Fabricio Valencia Gibaja es
abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y especialista en el
tratamiento jurídico del patrimonio cultural. Cuenta con estudios de
Maestría en Museología y Gestión Cultural por la Universidad Ricardo Palma y
con un Posgrado Internacional en Patrimonio y Turismo Sostenible en la
Universidad Nacional Tres de Febrero, Buenos Aires- Argentina, Miembro Experto
del Comité Científico Internacional de Asuntos Legales, Administrativos y
Financieros de ICOMOS.
Cuenta con una amplia experiencia en la gestión pública, habiéndose desempeñado como Asesor del Ministro de Cultura y del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, así como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Unidad Ejecutora 007 del Ministerio de Cultura y especialista legal en la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico del ex Instituto Nacional de Cultura, donde participó como miembro alterno de la Comisión de Alto Nivel de Repatriación de los Objetos Arqueológicos de la Colección Machu Picchu de la Universidad de Yale, miembro de la comisión que elaboró el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, actualmente labora como Gerente de la División de Patrimonio Cultural en Hereditas Consultores.
Con el especialista conversamos sobre todo lo que viene sucediendo con la construcción del hotel Sheraton en la calle Saphy y sobre las dos resoluciones firmadas por el ministro de Cultura Rogers Valencia. Aquí la entrevista.
Lo que
ha determinado la jueza María Cárdenas Villanueva, es que se continúe con la
construcción del hotel Sheraton, respetando en lo posible las normas del
régimen de los parámetros urbanísticos del centro histórico de Cusco.
Claro. En ese tema hay que considerar lo siguiente: Lo
primero es que el proyecto presentado por la empresa RYG S.A.C, no respeta los parámetros urbanísticos del reglamento
del centro histórico.
¿Por
qué no lo respeta?
Porque el coeficiente edificatorio en esa zona es de 1.4 y
el proyecto es de 2.4, tiene un punto más del coeficiente edificatorio, y eso
en metros cuadrados son varios pisos con un volumen constructivo bastante
grande. Lo que la empresa siempre ha defendido es la licencia ilegalmente
emitida que le permite hacer 2.4, digo que es ilegalmente emitida, porque no
respetaron la norma. Por un lado, la jueza está diciendo respeten el reglamento
del centro histórico del Cusco, es imposible que continúen con una
construcción.
Fabricio,
tú conoces bien el tema ya que fuiste asesor del Ministerio de Cultura. Lo que
queremos saber es ¿Por qué ocurrió todo esto?
Cuando el exministro de Cultura Jorge Nieto Montesinos, asume la cartera, me convoca a mí y le puso mucho interés al tema, por ser un tema álgido. Yo viajé varias veces al Cusco para ver ese tema e iniciamos cuatro procedimientos sancionadores. Primero hay que tener en cuenta la naturaleza de ley, el inmueble materia de análisis, tiene las siguientes condiciones: está dentro de una zona monumental, está dentro de un ambiente urbano monumental, esta dentro del centro histórico del Cusco, es parte integrante de la ciudad del Cusco, la cual es patrimonio de la humanidad y también, la calle Saphy es un tramo del Qhapaq Ñan (antiguo camino inca), que también está declarado como Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Es un área bien protegida…
Tiene varios niveles de protección el inmueble en cuestión. Respecto a la construcción, el meollo del asunto, es que el reglamento del Centro Histórico del Cusco te dice que en esta solo puede tener 1.4 de volumen constructivo, el coeficiente edificatorio es una medida física, es decir, la puedes medir, no es algo arbitrario. La empresa obtuvo una licencia municipal, y en esa situación participaron los funcionarios del Ministerio de Cultura aprobando ese coeficiente y se le permitió hacer 2.4 de coeficiente edificatorio, o sea, mucho más de lo que la ley manda. Posteriormente el municipio declara nulo esta licencia y esta es impugnada por la empresa.
¿Qué hizo el Ministerio de Cultura en ese momento?
