Política
Avalancha de irregularidades en la gestión de la alcaldesa Jessica Vargas
Pese a las advertencias de la Contraloría, la Municipalidad de Barranco no ha corregido las fallas en el servicio de grúas y depósito vehicular. Un segundo informe oficial emitido el 26 de mayo revela que persisten las irregularidades y han surgido nuevas, afectando la calidad del servicio y la transparencia en la contratación con el Consorcio “Grúas Barranco 24”, conformado por las empresas, ‘Grúas Plus SAC’ y ‘Orlandini Racing SAC’.

La Contraloría General de la República ha vuelto a poner la lupa sobre la Municipalidad de Barranco, revelando nuevas irregularidades en el servicio de grúas y depósito vehicular que opera bajo la administración de la alcaldesa Jessica Vargas Gómez. Lo que inicialmente fue presentado como una serie de “observaciones menores” por la propia alcaldesa, ha terminado siendo una cadena de fallas administrativas y técnicas que comprometen la legalidad, calidad y transparencia de un servicio que debería proteger a los vecinos, y no perjudicarlos.
Primeras alertas ignoradas
El primer informe de control, identificado como el Hito de Control N° 004-2025-OCI/2166-SCC, ya había advertido sobre cinco situaciones adversas vinculadas a la ejecución del contrato público N° 001-2023-CS-MDB-1. Este contrato regula el servicio de grúas y depósito vehicular en el distrito barranquino. Sin embargo, lejos de asumir una posición de autocrítica o iniciar una investigación interna, la alcaldesa Jessica Vargas minimizó los hallazgos. En la última Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, afirmó que no veía observaciones de gravedad, y que todo debía ser analizado por el gerente legal de la comuna.
Más hallazgos: Segundo informe de Contraloría
Pese a las respuestas evasivas desde el despacho municipal y a la vergonzosa ‘venia’ de los regidores oficialistas, la Contraloría continuó con su trabajo de fiscalización. El pasado 26 de mayo de 2025 se emitió un segundo informe (Hito de Control N° 005-2025-OCI/2166-SCC) donde se identificaron cuatro nuevas situaciones adversas, que profundizan las dudas sobre cómo se está ejecutando este contrato público del servicio de grúas y depósito vehicular.

1. Grúa no acreditada presta el servicio
La primera irregularidad detectada revela que se viene utilizando una grúa que no fue incluida ni acreditada en el contrato inicial. El consorcio adjudicado, GRÚAS BARRANCO 24, ofreció el servicio con grúas específicas: BNY-933, BVP-740, BNF-856 y BFI-862. Sin embargo, en una inspección al depósito municipal el 13 de mayo, se halló operando la grúa de arrastre de placa BMD-898, la cual no fue acreditada para la firma del contrato.

Lo más preocupante es que al advertirse que la grúa de placa BMD-898 no fue acreditada para el perfeccionamiento del contrato, la Comisión de Control solicitó a la Gerencia de Administración y Finanzas, el documento de verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos de la grúa. Documentación que no ha sido alcanzada hasta la fecha de emisión del informe.
Esta grúa ha prestado servicio activo con regularidad durante doce (12) días, entre el 17 de febrero y el 16 de marzo, sin que exista documentación que acredite que cumple con las condiciones técnicas exigidas por las bases del proceso; lo que evidencia que no solo opera como retén. Para colmo, el supervisor del servicio —Ricardo Gordillo Guadalupe— declaró desconocer completamente las Bases Integradas y los Términos de Referencia del contrato.

La municipalidad de Barranco, por tanto, ha permitido que un vehículo no autorizado preste un servicio público, sin verificar si cumple con los requisitos mínimos. Esto pone en riesgo la calidad del servicio y abre la puerta a posibles sanciones legales.

2. Formatos mal usados y procedimientos alterados
Otro punto crítico del informe señala un uso irregular y desordenado de los documentos que registran las infracciones y el internamiento de vehículos. Según la normativa, el acta de constatación de una infracción debe llenarse en el momento en que se detecta el mal estacionamiento, antes de que el vehículo sea remolcado. Sin embargo, la Contraloría detectó que estos documentos están siendo llenados después del internamiento del vehículo al depósito municipal, lo cual distorsiona el procedimiento sancionador.

Como si fuera poco, hay formatos que simplemente no se están utilizando. Por ejemplo, el formulario de «Orden de Liberación y/o Salida del Vehículo» no se emplea en ningún momento del proceso. Este documento es clave para establecer los montos a pagar por guardianía y remolque, pero su omisión impide dejar constancia formal de esos cobros.
Como se aprecia en la imagen anterior, el Acta de Constatación consigna: 10:44 horas del día 15 del mes de mayo del año 2025 , tanto en el primer párrafo como antes de la firma; sin embargo, el Acta de Internamiento de Vehículo, registra como fecha de internamiento: 09:50 horas del día 15/05/2025; lo que revelaría que primero se internó el vehículo y luego se constató la infracción, lo cual es incorrecto, dado que, el Acta de Constatación de la Infracción debe ser emitida antes del Acta de Internamiento del Vehículo.

