Justamente, en el último día de plazo que tenía el Ejecutivo para promulgar la autógrafa de ley propuesta por el parlamento, éste declinó y en el documento de 38 folios que envió al Congreso, el presidente Martín Vizcarra y el Premier Walter Martos argumentaron que dicha devolución es antitécnica y que desnaturalizaría el sistema de pensiones, porque éste fue destinado para otorgar una prestación económica a sus afiliados, solamente cuando hayan acumulado 20 años de aportes y tengan 65 años de edad.
Asimismo, aseveraron que no es viable, porque como lo dijo en su momento la ministra de Economía, el Estado no tiene fondos para realizar los pagos porque eso afectaría a los actuales pensionistas y que ya no habría la liquidez suficiente para cumplir con las pensiones mes a mes. Y que desde un punto de vista técnico significaría para el Estado un costo de casi s/. 16,000 millones, cuyo impacto afectaría directamente al creciente déficit fiscal en un 13% del PBI y que además el riesgo fiscal alcanzaría un cuantioso incremento de la deuda pública hasta alcanzar un excesivo nivel del 37.7% del PBI. Es decir, la debacle total… y significaría un cataclismo económico nunca antes visto en la economía peruana; sin embargo, cuando el BCR de Julio Velarde, otorgó alegremente mediante sus dos Reactiva-Perú S/60 mil millones a los grandes empresarios, y S/30 mil millones a sus amigos de las AFP, no pasó nada y no hubo ningún forado fiscal que se tumbaría a la economía nacional y más bien arguyeron que aquel millonario financiamiento coadyuvaría a un superávit económico.
Por otro lado, es irónico ver cómo el Ejecutivo alude al artículo 12° de la Constitución que señala la intangibilidad de los fondos de la seguridad social.
Entonces, surge la pregunta ¿Acaso aquellas devoluciones no son destinadas a pensionistas de la seguridad social que nunca cobraron nada?
Es curioso que en estos momentos el Poder Ejecutivo hable de la intangibilidad de los fondos de la seguridad social, cuando el único que no respetó esa intangibilidad durante años ha sido el propio Estado que cogió como caja chica aquel fondo intangible para beneplácito de los proyectos inviables, las monarquías locales y las cofradías de turno. Entonces, al primero que se le tendría que interponer una acusación constitucional por infracción de la Constitución (artículo 99° Carta Magna) justamente por haber pisoteado los derechos de los trabajadores y afiliados es al propio presidente de la República y también a los anteriores, por sus infraternas gestiones de turno.
Leer a continuación lo que no acataron los últimos presidentes del Perú con respecto a la siguiente norma constitucional:
Artículo 11° de la Constitución.- El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas y privadas o mixtas. Supervisa asimismo, su eficaz funcionamiento.
¿Y qué garantizó el Estado?¿Garantizó el libre acceso a pensiones?¿Acaso ha sido eficaz en el funcionamiento de la ONP? Lo único que ha hecho el Estado a través de la ONP, ha sido robarle durante años a sus afiliados que aportaron el 13% de sus sueldos, porque si sus aportes se acumulaban durante 19 años y 11 meses, simplemente, se les decía adiós y el Estado se quedaba con sus dineros y los dejaba en sus arcas fiscales, porque la ley solo permite dar pensiones a los que aportaron durante 20 años y a eso se le llama ROBO.
Asimismo, el Estado le ha robado a millones de afiliados que fallecieron en el camino, porque sencillamente, sus beneficiarios y herederos forzosos luego no podían cobrar esas pensiones; recordemos que hay casos de afiliados que lograron aportar hasta un millón de soles; sin embargo, al morir ya no pudieron cobrar nada. Es decir, durante décadas ha habido una política malsana de desprecio hacia los jubilados de la ONP, pero cuando luego de mucho tiempo, un Congreso, sea con fines electoreros, o sea con fines populistas impulsa por primera vez una ley que al menos dignifica y resarce en parte a esos aportantes que fueron olvidados, para que se les devuelva algo que siempre esperaron y que nunca lo obtuvieron, luego salió toda esta retahíla de felones y felonas a sueldo para despotricar falacias sobre el sistema previsional estatal, con el único fin de mantener sus lenocinios comunicacionales al servicio del gobierno.
