Política
Todo sobre la nueva Ley General del Turismo aprobada por el Congreso
Resalta sobremanera la creación de espacios denominados “ZEDT” que contarán con beneficios tributarios durante 15 años en determinadas regiones turísticas.
Con 87 votos a favor, 11 en contra y 6 abstenciones, el Congreso de la República, en segunda votación, aprobó ayer la nueva Ley General del Turismo (LGT) recaído en los proyectos de ley 2007, 3981, 3992, y otros, que busca otorgar beneficios tributarios al sector turístico, los mismos que entrarán en vigor a partir del 1 de enero del año próximo.
A propósito de esos beneficios, se señala dentro de las disposiciones la creación de las Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT), consistentes en áreas que contarán con beneficios tributarios y condiciones especiales para atraer a los inversionistas privados.
Además, para los proyectos de inversión de infraestructura básica se autoriza el uso de hasta un 5 % del Fondo de Compensación Regional (Foncor) y para garantizar la formalización, se prohíbe la comercialización y promoción de servicios propios de las agencias de viaje y turismo en espacios públicos como plazas, parques u otros lugares, en aras de salvaguardar a los turistas.
¿En qué consisten las ZEDT?
De acuerdo al Capítulo III de la Ley, las ZEDT ofrecerán exoneraciones fiscales, incluyendo la eliminación de impuestos como el Impuesto a la Renta (IR), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), así como el Impuesto de Promoción Municipal (IPM), entre otros.
Para obtener tales beneficios, las zonas deberán de cumplir el principio de sostenibilidad, la inclusión de la población local en la fuerza laboral y la contribución al desarrollo económico de las comunidades. Tales exoneraciones no podrán superar los 15 años.
Además de todo eso, las transferencias de bienes y servicios entre los usuarios de las ZEDT también estarán exentas de impuestos.
Más beneficios tributarios
En tanto, en el Capítulo IV de la nueva LGT destaca la posibilidad de aplicar una depreciación acelerada de activos fijos a una tasa del 20 % anual, lo que beneficiará a establecimientos de hospedaje, agencias de viaje, restaurantes y otros servicios relacionados con el turismo.
Asimismo, se establece la suspensión del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) para empresas que hayan acumulado pérdidas tributarias entre 2020 y 2026, medida que estará vigente durante los ejercicios fiscales de 2026 y 2027, siempre que las empresas cumplan con ciertos requisitos, como no tener deudas tributarias pendientes.
Otro beneficio relevante es el crédito tributario por reinversión, que permitirá a las empresas deducir hasta el 30 % del monto reinvertido en la mejora de servicios turísticos, infraestructura y equipamiento.
Para las micro y pequeñas empresas, este porcentaje se eleva al 50 %, con un plazo de aplicación de hasta cinco años. Según el dictamen, estas reinversiones deberán orientarse hacia la sostenibilidad, la conservación de ecosistemas y la innovación tecnológica en el sector.
Beneficiarios encubiertos
Las casas de apuesta se encuentran dentro de los beneficiarios de los incentivos fiscales, siendo criticado por varios sectores ya que consideran que tales actividades no contribuyen directamente al desarrollo sostenible del turismo y es más que seguro que el próximo año, cuando entre en vigor la Ley, se verán casos de diversas casas de apuesta pagando menos tributos de lo que les corresponde.