Política

Presentan PL para la creación del delito de ‘Terrorismo urbano’ y tendría una pena máxima de 30 años

Iniciativa es del congresista Idelso García, de la bancada de APP.

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Los criminales en nuestro país cada vez son más avezados, viéndoseles constantemente a través de videos o fotografías portando armas de largo alcance, fusiles, y hasta granadas de guerra, tal como lo usan los grupos subversivos. Ante ello la ciudadanía se encuentra completamente indefensa, pues no se puede poner cara a cara con un sanguinario asesino que no lo piensa dos veces en apretar el gatillo, así sea para robar un celular.

A propósito de ello, el legislador de la bancada de Alianza para el Progreso (APP), Idelso García, presentó ayer un proyecto de ley que propone establecer como delito el ‘Terrorismo urbano’ y propuso que sea sancionado con una pena máxima de 30 años de prisión efectiva.

Según la propuesta del parlamentario, el proyecto modifica el Decreto Ley 25475, que establece una sanción severa por el delito de terrorismo, a fin de sancionar con 30 años de prisión efectiva si el atentado provoca la muerte de una o más personas, o si los daños causados a los bienes públicos o privados impiden la normal realización de sus actividades.

De otro lado, la ley sancionaría hasta con 25 años el delito si es que se comete un daño material contra la propiedad pública y privada o si esta obliga a menores de edad a participar de actos delincuenciales y/o terroristas, o si se llega a producir lesiones graves a terceras personas.

Asimismo, se sanciona con pena privativa de libertad no menor de 20 años a quien llegase a facilitar armas o herramientas para los actos terroristas, así como a brindar la información necesaria para el mismo hecho, como el reglaje de posibles víctimas o difunda información personal de esta.

En tanto, los sujetos que cometan acciones delictivas señaladas en el artículo 3 de la mencionada ley, no podrán volver a ser juzgados bajo la figura de cualquier otro delito tipificado en el Decreto Legislativo 635, Decreto que establece el Código Penal.

“El Perú se encuentra en el puesto 32 (de 193 países) de tasa de criminalidad, señalando que actualmente en el país, el tráfico de drogas, trata de personas y falsificación ya no constituyen el mayor problema, sino que además los delitos de extorsión y cobros ilegales por protección ganan cada vez más terreno”, señala el escrito.

Congresista Idelso García, autor del proyecto. Foto: Congreso.

¿De qué trata el ‘Terrorismo urbano’?

El parlamentario García considera como terrorismo urbano si la motivación de quienes mantienen en estado de zozobra a la población son actos contra la vida, la libertad y la seguridad, contra el patrimonio, edificios públicos, entre otros. Además de ser ideológica o impulsada por el deseo de obtener una compensación económica mediante las amenazas, coacción o haciendo uso de esos recursos.

“Se hace necesario que las acciones de este tipo de delito sean catalogadas como terrorismo urbano. Más que generar daños contra el patrimonio, generan principalmente estado de zozobra y alarma no solo en las personas víctimas de extorsión, sino en la población en general”, aclara el escrito.

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