo, conviene desempolvar un cadáver legislativo: aquel dictamen de abril de 2022, parido por un fujimorista Hernando Guerra, ya difunto o el dictamen 4030/2022 del congresista Espinoza Vargas, Jhaec Darwin, que prohibía reciclar ministros censurados en otras carteras. Nunca lo votaron. No les convenía. ¿Por qué? Porque sin fichas intercambiables se les acaba el negocio. Nos hubieran ahorrado la presencia de Leslie Urteaga, censurada por su labor en el Ministerio de Cultura, y salvada de ser nuevamente censurada en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a pesar de la contaminación en los alimentos del programa Wasimikuna y la hospitalización de cientos de estudiantes en Piura y Amazonas. La mayoría en el Congreso solo interpela para la foto y para alimentar sus redes sociales con intervenciones chabacanas y sin argumento.
¿Qué queda de estas interpelaciones? Una verdad desnuda: nadie quiere censurar a nadie porque todos están cobrando su tajada. La democracia hipotecada, la justicia manoseada, la gente ignorada.
Hay que mirar bien esos asientos vacíos: ahí se sientan todos los favores no dichos, las cuotas prometidas, los silencios comprados. Y mientras tanto, el Perú se desangra entre prostíbulos mineros de menores de edad en la Amazonía, leyes engavetadas y discursos que huelen a podrido desde el pasillo hasta el estrado.
Mañana es el día del padre y la madre de los peruanos aún no nos ha puesto padrastro, aunque algunos creen que el padre es el hombre de los chistes semanales, el de «plata como cancha».
Política
La CIDH impone su agenda: Rechaza a amnistía para militares que enfrentaron al terrorismo
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos desacredita decisión del Congreso sobre amnistía humanitaria a militares y policías adultos mayores de 70 años involucrados en acciones contra el terrorismo.

La reciente aprobación en primera votación del proyecto de ley que propone otorgar amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y Comités de Autodefensa por su participación en la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000 ha generado un inmediato rechazo por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sin embargo, este pronunciamiento vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la autonomía de los Estados para legislar y reconciliarse con su pasado.
El Pleno del Congreso aprobó, con 61 votos a favor, 44 en contra y 3 abstenciones, un dictamen que busca otorgar una amnistía de carácter humanitario a adultos mayores de 70 años —muchos de ellos sin sentencia firme— involucrados en acciones contra el terrorismo. La norma también incluye a aquellos con condena ejecutoriada, siempre que estén en etapa de cumplimiento de sentencia.
Frente a ello, la CIDH expresó su “preocupación” señalando que la iniciativa “pretende beneficiar a personas involucradas en graves violaciones de derechos humanos”, aludiendo a pronunciamientos previos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que consideran inadmisibles las disposiciones de amnistía en casos de desaparición forzada, tortura o ejecuciones extrajudiciales.
No obstante, cabe cuestionar hasta qué punto una entidad supranacional como la CIDH puede —o debe— condicionar las decisiones legislativas de un Estado soberano. La amnistía propuesta no implica impunidad generalizada, sino una medida concreta, acotada en el tiempo y con carácter humanitario. Muchos de los investigados nunca fueron juzgados, y algunos enfrentan procesos judiciales prolongados sin sentencia, en contextos marcados por la politización judicial y vacíos procesales.
El debate no debe centrarse únicamente en los crímenes cometidos, sino también en el derecho del país a reconstruir su memoria histórica desde una visión que no criminalice automáticamente a quienes enfrentaron al terrorismo, muchas veces en condiciones extremas y con escaso respaldo institucional.
La segunda votación del proyecto será decisiva. En juego no solo está una norma legal, sino también la soberanía del Congreso, aunque en reiteradas veces es muy cuestionado, para legislar conforme a los intereses y circunstancias del Perú. La intervención de organismos internacionales debe equilibrarse con el respeto al principio de autodeterminación de los pueblos y al debido proceso.
Política
Celulares no van más en los colegios públicos y privados
Congreso promulgó ley para prohibirlos, salvo las instituciones educativas las permitan.

Sin señal hasta después de la salida. El Gobierno oficializó la ley que regula el uso de teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos en todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica, tanto públicas como privadas, a nivel nacional a fin de mejorar la atención y el rendimiento escolar.
La Ley n.° 32385, publicada hoy en el diario El Peruano, establece que el uso de celulares quedará restringido durante los procesos de enseñanza y aprendizaje en aulas de primaria y secundaria, salvo que su utilización esté expresamente permitida por la institución educativa con fines académicos o que se trate de casos de estudiantes con necesidades especiales debidamente justificadas.

