¡Los niños no se tocan! Existen personas que valiéndose del anonimato de las redes sociales buscan acercarse a nuestros hijos, creándose perfiles falsos o acercándose a ellos a través de los mismos juegos. Personas depravadas que solo buscan saciar sus deseos más enfermizos sin importarles que con ello estarían destrozándole le vida a un inocente.
Se ha publicado la Ley N.° 32169, la misma que penaliza el acoso sexual contra menores de 14 años. Como se recuerda, la norma fue aprobada en el Pleno del Congreso el 31 de octubre pasado.
Para la firma de la autógrafa, realizada en el despacho de la Presidencia del Congreso, estuvo presente Diana Gonzales Delgado, de Avanza País, autora de la iniciativa legislativa. En ese momento, mencionó que, para crear el delito de acoso sexual a menores de 14 años, se tuvo que incorporar el artículo 176-D al Código Penal peruano.
“Esta iniciativa surgió durante las reuniones sostenidas en semana de representación entre el Grupo Multipartidario Arequipa y el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, quien advirtió que la actual tipificación del delito de acoso sexual, como requiere de la negativa de consentimiento por parte de la víctima, no incluye los casos donde la víctima es menor de 14 años”, explicó.
De acuerdo al documento publicado en el diario oficial El Peruano, la persona que “de cualquier forma vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía” con una niña o niño, podría recibir una condena de entre seis y nueve años de prisión. Además, podría ser inhabilitado conforme a los numerales 5,9, 10 y 11 del artículo 36 del Código Penal.
“Igual pena se aplica a quien realiza la misma conducta, valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación o cualquier otro medio tecnológico”, indica el texto.
La Ley, oficializada este jueves, lleva las rúbricas de la presidenta Dina Boluarte y del titular de la PCM, Gustavo Adrianzén.