Política

TC concede demanda competencial al Congreso y ahora podrá elegir al Defensor del Pueblo

Ahora Legislativo podrá nombrar desde el próximo 9 de mayo al Defensor del Pueblo.

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Le dan más poder a una institución sumamente cuestionable. El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy FUNDADA la demanda competencial planteada por el Congreso de la República contra el Poder Judicial, en la que destaca la determinación de nulidad de las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que le impedían continuar con el procedimiento de designación del Defensor del Pueblo. La votación fue por mayoría: 5 votos.

La demanda de conflicto competencial se originó en el Expediente 00003-2022-CC/TC, del 25 de octubre del 2022, denominado caso del control judicial de las decisiones del Congreso de la República.

Como se recuerda, el Pleno del Congreso, realizado el 16 de agosto de 2022, autorizó a su titular, interponer la demanda, y por acuerdo de la Junta de Portavoces encomendó el ejercicio de la representación procesal al procurador público encargado de los asuntos del Poder Legislativo.

La demanda planteada por el Congreso cuestionó las resoluciones judiciales que impedían que se cumpla con su función de elegir al Defensor del Pueblo; que ejerza control político sobre los altos funcionarios del Estado de acuerdo con lo establecido en el artículo 99 de la Constitución.

TC concede más facultades al Legislativo y ahora podrá designar al Defensor del Pueblo. Foto: Defensoría del Pueblo.

La sentencia del Tribunal Constitucional establece:

Declarar fundada la demanda competencial planteada contra el Poder Judicial y se define como nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían la realización de investigaciones parlamentarias sobre asuntos de interés público.

Declara fundada la demanda competencial contra el Poder Judicial y nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían aplicar la reforma al consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

Asimismo, se hace de conocimiento de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) la sentencia para que proceda, conforme a sus atribuciones, en torno al comportamiento funcional de los jueces que han concedido amparos y medidas cautelares sobre las competencias políticas exclusivas del Congreso de la República.

La sentencia finaliza con un pedido al Congreso de la República para que reforme el artículo 99 de la Constitución Política, y su reglamento de funciones, e incorpore a los miembros del Jurado nacional de Elecciones (JNE), el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

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