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Respuesta a Carta Notarial de directora Flor Betzabé Cama, del Colegio PNP Santa Rosa

Tras la publicación de cuatro informes periodísticos concernientes a denuncias de la gestión de la directora de la Institución Educativa PNP, Santa Rosa de Lima 2001 (IE PNP “SRL” 2001), posteriormente nos enviaron una carta notarial que pide rectificación inmediata. En tanto, en Lima Gris cumplimos con brindar nuestra respuesta.

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El día miércoles 15 de abril nos llegó a la redacción una carta notarial, remitida por la directora de la Institución Educativa PNP, Santa Rosa de Lima 2001 (IE PNP “SRL” 2001) SOT1 PNP Flor Betzabé Cama Trebejo y solicitan retractación inmediata, con respecto a algunas líneas escritas en los informes periodísticos: “Escándalo en colegio PNP: directora condiciona matrícula al pago y calumnia a estudiante para negarle la vacante”, publicado el 17 de marzo de este año; “Alarmante! Aulas con grietas y sin expediente técnico: padres denuncian gestión irregular en colegio PNP Santa Rosa”, publicado el 21 de marzo del mismo año; Nuevo escándalo: acusan a directora de manipular proceso de contratación de docentes en colegio PNP Santa Rosa de Lima”, publicada el 26 de marzo; “Nombramiento de sub oficial PNP en colegio Santa Rosa de Lima violaría convenio con Ministerio de Educación”, publicada el 27 de marzo; y “Congresista Guido Bellido exige explicaciones al MINEDU por designación irregular de directora en colegio PNP”, publicado el 28 de marzo del 2025, a través de nuestro portal web.

En ese sentido, con respecto al primer párrafo cuestionado en la carta notarial: la señora Cama Trebejo afirma que es víctima de una “campaña de demolición” en su contra iniciada por nuestro medio digital Lima Gris y añade que atentan contra su prestigio como persona y miembro de la Policía Nacional del Perú (PNP). Con respecto a su primer cuestionamiento, la directora afirma que ambos padres de familia que la denunciaron por trabar la matricula a su menor hijo, faltaron a la verdad, y añade que los progenitores citados tenían conocimiento que ella, en su calidad de directora no tenía, ni tiene la potestad de entregar vacantes.

Asimismo, afirma que, tras haber sostenido una reunión con el padre de familia, Miguel Mejía, el pasado 14 de marzo, junto al Jefe del Departamento de Gestión Educativa de la PNP, luego éste dispuso que se agilice la referida vacante del menor, y que tras la emisión de un informe, se otorgó la misma, el 17 de marzo del año en curso. Sin embargo, la señora Cama Trebejo indica que dicha noticia no fue bien recibida por el padre del menor y que de modo amenazante respondió que “si hasta el mediodía, no se regularizaba la vacante de su menor hijo, la denunciaría”.

Con respecto al párrafo al cual hace alusión la señora directora Cama Trebejo, en el cual se lee: “¿Pago o extorsión? padres cancelaron 460 al colegio. A pesar de aportar el dinero el menor sigue sin ser matriculado”. Como se puede verificar, de acuerdo a la literalidad de dichas líneas, no se afirma que haya sido extorsión; debido a que dicho vocablo se encuentra con signo de interrogación y no constituye una aseveración; por tanto, no se afecta la integridad y la imagen personal de la señora directora.

Seguidamente, respecto del mensaje de WhatsApp que en varias oportunidades el director del portal Lima Gris envió a la señora directora, se debe indicar que dicha comunicación obedecía al rigor periodístico y al objetivo de poner obtener el descargo respectivo de su persona. Es decir, la señora pudo manifestar su réplica; sin embargo, en la misiva notarial, ella manifiesta que requería la autorización de su Comando Policial para poder realizar dicho descargo. En todo caso, en ninguna circunstancia existe como objetivo afectar el bien jurídico protegido que consiste en su honra personal.  

