Política

Nuevo escándalo en EsSalud: Contraloría detectó graves irregularidades en la compra de medicinas realizada por CEABE

La Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos causó una afectación económica por más de S/ 20 millones al Seguro Social de Salud. Las irregulares adquisiciones de medicinas que se vencieron terminaron beneficiando a los proveedores. Tras el escándalo Contraloría recomendó denunciar penalmente a 25 funcionarios de EsSalud. Ante los hechos, la presidente María Elena Aguilar del Águila se negó a responder nuestras preguntas.

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Desde el 15 de marzo de 2020 al 31 de diciembre de 2022, durante la pandemia por Covid-19, la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos (CEABE) del Seguro Social de Salud (EsSalud) adquirió millones de medicamentos por contratación directa y que, bajo el causal de emergencia, no cumplían con los requisitos, situación que habría favorecido a los proveedores. El monto que Contraloría auditó por las adjudicaciones realizadas sobrepasa los S/ 197 millones.

Entre las observaciones, encontradas, en el informe de Auditoría N° 098-2023-OCI/0251-AC por “Adquisición de Medicamentos por contratación directa en el marco de la Emergencia Sanitaria Covid-19”, se señala que los servidores de la Gerencia Central de Operaciones de EsSalud solicitaron la adquisición de 5´330,973 ampollas del medicamento Vecuronio (Bromuro) 4mg/ml, sin sustento, al no considerar las reales necesidades de las redes asistenciales de 673,602 ampollas.

Así realizaron contrataciones directas bajo el causal de situación de emergencia que no cumplían con los requisitos para la modalidad de contratación y sin el control de la necesidad urgente de las cantidades adquiridas, provocando así un perjuicio económico a EsSalud de S/10’259,093.40.

En adquisición de medicamento Vecuronio (bromuro) 4mg/ml se gastó S/42’102,898.65.

MAX VISION PERU SCRL, una de las empresas beneficiadas

Asimismo, los servidores de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos (CEABE) exoneraron sin sustento documentario el cobro de penalidad por la compra de 4´854,387 de ampollas de Vecuronio (Bromuro) 4mg/ml al proveedor MAX VISION PERU SCRL, pese al incumplimiento de los plazos establecidos para la entrega del medicamento, por lo que habría un presunto interés en favorecerlo, lo que generó una afectación económica a la entidad de S/3’859,237.67.

El CEABE no le cobró penalidad y favoreció a MAX VISION PERU SCRL. Aquí su cotización.

Requerimientos y adquisiciones de Vecuronio a través de contratación directa.

Además, los servidores de la Gerencia Central de Operaciones solicitaron la adquisición, mediante contratación directa, de un total de 2’325,440 frascos de Ivermectina 6mg/ml, en el año 2020; incluso desde antes de su aprobación como tratamiento para el Covid-19 por el Minsa y el Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud e Investigación (IETSI), sin cumplir el requisito de inmediatez, y sin tener en cuenta los requerimientos de las redes asistenciales.

Esto conllevó a un sobrestock que no fue utilizado, por lo que se habría mostrado presunto interés de favorecer a los proveedores, a los que finalmente se les compró 1’794,273 frascos. Este exceso generó el vencimiento de 1’051,203 frascos, lo cual significó una afectación económica a EsSalud por S/6’227,302.24.

En adquisición de medicamento Ivermectina 6mg/ml se gastó S/12’942,024.70.

Durante el año 2020, servidores de la Gerencia Central de Operaciones solicitaron adquirir 10’142,727 de tabletas del medicamento Azitromicina de 500mg (TB), sin tener en cuenta las necesidades de las redes asistenciales, cantidad que luego fue reducida a 6’085,636 de tabletas.

Asimismo, la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos (CEABE) realizó la compra a través de Cenares y de contrataciones directas, bajo el sustento de situación de emergencia, sin considerar el stock de compra ya existente.

Y por no cumplir con el requisito de lo estrictamente necesario, originaron una situación de vencimiento de 350,546 tabletas, generando nuevamente un perjuicio económico a la entidad de S/311,869.07 soles.  

