Actualidad

TC pone fin a las playas exclusivas a partir del 2024

Medida indica que construcciones y puestos de seguridad deberán ser removidos para no impedir el libre acceso.

Published

on

Adiós a las playas privilegiadas para unos cuantos. La sentencia N°443/2023 del Tribunal Constitucional (TC) ha ordenado a todos los clubes retirar las construcciones como portones y muros que impedían el libre acceso de las personas y vehículos que no eran socios.

A través de la referida sentencia recaída en el Expediente N° 03640-2021-PHC/TC, el TC recordó que, de acuerdo a la Ley N° 26856, las playas son de uso público, libre y general para todos einalienables, por lo que no se debe restringir su ingreso.

Las nuevas disposiciones del máximo intérprete de la Constitución precisan que todo balneario o urbanización colindante a las playas y similares, independientemente si estas son públicas o privadas, deben tener cada mil metros una vía de acceso al mar, a fin de garantizar el derecho al libre tránsito.

Cabe resaltar que esta resolución debe ser acatada por todos los clubes o asociaciones, pues quedan expuestos a ser denunciados por incumplir con la libertad de tránsito.

No es la primera vez que el TC se pronuncia sobre la vulneración del derecho al libre tránsito y ordene que se garantice el paso peatonal y/o vehicular a las playas. Anteriormente, se refirió en el marco de la demanda interpuesta en contra del Club Tennis Las Terrazas Miraflores.

El ciudadano Piero Dellepiane y un grupo de propietarios del condominio Terrazas de Chepeconde SAC y de Inversiones Condominio Aventura SAC presentaron un recurso de habeas corpus ante la colocación de una caseta con personal de seguridad en su sede en Cepeconde, ubicada a la altura del kilómetro 120.8 de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Cerro Azul (Cañete, Lima).

Playas deberían ser de libre acceso para todos, los cuales tienen que mantenerse limpias y ordenadas. Foto: Andina.

De acuerdo al abogado Aaron Aleman, si el club desacata la sentencia, puede ser acusado del “delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, previsto y regulado en el artículo 368 del Código Penal, el cual tiene una pena privativa de la libertad de hasta de 6 años”.

En ese sentido, instó a la Defensoría del Pueblo a que inicie los procesos constitucionales en este y otros clubes privados a fin de garantizar el derecho a la libertad de tránsito. “Solo así se podrá realmente salvaguardar los derechos fundamentales y humanos de todos los peruanos, principalmente los derechos a la igualdad y la no discriminación”, agregó en diálogo con el diario El Comercio.

Comentarios
Click to comment

Trending

Exit mobile version