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A 39 soles bajaría el precio del balón de gas, según ministro Iván Merino

Se reduciría su valor cuando se incluya al gas licuado de petróleo en el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles

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El ministro de Energía y Minas (Minem), Iván Merino, aseguró que el precio del balón de gas bajaría inmediatamente a 39 soles si el Gas Licuado de Petróleo (GLP) vuelve a ser incluido en el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC).

Además, manifestó que ya existe un acuerdo con el sector privado para que se efectúe esta estrategia de reducción de precio.

“Hemos estado conversando con ellos. Hay consenso para que, una vez dada la norma, coordinen con nosotros directamente y este efecto sea inmediato”, comentó para Radio Nacional.

A su vez, reafirmó que la norma ya está elaborada y está a la espera que el Ministerio de Energía y Minas (MEF) la apruebe para así ser publicada en el diario oficial “El Peruano”.

“Desde el sector hemos diseñado la normatividad para que eso suceda (la disminución del precio del balón de gas), pero el decreto tiene que pasar por el Ministerio de Economía y Finanzas”, acotó el ministro Merino.

Asimismo, fue enfático al decir que este mecanismo no vendría a ser un subsidio, pues el FEPC amortigua las alzas y bajas del mercado internacional.

“El funcionamiento del FEPC consiste en que cuando el precio está alto, este cubre esa brecha y cuando está a la baja, los fondos regresan”, finalizó.

Cabe precisar que, los precios actuales del balón de gas de 10 kilos oscilan entre los 40 y 61 soles en Lima, según el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

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Gobierno oficializa sétimo retiro de la AFP

Ley N.º 32002 permitirá a los pensionistas el retiro de hasta 20,600 soles (4 UIT).

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Luego que el ministro de Economía, José Arista, anunciara que no observará el sétimo retiro de la AFP, el gobierno de Dina Boluarte promulgó hoy la Ley N.º 32002 que permite a los contribuyentes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) el retiro de sus fondos equivalente a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), o 20,600 soles.

La Ley 32002, aprobada la semana pasada en el pleno del Congreso de la República, fue publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, estableciendo que el retiro se dará para todos los afiliados a las AFP “sin ninguna excepción”.

Además, indica el procedimiento para el retiro que es “extraordinario y facultativo”. Se detalla que los aportantes pueden presentar su solicitud de desembolso de sus fondos de forma presencial o digital “dentro de los 90 días calendario posteriores a la promulgación de la ley”.

La norma también instruye que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) debe elaborar el reglamento de aplicación en un periodo “no mayor a 15 días calendarios, contados a partir de la entrada en vigor de la ley, bajo responsabilidad de su titular”.

La ley enfatiza la intangibilidad de estos fondos, los cuales están protegidos contra cualquier forma de deuda, embargo, retención o medida judicial o administrativa, con la excepción de las deudas por alimentos hasta por un máximo del 30%.

La Ley 32002 señala que, en el caso de que el aportante desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), debe informar a su AFP, por única vez, con al menos diez días de anticipación a la fecha programada para el siguiente desembolso.

Fuente: Normas Legales.

Documentos necesarios para tramitar el retiro de la AFP

Los requisitos, el calendario de ingreso de solicitudes y los procedimientos respectivos serán informados cuando se emita el procedimiento operativo. Por ahora, las entidades financieras sugieren mantener actualizada la siguiente información:

  • Datos personales: Nombre, documento de identidad (DNI), teléfono, correo del afiliado.
  • Tener tu cuenta lista: Número de cuenta en una entidad financiera que esté a nombre del beneficiario (no mancomunada).
  • Contraseña web de tu cuenta bancaria
  • Recuerda la clave digital de la AFP a la que pertenezcas

Cabe recalcar que el retiro de los fondos de pensiones es completamente gratuito y virtual.

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El Congreso se apresura: Comisión de Economía aprobó liberación de CTS hasta diciembre de 2024

El dictamen primero fue aprobado por la Comisión de Trabajo del Parlamento y hoy acaba de ser aprobado por la Comisión de Economía. Ahora, solo faltaría su aprobación en el próximo Pleno para que miles de trabajadores accedan a la liberación del 100% de la CTS hasta diciembre del 2024

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Primero fue la Comisión de Trabajo, presidida por el congresista Pasión Dávila (Bloque Magisterial), que aprobó este último martes 16 de abril el dictamen de los proyectos de ley 7010/2023-CR, 7130/2023-CR, 7152/2023-CR, 7358/2023-CR, 7400/2023-CR, y 7468/2023-CR, que proponen la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante todo este año (2024). Esto a fin de afrontar la recesión y crisis económica que afectan al país.