En adquisición de medicamento Azitromicina de 500mg (TB) se gastó S/7’580,328.44.

El informe señala que los funcionarios y servidores implicados en las compras de los medicamentos adquiridos en EsSalud, no cumplieron con la normativa, disposiciones internas y las estipulaciones contractuales aplicables, porque estas medicinas no fueron requeridas, distribuidas y utilizadas conforme a las necesidades existentes y a la oferta presentada en la entidad, durante la emergencia sanitaria. Entre tanto, la afectación económica que se generó a EsSalud sumando las cifras de los montos parciales de S/10’259,093.40 + S/3’859,237.67 + S/6’227,302.24 + S/311,869.07, hacen un total de S/20’657,502.40.

Contraloría recomendó acciones penales

En uso de sus atribuciones la Contraloría recomnedó que el Gerente General disponga a la Gerencia Central de Operaciones, que establezca por escrito una directiva o lineamiento que regule la adquisición de medicamentos por contratación directa , definiendo que las cantidades se deben determinar sobre la base de los requerimientos urgentes y de uso inmediato por las redes asistenciales, prestacionales y centros especializados, de manera que se evite la compra de medicamentos en exceso y que generen sobrestocks.

También recomendó que la Gerencia Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos (CEABE), establezca una directiva que regule el procedimiento para la entrega de bienes adquiridos en los almacenes de SALOG y de las redes asistenciales, y que determine los responsables de las coordinaciones con los proveedores y la aprobación de las autorizaciones de ampliación de plazo, tanto por CEABE, como por las redes asistenciales, de manera que se evite la dilación excesiva en la entrega de medicamentos por los proveedores y se apliquen  las penalidades correspondientes de manera oportuna.

Además, señaló que el Procurador Público especializado en delitos de corrupción inicie las acciones penales contra los funcionarios y servidores comprendidos en las observaciones n°s 1, 2, 3 y 4 del presente informe de Auditoría, con la finalidad que se determinen las responsabilidades que correspondan.

Funcionarios con responsabilidades civiles y penales

Aquí la lista de los 26 funcionarios que han sido sindícados por la Contraloría con responsabilidad civil y penal.

Rosa Giuliana Ramírez Pazos, tuvo el cargo de Coordinadora en Ejecución Contractual para la Subgerencia de Adquisición y Ejecución Contractual de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos, contratada como locadora de servicios, desde el 17 de julio al 30 de agosto de 2020, y de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero, generando adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados, en ese sentido, también tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Alfredo Roberto Barredo Moyano, tuvo el cargo de Gerente General desde el 13 de marzo de 2018 al 11 de agosto de 2021 y en su condición de gerente aprobó contrataciones directas , bajo la causal de estado de emergencia, sin tener en cuenta las reales necesidades de las redes asistenciales y sin supervisar la justificación de la cantidad de Ivermectina, para generar stock para varios meses, los cuales no fueron utilizados, ocasionando el vencimiento de 1’051,203 de frascos, generando así una afectación económica de S/ 6’227,302-24 a EsSalud. En tanto, Barredo incumplió con sus funciones, por lo que, tendría presunta responsabilidad civil.

Edgardo Milcíades Navarro Leyva, tuvo el cargo de Gerente de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la CEABE, desde el 4 de abril al 2 de junio de 2020 y en su condición de gerente habría mostrado interés indebido en favor de un tercero por haber tramitado la solicitud de adquisición de 101,466 ampollas de Vecuronio, mediante contratación directa, sin que se acredite la urgencia ni la cantidad solicitada, generando así una adquisición excesiva en beneficio de los proveedores contratados.

Ese ese sentido, inobservó el articulo 9° de la Ley de Contrataciones del Estado e incumplió con sus funciones establecidas en el ROF del CEABE de EsSalud; por tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Presidenta de EsSalud María Elena Aguilar del Águila.

Sandra Yessica Ramos Flores, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Enrique Eduardo Álvarez Correa, tuvo el cargo de Subgerente de Operaciones Sur de la Gerencia de Operaciones Territoriales de la GCOP, desde el 20 de octubre de 2018 al 29 de julio de 2020 y en su condición de Subgerente de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero e inobservó la Ley de Contrataciones del Estado e incumplió su función establecida en el ROF de EsSalud; por lo que tendría presunta responsabilidad penal.