Asimismo, desde un principio y como una especie de muletilla citaron el artículo 79° de la Constitución, que habla de la iniciativa del gasto púbico que por cierto no tiene el parlamento; no obstante, eso es discutible en este contexto, porque en principio, con esta norma de devoluciones no se está debatiendo un proyecto presupuestal, ni de aprobación de tributos; por lo tanto la literalidad de “crear y aumentar gasto público” no es taxativa, porque está sujeta a interpretación y para eso están los ocupantes de la casa de Pilatos.
Aquí la única verdad, es que tanto los agentes del Ejecutivo, así como esos analistas de alquiler que han estado mintiendo a la opinión pública y no han mencionado la real dimensión del proyecto de ley, porque la devolución pretende ser equitativa; es decir, de acuerdo al nivel de aportes de cada afiliado; en ese sentido, estamos hablando de 4,7 millones de aportantes.
La ley ordena abonar hasta una UIT (S/4,300 soles) a cada persona y su devolución será de acuerdo a sus contribuciones; y no necesariamente se tendrá que abonar el monto de una UIT. Asimismo, podrán retirar el 100% de sus aportes los afiliados mayores a 65 años que nunca accedieron a una pensión y ellos apenas comprenden a 223 mil jubilados. Y por último, apenas 575 mil jubilados de la Ley 19990 podrán recibir un bono extraordinario de S/930 soles.
En ese sentido, no es verosímil lo que sostuvo la titular del MEF, María Antonieta Alva: que el tesoro público del Estado va a quebrar por ese desembolso, porque las devoluciones a los aportantes tampoco provendrán de aquel Fondo Consolidado de Reserva (FCR) de la ONP, que asciende aproximadamente a S/23 mil millones de soles y que siempre estuvo destinado para asegurar las pensiones de los jubilados; por lo tanto, no corren peligro como lo han estado difundiendo los esbirros periodísticos del gobierno en todos los medios de comunicación y vaya que dieron el grito en el cielo, y por eso iniciaron una agresiva campaña en contra de las devoluciones, que fue liderada por analistas de opinión y economistas alquilados.
Así las cosas y a pesar de las trabas de este gobierno, es absolutamente LEGITIMO que los afiliados de la ONP que en estos momentos de emergencia sanitaria se encuentran sin empleo, abandonados a su suerte, y sobre todo sin medios económicos para supervivir, reciban finalmente, lo que siempre aportaron, porque fueron olvidados por el sistema. Así como están siendo olvidados los siete millones de peruanos que se han quedado sin empleo.
Los que seguimos de cerca esta problemática que de por sí es crónica, tenemos claro que antes que la componenda y el lobby, deben primar los derechos fundamentales de las personas que necesitan sus pensiones y que en esta coyuntura de emergencia solo requieren de un resarcimiento legítimo.
Por lo pronto, y en un afán de ser vocera del gobierno, la ministra de Justicia y Derechos Humanos Ana Neyra, acaba de anunciar que si el Congreso promulga la ley por insistencia, entonces el gobierno interpondrá una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, luego de haber sido testigos de la postura del Congreso que en principio aprobó una moción para vacar al presidente Vizcarra, y que a los pocos días votaron en mayoría para no vacarlo, ya no sabemos qué pensar. Aunque todo indica que el Legislativo basado en el artículo 108° de la Carta Constitucional, reconsiderará la ley e intentará promulgarla por insistencia, pero para ello tendría que alcanzar el voto de más de la mitad del numero legal de miembros del Congreso; es decir, 66 votos.
Entonces, surge la pregunta: a pesar que el pasado 25 de agosto el Congreso aprobó la ley de devolución de aportes con 106 votos a favor, 13 en contra y 15 abstenciones ¿Esta vez nuevamente la aprobará? Considerando que ya nada nos garantiza que entre ellos luego surjan pactos y acuerdos subrepticios para cautelar intereses ocultos que al final serán revelados a través de los “votos”.