El caos administrativo llega al extremo de que incluso se ha modificado arbitrariamente el formato oficial 12. En el acta de entrega de vehículos, por ejemplo, se ha sustituido la fecha de salida del auto por la fecha de ingreso al depósito, generando una evidente confusión.
De la visita realizada el 16 de mayo de 2025 a las instalaciones del depósito vehicular, conforme consta en el Acta N° 007-2025-OCI/MDB-SCC2, el Coordinador del Contratista manifestó cuáles son los Formatos que se generan como parte de las fases de internamiento y retiro de los vehículos intervenidos, siendo estos:
Durante la fase de Internamiento: el acta de Internamiento del vehículo y el acta de constatación. y durante la fase de retiro: el acta de control, la resolución de sanción, el acta de notificación y finalmente, el acta de entrega del vehículo.
Por tanto, no se viene empleando el Formato: ‘Orden de Liberación’ y/o ‘Salida del Vehículo’, lo que fue constatado como resultado de la revisión de la documentación generada, advirtiéndose que, la determinación del tiempo de internamiento, del pago por servicio de guardianía y del pago por servicio de remolque no queda registrado en ningún formato, lo que fue confirmado por el asistente del Coordinador, señor Christian Vera Paniccia, quien, mediante el Acta N° 007-2025-OCI/MDB-SCC2 de 16 de mayo de 2025, manifestó que: “No se genera un documento en el que se determina el cobro por los días de la guardianía (…)”.
Dicha situación genera un descontrol, respecto al pago a realizarse por dichos conceptos; dado que, si bien el recibo de caja señala el monto que se ha pagado por Guardianía y Remolque, el formato ‘Orden de Liberación’ y/o ‘Salida de vehículo’, contempla información importante que debe registrarse para determinar adecuadamente los montos a pagar por los servicios de guardianía y de Remolque.
Este manejo irregular de los documentos crea un descontrol generalizado en el proceso de sanción por estacionamiento en zonas prohibidas. Lo que debería ser un procedimiento riguroso, termina siendo un sistema arbitrario y opaco.

3. Informes de supervisión imprecisos y posibles pagos indebidos
La Contraloría también encontró deficiencias graves en los informes del supervisor del servicio de grúas. Estos documentos son fundamentales para validar los pagos que realiza la municipalidad al contratista. Sin embargo, los informes solo consignan la cantidad de vehículos intervenidos por tipo de grúa, pero no indican las horas trabajadas, ni el cumplimiento de los horarios pactados.
Al contrastar los informes con la información de Tesorería, se detectó que se habrían pagado horas adicionales no trabajadas. En total, se registraron más de 20 horas de servicio acumulado por encima del horario contractual, sin que el supervisor lo advierta ni justifique. Este hecho podría configurar un pago indebido al contratista, y deja al descubierto la falta de fiscalización por parte del área usuaria.
De la verificación de la información de la Subgerencia de Tesorería en relación al pago efectuado al Contratista por el período del 17 de febrero de 2025 al 16 de marzo de 2025, proporcionada con el Informe N° 0101-2025-SGT-GAF-MDB de 14 de mayo de 2025, y los informes emitidos por el Supervisor del servicio, N° 02-2025-SGFCA-GFSC-MDB de 05 de marzo de 2025 y N° 021-2025-SGFCA-GFSC-MDB del 03 de abril de 2025, se advierte que en los informes del Supervisor solo se reporta la cantidad total de vehículos intervenidos, por día y por cada grúa, mas no el cumplimiento de las condiciones en las que debe prestarse el servicio, ni las horas trabajadas por día y tipo de grúa; de tal forma que se pueda validar las horas de servicio reportadas en la liquidación de pago del servicio presentado por el contratista.
Mas aún, se requiere que el Supervisor del servicio efectúe un control de las horas de servicio de las grúas por cuanto, a través del Acta N° 003-2025-OCI/MDB-SCC2 de 15 de mayo de 2025, manifestó que el horario de servicio de las grúas es de Domingo a jueves de 08:00 am a 8:00 pm. y viernes y sábado de 08:00 am. a 11:00 pm. Sin embargo; de la revisión del horario de servicio prestado por las grúas en el período del 17 de febrero de 2025 al 16 de marzo de 2025; se advirtió que el horario del servicio prestado es distinto, apreciándose que difieren del horario reportado entre una hora y media a dos horas y media.
Como consecuencia de la situación descrita, presuntamente se habría pagado al contratista por horas de servicio no prestados efectivamente.

4. Se deja de cobrar por guardianía vehicular
La última situación adversa señalada en el informe es quizás la más reveladora en cuanto al perjuicio económico para la comuna barranquina. La Contraloría constató que en el servicio de guardianía vehicular no se está cobrando como establece el TUSNE (Texto Único de Servicios No Exclusivos).
Por ejemplo, se identificó que al menos nueve (9) vehículos intervenidos los días 10 y 14 de marzo de 2025 y que pasaron una noche en el depósito no pagaron la tarifa diaria de S/. 20,70 por cada uno de los vehículos, simplemente porque el personal interpreta —erróneamente— que se debe cobrar solo cuando se supera un plazo de 24 horas exactas.

