Promulgan Decreto Legislativo que permite dar de baja a celulares utilizados en delitos
Con la aprobación de esta norma emitida por el Ejecutivo, la Policía Nacional, Ministerio Público, Poder Judicial y el INPE podrán requerir a Osiptel dar de baja a celulares utilizados en delitos como extorsión, secuestros y fraude informático.
Tras las facultades que le confirió el Congreso de la República, al Poder Ejecutivo, este último ha promulgado el Decreto Legislativo 1596° que permitirá dar de baja a celulares que sean utilizados en extorsión, secuestros y fraude informático. La finalidad de esta norma, es combatir el empleo de equipos celulares utilizados para promover, facilitar o consumar delitos.
En ese sentido, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) podrá requerir de oficio, o a solicitud del Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, el Poder Judicial, el Ministerio Público y el INPE, la baja del servicio público móvil a las empresas operadoras, cuando se advierta que han sido utilizados por delincuentes para llamadas extorsivas, o delitos en los que se utilicen equipos móviles.
La baja del servicio, incluye la suspensión temporal de las líneas, la remisión de mensajes de advertencia, el bloqueo del IMEI de equipos alterados, duplicados, clonados, inválidos que no aparezcan en la “Lista blanca” del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg), modificado también por este decreto, para mejorar su operatividad y dar un mejor servicio.
Decreto Legislativo N.º 1596, permitirá dar de baja a celulares usados en extorsión y secuestros.
Además, se incorpora responsabilidad durante el proceso de contratación de las empresas operadoras, en torno a la identificación y el registro de los abonados que contratan sus servicios. Se incluye el registro del personal de dichas empresas que intervienen en la contratación de estos servicios. Estas empresas quedan obligadas a verificar plenamente la identidad de los ciudadanos extranjeros que contraten el servicio, para lo cual deberán considerar el documento de identidad registrado por la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Las empresas telefónicas procederán a la baja del servicio, si se comprueba la vulneración de las prohibiciones de comercializar, o contratar celulares de forma ambulatoria, en la vía pública o sin contar con la verificación biométrica.
Habrá cárcel por posesión ilegítima de celulares
El Decreto Legislativo modifica el artículo 222-D del Código Penal para incorporar el delito de posesión ilegítima de dispositivos para adulterar, reemplazar, duplicar o modificar IMEI. Establece una pena de cárcel no menor de cuatro, ni mayor de seis años, e inhabilitación.
Seguin datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en el Perú se roban 4500 celulares diarios, lo que equivale a aproximadamente 4 equipos por minuto.