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Proponen hasta el año 2020, la entrada en vigencia del Código Procesal Penal de 2004 en la ciudad de Lima

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Este hecho facilitado por el Decreto Supremo 15- 2017 JUS no es sólo una nueva vergüenza provocada por el actual gobierno y un escándalo de dimensiones imposibles de soportar si tuviésemos una vida ciudadana ideal sino que es, prácticamente, una absoluta garantía de impunidad para los grandes tiburones del delito que pueblan la Ciudad de los Reyes —reyes del delito, la impunidad, la corrupción, el compadrazgo, etc. —  en todas sus esferas sociales y económicas; es, además, un impedimento manifiesto para la reestructuración de las instituciones encargadas de administrar o procurar justicia en la capital de la República ya que esta distensión temporal implica que no se convocará  a un  concurso público para realizar la debida asignación de las numerosas plazas laborales que permitirían que profesionales instruidos estén a cargo de implementar el orden correspondiente a la eficacia de la norma indebidamente relegada por el Decreto Supremo en cuestión en lugar de los ineficientes y absortos androides burocratizados que pueblan las dependencias de la magistratura limeña.

El gobierno no se harta de demostrar su absoluta insignificancia en todo lo que signifique una reforma del terrible estado de cosas que afronta el país pero al promulgar este despropósito de norma ha hecho que su mantenimiento sea verdaderamente insoportable. Así, la Ministra de Justicia se ha sumado a la larga lista de funcionarios  que deben ser execrados del actual escenario político.

No existe otra opción legítima para cualquier ciudadano capaz y valiente excepto exigir la derogación del Decreto Supremo 15- 2017 JUS, bajo riesgo de caer presos y ser objetos de una injusticia vilmente consentida por los estamentos gubernamentales que deberían proporcionar bienestar a la población y no mayores problemas como son los que acabamos de comentar o de ser tachados sempiternamente con el sobrenombre de cobardes.

Por ello, debemos procurar que se derogue de inmediato este malhadado Decreto Supremo que niega todas las posibilidades democráticas ofrecidas por el Código Procesal Penal en cuestión  y niega que se haga efectivo un enfoque jurídico moderno y benéfico sobre el obsoleto y vejatorio sistema inquisidor, enfoque aquel que para mayores males es solo un reflejo del orden penal constitucional que según prescribe la norma que criticamos deberá ser dejado de lado hasta el 2020.

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