En relación a ello, mediante el Acta N° 006-2025-OCI/MDB-SCC2 de 15 de mayo de 2025, el Cajero asignado al servicio de grúas y el Supervisor del servicio, Ricardo Gordillo Guadalupe, manifestaron que: “(…) la Resolución emitida para la cobranza del derecho de guardianía indica que se cobrará a las 24:00 horas a más, el monto por día que es de S/20,70 (…)”.
Lo expresado por el personal no guarda correspondencia con lo dispuesto en el TUSNE de la Municipalidad de Barranco, en cuyo Anexo 1, correspondiente a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, establece el “Servicio de Guardianía por vehículo”, para el caso de vehículos livianos x día la tarifa de S/ 20.70, no precisándose en ningún lado que la tarifa sea por día de 24 horas, como lo manifiesta y viene aplicando el personal responsable de su cobro.

Esta interpretación no se encuentra en la norma, y ha sido aplicada por el personal sin sustento legal. Como consecuencia, la Municipalidad de Barranco deja de percibir ingresos legítimos y necesarios correspondientes por el servicio de guardianía.

¿Desinterés o encubrimiento?
El informe fue formalmente enviado el pasado 26 de mayo por Ángel Jesús Barrera Castro, jefe del Órgano de Control Institucional (OCI), a la alcaldesa Jessica Vargas. En el documento se exige que la comuna adopte medidas correctivas y remita un informe en un plazo de cinco días hábiles. Sin embargo, no hay evidencia pública de que tales acciones se hayan ejecutado hasta el momento.

Durante la última Sesión Ordinaria de Concejo (N° 11), realizada el pasado viernes 6 de junio, la alcaldesa Jessica Vargas, lejos de responder con firmeza institucional, ha vuelto a minimizar públicamente los hallazgos y la gravedad del asunto, calificando los señalamientos como “observaciones no graves”, dilatando una vez más la posibilidad de una intervención correctiva desde la gestión local.
Ante los “cuidadosos” cuestionamientos del teniente alcalde Jaime Chihuán —actualmente en campaña política como probable candidato de Barranco por Avanza País—, la alcaldesa se limitó a decir que ya se había dado trámite al documento, y que estaba a la espera de un informe del área legal.
“Yo tengo el informe de la Contraloría y no veo observaciones de gravedad”, afirmó con ligereza Vargas Gómez, añadiendo que se analizará administrativamente si corresponde o no aplicar sanciones. Según su declaración, la licitación de las grúas se llevó a cabo según ley, y la alcaldía no puede intervenir sin respaldo legal.
Esto fue lo que respondió la alcaldesa sobre las grúas:
“Ya se dispuso que corra a tramite, como corresponde dar respuesta a este documento. Entonces vamos a esperar para que el doctor Alferrano nos pueda hacer una exposición más completa. Tendríamos que esperar que el área legal nos informe, porque recuerden que eso es a través de una licitación pública. Se ha hecho un convenio con la empresa. No es que acá decidimos, no es que yo (…) en favor o en contra, sino que hay un tema legal y de respeto jurídico. Es un acto administrativo; es una licitación pública, y vamos a tomar en cuenta esta solicitud.
Yo acá tengo el informe de la Contraloría. Y de gravedad… no veo alguna observación. Sí hay observaciones que se tendrán que superar, y se verá administrativamente si hay alguna sanción, o si no se está cumpliendo con el contrato; pero sería adelantar opinión.
Yo como alcaldesa debo cumplir la normativa. No voy a hacer algo que está prohibido en las normas, sino, que me gusta que todo esté analizado y bien dirigido para no cometer errores; y si no tengo el respaldo legal y bien evaluado, estudiado en todas las aristas, pues tenemos que llevarlo, no ahorita, en estos momentos”.

Grúa municipal continúa remolcando vehículos pese a fallo del TC
La señora alcaldesa menciona que ella no hará algo que esté prohibido por ley. Sin embargo ¿Por qué en Barranco continúan las grúas y el depósito vehicular a sabiendas que estas han sido declaradas ilegales? ¿Acaso están esperando que el MTC inicie una demanda contra la MDB?
Hay que recordar que el Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucionales las ordenanzas municipales que autorizaban el uso de grúas para remolcar vehículos mal estacionados y enviarlos a depósitos. Esta decisión implica que los municipios ya no pueden multar a los conductores por mal estacionamiento y secuestrar sus vehículos mediante grúas, porque esa labor solo obedece a la Policía Nacional (PNP), por mandato del MTC.
¿Una gestión sin control?
Lo que este caso revela es más profundo que simples errores administrativos. Hay indicios de negligencia sistemática, falta de control interno, omisiones en la supervisión y una preocupante indiferencia política ante las observaciones de un organismo de control superior.
El servicio de grúas y depósito vehicular es un tema sensible que afecta directamente a los ciudadanos. No solo por las onerosas multas o la incomodidad de tener un vehículo internado y retenido, sino por el derecho a recibir un servicio transparente, justo y enmarcado en la ley.
El hecho de que una grúa no autorizada haya operado durante semanas sin control, que se hayan alterado los documentos del procedimiento sancionador, y que incluso se hayan omitido cobros reglamentarios, debería haber generado una respuesta inmediata y firme desde la Alcaldía de Barranco. Pero en lugar de ello, y demostrar transparencia, la gestión de la señora Jessica Vargas optó por relativizar los hallazgos y trasladar la responsabilidad al abogado del área legal.