Víctor Félix Choquehuanca Vilca, tuvo el cargo de Subgerente de Operaciones Lima y Oriente de la Gerencia de Operaciones Territoriales de la GCOP, desde el 26 de marzo al 13 de julio de 2020. En su condición de subgerente de forma directa también mostró interés indebido en favor de un tercero para lo cual visó el requerimiento adicional de 375,120 ampollas de Vecuronio, sin observar la falta de concordancia de las cantidades requeridas, respecto de las solicitadas por las redes asistenciales a nivel nacional, generando, además, adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados.  

Situación que inobservó la Ley de Contrataciones del Estado y un incumplimiento de sus funciones de acuerdo al ROF de EsSalud. Por lo tanto, Choquehuanca Vilca, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Víctor Hugo Arispe Qwistgaard, tuvo el cargo de Gerente de Operaciones Territoriales, durante el 13 de marzo al 8 de julio de 2020. En su condición de Gerente, habría mostrado interés indebido en favor de un tercero y también efectuó el requerimiento de ampollas de Vecuronio y de un numero adicional sin ceñirse a lo requerido por las redes asistenciales a nivel nacional, en tanto, generó adquisiciones excesivas para favorecer a los proveedores contratados, por lo que habría un presunto interés en beneficiarlos. Y como inobservó sus obligaciones de ley, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Óscar Raúl Ugarte Ubilluz, tuvo el cargo de Gerente Central de Operaciones, durante el 15 de febrero al 22 de junio de 2020. El doctor Ugarte en su condición de gerente central, de forma indirecta habría mostrado interés indebido en favor de un tercero y no controló ni supervisó el requerimiento de 101,466 ampollas de Vecuronio (bromuro), efectuado por la Gerencia Territorial de Operaciones el 29 de abril de 2020, y más bien, validó y gestionó el requerimiento, sin considerar las cantidades solicitadas por las Redes asistenciales a nivel nacional y tampoco advirtió la falta de sustento usado para determinar dicha cantidad, tramitándose su adquisición través de contratación directa, sin acreditar su urgencia, generando solicitudes de adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados; por lo que habría un presunto interés en favorecerlos.

En resumidas cuentas, el doctor Ugarte Ubilluz inobservó sus obligaciones establecidas en la ley y tendría una presunta responsabilidad civil y penal.

Renzo Kenneth Zarate Miranda, tuvo el cargo de Gerente Central de Asesoría Jurídica, desde el 25 de octubre de 2019 al 10 de agosto de 2021 y en su condición de gerente de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero, porque suscribió informes legales concluyendo que era procedente la aprobación de contrataciones directas, bajo la causal de situación de emergencia, sin tener en cuenta las verdaderas necesidades de las redes asistenciales y sin observar la falta de justificación de la cantidad requerida de Ivermectina, para generar stock para varios meses, y que no fueron utilizados, por lo que se habría mostrado interés en favor de los proveedores contratados. En ese sentido, Zarate Miranda, también tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Cristian Sandro Avalos Johnston, tuvo el cargo de Subgerente de Operaciones Centro de la Gerencia de Operaciones Territoriales de la GCOP, desde el 20 de diciembre de 2019 al 8 de julio de 2020 y en su condición de Subgerente, de modo directo habría mostrado interés en favor de un tercero y visó el requerimiento adicional de 375,120 ampollas de Vecuronio, generando adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados, por lo que, los habría favorecido.

