Política

Reforma y modernización del sistema jurídico penal y penitenciario

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Desde la existencia del hombre hasta la actualidad, vivimos en procesos de cambio constantes, a razón de las nuevas relaciones individuo-sociedad-estado. Estas relaciones políticas, económicas y sociales obligan al cambio de los sistemas y las políticas públicas de las organizaciones y estados.

En la actualidad, vivimos en una sociedad digital basada en la información y el conocimiento, donde los procesos políticos, económicos y sociales experimentan cambios veloces. Es importante entender que los individuos y la sociedad viven en constante adaptación a los cambios que se generan por la propia actividad que desarrollamos. Por ello, en un estado social democrático de derecho, los individuos debemos respetar las normas morales y jurídicas que impone la sociedad, a fin de no atentar contra el orden social y cometer actos criminales.

La política criminal, el sistema jurídico penal y penitenciario peruano tienen por objeto y funciones dictar reglas mínimas de convivencia social para la protección de los bienes jurídicos y cumplir con la función preventiva, retributiva, protectora y resocializadora de la pena.

Sin embargo, se denota que existe una intervención desmesurada y arbitraria del Estado y que en la práctica se están implementando políticas de Estado que no están acordes a los cambios sociales y tecnológicos del tiempo. Por tanto, van en sentido contrario a los fines y objetivos para los que fueron creadas y que son objeto de estudio de las ciencias penales, respecto al estado social democrático de derecho.

Uno de los principales problemas que contienen las políticas y planes que se están implementando es que están formuladas en base a realidades y conceptos del milenio pasado. Estas necesitan ser adecuadas a la realidad y necesidad de la sociedad digital y el poder del conocimiento. Las sociedades cambian; hoy en día, los procesos son muy cortos; las políticas, los planes, las leyes y la forma de sanción tienen que adecuarse y estar acorde con la nueva civilización, la sociedad del conocimiento. No podemos seguir pensando en la implementación de políticas diseñadas sin base fáctica en la realidad social actual y planes basados en sanciones aplicadas en el milenio pasado, que hoy resultan ser atentatorias contra la sociedad y el Estado.

Una política criminal sin inversión en la prevención del crimen, sin implementación de políticas sociales que prevengan la delincuencia juvenil y sin atención ni protección del Estado a los niños y adolescentes, nos condena y obliga a seguir con una política de sanción penal basada en la prisión, «La privativa de libertad», que como consecuencia nos lleva a mantener sistemas y entidades que resultan dañinas y atentatorias para la economía y la moral de la sociedad y el Estado.

Estas entidades carentes de recursos, modernidad y tecnología del tiempo, solo contribuyen al incremento de la criminalidad, la delincuencia y la inseguridad. No se debe ni se puede seguir manteniendo un sistema obsoleto e implementando políticas de gobierno basadas en la prisión como sanción penal para quienes rompen el equilibrio social. Esto no solo atenta contra los derechos humanos y resulta primitivo, sino fundamentalmente porque resulta muy oneroso para la sociedad y dañino para el estado social democrático de derecho. Además, no cumple con el objetivo de que la persona resarza el daño a la sociedad y se reinserte en ella.

La política criminal, el sistema jurídico penal y penitenciario han fracasado, se requiere su modernización y reforma urgente, cambiándolo por uno que permita sancionar a quienes atentan contra la moral y la ley; pero que además pueda asegurar que quien comete delitos resarza el daño a la sociedad y se reinserte en ella. Uno que utilice la tecnología moderna, el monitoreo inteligente, la vigilancia electrónica, que permita que el sentenciado produzca y trabaje para pagar el daño causado y su atención y/o rehabilitación.

La prioridad debe ser la formulación e implementación de políticas sociales de prevención del crimen, asegurando que el adolescente estudie y/o trabaje para que sirva al país y no esté ocioso y en el vicio.

En la actualidad, se pretende sostener un sistema obsoleto, mediocre y corrupto con populismo puro: «pena de muerte, cadena perpetua, construcción de más penales, etc.». Además, para ello, se han inventado mecanismos como la prisión preventiva y la colaboración eficaz que incrementan el gasto público, la injusticia y la impunidad.

Criminalizar todo y hacer cada día más engorroso y tedioso el sistema solo conlleva a llenar de procesos las Fiscalías y juzgados; y además, a hacinarse las cárceles con presos por organización criminal y prisión preventiva.

Si no se cambia, moderniza y reforma el sistema, seguiremos pensando en darle armas al sereno, contar con más policías, cárceles, trabajadores del INPE, jueces fiscales, etc., entonces contaremos con más crimen organizado, más inseguridad en las calles, más corrupción e injusticias, más pago de impuestos, más afectación a la economía del Estado y la sociedad, y menos atención para nuestros niños y adolescentes, menos salud, educación y cultura, como consecuencia de una sociedad sin equilibrio, moral y justicia.

Prisión preventiva

En la práctica, la prisión preventiva no es una regla excepcional y subsidiaria de última ratio, se ha convertido en un problema principal en el ordenamiento penal, que exige su inmediata sustitución por nuevas formas de protección del proceso, limitándose su aplicación a los delitos en flagrancia y a la reincidencia de personas altamente peligrosas. Esta medida de coerción personal solo debe utilizarse para neutralizar el peligro procesal y debe estar debidamente sustentada con pruebas objetivas.

En la actualidad, la prisión preventiva es uno de los principales factores de hacinamiento penitenciario y de incremento de la inseguridad, además de suponer un gasto al Estado y afectar la salud mental y económica de la sociedad.

Se requiere que el Congreso apruebe con urgencia las modificaciones al Código Penal y el nuevo código de ejecución penal, a fin de implementar el carácter excepcional de la prisión preventiva, así como regular el delito de organización criminal, para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al hacinamiento penitenciario y corrigiendo la injusticia de la prisión preventiva por la causa de mantener privados de libertad durante el proceso y una decisión final que absuelve al imputado de los supuestos delitos atribuidos, convirtiéndose en una medida que luego de haber afectado sus libertades y derechos, no puede repararse.

La prisión preventiva no puede seguir usándose como una pena anticipada, donde para los jueces y fiscales que la aplican no hay una responsabilidad efectiva contra ellos por autorizar esta medida, que al final, aunque sea débil, están obligados a sostenerla.

Colaboración eficaz

Es de suma importancia la aprobación de la nueva ley de colaboración eficaz, a fin de evitar que este proceso siga siendo un instrumento de impunidad, que nunca termine y que quienes cometan el delito para librarse soplen la pluma, se corroboren entre ellos y organicen cuadernos reservados donde algunos fiscales pacten con el delincuente para librarlo de sus delitos, evitando así que informen todo y demoren años para corroborar sus informaciones, muchas veces inventadas para salvarse.

En el acuerdo de colaboración eficaz del caso Odebrecht, han pasado años y los colaboradores siguen diciendo aspirantes o colaboradores que no han corroborado sus informaciones y el Estado ha sido perjudicado.

El aspirante a colaborador debiera estar obligado a proporcionar toda la información relevante que posea de manera inmediata, así como todos los medios para su corroboración.

Además, el aspirante que dé información falsa y los fiscales que lo permitan deberían ser procesados y sentenciados civil y penalmente.

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