La diosa de la victoria es peruana, al menos por esta vez. La disputa legal entre un emprendedor peruano y Nike se originó cuando el primero registró un emblema gráfico de dos anzuelos paralelos para distinguir sus prendas. Al percatarse de la semejanza con su famoso logotipo y la falta de uso continuo del distintivo, la empresa estadounidense solicitó su cancelación. El conflicto se resolvió a lo largo de varias instancias legales, específicamente desde el 2016 hasta el 2023, donde se evaluó la autenticidad del uso de la marca por parte del emprendedor.
El proceso legal se desarrolló en varias instancias. La primera institución en intervenir fue Indecopi, que evaluó si el empresario peruano había utilizado su distintivo de manera adecuada.
En este punto, se determinó que el símbolo se había aplicado en el estampado de medias, pero no en calzado ni sombreros. La compañía estadounidense argumentó que el comerciante actuaba de mala fe, afirmando que la variación en la aplicación del distintivo hacía que se asemejara a su logotipo. Sin embargo, la entidad resolvió que el emblema podía usarse en la elaboración de sus medias, limitándose únicamente a este ámbito.
La segunda instancia de Indecopi reafirmó su posición inicial, permitiendo el uso del distintivo en prendas. Insatisfecha, la compañía estadounidense llevó el caso al Poder Judicial (PJ), donde en primera instancia se reconsideró el uso de la marca. Allí se determinó que el peruano solo había utilizado el distintivo en medias, y por ende, solo podría usarlo en este tipo de prenda en el futuro.
El equipo legal de Nike sostuvo que las medias no calificaban como prendas y que el distintivo era confuso en el mercado debido a su similitud con el logotipo de la marca. Sin embargo, en la segunda instancia del PJ, se analizaron las pruebas fotográficas y se determinó que, aunque el emblema en las medias no era legible, las etiquetas y los comprobantes de pago mostraban un distintivo claro y diferente al logotipo de Nike. Finalmente, se concluyó que las medias deportivas sí son prendas de vestir, ya que complementan otras como shorts y camisetas.
El proceso culminó cuando la compañía estadounidense llevó el caso a la Corte Suprema, alegando falta de motivación en la sentencia de la segunda instancia. No obstante, el tribunal ratificó que el fallo había sido adecuadamente fundamentado y declaró infundado el recurso de casación interpuesto por la empresa. Esta decisión confirmó el derecho del comerciante a usar su distintivo en todas las prendas, no solo en medias.