En vista que, Avalos Johnston, inobservó sus obligaciones y la Ley de Contrataciones del Estado, e incumplió sus funciones establecidas en el ROF de EsSalud, él tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Yuri Iván Ayala Alfaro, tuvo el cargo de Gerente Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos- CEABE, desde el 22 de mayo al 20 de julio de 2020 y en su condición de Gerente, de modo indirecto habría mostrado interés indebido en favor de un tercero como consecuencia de no haber coordinado, controlado, ni supervisado el proceso de determinación de las cantidades 101,466 y 375,120 ampollas de Vecuronio, las cuales fueron incrementadas sin sustento; generando así adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados. Ayala Alfaro inobservó la Ley de Contrataciones del Estado e incumplió sus funciones establecidas en la CEABE, por lo tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Carolina Cabanillas Horna, tuvo el cargo de Gerente Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos-CEABE, desde el 21 de julio de 2020 al 16 de agosto de 2021 y en su condición del cargo que ostentaba, de forma indirecta habría mostrado interés indebido en favor de un tercero por no haber coordinado, ni supervisado el proceso de determinación de la cantidad de 4’854,387 de ampollas de Vecuronio, la misma que se incrementó sin sustento, por no haberse ceñido a las cantidades requeridas.

Cabanillas Horna incumplió sus funciones establecidas por el ROF del CEABE e inobservó sus obligaciones establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo de EsSalud, por lo que también tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Giovanita Ramos Rojas, tuvo el cargo de Directora de la Gerencia Central de Operaciones, durante el 5 de noviembre de 2019 al 7 de agosto de 2020. Y en su condición de Directora de forma directa habría mostrado interés indebido en favor de un tercero y por eso visó los requerimientos e informes técnicos en abril y julio de 2020, por 101 466, 375 120, y 4’854 387 de ampollas de Vecuronio, sin ceñirse a las cantidades requeridas por las redes asistenciales a nivel nacional y si acreditar su urgencia; por tanto, habría un interés en favorecerlos, ocasionando el vencimiento de 1’290,452 ampollas y un perjuicio económico de más de S/10 millones de soles.  

Ramos Rojas, inobservó sus obligaciones y la Ley de Contrataciones del Estado, e incumplió sus funciones establecidas en los numerales 1 y 5 de las Funciones del Puesto del Formato FAD-29 de EsSalud. Por tanto, tendría una presunta responsabilidad civil y penal.

Edwin Wilson Sánchez Ventura, tuvo el cargo de Gerente de Estimación y Control de Bienes Estratégicos-CEABE, desde el 18 de abril de 2020 al 25 de agosto de 2021 y en su condición de funcionario, de forma indirecta habría mostrado interés indebido en favor de un tercero al no haber coordinado, controlado y evaluado las cantidades requeridas de ampollas de Vecuronio, las que fueron adquiridas bajo la causal de situación de emergencia, generando adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados, por lo que se deduce que habría un interés en favorecerlos. En ese sentido, Sánchez Ventura ha inobservado la Ley de Contrataciones del Estado e incumplido sus funciones establecidas en el ROF de la CEABE; por lo tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

José Luis Obregón Pomayay, tuvo el cargo de Subgerente de Adquisición y Ejecución Contractual de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos- CEABE. Desde el 23 de junio al 28 de diciembre de 2020 y en su condición de subgerente, de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero por suscribir órdenes de compra  para las adquisiciones de ampollas de Vecuronio, a través de contratación directa sin que se acredite la urgencia de compra y la cantidad solicitada, generando así adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados, por lo que ha inobservado la Ley de Contrataciones del Estado y ha incumplido su función de acuerdo al ROF del CEABE de EsSalud, por tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Marco Antonio Ortiz de la Cruz, tuvo el cargo de Gerente de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la CEABE, desde el 3 de junio de 2020 al 26 de agosto de 2021 y en su condición de gerente, de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero por haber planificado y controlado sin el debido sustento la determinación de las adquisiciones de 101 466, 375 120 y 4 854 387 ampollas de Vecuronio, originando el vencimiento de 1’290,452 ampollas adquiridas, afectando económicamente a EsSalud por un monto de S/10’259,093.40. En esa línea, Ortiz de la Cruz inobservó la ley por ello, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Cesar Eduardo Carreño Díaz, tuvo el cargo de Gerente Central de Operaciones, durante el 9 de junio de 2020 al 22 de agosto de 2021 y en su condición de dicho cargo, de forma directa, habría mostrado interés indebido en favor de un tercero, por tanto suscribió los informes técnicos n° 120,189 y 388-GCOP/CEABE-ESSALUD-2020 de 31 de julio, 21 de agosto y 13 de noviembre de 2020, y sustentó la necesidad de las contrataciones directas n° 130, 180 y 233-2020-ESSALUD/CEABE-1, bajo la causal de situación  de emergencia y por el acontecimiento “catastrófico del momento”, sin justificar las cantidades requeridas por las supuestas urgencias de las redes asistenciales y más bien pidiendo mayores requerimientos a lo solicitado, generando adquisiciones excesivas para beneficiar a los proveedores contratados, por lo que habría un presunto interés en favorecerlos.  

