Política

Titular del JNE decide suspender a Luis Arce luego de que éste declinara a Pleno

Magistrado viene siendo investigado por el caso de “Los cuellos Blancos”.

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Se prolonga más la espera para saber quién nos gobernara durante los siguientes cinco años. Luego de que el magistrado Luis Arce Córdova decidiera declinar a su cargo como titular del Pleno del Jurado Nacional Electoral (JNE), argumentando que existiría una parcialización dentro del jurado deliberante, el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arena se pronunció y aceptó la solicitud de dimisión del magistrado optando por suspenderlo del cargo y convocar a su reemplazante en la brevedad posible.

“Esta presidencia resuelve suspender en el ejercicio del cargo de Miembro Titular del Pleno del JNE al señor Luis Carlos Arce Córdova, para dar lugar a la convocatoria del representante que provisionalmente corresponda, hasta la tramitación de su renuncia al culminar las Elecciones Generales 2021″, se lee en el documento.

Asimismo, el presidente del JNE señaló en la resolución que reprueban lo manifestado por Arce Córdova, quien es investigado por el caso Cuellos Blancos, respecto a que en el Pleno existiría una “clara parcialización política”.

“Rechazar las expresiones agraviantes formuladas por el renunciante en su carta del 23 de junio 2021, en cuanto atentan contra el honor y la buena reputación de los integrantes del Pleno del JNE, del sistema electoral, altas autoridades del país y servidores de las instituciones que conforman el sistema electoral” se lee en el texto.

Asimismo, Salas Arenas explicó que la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) no permite que los magistrados den un paso al costado durante un proceso que esté en curso.

“La Ley N.º 26486, Ley Orgánica de Elecciones no contempla la figura de la declinación del cargo de integrante del Pleno de este Supremo Tribunal Electoral a quien ya haya tomado posesión de él; más bien, prevé la institución de la vacancia por renuncia. Asimismo, a continuación se señala que la renuncia al cargo se encuentra limitada por lo dispuesto en el artículo 16 de la misma Ley, el cual establece la irrenunciabilidad durante los procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares”, se refirió.

El presidente del JNE afirmó que por la falta de un miembro en el Pleno, las audiencias de apelación de solicitudes de nulidad no podrán realizarse tal y como estaban programadas.

“Debe tenerse en cuenta que, en las circunstancias actuales, la ausencia de uno de los miembros del Pleno del JNE importaría que este órgano colegiado no alcance el quórum para sesionar, establecido en el artículo 24 de la LOE, lo que conllevaría a la paralización de sus actividades y del desarrollo del proceso electoral en sí, impidiéndose el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales”, agregó.

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