Y hoy miércoles 17 de abril, la Comisión de Economía del Congreso de la República, tras un intenso debate, también aprobó el dictamen que recibió una mayoría significativa que respalda su aprobación. El proyecto referido al retiro de la CTS. tuvo como resultado 21 votos a favor, uno en contra y una abstención.

Ahora solo falta su aprobación en el Pleno

El dictamen aprobado en las dos comisiones previas, ahora se elevará al Pleno del Congreso, donde los legisladores podrán votar y, en caso que se ratifique la aprobación, podrán modificar la ley vigente respecto a la disponibilidad de las cantidades del retiro de la CTS, que sería del 100% durante el 2024.

¿En qué consiste la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que brindan las empresas a los empleados formales que están en planilla. La finalidad es cautelar económicamente al trabajador cuando finalice su contrato laboral y quede desempleado; entonces, durante el tiempo que se encuentre sin empleo, podrá supervivir con los fondos que dispone de la CTS.

Foto: Gobierno.

La CTS solo corresponde a trabajadores formales y no a los que no están en planilla

El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios le corresponde única y exclusivamente a los trabajadores que estén en planilla. Los trabajadores que brindan sus servicios laborales de manera informal y que no están incluidos en la planilla de la empresa, no gozan de este beneficio.

La ley establece que la CTS se pague dos veces al año

Las compañías y/o empresas empleadoras, según establece la ley, están obligadas a hacer dos depósitos al año a sus trabajadores que se encuentren en planilla. El primer abono y/o deposito se realiza hasta el 15 de mayo del año en curso, mientras que el segundo abono deberá realizarse, como máximo, el 15 de noviembre del mismo año.

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Comisión de Trabajo aprueba liberación del 100% de la CTS hasta diciembre del 2024

Antes de llegar al Pleno deberá pasar por la Comisión de Economía para su aprobación definitiva.

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La Comisión de Trabajo, presidida por el congresista Pasión Dávila (Bloque Magisterial), aprobó este último martes el dictamen de los proyectos de ley 7010/2023-CR, 7130/2023-CR, 7152/2023-CR, 7358/2023-CR, 7400/2023-CR, y 7468/2023-CR, que proponen la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante todo este año. Esto a fin de afrontar la recesión y crisis económica que afectan al país.

La propuesta se aprobó con 11 votos a favor, tres abstenciones y ninguna en contra. Esta autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, que los trabajadores puedan retirar su dinero en las entidades financieras donde tengan acumulados este beneficio laboral.

La CTS tiene como objetivo brindar un respaldo financiero a los trabajadores cuando estén desempleados y puede ser depositada en soles o en dólares. Esta aplica para los colaboradores que están en planilla y que tienen, como mínimo, un mes, así como una jornada laboral superior a las 4 horas.

Dicha compensación económica es un beneficio laboral que actúa como un seguro de desempleo y se otorga dos veces al año, en los meses mayo y noviembre, por parte de la empresa al trabajador con vínculo laboral, con el fin de constituir un fondo para futuras contingencias luego de la culminación de su contrato. Recordemos que el pago debe ser depositado máximo hasta el 15 de mayo del 2024.

No alcanza. Cada vez más peruanos sufren para llegar a fin de mes y por ello solicitan la libre disposición de sus AFP o CTS.

Liberación del 100% de la CTS deberá pasar por la Comisión de Economía

El dictamen para liberar el 100% de la CTS se verá hoy en la Comisión de Economía y de aprobarse sería debatido en el pleno del Congreso para la primera quincena de mayo. Así lo estimó César Revilla, presidente de dicho grupo de trabajo. 

“Habría que esperar dos semanas. Se firma, se publica y tiene que estar dos semanas publicado más o menos. Entonces viene la semana de representación, a la siguiente se podría estar teniendo una votación. De ser aprobado el miércoles (el proyecto de ley) podría votarse en quincena de mayo o si no es cuestión de una semana. Hay procedimientos parlamentarios que se tienen que cumplir”, manifestó en el programa Economía para Todos de RPP

Revilla comentó que se presentaron hasta catorce proyectos de ley, elaborados por nueve bancadas congresales, sobre este tema.

“Tenemos aproximadamente catorce (proyectos de ley), pero por lo menos hay nueve bancadas que ya tienen su propia iniciativa. Entonces yo creo que no debe haber problemas para la aprobación de este dictamen. Va a ser el retiro de la CTS hasta este 2024 porque se entiende que este año golpeado por la recesión”, expresó. 