Respecto, a la segunda publicación del 21 de marzo del 2025, “¡Alarmante! aulas con grietas y sin expediente técnico, padres denuncian gestión irregular en el Colegio PNP santa Rosa”, la señora directora Cama Trebejo, según indica en la carta notarial que cursó, que dicha construcción sí cuenta con planos de cimentación, plano eléctrico, informe técnico e Informe de Defensa Civil emitido por la Municipalidad de San Martín de Porres. Asimismo, señala que existe un Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Empresariales quien toma la decisión conjuntamente, y añade que dicha construcción no fue una decisión unilateral de su persona.

Respecto, a la tercera publicación del 26 de marzo titulada: “Nuevo escándalo, acusan a directora de manipular proceso de contratación de docentes en colegio PNP Santa Rosa de Lima”. se debe indicar que Lima Gris recogió las denuncias de cuatro docentes, concerniente a los resultados del “proceso de evaluación”. Incluso, se señala que el 13 de febrero, ellos enviaron una carta manuscrita al coronel Erick Augusto Quiroz Dávila, jefe del Departamento de Gestión de Servicios Educativos de la PNP, en la cual denunciaron presuntas irregularidades en el proceso, señalando que se habría favorecido a ciertos docentes de manera arbitraria. Asimismo, se publicó la carta de reclamo por presunto favorecimiento para algunos docentes que la profesora Mirtha Diaz le cursó a la directora. Incluso, también se publicó la carta de respuesta de la directora Cama Trebejo, a la misiva de la profesora reclamante. Además, en la nota se indica que según la norma vigente “que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y renovación de profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva en el marco de la ley 30328”, es competencia de cada UGEL “determinar los puestos y/o cargos que conforman el comité” de contratación. La norma en mención precisa en su artículo 3° que el ámbito de su aplicación incluso alcanza a “Instituciones Educativas Públicas gestionadas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior de Educación Básica y Técnico-Productiva”. Por tanto, si la directora considera que Lima Gris no realizó un acto de investigación, más allá de las versiones de los cuatro docentes denunciantes, tal como indica en la carta notarial cursada, incurre en un error. Asimismo, el portal rechaza las aseveraciones que la señora directora esgrime en la misiva notarial, cuando afirma que las noticias no son verdaderas y cuyo móvil de las mismas seria con intencionalidad y con la finalidad de perjudicar su gestión.

Asimismo, resulta inverosímil la afirmación de la señora directora, cuando señala que Lima Gris estaría obedeciendo a intereses particulares de personas que solo muestran odio hacia su persona; considerando que dicha presunción resulta irrelevante para un medio de comunicación, como es Lima Gris y cuyo verdadero propósito es publicar noticias que denuncian presuntos actos irregulares de funcionarios y servidores del Estado. Además, se debe dejar en claro, que no existe ninguna campaña de demolición hacia su persona y mucho menos actos de discriminación, por su condición de ser suboficial de la PNP. Lima Gris sencillamente en la nota que propaló difundió el documento titulado Convenio Marco N° 002-2019-MINEDU entre el Ministerio de Educación y la Policía Nacional del Perú, que claramente establece que la designación de directores en colegios administrados por la PNP debe recaer exclusivamente en un oficial PNP; a pesar que la señora directora en la carta notarial que cursó, afirme que dicho convenio es desfasado.

Finalmente, Lima Gris se limita a ejercer la libertad de expresión, dentro de los parámetros del inciso 4 del artículo 2° de la Constitución de Perú; sin ningún Animus Difamandi y, muy por el contrario—como se debe ejercer el periodismo—con un Animus Criticandi.

Es decir, de ninguna manera se pretende dañar la imagen de la señora directora Flor Betzabé Cama Trebejo; no obstante, Lima Gris es crítico, precisamente porque le asiste el derecho de critica (ius criticandi) y aunque las expresiones vertidas en las notas periodísticas cuestionadas por la funcionaria pública, puedan parecer negativas o deshonrosas, su persona debe entender que el cuestionamiento obedece al mero rigor periodístico y su objeto o fin no obedece a un afán de ofenderla; sino con ánimo de mera critica.

En tal sentido, cumplimos con responder a la Carta Notarial enviada a nuestra redacción por la señora directora Flor Betzabé Cama Trebejo.

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