¿Seguirán haciéndose de la vista gorda?
La Contraloría ha cumplido con su deber: detectar, documentar y advertir sobre riesgos que afectan la legalidad y eficiencia del servicio de las grúas y el depósito vehicular. El siguiente paso depende exclusivamente de la municipalidad de Barranco.
La alcaldesa Jessica Vargas tiene la obligación, no solo legal sino también ética, de actuar y de mostrar transparencia ante los ciudadanos. Ignorar o minimizar estas observaciones, como ya lo ha hecho, no solo pone en duda su capacidad de gestión, sino también su compromiso con la verdad y el bienestar de los vecinos de Barranco.
Aquí lo que está en juego no es solo la legalidad del contrato firmado con el Consorcio “Grúas Barranco 24”, conformado por las empresas, ‘Grúas Plus SAC’ y ‘Orlandini Racing SAC’. Una vez más, está en juego la confianza de la ciudadanía barranquina en sus autoridades.
Política
Ministerio de Cultura acepta abstención de viceministra Moira Novoa en ‘caso Armatambo’
La cuestionada viceministra de Patrimonio Cultural pidió abstenerse de opinar sobre el retiro parcial de la condición cultural de la Parcela Arqueológica O en el Morro Solar. El ministro Fabricio Valencia, declaró procedente su solicitud mediante resolución ministerial.

Mediante la Resolución Ministerial N.º 158-2025-MC, el Ministerio de Cultura aceptó y declaró procedente la abstención formulada por la viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Moira Novoa Silva, respecto al procedimiento que evalúa el retiro parcial de la condición cultural de la Parcela O de la Zona Arqueológica e Histórica de Armatambo – Morro Solar, ubicada en el distrito de Chorrillos, Lima.

En su lugar, será el viceministro de Interculturalidad, Percy Yhair Barranzuela Bombilla, quien se pronunciará sobre el procedimiento mencionado.
La resolución, firmada por el ministro de Cultura Fabricio Valencia, señala en sus considerandos que Novoa Silva solicitó abstenerse por haber emitido previamente opinión técnica sobre el tema, cuando se desempeñaba como directora general de Patrimonio Arqueológico Inmueble. En ese cargo, suscribió los informes N.º 000050-2025-DGPA-VMPCIC/MC y N.º 000141-2025-DGPA-VMPCIC/MC, en los que se abordaba el caso. Por esta razón, y conforme al numeral 2 del artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General), se configuraría una causal de abstención.

Sobre el retiro parcial de la condición cultural de la Parcela O de Armatambo, especialistas advierten que deben evaluarse rigurosamente los motivos detrás de la decisión. Si la zona fue intervenida con un proyecto formal de rescate arqueológico y se concluyó que ya no existen restos patrimoniales, entonces podría justificarse la desprotección. Sin embargo, existen cuestionamientos por el uso de cateos mínimos o informes técnicos limitados como sustento para retirar la protección, lo cual representa un tema especialmente sensible dada la fragilidad del patrimonio arqueológico.
Cabe recordar que hace poco más de un mes, la misma viceministra Novoa Silva fue duramente criticada por firmar la controvertida Resolución Viceministerial N.º 000128-2025-VMPCIC/MC, que redujo en casi un 50% el perímetro de protección de las Líneas de Nasca y Palpa, lo que generó un fuerte rechazo por parte de la comunidad arqueológica y defensores del patrimonio cultural en todo el país.
Política
Congreso blinda a la JNJ y archiva denuncia por retorno de Benavides
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso rechazó investigar a los seis miembros de la Junta Nacional de Justicia que avalaron la controvertida reposición de Patricia Benavides como fiscal de la Nación. Con esta decisión, ya no serán procesados.

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso, presidida por la parlamentaria de APP María Acuña Peralta, ha vuelto a actuar como muro de contención para los intereses de ciertos sectores del poder. Esta vez, al declarar improcedentes las denuncias constitucionales contra los seis miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que votaron por la restitución de Patricia Benavides Vargas como fiscal de la Nación, a pesar de las evidentes irregularidades en el proceso y la ausencia de unanimidad.
El blindaje es evidente: mientras la misma SAC sí decidió abrir investigación contra los miembros de la Junta de Fiscales Supremos por una controversia similar, a la JNJ se le concede impunidad institucional. Esta doble vara confirma la falta de coherencia y la clara intencionalidad política de las decisiones parlamentarias.