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Más de 33 mil peruanos se sumaron a la lista de desempleados según último reporte del INEI

Reporte trimestral señala que cerca de la mitad de trabajadores se encuentran en situaciones de empleo no adecuado.

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Cuenta mucho encontrar trabajo en la capital y más peruanos continúan ‘pateando latas’ diariamente. El último reporte del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) revela que la tasa de personas sin un puesto de trabajo creció 8% en el primer trimestre del año en curso (enero, febrero y marzo), en comparación con los tres primeros meses del año 2023.

En detalle, el desempleo afectó más a las mujeres (8,7%); mientras que a la población masculina incidió en un 6,8%. Por otro lado, el desempleo golpeó más a la población menor de 25 años en 15,5% y en los que tienen educación secundaria en 8,2%.

En el trimestre de análisis, del total de población desempleada, más de 447.500, el 53% (235.500) son mujeres y el 47% (212.000) hombres. Una cifra por encima a los 414.500 registrados en 2023.

El informe también señala que de enero a marzo del 2024, la población con empleo adecuado aumentó en 4,9% y respecto al mismo periodo del 2019, en 3,1%. Por otro lado, en el trimestre móvil observado, la población subempleada aumentó en 4,2% y respecto a igual trimestre del año 2019, en 24,6%. En la capital, la población con empleo adecuado totalizó 3 millones 151.100 personas.

Más de la mitad de los encuestados indicaron que tienen un empleo no adecuado

Por otro lado, los datos provistos por el INEI indican que alrededor de la mitad de los trabajadores en Lima Metropolitana se encuentran en situaciones de empleo no adecuado, es decir aquellos que no cumplen con la jornada laboral completa o porque sus remuneraciones no alcanzan el mínimo legal establecido ni derechos.

Pese a que hay 3 millones 151.100 personas con trabajos adecuados, existen 2 millones 208.600 trabajadores que enfrentan el subempleo. De este último grupo, 458.900 tienen empleos con insuficiencia de horas y 1 millón 749.700 reciben ingresos inferiores a los sueldos básicos.

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Después de más de 20 largos años Telefónica del Perú se comprometió en pagar a la Sunat S/1,361 millones [VIDEO]

Empresa de telecomunicaciones efectuará el pago en cumplimiento de fallo del PJ.

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Pagarán a regañadientes una disputa tributaria que duró más de 20 años. Telefónica del Perú informó, a través de un Hecho de Importancia, que realizará el pago de S/ 1.361 millones a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), en cumplimiento de una resolución judicial, en última y definitiva instancia, del 18 de enero del año pasado de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, respecto a la declaración del Impuesto a la Renta de los ejercicios fiscales de los años 2000 y 2001.

Al respecto, la empresa de telecomunicaciones de origen español aseguró que las demoras en la solución del conflicto no son atribuibles a ellos y cuestionaron que se les aplicó intereses moratorios indebidamente y fuera de los plazos fijados por ley, al punto que el 80% de la deuda responde a intereses y multas.

“Como se recuerda, siempre dentro del marco normativo vigente, Telefónica como lo haría cualquier otro contribuyente, indistintamente de su tamaño, condición o procedencia, cuestionó los reparos efectuados por la administración tributaria, por considerar que los mismos fueron arbitrarios y carentes de todo sustento. Asimismo, como esta legítima controversia tardó en resolverse más de 20 años, por demoras no atribuibles a la compañía, la empresa cuestionó la aplicación indebida de interés moratorios fuera de los plazos establecidos por la ley y que habían dado lugar a que el 80% del monto en controversia estuviera compuesto de intereses y multas”, se lee en el comunicado de la empresa.

Debe mencionarse que, en el año 2021, el Tribunal Constitucional concedió la razón a Telefónica del Perú, al reconocer que ésta fue objeto del cobro de intereses por demoras no imputables a la empresa.

“Lamentablemente, la adopción de esta decisión produjo públicas discusiones entre los magistrados del Tribunal y el criterio en el que se sustentaba inexplicablemente no fue recogido en un segundo caso seguido por la compañía con la Sunat, pese a ser de las mismas características”, asegura la compañía.

fuente: 24 horas.

Asimismo, sostuvo que frente a los montos restantes que puedan derivarse de las liquidaciones se requerirá un fraccionamiento ante SUNAT de acuerdo con el Código Tributario.  

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Gobierno adjudica a consorcio con participación española el megaproyecto Anillo Vial Periférico [VIDEO]

Obra de 3400 millones de dólares unirá 12 distritos de Lima y Callao.

