El Ministerio de Salud (Minsa) ha aprobado el listado de medicamentos esenciales genéricos de venta obligatoria en boticas y farmacias a nivel nacional. Esta medida, vigente hasta el 31 de julio del presente año, busca garantizar el acceso a estos productos a una mayor parte de la población.
Esta medida, vigente hasta el 31 de julio del presente año, busca garantizar el acceso a estos productos a una mayor parte de la población.
“Se resuelve: Aprobar el Listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 005-2024, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población, que como Anexo forma parte integrante de la Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud”, señala el documento.
Entre ellos se encuentran el ácido fólico, el ácido tranexámico, la trestina, el alprazolam, la amoxicilina, la atropina y la azitromicina.
«Las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud del sector privado están obligadas a ofertar los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional contenidos en el Listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Dicha obligatoriedad se circunscribe a aquellos medicamentos que formen parte de la oferta de medicamentos de marca, no implicando la obligación de ampliar dicha oferta», continúa.
Esta medida se enmarca en el contexto de la emergencia sanitaria y busca asegurar que los tratamientos esenciales estén al alcance de la población, a precios justos.
El Minsa considera que la disponibilidad de medicamentos genéricos es fundamental para la protección de la salud pública y la reducción de la carga económica que representa la compra de medicamentos para las familias peruanas.