Opinión
Tratado de Alta Mar
Lee la columna de Edwin A. Vegas Gallo
Por Edwin A. Vegas Gallo
El Tratado del Alta Mar, TAM, cubre el 64% de los océanos (49% del planeta Tierra) y, después de veinte años de trabajo sobre el tema, es una nueva conquista de las Ciencias Oceánicas y del Derecho Ambiental y no tiene en su gestación nada de “oenegenero”, como lo pretenden presentar en Perú políticos y gremios empresariales desconocedores de aquel.
El nacimiento del TAM se dio el domingo 5 de marzo de 2023, en la V Conferencia Intergubernamental del instrumento internacional jurídicamente vinculante en el marco de la Convención de Naciones sobre el Derecho del Mar CNUDM, relacionado con la conservación y uso de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional”.
Tanto fue el resultado de este Acuerdo que la presidenta de la Conferencia, Rena Lee (Singapur), señaló: “Después de 20 años, el barco llegó a la costa”. Se adoptó por consenso el 19 de junio, en el marco de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (que usó Perú para delimitar frontera marítima con Chile), relativo a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional.
En dichas reuniones participó el gobierno peruano, vía Cancillería, y debió tomar la providencia del caso para evitar desinteligencias políticas, como ocurrió con el Acuerdo de Escazú.
Este Tratado regula el alta mar, entendida como “las aguas internacionales que comienzan a 200 millas náuticas de las costas”, que hasta antes de este Acuerdo, carecía de protección o gestión específica, con menos del 1% de las zonas de alta mar total o altamente protegidas.
El TAM hace que el alta mar, una “res communis usus”, se transforme en “patrimonio común de la humanidad” (art. 5 b del TAM), aunque ese acuerdo no ha establecido al momento una autoridad ni un mecanismo adecuado a esa naturaleza de bien, como sí se hizo para los fondos marinos y oceánicos fuera de la jurisdicción nacional y sus recursos, tema del cual Perú debe estar atento.
Este Tratado o Acuerdo oceánico busca revertir el estado de emergencia de los mares del mundo, en concordancia con alcanzar el Objetivo 14 de desarrollo sostenible y el Marco Global de Biodiversidad de Kunming-Montreal (diciembre 2022); sobre todo en la ampliación de áreas marinas protegidas, la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada de flotas extranjeras, que entran y salen de nuestras 200 millas, sin que los entes de vigilancia intervengan.
Por cierto, en el TAM, hay 33 referencias a los pueblos indígenas y 29 a comunidades locales, aunque si bien son ajenas a la experiencia en alta mar, les da derecho de opinión en este tema, debido al principio de integración marina.
Las cuestiones esenciales del TAM pasan por la investigación y desarrollo, especialmente de los recursos genéticos marinos, con la repartición justa y equitativa de sus beneficios (monetarios y no monetarios), así como las áreas marinas protegidas, del sistema de evaluación de impacto ambiental y la construcción de capacidades y transferencia de tecnología.
Hay que entender que este Acuerdo no tiene que ver nada con la pérdida de soberanía alimentaria ni de dominio marino, ni mucho menos con el control de la pesca artesanal ni industrial, en la que los gremios empresariales peruanos hacen su agosto, empobreciendo al mar peruano; ya que en las negociaciones del tratado se generó el consenso de que el manejo pesquero de los países no debía ser regulado por aquél.
La implementación de este TAM, pienso, será complicada. El principal problema a resolver es determinar quién vigilará las áreas marinas protegidas en alta mar. Otro problema es que no hay un arreglo preciso para la resolución de disputas. En el caso de Perú, que no es miembro de la CONVEMAR, al momento de ratificar por el Congreso este TAM, puede pedir solución de controversias al Tribunal Internacional de Derecho del Mar o a la Corte Internacional de Justicia. Ni que decir de los recursos financieros y los mecanismos de desembolso que se requieren para su funcionamiento.
Aun con todo, este acuerdo histórico sobre la biodiversidad marina en aguas internacionales contribuirá a la protección vital contra la contaminación, contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, así como evitar la destrucción del hábitat en estas zonas críticas, para beneficio de las generaciones futuras.