Política

TC declara improcedente hábeas corpus presentado por Antauro Humala para que se anule fallo por el caso ‘Andahuaylazo’

Líder etnocacerista solicitaba una revisión de la sentencia emitida por el alto tribunal respecto a la muerte de policías durante los enfrentamientos.

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Todo queda a como antes. El Tribunal Constitucional (TC) decidió declarar como improcedente el recurso de hábeas corpus que Antauro Humala interpuso para que se anule la sentencia de 19 años de prisión efectiva que cumplió por el llamado caso ‘Andahuaylazo’ ocurrido a principios del año 2005 y donde fallecieran cuatro efectivos policiales.

Infobae Perú accedió al documento y se lee que el recurso de Humala Tasso fue rechazado por cinco integrantes del TC ―Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Helder Dominguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich―, mientras que hubo un voto singular de Gustavo Gutiérrez Ticse.

El pedido del dirigente etnocacerista, presentado por su abogado Eduardo Benavides Parra, apuntaba contra la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y la directora del penal de Ancón II, Edith Ramón Chocano, por presuntamente vulnerar los derechos al debido proceso, a la tutela procesal efectiva, a la motivación de las resoluciones judiciales y a la salud, entre otros.

Entre los pedidos que Antauro Humala solicitó al TC es que haga una revisión de la condena por el ‘Andahuaylazo’ que le fue impuesta por el Poder Judicial al ser hallado culpable de los presuntos delitos de homicidio simple, secuestro, daños agravados, sustracción o arrebato de arma de fuego y rebelión.

“Se pretende es que se lleve a cabo el reexamen de la sentencia penal y la resolución suprema cuestionadas con alegatos relacionados con asuntos que corresponde determinar a la judicatura ordinaria, como son los de irresponsabilidad penal y de apreciación de los hechos penales, así como los cuestionamientos referidos a la valoración y suficiencia de las pruebas penales y del criterio jurisdiccional que utilizó el juzgador penal”, se lee en el fallo.

Sin embargo, el TC desestimó este punto basándose en el artículo 7, inciso 1, del Código Procesal Constitucional.

Finalmente, el Tribunal Constitucional menciona en su fallo que Antauro Humala alegó que fue condenado por un magistrado incompetente.

“No se explicita hecho concreto alguno que mínimamente sustente a qué juez u órgano judicial se alude, ni por qué se considera tal incompetencia y su relación con la eventual vulneración de un derecho de relevancia constitucional, como puede ser del derecho al juez natural o juez predeterminado por ley”, detalla.

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