Las denuncias rechazadas fueron presentadas por los congresistas Alfredo Pariona (Bancada Socialista) y Elías Varas (Juntos por el Perú – Voces del Pueblo). Acusaban a los magistrados de la JNJ de usurpación de funciones, avocamiento indebido y abuso de autoridad, al intervenir en decisiones que, según sus críticos, correspondían exclusivamente al ámbito del Ministerio Público y no al de la JNJ.
Los magistrados protegidos por el Congreso son Gino Ríos Patio (presidente), María Teresa Cabrera, Jaime De La Puente, Víctor Hugo Chanduví, Germán Serkovic y César Cayo Galindo. Todos ellos firmaron la resolución que repuso no solo a Benavides Vargas, sino también a la fiscal Azucena Solari y a la jueza Enma Benavides Vargas.
Pero el escándalo no termina ahí. El acta de la sesión extraordinaria en la que se decidió la reposición confirma que no hubo unanimidad, ya que el magistrado Francisco Távara no participó. Peor aún, la secretaria general de la JNJ, Giovanna Díaz, no fue convocada a la reunión, lo cual ella misma dejó consignado en el acta. Esta omisión plantea serias dudas sobre la legalidad de la sesión y abre la puerta a sospechas de manipulación institucional.
A pesar de estos hechos, el Congreso prefirió mirar hacia otro lado. Lo que debió ser un acto de fiscalización y defensa del orden constitucional terminó siendo otro ejemplo más de cómo las instituciones se protegen entre sí, incluso a costa de la legalidad y la confianza ciudadana. El blindaje a la JNJ por parte de la SAC deja una pregunta inquietante en el aire: ¿a quién sirve realmente el Congreso?
Política
MML derrochó más de 9 millones de dólares en estudio de abogados para luego despedirlo
Gestión de López Aliaga responsabilizó al estudio Foley Hoag LLP de perder los dos laudos arbitrales, acusándolos de omitir información que lo vincularía con Brookfield, empresa matriz de Rutas de Lima.

Plata al agua o al charco, para ser más precisos cuando se habla del alcalde de Lima. Como el dinero no sale de su bolsillo y sí de todos los peruanos, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), encabezada por el errático y explosivo Rafael López Aliaga, decidió dar por terminado el vínculo contractual que tenía con el estudio de abogados Foley Hoag LLP, alegando que la firma estadounidense le habría omitido información relevante relacionada a su cercanía con Brookfield, empresa matriz de Rutas de Lima.
Cabe mencionar que en la actualidad la MML y Rutas de Lima tienen un conflicto legal derivado de la cancelación del cobro de peajes de parte de la empresa concesionaria, la cual le viene exigiendo a la comuna capitalina el pago de más de 200 millones de dólares.
Según documentos judiciales y registros de contrataciones del Estado, la MML suscribió cuatro contratos con Foley Hoag LLP, tres durante el mandato del exalcalde Jorge Muñoz y uno bajo la administración de López Aliaga. La comuna destinó más de US$ 8 millones en tres procesos arbitrales que terminó perdiendo, y un contrato adicional por US$ 1.6 millones en 2024 para frenar la ejecución de los fallos. Esta última contratación fue anulada tras revelarse un conflicto de interés no declarado.
El municipio alega que Foley Hoag LLP ocultó que también representaba a Brookfield Asset Management, empresa matriz de Rutas de Lima, mientras defendía a la comuna en procesos contra dicha concesionaria. Esta falta de transparencia habría condicionado la estrategia legal y perjudicado gravemente a la municipalidad que dirige ‘Porky’.
“El conflicto de intereses no divulgado de Foley contaminó su representación de MML, y los resultados fueron devastadores”, se lee en el escrito presentado ante la Corte de Columbia por el nuevo estudio defensor, Boies Schiller Flexner LLP. En este documento se exige anular la sentencia que valida los laudos arbitrales por US$ 200 millones, alegando que Foley Hoag omitió recursos clave para proteger a la comuna.

A la fecha, la Corte de Apelaciones ya ha ratificado la validez de los laudos arbitrales, pero la MML aún espera una decisión de la jueza de primera instancia en EE. UU. que podría cambiar el rumbo de este escándalo legal y financiero.
Política
¿A quién beneficia la millonaria compra de aviones de guerra?
¡Escandalo! en vez de invertir en hospitales, cárceles o vías de transporte, el gobierno destina más de S/ 13 mil millones a aviones de guerra sin enemigo a la vista. Una decisión desconectada de las prioridades nacionales, que podría esconder millonarios negociados oscuros antes de dejar el poder.

Esta semana se confirmó: la presidenta Dina Boluarte ha decidido endeudar al Estado peruano por la exorbitante suma de 3,500 millones de dólares para adquirir 24 aviones de caza ‘Gripen E’ a la empresa sueca Saab. En un país que no enfrenta ninguna amenaza bélica real, este acuerdo resulta escandaloso, cuestionable y oportunamente silencioso. ¿Por qué ahora? ¿Para qué esta compra? ¿Y a quién realmente beneficia?
El argumento oficial es que esta adquisición forma parte del proyecto de modernización de la Fuerza Aérea del Perú (FAP). La presidenta Boluarte Zegarra, flanqueada por el comandante general de la FAP, Carlos Chávez, el ministro de Defensa, Walter Astudillo, y el premier Eduardo Arana, justificó el grosero gasto alegando que es una “decisión histórica” para “garantizar la paz mediante la disuasión”. ¿alguien puede creer eso?

