Una sentencia del Tribunal Constitucional desde ahora permitirá que los hermanos de los congresistas de la República puedan contratar con entidades públicas, según se puede constatar en el Expediente N° 03150-2017-PA/TC del famoso jurista Domingo García Belaunde contra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
Según lo mencionado por la titular del máximo intérprete de la Constitución, Marianella Ledesma, se precisa que no puede afectar el derecho a la libre contratación.
Como menciona el portal jurídico La Ley, García Belaunde había interpuesto una acción de amparo contra la OSCE, ya que en sus descargos indica que a causa de esa restricción había renunciado a ser proveedor de servicios para el Estado “debido a que se le informó, de modo extraoficial, que había incurrido en una incompatibilidad prevista en la normativa sobre contrataciones del Estado, ya que tuvo un hermano congresista, por lo que debía renunciar, caso contrario sería denunciado penalmente”.
Entre sus argumentos el Tribunal sostiene que la norma contraviene algunos de los principios que deben regir en las contrataciones del Estado, como el principio de la libre concurrencia y el principio de competencia. En ese sentido resolvió declarar fundada la demanda interpuesta por García Belaunde ya que se encuentran vulnerados los principios antes mencionados; asimismo dispuso que la OSCE no vuelva a incurrir en los actos de amenaza de violación que motivó la interposición de la demanda de amparo, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas estipuladas en el art. 22 del Código Procesal Constitucional.
Para su aprobación bastaron cuatro votos a favor: Augusto Ferrero, Ernesto Blume, Carlos Ramos, y José Sardón.