Política

PJ ordena levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria contra ‘Chibolín’

Medida también alcanza contra la ex superintendete de Migraciones, Roxana del Águila.

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No se explica cómo un sujeto ostentaba viajes al extrajero, ropa exclusiva, licores de 10 mil dólares, vehículos de alta gama, y vivir en una casa alquilada. Es por ello que el Poder Judicial (PJ) ha ordenado levantar el secreto bancario y la reserva tributaria del conductor televisivo, Andrés Hurtado ‘Chibolín’. Dicha orden judicial también recae sobre la ex superintendente nacional de Migraciones, Roxana del Águila, en el marco de la investigación preliminar que afrontan en el Ministerio Públco por el presunto delito de tráfico de influencias.

El Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima acogió el pedido que hizo la Fiscalía Anticorrupción para que se ejecute dicha medida como parte de esta investigación preliminar relacionada al trámite que realizó el futbolista Roberto Siucho en el año 2019 para renunciar a su nacionalidad peruana, a fin de que pudiera jugar en China.

La instancia judicial determinó que el levantamiento del secreto bancario permitirá corroborar de manera indiciaria posibles transacciones bancarias en las cuentas de los investigados, que den cuenta de algún donativo, beneficio o promesa para sí o para terceros durante o después de concluido el procedimiento de renuncia de la nacionalidad peruana de Roberto Siucho y, en su caso, corroborar algún incremento en su patrimonio injustificadamente.

La instancia judicial dispuso que la Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFP requiera a las entidades bancarias (públicas y privadas) y otras del mismo rubro informen si estos investigados son titulares de cuentas de ahorros, crédito, corrientes, personal y si registran cuentas mancomunadas con otras personas e informen sobre los movimientos realizados (depósitos, retiros, transferencias, etc.) en el periodo del 1 de diciembre del 2019 hasta el 31 de agosto del 2020.

Asimismo, ordenó que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) remita información documentos y declaraciones de carácter tributario de los investigados correspondiente a dicho periodo.

El juzgado también dispuso que el presente mandato debe ser ejecutado en un plazo de cinco días hábiles de recibida la presente resolución.

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