Pero mientras la mandataria se alista para abandonar Palacio de Gobierno –como ya lo han hecho otros expresidentes–, deja atado al país a un endeudamiento que se pagará hasta 2050, y que no prioriza las verdaderas urgencias nacionales.
Gastos de guerra en tiempos de crisis
Dina Boluarte anuncia con orgullo esta compra, al tiempo que su propio gobierno apenas ha destinado 800 millones de soles para construir cinco penales en todo el país. Es decir, solo una fracción mínima de lo que costarán estos aviones, en un país donde el hacinamiento carcelario, la inseguridad ciudadana y la falta de infraestructura penitenciaria son un clamor nacional.
¿Por qué no destinar esos 3,500 millones de dólares a construir al menos 30 o 40 nuevos penales a nivel nacional, mejorar hospitales colapsados y construir decenas de estos, o cerrar la brecha de infraestructura educativa? ¿cuántas líneas de Metro de Lima se podrían implementar con esa millonada de dinero? ¿O es que existe un interés oculto detrás de este contrato con Saab?

Un proveedor cuestionado
Saab, la compañía sueca elegida por el gobierno peruano, está actualmente bajo investigación del Departamento de Justicia de EE. UU. por su venta de aviones a Brasil en 2014. El caso, conocido como Operación Zelotes, involucró presuntos sobornos y tráfico de influencias, nada menos que con participación del actual presidente brasileño Lula da Silva y su hijo. Aunque el proceso fue archivado en Brasil, las investigaciones internacionales siguen en curso.
No se trata solo de antecedentes incómodos. Saab ha ofrecido “compensaciones legales” al Perú bajo el esquema offset, que supuestamente incluiría transferencia tecnológica y eventuales inversiones en sectores no militares. En teoría, suena bien. Pero en la práctica, es un terreno fértil para sobrecostos, contratos opacos y beneficios indirectos para actores políticos y empresariales.
Más aún: se ha revelado que parte de los aviones podrían ser ensamblados en Brasil, desde una planta inaugurada en 2023, lo que supondría una preocupante dependencia tecnológica y logística del Perú respecto al gobierno de Lula da Silva, un actor político que ya ha sido señalado por su participación directa en la anterior venta de Saab y que calificó como “intromisión” las investigaciones internacionales.

Un Congreso cómplice
Este endeudamiento no sería posible sin la venia del Congreso de la República, que aprobó el financiamiento en dos tramos: 2,000 millones de dólares en 2025 y 1,500 millones en 2026, utilizando deuda interna del Banco de la Nación. El plazo de pago será de entre 18 y 24 años. ¿Por qué un Congreso tan crítico del gasto público autoriza sin mayor resistencia esta compra? ¿Cuáles son los intereses detrás?
Esta práctica de dejar “herencias envenenadas” se repite peligrosamente. El exencargado de Palacio de Gobierno, Francisco Sagasti comprometió al país en deudas a 100 años por vacunas y compras durante la pandemia, sin rendición de cuentas claras. Más recientemente, el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, ha endeudado a la Municipalidad Metropolitana de Lima por más de 4,000 millones de soles, comprometiendo a sus sucesores durante los próximos 20 años.
Una ‘disuasión’ sin enemigo
El argumento de la “disuasión” esgrimido por el viceministro de Políticas para la Defensa, César Torres, no resiste un análisis serio. Perú no enfrenta amenazas bélicas ni tiene conflictos armados en el horizonte. En cambio, sí vive una guerra interna contra la delincuencia, el narcotráfico, la corrupción y la impunidad judicial. Es en esos frentes donde urge invertir.
Invertir miles de millones de dólares en armamento sin enemigo visible es no solo irresponsable: es un acto de desconexión total con las prioridades nacionales, y podría esconder negociados oscuros en nombre de la defensa nacional. Se repite así la historia de gobiernos que, antes de irse, amarran contratos millonarios para beneficios ajenos a los intereses del pueblo.
El legado de Boluarte: deuda, armas y desconfianza
No cabe duda que Dina Boluarte pasará a la historia como una mandataria sin respaldo popular, que accedió al poder por la vía sucesoria, que ejerció con represión y terminó comprometiendo el futuro económico del país en acuerdos sin consenso ni transparencia.
La compra de aviones de guerra en tiempos de paz, sin consulta pública, sin licitación internacional abierta y con un proveedor extranjero bajo investigación, es más que una mala decisión política: es una afrenta al pueblo peruano, que exige justicia, desarrollo y seguridad real, no fantasmas de guerra ni herencias de deuda.
¿Quién se beneficia de este negocio? Esa es la pregunta que el país debe hacerse ahora, antes de que sea demasiado tarde.
Política
Perú Libre presenta PL para que solo jueces y fiscales supremos titulares puedan investigar a funcionarios de alto rango
Iniciativa presentada por el congresista Américo Gonza pretende realizar importantes cambios en el Código Procesal Penal.