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Un nuevo megaproyecto se prepara en la ciudad, sin embargo, hasta el momento el Gobierno no ha indicado fecha de entrega. El Poder Ejecutivo adjudicó el proyecto Anillo Vial Periférico que unirá 12 distritos en Lima y Callao al consorcio español compuesto por las empresas españolas Cintra, Sacyr y Acciona. Se trata de una obra por 3 400 millones de dólares que empezará su construcción en 2025, según indicó el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

En declaraciones a la prensa, el representante del Ejecutivo señaló que es un proyecto estará en concesión por 30 años a dicho consorcio y se suma al de Puerto de Puerto de Marcona por un total de 440 millones de dólares. Ambos proyectos están fijados en un total de 3 840 millones de dólares, de un total de 8 000 millones que el Gobierno busca adjudicar durante el año mediante la modalidad de asociación público-privada.

“Esta es una obra significativamente importante porque refleja en primer lugar la confianza que tiene el inversor extranjero en Perú este es un país confiable, este es un país seguro, con reglas claras y transparentes”, sostuvo Adrianzén tras la ceremonia de adjudicación del proyecto.  

Megaproyecto busca aliviar en alguna medida el terrible tráfico capitalino. Foto: Proinversión.

Autopista unirá 12 distritos

El proyecto comprende el diseño, construcción, financiamiento, operación y mantenimiento de una autopista 34.8 kilómetros que permitirá interconectar de manera eficiente 12 distritos de Lima y Callao. Es una vía que iniciará en el óvalo 200 millas y llegará a la intersección de las avenidas Del Aire con Rosa Toro, en San Luis.

Asimismo, esta obra facilitará la interconexión de los usuarios con la Panamericana Norte y Sur y la Carretera Central, y permitirá un acceso eficiente al puerto del Callao, Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Puerto de Chancay y el futuro Industrial de Ancón.

Es también una iniciativa compatible y sostenible con el medio ambiente, pues se habilitarán nuevos espacios verdes en los 35 kilómetros del trayecto de la vía.

fuente: 24 horas.

Desde el Ejecutivo indicaron, que durante su fase de construcción se generarán más de 70 mil empleos y alrededor de 20 mil empleos anuales durante la fase de operación del proyecto. Asimismo, precisaron que tendrá un impacto positivo equivalente al 2.5% del Producto Bruto Interno (PBI) de Lima y reducirá en 13% la brecha de infraestructura del transporte en Perú.

Al respecto, Adrianzén señaló que esta obra beneficiará casi 6 millones y medio de limeños y vecinos del Callao y que la inversión es el trabajo que se verá reflejado en el bienestar directo para las familias.

Por su parte, el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), Raúl Pérez Reyes, señaló que esta vía ayudará a resolver el agobiante problema del transporte en la ciudad, pues aminorará los tiempos de viaje para los ciudadanos.

Como tendrá un acceso directo al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y al Puerto del Callao, permitirá reducir los costos logísticos y mejorar la competitividad. Asimismo, permitirá un mejoramiento de conexiones interurbanas, en el transporte privado y público, y un mejoramiento de acceso a instituciones de educación y salud”, sostuvo el titular del MTC.

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BCRP plantea sacar al mercado una moneda digital soberana: la CBDC. ¿En qué consisten?

Banco Central del Perú ya cuenta con un proyecto para digitalizar aún más las transacciones financieras a nivel nacional, olvidándonos así de los billetes.

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Durante muchísimos años las civilizaciones humanas estuvieron acostumbradas a entregar un pedazo de papel o monedas que representaban un valor sobre algún objeto, ya sea un pedazo de carne, un poco de leche, trigo, arroz, o un automóvil o una vivienda. Ya en el mundo contemporáneo las transacciones no son exclusivas de los billetes, sino que también pueden realizarse de manera digital. Uno lo experimenta cuando pide un pollo a la brasa o paga el servicio de teléfono ingresando a su aplicativo para ‘yapear’ o ‘plinear’ a un tercero, evitando así tener que dirigirse a un cajero y realizar el pago, como antes se hacía.

A propósito de esas innovaciones, el Banco Central de Reservas del Perú (BCRP) ya tiene listo un documento en el cual comparte los resultados de una investigación sobre la posibilidad de emitir una Moneda Digital del Banco Central (CBDC, siglas en inglés), el cual es “dinero soberano emitido por el banco central en formato digital, que se puede mantener en cuentas o mediante representaciones llamadas tokens (representación digital con valor). Las CBDC pueden crearse para pagos entre entidades financieras (mayoristas) o para uso de particulares y empresas (minoristas), siendo este último el campo que genera mayor interés, especialmente en países emergentes. En este sentido, el diseño de una CBDC puede ser definido considerando diferentes esquemas de asignación de roles y responsabilidades entre el banco central y el sector privado”.

