La Superintendencia Nacional de Educación Superior
Universitaria (SUNEDU) denegó la licencia institucional a la Universidad
Peruana Simón Bolívar (UPSB), luego de verificar que no cumple con las
Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la Ley Universitaria.
Como consecuencia de esta decisión, la UPSB deberá
cesar sus actividades académicas en un plazo máximo de dos años, contados a
partir del semestre 2019-I. Asimismo, deberá ofrecer a sus estudiantes alternativas
para que puedan reubicarse en otras casas de estudio. La SUNEDU supervisará, en
coordinación con el Ministerio de Educación e INDECOPI, que el proceso de cese
de actividades se desarrolle de manera ordenada y se respeten los derechos del
alumnado.
La UPSB es una universidad privada de naturaleza
societaria. Atiende una población de 538 alumnos y alumnas, su única sede se
ubica en la ciudad de Lima y actualmente ofrece cinco programas (todos de
pregrado). La evaluación realizada por la SUNEDU dejó en evidencia serios
problemas en su gestión, inconsistencias y omisiones en su normativa, y problemas
para el cumplimiento de las metas planteadas por la misma universidad. Tampoco
demostró que en su portal de transparencia se encuentre disponible información completa
y actualizada.
En cuanto a plana docente, la UPSB no cuenta con un
cuerpo suficiente de académicos permanentes que permitan y promuevan su
desarrollo académico, y tampoco ha demostrado ante la SUNEDU contar con una
estrategia para fortalecer las habilidades de sus docentes. Asimismo, la
universidad no ha implementado políticas para impulsar la investigación. La
mitad de los docentes declarados para el desarrollo de este rubro no demostró
haber realizado investigación alguna. En el periodo 2017-2018, solo se tiene
registro de tres trabajos de investigación, y todos fueron realizados por el
mismo docente.
La UPSB tampoco cumple las Condiciones Básicas de
Calidad en cuanto a servicios complementarios para la comunidad estudiantil. Los
servicios de salud, bienestar y seguridad no cuentan con personal calificado,
presupuesto validado ni adecuada planificación de actividades. Por otro lado, la
bolsa de trabajo no tiene ofertas vigentes y no cuenta con mecanismos de
seguimiento a sus egresadas y egresados.
Responsabilidades de la universidad
La SUNEDU supervisará que la UPSB informe sobre el mecanismo de
continuación de estudios elegido por cada estudiante. Asimismo, la universidad
debe remitir a la Superintendencia la información sobre las personas que hayan
egresado de la universidad, así como de aquellas que se hayan graduado o
titulado. Estos datos deben entregarse en un plazo de 60 días.
La UPSB podrá otorgar grados y títulos por un plazo máximo de 24 meses
adicionales contados a partir de la fecha de cese definitivo del servicio
educativo. Las egresadas y egresados que no hayan obtenido su grado académico
en dicho plazo podrán solicitar el traslado, matrícula y/o convalidación de
estudios en otra universidad que cuente con una carrera similar, con el
objetivo de retomar los procesos de graduación y titulación correspondientes.
Estudiantes que hayan concluido sus estudios en la UPSB, solo podrán obtener su
título a través de dicha casa de estudios.
Durante el tiempo que la UPSB siga brindando el
servicio educativo, la SUNEDU, el Ministerio de Educación y el INDECOPI —de
acuerdo con sus respectivas competencias— supervisarán que el proceso de cese
se lleve a cabo de manera ordenada y respetando los derechos de sus estudiantes.
En concreto, la UPSB no solo está obligada a facilitar a su alumnado todas las
alternativas para continuar sus estudios: también deberá mantener el estado de los indicadores evaluados de manera
favorable durante el tiempo que siga brindando el servicio educativo. El
incumplimiento podrá derivar en sanciones administrativas y denuncias penales
contra la universidad y su equipo promotor.
Los plazos
- En un plazo máximo de 60 días calendario
—contados desde el día siguiente de notificada la resolución—, la universidad
deberá informar a la SUNEDU el plazo en el que cesará sus actividades. Además,
deberá informar respecto al alumnado con matrícula para el semestre en curso,
con reserva de matrícula, retirado o que haya realizado traslado externo. Esta
información deberá incluir el número de créditos aprobados por cada alumna o
alumno, el mecanismo que ha elegido para continuar sus estudios y cualquier
otra información relevante.
- Los convenios de traslado y reubicación de
estudiantes con otras universidades deberán informarse a la SUNEDU en un plazo
máximo de 15 días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción de los mismos.