No les gusta ser investigados y ahora pretenden elegir quiénes les pueden investigar. La bancada de Perú Libre cuenta con bastantes de sus integrantes con investigaciones abiertas, ya sea por sus vínculos con ‘Los Niños’, acusados de ser ‘Mochasueldos’, y demás barbaridades al momento de votar en el hemiciclo, y ni qué decir de sus antiguos miembros que terminaron desperdigados en distintas bancadas. Igual ellos tienen ‘rabo de paja’.
Como les incomoda que la justicia nacional esté a todo momento detrás de ellos, el congresista perulibrista Américo Gonza ha presentado el Proyecto de Ley (PL) n.° 11750/2024-CR, el cual propone modificar varios artículos del Código Procesal Penal para que solo los jueces y fiscales supremos titulares puedan investigar y juzgar a los altos funcionaros comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política, es decir, el presidente de la República, los parlamentarios, ministros de Estado, magistrados supremos y otros altos cargos.
De acuerdo a la iniciativa, se busca modificar artículos 44, 450, 451, 452 y 453 del Nuevo Código Procesal Penal para excluir a magistrados provisionales o supernumerarios de los procesos, pues, según el congresista Gonza, el objetivo es “asegurar un proceso penal transparente, imparcial y libre de cualquier influencia o presión política”. Esto debido a que, actualmente, la mayoría de jueces y fiscales son provisionales, lo que no ofrecería “garantías de autonomía e independencia”.
«La provisionalidad, al no estar amparada por la estabilidad que otorga la titularidad, puede propiciar una vulnerabilidad institucional, en tanto los fiscales provisionales, por el temor de ser removidos o no confirmados en sus cargos, podrían actuar condicionados por intereses externos, particularmente en investigaciones de alta carga política», sostiene el legislador cajamarquino.

En otras palabras, Gonza sostiene que los fiscales provisionales, al no tener un puesto seguro, pueden ser influenciados por la presión política o son más susceptibles a la agenda mediática y brindar una decisión «imparcial». «Esto por estar condicionadas por la necesidad de conservar el cargo o satisfacer a quienes tienen el poder de nombramiento o remoción», anota el proyecto.
Para sustentar su propuesta, el proyecto presenta una comparativa de la cantidad de fiscales provisionales frente a los titulares. Según ello, en 2023, de 8,338 fiscales, 4,662 eran provisionales y solo 3,676 titulares. «Mientras las plazas provisionales han aumentado en más de 1,400 en los últimos cinco años, el número de fiscales titulares ha disminuido», indican.

Política
El Congreso avanza hacia la inhabilitación de Betssy Chávez
El peso de la responsabilidad por intentar quebrar el orden constitucional. La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó el informe que recomienda inhabilitar por 10 años a la exprimera ministra Betssy Chávez.

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, presidida por la legisladora de APP María Acuña Peralta, aprobó el informe que recomienda la inhabilitación por diez años para toda función pública de la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Chávez Chino. Señalada como una de las figuras clave detrás del intento de golpe de Estado encabezado por Pedro Castillo el 7 de diciembre de 2022, Chávez enfrenta ahora una de las sanciones políticas más severas previstas por la Constitución.
El proceso avanza con rapidez. La exministra no presentó defensa ante la subcomisión, ni de forma personal ni mediante un abogado, lo que facilitó el trámite y dejó su situación aún más comprometida. Esta ausencia levanta preguntas sobre su estrategia legal, pero también refuerza la percepción de una falta de interés por enfrentar las consecuencias institucionales de sus actos.
Actualmente detenida mientras avanza el proceso penal en su contra, Chávez Chino ha quedado políticamente aislada. Aunque tendrá la oportunidad de ejercer su defensa ante la Comisión Permanente y ante el pleno del Congreso, el camino hacia la inhabilitación parece cada vez más inevitable.

Más allá de la figura de Betssy Chávez, este caso marca un punto de inflexión en la respuesta del sistema político frente a intentos de quebrar el orden democrático. Sin embargo, también se exige autocrítica del Congreso: no debe confundirse justicia con revancha política. La transparencia y el respeto al debido proceso son cruciales para que la sanción tenga legitimidad, y no se perciba como una simple maniobra punitiva.
El informe aprobado es parte de un paquete de acciones contra exfuncionarios vinculados al intento de disolver el Congreso. Pero el castigo político debe estar acompañado de una reflexión institucional más profunda: cómo evitar que quienes llegan al poder, como Pedro Castillo o sus principales aliados, vuelvan a intentar socavar la democracia desde dentro.
Política
Polémico ‘proyecto de ley’ busca devolver brevetes a conductores ebrios
¿Segunda oportunidad o riesgo público? En Perú, conducir en estado de ebriedad es incurrir en delito de ‘peligro común’. El artículo 274° del Código Penal sanciona esta conducta con prisión, e inhabilitación, subrayando la gravedad de manejar bajo efectos del alcohol o drogas.