Carreño Diaz, no controló ni supervisó los requerimientos de ampollas de Vecuronio (bromuro) y tampoco el crecimiento de 1’290,452 ampollas que se echaron a perder, generando un perjuicio económico a EsSalud por más de S/10 millones de soles. En ese sentido, incumplió sus funciones e inobservó sus obligaciones establecidas en la ley y tendría una presunta responsabilidad civil y penal.

Rosario Alexandra Gómez Vargas, tuvo el cargo de Subgerente de Determinación de Necesidad y Control de Productos Farmacéuticos, desde el 7 de abril de 2020 al 15 de julio de 2020, y en su condición de subgerente, de forma indirecta habría mostrado interés indebido en favor de un tercero al haber coordinado y definido sin sustento los requerimientos efectuados por las redes asistenciales para la adquisición de 101,466 ampollas de Vecuronio, sin percatarse que los requerimientos de las redes asistenciales eran inferiores, generando así adquisiciones excesivas en beneficio de los proveedores contratados, por lo que habría un interés para favorecerlos.

Gómez Vargas, también inobservó lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado e incumplió sus funciones establecidas en el ROF del CEABE, por tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Wesly Kenneth Sifuentes Kano, ocupó el cargo de Subgerente de Adquisición y Ejecución Contractual de la Gerencia de Adquisiciones  de Bienes Estratégicos-CEABE, desde el 15 de abril al 2 de junio de 2020 y en su condición de subgerente de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero por haber suscrito órdenes de compra para adquirir 13,950 frascos de Ivermectina sin acreditar su urgencia, por lo que se habría mostrado interés en favorecer a los proveedores contratados. En ese sentido se inobservó la ley y, por tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Pedro Ricardo Bautista Falconí, DNI 07090375, fue Subgerente de Adquisición y Ejecución Contractual y de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero por haber suscrito una adquisición de 17,202 ampollas de Vecuronio mediante contratación directa, sin acreditar la urgencia de la compra y la cantidad solicitada, en beneficio de los proveedores contratados. En ese sentido, Bautista inobservó la ley e incumplió sus funciones establecidas en el ROF del CEABE de EsSalud, por tanto, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Fiorella Giannina Molinelli Aristondo, fue Presidenta Ejecutiva desde el 6 de marzo de 2018 al 7 de agosto de 2021 y en su condición de titular de EsSalud de forma directa habría mostrado interés indebido en favor de un tercero al haber suscrito las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva aprobando las contrataciones directas n° 81,86 y 265-2020-ESSALUD/CEABE-1 bajo el causal de estado de emergencia, sin tomar en cuenta las reales necesidades de las redes asistenciales y sin analizar la justificación de las cantidades de Ivermectina requeridas y adquiridas y que no estaban debidamente sustentadas para las necesidades urgentes a nivel nacional, sino para generar stock para varios meses, sin embargo, no fueron utilizados, ocasionando el vencimiento de 1’051,203 de frascos, generando así un perjuicio económico de S/ 6’227,302.24 a EsSalud.

En esa línea, Molinelli inobservó lo establecido en el articulo 9° de la Ley de Contrataciones del Estado, e incumplió sus funciones de acuerdo al ROF de EsSalud. Por los hechos expuestos, ella tendría presunta responsabilidad civil.