Ahora bien, aunque el uso de métodos de pago electrónicos ha experimentado un rápido crecimiento en nuestro país, el volumen y el valor de las transacciones realizadas con estos medios aún son limitados en comparación con otros países de la región.

Esto se debe principalmente a la falta de inclusión financiera, lo que lleva a una parte significativa de la población a depender del dinero en efectivo. Dada su posición como ente regulador del Sistema Nacional de Pagos de Perú, el BCRP muestra interés y compromiso en liderar el cambio hacia una mayor digitalización, considerando la emisión de una CBDC como una posible opción política.

También es importante tener presente que en Perú aproximadamente el 50% de la población adulta no está bancarizada. De este grupo poblacional, el 76.6% de la población reside en áreas urbanas (con un 27.6% en Lima Metropolitana). El grupo de edad predominante entre las personas no bancarizadas está compuesto por individuos de 41 a 64 años, representando el 38.3% de este grupo. Además, el 47.5% de ellos ha completado la educación secundaria. 

Las CBDC, la moneda digital del futuro

La creación e implementación de la CBDC no tiene como objetivo excluir o desplazar los métodos de pagos existentes en el sistema, sino que busca derribar las brechas divisorias que existen en el sistema financiero; de manera que se logre una inclusión financiera real. Para ello, es necesario que la CBDC tenga un diseño apropiado que fomente un acceso más amplio a los pagos electrónicos y promueva la interoperabilidad de los sistemas de pago digitales en el país.

“Es decir, la CBDC complementaría el espectro de medios de pago que el BCRP pone a disposición del público. En este contexto, una CBDC operaría como un complemento de las infraestructuras actuales, ofreciendo un servicio público a aquellos que no son atendidos por las alternativas de pago existentes”, explicó el BCRP en la documentación emitida.

Fuente: BCRP.

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¿Tasa Netflix? Sunat evalúa aplicar un impuesto extra a los servicios de streaming

Cabe precisar que Sunat no posee facultades legislativas, pero podría proponer al Congreso evaluar dicha medida por intermedio del MEF.

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Desde el año 2019 la entidad recaudadora de impuestos busca aprobar una norma para fiscalizar este pago de impuesto a estas plataformas. Dos años después, en el gobierno de Pedro Castillo, el ministro de Economía de entonces, Pedro Francke, formuló una propuesta que no tuvo éxito.

Ahora es el nuevo jefe de la Sunat quien ha retomado la propuesta, llamándolo informalmente una “tasa Netflix”. Esto es un impuesto extra para aplicaciones de streaming de películas y series, no solo como la mencionada en el nombre, Max (anteriormente HBO Max), Amazon Prime VideoDisney+Star+, sino también estarían incluidas las de música, como Spotify.

“Es una tasa que se aplica en varios países de la región. Nosotros como organismo técnico opinamos que es favorable una tasa de esa naturaleza. Se lo hemos trasladado al sector y este hará lo propio para hacer que finalmente se concrete. Consideramos que, dentro de una tributación justa, una tasa de esta naturaleza es pertinente”, declaró López.

Así, el nuevo superintendente señaló que tienen la “mirada sobre los grandes flujos que no tributan, es una línea de acción”. El siguiente paso será esperar a que la propuesta sea elaborada por el Ministerio de Economía, a quien fue enviada, y que puedan formularla al Congreso.

Nuevo impuesto podría verse reflejado en las tarifas de los servicios de streaming en nuestro país.

Tasa Netflix’ ya se encuentra en Europa y diversos países

Los gobiernos, en especial los de Europa, están tomando acciones para que las compañías paguen una tasa tributaria extra, de acuerdo a sus ingresos en el país donde tienen presencia. En varios países ya se le conoce como “Tasa Netflix”.

Por ejemplo, Suiza es uno de los países que, a través de un referendum, aprobó la reforma a la Ley del Cine Nacional que obliga a las compañías como Netflix, HBO Max, Disney Plus, Amazon Prime, entre otras a que paguen una tasa extra del 4 % sobre sus ingresos.

Países Bajos también se sumaría a lista de naciones europeas que tienen normativas similares. Francia, España, Bélgica y Alemania también cobran un impuesto a estas plataformas de películas y series. 

En América Latina, desde el 2019 Uruguay aplica la tasa del 22 % a la plataforma Netlifx. Asimismo, Argentina establece el 21 % a todas las plataformas digitales, mientras que Colombia y Chile establecieron el 19 % para Netflix y Spotitfy respectivamente. 

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