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Premier Bermúdez y ministro de Economía son denunciados por omisión de funciones

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Premio Violeta Bermúdez y ministro de Economía, Waldo Mendoza.

El parlamentario de Podemos Perú Aron Espinoza denunció constitucionalmente a la premier Violeta Bermúdez y al ministro de Economía, Waldo Mendoza por omitir sus funciones y no publicar luego de 45 días, el procedimiento operativo y el cronograma de pagos para la devolución de aportes a la ONP.

“Yo he presentado una denuncia como vocero de la bancada de Podemos Perú, en la Comisión de Acusaciones Constitucionales, en virtud de que han pasado ya 45 días y hasta ahora no se saca el reglamento donde se diga cómo va a ser el retiro de hasta 1 UIT de la ONP y que mayores de 65 años puedan retirar el 100% de lo mismo”, refirió el congresista. “Esta denuncia se está haciendo por dos motivos. Uno por violar la Constitución porque la ley (de retiro de aportes ONP) entra en vigencia al día siguiente de su publicación, y estos señores han violado este reglamento. Segundo, han sido acusados también por omisión de funciones”.

Asimismo, el congresista Enrique Fernández Chacón se unió a la denuncia realizada por su colega Aron Espinoza y ambos han exigido citar a los dos ministros, en cuanto se inicie la próxima legislatura en febrero, para que respondan las razones del desacatamiento de la Ley Nº 31083. En tanto, Espinoza como vocero de su bancada va a enviar un oficio a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, para que la denuncia se acelere.

“El problema es el tiempo, porque primero tiene que verlo la Subcomisión, luego la enviarán a la Comisión Permanente para que otra vez la devuelva a dicho grupo de trabajo. De ahí, se define la fecha para citarlos y den sus descargos. Por eso enviaré un oficio para que esta denuncia sea calificada a la brevedad posible y sea tratada con carácter de urgencia. Es importante que la Subcomisión se avoque a este caso”, declaró el congresista a una radio local.

Las acusaciones contra Violeta Bermúdez y Waldo Mendoza son graves, por ser delitos contra la administración pública y están sustentados en los artículos 368º del Código Penal: “Resistencia o desobediencia a la autoridad” y el artículo 377º del mismo instrumento legal: “Omisión, rehusamiento, o demora de actos funcionales”.

Sobre ese aspecto, Fernández Chacón manifestó que es una facultad de las bancadas interponer esta acusación, porque está fundamentada en el incumplimiento de una ley promulgada que beneficiaría a más de 4.7 millones de aportantes y exaportantes: “No importa de dónde venga, lo esencial es que se exhorte el pago de la UIT. El tema de fondo es que se acate una ley que ha sido aprobada por insistencia. Se tiene que hacer seguimiento y ambos deben ser citados en febrero”, concluyó.

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