El ministerio de Cultura sobre este caso inició cuatro procedimientos administrativos sancionadores. Uno de ellos que es el más importante, es por haber construido por encima del coeficiente edificatorio. El segundo procedimiento se inicia porque la empresa demolió un inmueble de valor contextual, que fue una casa republicana. El tercer procedimiento es porque al momento que se hizo excavaciones, no se registró debidamente el material arqueológico encontrado. El cuarto procedimiento es porque se excavó sin autorización. El único procedimiento que el ministerio inició de forma propia fue el primero, los otros tres han sido iniciados a razón de que Contraloría emitió el informe N° 135. En ese informe Contraloría le dijo al ministerio que tiene que iniciar los otros tres procesos, y es a razón de eso que el ministerio inicia el procedimiento. Se tenía cuatro procedimientos administrativos por causales distintas caminando de forma independiente hasta el 11 de enero del 2019, momento en el cual el ministro de Cultura Rogers Valencia, firma dos resoluciones ministeriales la 8 y 9, la resolución número 8 puntualmente, lo que hace es declarar fundado el recurso de apelación, nula la resolución directoral 998, es decir, el procedimiento administrativo sancionador que le puso mil UIT de multa por haber excavado de forma ilícita, es declarado nulo.
Es decir, todo lo anterior fue anulado por completo…
La nulidad es una figura jurídica que
significa que todo en lo que se actuado está mal hecho, y todo se retrotrae.
Entonces, el procedimiento administrativo sancionador ha sido eliminado. Aquí
el problema es que la misma resolución ministerial que fue firmada por el
ministro de Cultura, él está diciendo que las obras culminaron en julio del
2014. Qué significa esto, que tenemos cuatro años de esa fecha hacia adelante
para que se pueda iniciar un procedimiento sancionador, es decir, a julio del
2018. Solamente hasta julio del 2018 se pudo realizar procedimiento
sancionador, por lo tanto, afirmar o pretender realizar un procedimiento
sancionador por esta misma causal el día de hoy, es un imposible jurídico, no
se puede, hay que entender que no se puede porque está prescrito.
¿Esto ya prescribió y ya no se puede hacer nada?
Ya prescribió, no se puede, ya han pasado más de cuatro años de cometido la infracción. Lo que algunos están diciendo es “pero un momentito, la ley dice que si se inicia un procedimiento sancionador se suspende el plazo de prescripción”. Totalmente cierto, pero esa resolución de inicio de procedimiento que suspendía el conteo de plazo, ha sido declarada nula. Se la tumbaron.
Entonces, lo que hizo el ministro de Cultura Rogers Valencia,
fue limpiar a la empresa RyG
El ministerio podría emitir una nueva resolución de inicio de procedimiento, pero que seguramente lo que hará el abogado de la empresa, es presentar la misma resolución como elemento probatorio, y decir que esto ya está prescrito. Y si el ministerio de Cultura no le da la razón en ese pedido, judicialmente lo hará, porque la prescripción simplemente es un conteo de plazo, ahí no importa el tema de fondo, no importa la conducta o si fue doloso o no, simplemente es un conteo de plazo. La prescripción es una figura jurídica que va en contra del Estado. Le están diciendo: oye Estado, si tú eres ineficiente y no lo puedes resolver en un plazo prudencial, pues ya no lo puedes hacer porque eres ineficiente.
Estás dos resoluciones firmadas por el ministro se realizaron
teniendo conocimiento de todo esto o crees que ignoraba sobre el tema…
La verdad no podría decirte si tenía conocimiento o era ignorancia, porque no sé cuáles han sido las razones que han podido motivar esto, pero lo que queda claro es que desconocen el tema terriblemente. Emitir esas resoluciones ha sido dispararse a los pies.
Lo más preocupante de todo esto, es que el centro histórico
de Cusco puede perder la categoría de ser Patrimonio Cultural de la Humanidad
Exactamente. Ese es un tema que vengo
alertando hace unos días. UNESCO ya manifestó una posición al respecto, está el
oficio de Relaciones Exteriores N° 222 del 17 de abril del 2017, en la cual
Director General de asuntos culturales Javier León, le dice al ministro de
Cultura, citaré de manera breve “ICOMOS Internacional da una serie de recomendaciones,
entre ella la más importante, es proceder a la demolición de la construcción a
partir del segundo nivel”. Acá viene lo preocupante “Se señala así mismo, que
de no proceder al cumplimiento de esas recomendaciones se configura una
situación que ameritaría largamente la inscripción del centro histórico de
Cusco en la lista de Patrimonio Mundial en peligro de la UNESCO”.
Lamentable que esto pueda suceder…
Que la ciudad del Cusco sea inscrita en la
lista del Patrimonio Mundial en peligro de la UNESCO, es el paso previo a que
le quiten la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad.