Jessica Jakelin Carrión Sánchez, ejerció el cargo de Coordinadora en Gestión Contractual para la Subgerencia de Adquisición y Ejecución Contractual de la CEABE, desde el 21 de mayo al 4 de julio de 2020 y en su condición de coordinadora, de modo directo habría mostrado interés indebido en favor de un tercero y en beneficio de los proveedores contratados. En ese sentido también inobservó la ley y tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Gino José Carlos Dávila Herrera, tuvo el cargo de Gerente de Operaciones Territoriales de la GCOP desde el 9 de julio de 2020 al 11 de enero de 2022. Y en su condición de dicho cargo, de forma directa habría mostrado interés indebido en favor de un tercero. Es así que también inobservó la normativa, e incumplió las funciones de su cargo, por tal motivo, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Carla Inés Binasco Retiz, DNI 40468937, fue Subgerente de Adquisición y Ejecución Contractual de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos-CEABE desde el 29 de diciembre de 2020 al 25 de noviembre de 2021 y en su condición de subgerente, de forma directa habría mostrado interés indebido en favor de un tercero, al suscribir un informe del 22 de enero de 2021 y el visado de los documentos que sustentaron la inaplicación de la penalidad a la empresa MAX VISION PERU SCRL, pese a que el proveedor no cumplió con los plazos de entrega del medicamento Vecuronio, ni acreditó documentación sustentada para que el retraso sea imputable. Por esas razones Binasco Retiz tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Heidy Leyla Muñoz Matos, DNI 42515908, era la Subgerente de Operaciones Norte de la Gerencia de Operaciones Territoriales de la GCOP desde el 10 de marzo al 13 de julio de 2020. Y en condición de su cargo, habría mostrado interés indebido en favor de un tercero en forma directa. Y también inobservó la ley e incumplió con sus funciones. Por tal motivo, tendría presunta responsabilidad civil y penal.

Presidenta de EsSalud fue informada de las graves irregularidades

Luego de realizar el informe de Auditoria, la jefe del Órgano de Control Institucional del Seguro Social de Salud, Merici Huertas Navarro remitió toda la información detallada a la Presidenta Ejecutiva de EsSalud, María Elena Aguilar del Águila, mediante el Oficio N°1608-OCI/GCC-EsSalud-2023 de fecha 30 de noviembre de 2023, explicándole que al haber identificado presuntas responsabilidades civiles y penales durante el proceso de las adquisiciones, recomienda que disponga el inicio de procedimiento administrativo a los funcionarios y servidores involucrados en los hechos observados; sin embargo, hasta el momento la titular de EsSalud Aguilar del Águila, no se ha pronunciado.

Oficio N°1608-OCI/GCC-EsSalud-2023 de fecha 30 de noviembre de 2023 enviado a presidenta de EsSalud.

El jueves 29 de febrero y el viernes 01 de marzo nos comunicamos al teléfono celular 999 620 2** de la presidenta de EsSalud María Elena Aguilar del Águila,  pero no nos quiso responder. También le escribimos vía WhatsApp a Alicia Renteros Saldarriaga, encargada de comunicaciones en EsSalud, preguntándole  qué acción había realizado la presidente del Seguro Social de Salud tras haber recibido el informe de Contraloría. Su respuesta fue: “Esa información no la maneja el área de comunicaciones. Te sugiero que mientras se averigua por aquí lo consultes vía Transparencia”.  Curiosamente hasta el cierre de este informe no tuvimos una respuesta concreta.

Comunicación vía WhatsApp con Alicia Renteros.

El silencio de la presidenta de EsSalud María Elena Aguilar del Águila, ante las graves irregularidades en su sector, demuestra un ambiente de presunta impunidad, a pesar que la Contraloría ha detectado responsabilidades civiles y penales. Las compras de medicamentos y la adquisición de implantes cocleares son temas que la presidente de EsSalud evita hablar. Su soberbia parece que la impulsara a despreciar las preguntas de la prensa.

Mientras la CEABE de EsSalud provoca un millonario perjuicio económico, miles de asegurados sufren por el desabastecimiento de medicinas a causa de una mediocre gestión que termina beneficiando los oscuros negocios de los proveedores.

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