El pleno del Congreso de la República aprobó definitivamente este jueves (04 febr. 2021) la eliminación de la inmunidad parlamentaria, una prerrogativa que fue analizada durante los últimos años mediante algunos datos históricos acerca de cuántas solicitudes de levantamiento de inmunidad fueron aprobadas por el Congreso a fin de determinar si estas instituciones generan impunidad para los congresales.
En los últimos años fue vista por gran parte de la ciudadanía como un mecanismo de impunidad para diversos legisladores convirtiéndose prácticamente en privilegios personales, que generan riesgos o focos de corrupción dentro del Parlamento peruano. Además de vulnerar Derechos Constitucionales, como la igualdad ante la ley, el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso.
El fin de esta inmunidad obtuvo el respaldo de 103 votos a favor, frente a 14 en contra y una abstención, durante la primera sesión del pleno del Congreso de la República del presente año.
La iniciativa alcanzó la segunda votación, ya que al tratarse de una reforma que modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, requería ser sancionada en dos períodos diferentes de sesiones del Legislativo.
Entre los catorce votos en contra de la eliminación de la inmunidad parlamentaria, se contaron once por parte del partido fujimorista Fuerza Popular, agrupación investigada por el presunto delito de lavado de activos que se habría cometido al recibir aportes ilícitos de Odebrecht en las campañas del 2011 y 2016.
En este escenario crítico y pandémico debemos combatir la economía de la corrupción con una medida que lo contrarreste, sobre todo por su capacidad ética frente al corrupcionismo. Cuando la caída del régimen de Fujimori se descubrió una fortuna de 48 millones de dólares en Suiza. Tenemos que señalar que los otros congresistas que votaron en contra enfrentan investigaciones por presunta corrupción y violaciones de los derechos humanos.
La eliminación de la comisión parlamentaria de levantamiento de la inmunidad es crucial para que no se sigan cometiendo delitos de corrupción. El portavoz del grupo parlamentario de Unión Por el Perú (UPP), José Vega, lamentó que la reforma no implicara a otros funcionarios como el Presidente de la República y a los ministros como se contempló en julio pasado.
La eliminación de la inmunidad parlamentaria fue dada a conocer mediante la Ley Nº 31118, publicada ayer seis (06) de febrero, en el diario oficial El Peruano.
Ley modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú. La nueva redacción del artículo 93 de la Constitución Política quedó de la siguiente forma:
- “Artículo 93.- Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas. El procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia. En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario”.
Tal como señalé en mi artículo “Crisis actual en los partidos políticos peruanos” sobre el Congreso de los 90: “Las luchas (…) resultaban infructuosas, gracias a las características de congresistas que ingresaban, élites con poder adquisitivo pero sin rigor intelectual y profesional”. De esta manera en la historia peruana la calidad legislativa descendió considerablemente. Hoy en día en medio de la pandemia de la covid-19 podemos anunciar que encontramos paz y justicia en la decisión del pleno del Congreso la República.
(*) Escritor, poeta, editor y sociólogo. Presidente del Instituto Peruano de la Juventud (IPJ) y director de Editorial Río Negro.