Política

SBS ya debe publicar reglamento para que los afiliados empiecen a solicitar sus S/17,600 de AFP

El plazo para que la SBS publique el reglamento se vence el sábado 22 de mayo, y una vez que los más de cinco millones de aportantes presenten sus solicitudes, podrán retirar sus dineros en un plazo de 30 días.

Published

on

A partir del día que señale la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), a través del procedimiento operativo que publicará en las próximas horas, 5 millones 523 mil afiliados al Sistema privado de Pensiones de las AFP, podrán solicitar hasta S/17,600 soles equivalentes a 4 (UIT) de sus cuentas individuales.

La Ley N°31192 señala, “Los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la presente norma”.

Eso significa que la superintendencia solo fijará una fecha (el plazo para publicar el reglamento se vence el sábado 22 de mayo), para que los más de cinco millones de aportantes activos e inactivos presenten sus solicitudes ante sus respectivas AFP, como primer paso, y el siguiente será la evaluación respectiva y entonces, podrán retirar sus dineros en un plazo de 30 días.

En caso que este fin de semana se publique el procedimiento operativo, el primer desembolso de una UIT (S/4,400) sería desde la tercera semana de junio; en tanto, el segundo desembolso de otra unidad impositiva (S/4,400) se abonaría la tercera semana de julio, y finalmente el tercer desembolso, donde se abonarían las dos UIT faltantes equivalentes a S/8,800, culminaría en agosto.

Cabe recordar, que si algún afiliado luego de haberlo solicitado, desiste de retirar sus fondos, simplemente tendrá que solicitarlo a su AFP, 10 días antes de su próximo desembolso.

Las AFP depositarán el dinero directamente a la cuenta de ahorros del afiliado, sin ningún tipo de descuento o restricción, por tener carácter de intangibilidad, por lo que no podrá ser dispuesto por terceros:

“El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositadas”, se lee en el artículo tres de la norma.

Por su parte, el Banco Central de Reserva (BCRP) señaló que la devolución está garantizada, porque, si las AFP necesitan liquidez, el BCR lo otorgará, tal como lo anunció el gerente de Estudios Económicos del BCR, Adrián Armas.

Comentarios

Trending

Exit mobile version