Política

Salhuana defiende ‘salvoconducto’ que otorgó Dina Boluarte a Nadine Heredia

Pese a que el artículo 3° de la Convención de Caracas prohíbe dar asilo a sentenciados, el titular del Congreso y miembro de la bancada APP aliada a Dina Boluarte, aseguró que, si se negaba el salvoconducto a Nadine Heredia, se habría generado una crisis diplomática con Brasil.

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Rápidamente el presidente del Congreso de la República, Eduardo Salhuana Cavides, salió a defender la nueva acción del Gobierno de Dina Boluarte, y se refirió al asilo diplomático que el Gobierno de Lula da Silva en Brasil le otorgó a la fugitiva Nadine Heredia, y defendió el salvoconducto que la presidenta Dina Boluarte, a través de Cancillería le otorgó a la exprimera dama prófuga, pese a que el tercer precepto de la Convención de Caracas prohíbe que se otorgue asilo a sentenciados, tomando en cuenta que la esposa de Ollanta Humala, junto a él fueron sentenciados a 15 años de prisión por el delito de lavado de activos.

¿Salhuana se volvió internacionalista?

Sobre este caso de carácter consular, el presidente del Congreso Eduardo Salhuana, declaró ante los medios e indicó que, según los artículos 5° y 12° de la ‘Convención sobre Asilo Diplomático de Caracas’, Perú está obligado a permitir la salida del país a Nadine Heredia; por lo tanto, el Ejecutivo habría actuado de acuerdo a lo que establece el derecho internacional.

«En este caso, Brasil ha considerado que otorgue el asilo a la señora Heredia, ha solicitado el salvoconducto y los artículos 5 y 12 de la Convención obligan al Perú a otorgar el salvoconducto, así que, a mi concepto, y conforme a la norma citada, el Gobierno habría procedido conforme al derecho internacional», indicó Salhuana Cavides.

Artículo 3° del Tratado, prohíbe dar asilo a sentenciados

A pesar que el artículo 3° de la ‘Convención sobre Asilo Diplomático’, adoptado en Caracas en 1954, donde se prohíbe concederle asilo a las personas que hayan sido procesadas judicialmente y sentenciadas, Eduardo Salhuana Cavides no tomó en cuenta dicha restricción del derecho internacional, e insistió en que una negativa del Perú, en caso de que no se hubiera otorgado un salvoconducto a Heredia Alarcón, habría generado una crisis diplomática con Brasil.

‘Convención sobre Asilo Diplomático’, adoptado en Caracas en 1954.

«Cuando solicité la consulta, me explicaron si el Perú se negase a hacerlo, generaría un problema diplomático con Brasil, y Brasil es el principal socio comercial del Perú en Latinoamérica y el cuarto a nivel internacional, entonces ya tendría repercusiones de otra naturaleza», culminó Salhuana Cavides.

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