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Propietarios de hostales podrían recibir cadena perpetua si se comprueba complicidad en violación sexual a menores de edad

Permitir el acceso a menores de edad a hospedajes ya configuraría como la participación en la comisión de un delito.

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Hospedajes en la capital abundan como si se trataran de casas de apuestas o chifas, y muchas veces los propietarios o encargados del negocio se hacen de ‘la vista gorda’ a dejar ingresar a menores de edad ya sea para ejercicio de la prostitución o el solo hecho de ingresar con un adulto para sostener relaciones sexuales. De acuerdo con el juez Edhin Campos Barranzuela aquellos propietarios de hoteles u hostales que sean partícipes de manera activa u omitiendo los requisitos necesarios para el ingreso de la menor, son considerados como cómplices del delito, pudiendo tener como castigo la cadena perpetua.

“Al permitir el acceso de personas adultas con menores a hostales, habría de parte de los dueños de estos establecimientos complicidad o conspiración para la comisión de un delito o varios como violación, secuestro extorsivo, trata, explotación sexual”, dijo.

El magistrado sostuvo que, en la comisión de estos graves delitos, el Código Penal establece la misma pena para el autor como al cómplice.

“De comprobarse la complicidad podría dictarse la cadena perpetua dependiendo el caso y las penas son severas también para propietarios que permiten acceso a menores a establecimientos como hostales”, indicó.

Ello porque delitos como el de violación de menores de 14 años, explicó Campos Barranzuela, son penados con hasta cadena perpetua “porque ellos como los discapacitados no ofrecen consentimiento ya que aún no pueden expresar su libre personalidad o voluntad libre”.

Asimismo, expresó el magistrado que en este tipo de hechos ilícitos podrían concurrir otros delitos como el secuestro, explotación sexual, por lo que las penas pueden incrementarse al existir concurso real de delitos.

“Una conducta agravada es la de organización criminal, con tres o más personas que se distribuyen funciones y roles”, indicó.

De ese modo, consideró el juez que los hostales u hoteles al permitir el ingreso a los cuartos de los usuarios deben previamente identificar a estos solicitando el documento de identidad y así, tienen la obligación de verificar si los ingresantes al hostal son, efectivamente, mayores de edad.

Refirió, en ese sentido, que estos hostales pueden ser pasibles de una sanción administrativa con el cierre de los mismos porque “se está resquebrajando las normas municipales que prohíben este tipo de irregularidades”.

Hostales de la muerte. Cada cierto tiempo se registra un asesinato dentro de esos hospedajes pasajeros. Las víctimas suelen ser extranjeros indocumentados o menores de edad. Foto: GEC.

De esta manera, Campos Barranzuela señaló que los propietarios de hostales y hoteles pueden ser investigados penalmente por estar facilitando la comisión de un delito y la Fiscalía verificar las responsabilidades en el ilícito y exigir sanciones.

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