En qué crees que termine todo esto, porque hasta el momento
lo que está haciendo el ministerio de Cultura es confundir a la gente,
ocultándonos lo grave del asunto.
A mí me parece que evidentemente tiene que
haber una investigación al respecto. Lo que todos están diciendo es que caiga
quien tenga que caer, y eso me parece importante que se haga. Desde mi punto de
vista, esa no debe hacer la acción más importante que debe tomar el Ministerio
de Cultura. Porque de por medio tenemos dos procedimientos administrativos
sancionadores que están vigentes, y uno de ellos es el más importante, el cual
tiene como finalidad demoler la construcción hecha de manera ilícita. Lo que creo
es que tiene que exigirse al Ministerio de Cultura, es que resuelva eso de
manera inmediata. O sea, paralelamente a que sancione a quien tenga que
sancionar.
Entonces, lo que debe realizar inmediatamente el Ministerio
de Cultura es ejecutar la demolición…
Por supuesto, esa es la parte importante ahora mismo. Luego que se investigue a los funcionarios, ya que, con eso, no resolvemos nada. A lo que tenemos que apuntar es que se demuela lo ilícitamente edificado.
Lograr eso no va ser fácil, porque del otro lado tenemos a
todo un staff de abogados de la empresa RyG S.A.C que va defender la
construcción
Totalmente de acuerdo, y más aun
considerando que tenemos una institución a la cual se le caducan los plazos.
Ahí va el temor que yo tengo. El Ministerio de Cultura sacó un comunicado donde
puntualmente dicen “Se sancionó a la empresa con 800 UIT y se ordenó el
desmontaje del área que excede el coeficiente de edificación permitido,
mediante Resolución Directoral N° 1827-2018-DDC-CUS/MC”, supongo que esta
resolución ha sido impugnada por la empresa. Muy bien, el Ministerio de Cultura
ha tenido 30 días para resolver esto, o sea, una vez que impugnan tu
resolución, no puedes demorarte más de 30 días en resolverlo. Ese plazo está en
el texto único ordenado de la norma. Lo que creo que habría que exigirle al
ministerio, es que terminen esos procedimientos lo antes posible, me parece que
esto es lo más importante.
En el tema de la construcción del hotel de la calle Saphy,
hay responsabilidad de varios funcionarios del propio ministerio de Cultura, incluso
son funcionarios como el señor Ruiz Caro, que están denunciados penalmente.
Estas resoluciones firmadas por el ministro Rogers Valencia, no solo han
servido para limpiar a la empresa, sino también a los propios funcionarios del
ministerio de Cultura. ¿Qué piensas sobre este tema?
Sí escuchado que hay toda una red de
corrupción, y que existe una mano negra. A mí lo que me queda claro, es que es
lamentable que haya caducado todo este procedimiento, ya que el ministerio sabe
perfectamente los plazos de caducidad, no es que no los conozca. Todas las
personas involucradas tendrán que ser investigadas, y si se les encuentra
responsabilidad se les va tener que sancionar por la vía administrativa, civil
o penal, según corresponda.
¿Se le va poder volver a cobrar la multa de más de 4 millones
y medio de soles a la empresa RyG?
Ya no. Eso es imposible, porque ya se la han quitado y no se le puede iniciar un nuevo procedimiento sancionador. No hay forma. Supongo que el ministerio va iniciar nuevos procedimientos sancionadores, pero al llegar al Poder Judicial, se caen. Esto de los temas de plazos, un estudiante de Derecho lo aprende en el segundo año en la universidad. No es una elucubración jurídica muy profusa, esto es algo bastante simple, pero algunos no lo interpretan de esa manera.
Para finalizar ¿Qué le dirías al ministro de Cultura Rogers
Valencia?
Lo que le diría es que las personas que
están en el sector cultural, tienen la responsabilidad de gestionar la memoria
de todos los peruanos. Nuestro Patrimonio Cultural es una larga sucesión de
ocupaciones y forman parte de nuestro legado cultural, y tienen que ser
administrado de una forma completamente responsable. No estas administrando un
pozo petrolero, no administras ni siquiera un parque natural, lo que se
administra es la memoria de todos nosotros. Por eso, considero que se debe ser
muy responsable con esto, y que se investigue a quien se tenga que investigar,
pero lo que le pediría es de que se resuelva los dos procedimientos
administrativos sancionadores lo antes posible.