Según la norma, la finalidad principal es reducir la sobreexposición al internet, prevenir casos de ciberacoso, evitar riesgos en la salud, contribuir a la mejora de la salud mental de los estudiantes y fomentar entornos sanos de socialización.
Asimismo, este dispositivo dispone que los directores de las instituciones educativas deberán implementar protocolos de actuación para garantizar el cumplimiento de esta regulación, supervisando su aplicación y adoptando medidas correctivas bajo criterios de gradualidad, reiteración, razonabilidad y proporcionalidad.
En cuanto a su aplicación, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud serán los encargados de diseñar e impulsar campañas de concientización sobre el uso excesivo de teléfonos celulares en entornos escolares. Además, se establece que todas las instituciones educativas deberán colocar, en zonas visibles de ingreso, un aviso que indique:
“El uso de teléfonos celulares en horarios de clase se encuentra restringido para los escolares, salvo autorización expresa de la institución educativa”.
Finalmente, el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de la ley en un plazo máximo de 60 días calendario desde su entrada en vigor, a través del Ministerio de Educación (Minedu) y el Ministerio de Salud (Minsa).
Política
Inmunidad a la vista: Parlamento aprueba en primera votación retorno de ‘blindaje’.
Por tratarse de una reforma constitucional ahora deberá volver a votarse en una segunda legislatura. De aprobarse, entraría en vigencia a partir de la conformación de los nuevos senadores y diputados.

Haciendo un poco de historia, la inmunidad parlamentaria se origina durante la época de la Francia revolucionaria, donde se entendía más el concepto de “soberanía parlamentaria”, siendo los parlamentarios los máximos representantes de la voluntad popular y por ende requerían de una protección que les permita continuar con su proceso legislativo. Durante esa primitiva etapa de la democracia, aún no estaban separados los poderes del Estado, observándose cierta inclinación de los órganos judiciales a favor del monarca que representaba por naturaleza la oposición al voto popular. Teniendo un Parlamento frágil era más que previsible que reciba ataques constantes de parte de los detractores o de otros poderes que se resignaban a no desaparecer; es así que se dio la aparición de la inmunidad para frenar así cualquier persecución política.
Con el paso de los siglos las delimitaciones entre los principales poderes del Estado se fueron forjando con mayor notoriedad, quedando el Ejecutivo, Legislativo y Judicial cada uno por su lado, asegurando su independencia funcional.
La Constitución Política del Perú se refería en su artículo 93 sobre la inmunidad parlamentaria, leyéndose:
“Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.
No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.
No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento”.
Sin embargo, en el año 2021, mediante la Ley 31118, publicada el 6 de febrero, se aprobó su modificatoria quedando de la siguiente manera:
“Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.
No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas.
El procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia.
En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario”.
El retorno a una desfasada inmunidad
Hace cuatro años, la representación nacional aprobó en segunda votación la reforma constitucional que eliminaba la inmunidad parlamentaria.
El entonces presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Luis Valdez Farías (Alianza para el Progreso), durante su sustentación reconoció que tal herramienta había servido como escudo para que algunos legisladores se protejan de los procesos judiciales.
El congresista de APP además indicó que durante los últimos años el Congreso ha sufrido un declive moral, estando normalmente cuestionado por la población y que tal modificatoria significa eliminar “cualquier atisbo de impunidad”.
Ahora, este Congreso ha votado a favor del retorno de la inmunidad parlamentaria; fueron 84 los votos, en primera votación, que permitirán que los futuros senadores y diputados puedan gozar de tal privilegio a partir del 2026.

Es como si en menos de 4 años el Congreso haya mejorado su imagen institucional, eliminando cualquier duda de corrupción, de peculado, de congresistas “Mochasueldos” o viajeros, muchos de ellos actuando de lobistas de las grandes empresas, o de títeres de la jefa de Estado. El Poder Legislativo, que cuenta con solo 3 % de aprobación, ahora pretende aprobar el regreso de una inmunidad que ya no les corresponde por todo lo dicho anteriormente.
De esta manera, de aprobarse nuevamente en la siguiente legislatura, el artículo 93 de nuestra Carta Magna quedaría así:
“Desde que son elegidos y hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, los senadores y diputados no pueden ser procesados penalmente ni detenidos sin previa autorización de la cámara respectiva a la que pertenecen o de la Comisión Permanente, la cual debe pronunciarse en un plazo improrrogable de treinta días calendario.
En caso de delito flagrante, deben ser puestos de inmediato a disposición de su respectiva cámara o de la Comisión Permanente para que, dentro del plazo de las veinticuatro horas, autorice o no la privación de la libertad y el procesamiento”.
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