Opinión

Tratado global sobre el Alta Mar

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Por Edwin A. Vegas Gallo

El pasado 5 de marzo; en el marco de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM, a la cual Perú no esta adherido) y en particular acorde con la Convención sobre Diversidad Biológica (artículo 22 b), en la política relativa a “la conservación y uso sostenible de la biodiversidad marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional”; los Estados Miembros de Naciones Unidas (incluido Perú), aprobaron la Convención reguladora del Alta Mar (CAM), que excluye los fondos marinos y oceánicos regulados por la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, que regula la minería profunda en aguas nacionales e internacionales.

Sobre esta CAM, Antonio Guterres, jefe de la ONU, ha señalado que se “ha tardado demasiado”, habida cuenta que esta lentitud le ha costado a los Océanos: que el 35% de la pesca sobreexplote los recursos marinos, que el nivel del mar aumente, que el océano se acidifique y asfixie debido a la contaminación, que los arrecifes de coral se estén blanqueando y muriendo.

Para valorar este acuerdo alcanzado, hay que considerar que los mares constituyen el 70% del planeta y representan el 80% de la biodiversidad mundial.

La CAM pretende resguardar el 30% del Alta Mar mediante áreas marinas protegidas, de conformidad con el parámetro de protección 30 x 30 (30% marino, 30% terrestre), establecido en la COP 15 de la Convención de Diversidad Biológica (diciembre 2922, Montreal).

En Perú tenemos un serio problema de sostenibilidad marina y oceánica e inclusive con criminalidad organizada y Pesca No Reglamentada, No Declarada en la frontera de nuestras doscientas millas.

Ello requiere trabajo político-diplomático, empresarial y científico; que nos asegure el mar y sus recursos para las generaciones futuras de peruanos.

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