El congresista Jorge Flores Ancachi, ahora legislador ‘no agrupado’ tras su salida de Podemos Perú, ha reactivado la polémica con su proyecto de ley 11781/2024-CR, conocido informalmente como la “Ley del borrachito”. La iniciativa propone permitir que conductores sancionados por manejar en estado de ebriedad puedan recuperar su licencia de conducir, siempre que no hayan causado muertes, ni daños permanentes.

La propuesta contempla una amnistía parcial hasta el 31 de diciembre de 2025, permitiendo a los infractores —previo pago de una multa con descuento del 80% y la aprobación de un curso de capacitación— volver a conducir legalmente. Según Flores Ancachi, no se trata de fomentar la impunidad, sino de reconocer la posibilidad de rehabilitación y evitar sanciones “eternas” para quienes desean reinsertarse laboralmente.
Miles de conductores inhabilitados por conducir en estado de ebriedad han mostrado respaldo a la medida, argumentando que están arrepentidos, necesitan trabajar y que han sido castigados por años. Sin embargo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se opone con firmeza, señalando que el proyecto representa un serio retroceso en la lucha por la seguridad vial.
El debate pone sobre la mesa una tensión legítima: ¿puede una sociedad negar toda posibilidad de reinserción a un infractor que no causó daños irreparables? Pero también es necesario recordar que conducir ebrio no es un simple error: es una conducta peligrosa con potencial letal, porque es considerado un delito.
Conducir bajo influencia del alcohol es delito
Como se recuerda, conducir en estado de ebriedad en Perú constituye el delito de peligro común. El artículo 274° del Código Penal «Conducción en estado de ebriedad o drogadicción», establece que manejar bajo la influencia del alcohol o drogas es un delito, y se sanciona con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años, o con prestación de servicios comunitarios, además de la inhabilitación para conducir.
El proyecto de ley, aunque bien acertado para algunos, corre el riesgo de normalizar una falta grave y un presunto delito. Las segundas oportunidades son valiosas, pero deben estar siempre subordinadas a la responsabilidad, la prevención y el bien común.
economía
Presentan PL para que el Banco de la Nación pueda comprar y vender oro de la minería artesanal
Iniciativa presentada por el congresista Jorge Montoya busca modificar la Ley 16000 para incrementar las funciones del banco.

Arroz con mango. Pretender dotar atribuciones que no corresponden a determinada institución es como forzar a los abogados que operen a un herido, o que un ingeniero se dedique a cosechar papas; es decir, cargarles con atribuciones que no van con la naturaleza de su oficio.
A propósito de ese desbarajuste, la Comisión de Economía del Congreso de la República viene evaluando el Proyecto de Ley (PL) n. 8491 para que el Banco de la Nación (BN) pueda comprar, vender, exportar y comercializar oro proveniente de la minería artesanal y de pequeña escala.

La iniciativa ha sido presentada por el congresista Jorge Montoya (Renovación Popular) y propone la modificatoria de los artículos 2 y 6 de la Ley 16000, la misma que regula las funciones del banco estatal.
En el mencionado PL se estipula además que la entidad deberá implementar tecnología y procedimientos para asegurar la trazabilidad, calidad y exportación de los minerales, todo ello respetando normas ambientales, tributarias y de prevención de lavado de activos.
Según el texto, el Ejecutivo tendría un plazo de 90 días para aprobar la reglamentación necesaria, en caso se apruebe la ley. El financiamiento, según se indica, se haría con cargo al presupuesto institucional del banco y sin recurrir a recursos adicionales del Tesoro Público.
Cabe precisar que uno de los argumentos principales de la propuesta es que gran parte del oro producido por la minería artesanal no es trazado ni declarado formalmente, lo que facilita su desvío hacia canales ilegales. El proyecto también afirma que países como Bolivia y Tanzania han implementado esquemas similares con resultados positivos, aunque no ofrece mayores detalles al respecto.

La postura del Banco de la Nación
En tanto, el BN envió un informe donde advirtió sobre los riesgos de aprobar el PL que propone ampliar las facultades operativas de la entidad para permitirle participar en la compra, venta y exportación de oro y minerales. Según el documento, el Banco no cuenta con experiencia en estas actividades, ya que su labor está orientada a brindar servicios financieros a entidades públicas, instituciones del sistema financiero y trabajadores del sector público, conforme a lo establecido en su Estatuto.
En adición, se señaló que habilitarlo para operar en el comercio de minerales podría generar resultados negativos debido a la falta de recursos y conocimientos técnicos, afectando incluso su desempeño actual en la prestación de servicios bancarios. Por estas razones, la Gerencia Legal no recomienda la aprobación de la iniciativa legislativa.
Por su parte, ADEX señaló que existe un alto riesgo de que la compra de oro sin conocer la procedencia de este pueda involucrar metales de origen ilegal e informal, significaría blanquear activos ilegales, con lo cual se estaría incentivando aún más la ilegalidad e informalidad del sector al monetizar el oro.
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