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U. Católica convoca a elección de miembro SUNEDU pero a la vez impone requisitos

Acatando la Ley 35120 que pone fin al Comité Directivo de la SUNEDU, la Universidad Católica ha convocado a la elección del nuevo representante de las universidades privadas pero lo hace fijando requisitos ajenos a la ley.

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El 14 de febrero pasado, la Pontificia Universidad Católica del Perú publicó un comunicado a través del cual decidió convocar a las universidades privadas para la realización del proceso destinado a elegir al representante que debe integrarse al nuevo Consejo Directivo de la SUNEDU.

El anuncio fue saludable porque la Universidad Católica dio una muestra tangible de respeto tanto a la legalidad como a una decisión del Tribunal Constitucional que, como se sabe, dispuso desde el mes de enero la vigencia de la ley 35120 que pone fin a la gestión de la SUNEDU encabezada desde hace varios años por Oswaldo Delfin Zegarra Rojas, un hombre afín al investigado ex presidente Martín Vizcarra y muy cercano a la congresista Flor Pablo, muy activa en el rubro de las consultorías estatales.

La Universidad Católica rompió la inercia de quienes como el Consejo Directivo de la SUNEDU se negaban a respetar y cumplir la ley. Sin embargo, expertos que han revisado la convocatoria encuentran dos aspectos sobre los que corresponde una alerta.

La PUCP sorprende imponiendo requisitios ajenos a la ley.

Para la elección del representante de las universidades privadas, la Universidad Católica ha dispuesto unos lineamientos que contienen dos puntos discutibles y que son ajenos a las normas vigentes, es decir, la Católica no solo cumple con su obligación de llamar a elección sino que, de paso, se atribuye capacidad legislativa lo cual no es correcto.

En efecto, en el Artículo 6 de los Lineamientos se puede leer lo siguiente:

Los candidatos a miembros del Consejo Directivo de la SUNEDU deben contar con el grado académico de doctor registrado en la SUNEDU y experiencia en docencia y experiencia en gestión universitaria.

La experiencia en docencia debe ser de un mínimo de diez (10) años como profesor principal.

Exigir una experiencia de diez años como profesor principal es un requisito que, de manera unilateral, está imponiendo la Universidad Católica. Se trata de un requisito que no está en las normas de la SUNEDU ni en la ley universitaria y tampoco en la reciente ley 35120.

Más aún, la exigencia de diez años de experiencia docente como profesor principal, pone fuera de juego a las universidades privadas licenciadas más recientes y beneficia exclusivamente al Consorcio de Universidades Privadas. Este consorcio está integrado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad del Pacífico, la Universidad Peruana Cayetano Heredia y la Universidad de Lima.

Estas universidades son las únicas que podrán presentar como candidato a ocupar un puesto en el Consejo Directivo de la SUNEDU, a profesores principales con diez años de experiencia como mínimo. Significa que sólo podrán existir cuatro candidatos o menos y a partir de la creación de un requisito que la ley no contempla. La Universidad Católica está autorizada a convocar a elecciones pero no tiene facultades para legislar. Por tanto, dicho lineamiento, según varias fuentes consultados, no podrá ser aplicado.

No solo eso, si se revisa el artículo 10 de los Lineamientos para la elección del representante de las universidades privadas ante SUNEDU, se encuentra lo siguiente:

En cualquiera de las modalidades, la PUCP conformará una Comisión integrada por los siguientes tres miembros de su comunidad universitaria: el Jefe del Departamento Académico de Derecho, el Director de la Dirección de Asuntos Jurídicos y el Director Académico de Relaciones con la Iglesia.

Dicha comisión está integrada exclusivamente por miembros de la Universidad Católica y si tenemos en cuenta la exigencia del mencionado artículo 6 sobre experiencia docente, estaríamos ante un escenario en el que pareciera que el candidato a elegir apuntaría a un miembro de la Universidad Católica.

Rector Garatea y afinidades con la Iglesia en un tema universitario.

Asimismo, en la comisión creada por el artículo 10 de los Lineamientos se convoca  al Director Académico de Relaciones con la Iglesia. La pregunta es ¿por qué tiene que participar la Iglesia en la elección de una autoridad universitaria? Nuevamente, la duda asoma: ¿la Universidad Católica está convocando a una elección y de paso se está asegurando que el electo sea un miembro de la Pontificia Universidad Católica del Perú?

Dudas sobre la imparcialidad que debería existir y que el rector de la Universidad Católica, Carlos Garatea Grau, haría bien en corregir en aras de un correcto proceso electoral.

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