Política

Partido aprista intenta confundir y da entender que el uso de oxígeno de 99% no se dio en 2010

Published

on

El jueves 11 de junio Lima Gris denunció una investigación de mi autoría titulada: El doctor Óscar Ugarte firmó una ley que favoreció a los consorcios extranjeros que tienen el monopolio del oxígeno. En dicho artículo señalé que la gente se estaba muriendo a causa de la escasez del oxígeno, y de cómo las poderosas corporaciones Linde y Air Products han ganado fortunas con la producción del gas medicinal en los últimos diez años. Asimismo, señalé que el exministro de Salud Óscar Ugarte firmó la Resolución Ministerial N° 062-2010/Minsa que aprobaba el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para exigir que en adelante el suministro de oxigeno medicinal que requerirían los pacientes peruanos debía contar con una concentración del 99%, condición que ha favorecido a esas grandes corporaciones internacionales de oxigeno durante diez años, porque ellos impusieron ese estándar del 99%, y que perjudicó al resto de productores peruanos que sin ningún problema y desde años anteriores abastecieron a los hospitales del Perú de oxígeno al 93% de concentración.

Posteriormente, grande fue mi sorpresa cuando el domingo 14 de junio en el programa periodístico Cuarto Poder se emitió un reportaje denominado que prácticamente trascribió literalmente la denuncia que publicamos unos días antes. En aquel reportaje se habló de indicadores médicos, de los grados de concentración de oxigeno del 93% y 99% que están colisionados en estos momentos en una controversia, también se habló de las normas, incluso del nuevo Decreto de Urgencia N° 066-2020 que el gobierno emitió hace unos días para contrarrestar las críticas con respecto a la nociva práctica de parte de los monopolizadores del oxígeno en Perú, y finalmente de la posición de la OMS que autorizaba sin ningún problema el uso del oxígeno medicinal al 93% de concentración .

No obstante, no tiene mayor relevancia quién haya publicado primero dicha denuncia periodística, porque finalmente, la relevancia radica en que la información llegue a toda la opinión pública que necesita saber qué es lo que realmente está sucediendo en el Perú en medio de una coyuntura de emergencia sanitaria. Y si Cuarto Poder rebotó nuestra denuncia, enhorabuena.

Así las cosas; luego de haberse emitido aquel reportaje, inmediatamente alguien se rasgó las vestiduras y en las redes sociales intentó agitar a los apristas. Aquel personaje que salió con todo en su red social, era nada menos que Ricardo Pinedo, el fiel secretario del expresidente Alan García, porque en su encabezado feisbuquero se lee: “La mentira, y el odio, tienen patas cortas”. LA REVISTA DOMINICAL de canal 4 MIENTE [sic]. La resolución Ministerial que firmó Oscar Ugarte FUE DEROGADA el 2012 por el Dr. Tejada MINISTRO HUMALISTA. Pero claro es más facil para la Revista Dominical señalar a Alan García (fallecido) y Ugarte (con COVID) Se disculparán? Cuarto Poder [sic]     pueden explicarme como una Resolución Ministerial derogada el 2012 puede ser la “responsable” de lo que sucede el 2020??? Ni Lucar !!!”.

Entiendo el grado de fidelidad que el señor Pinedo pueda tener con su mentor que hoy ya no está entre nosotros, y entiendo su compromiso con los compañeros y compañeras, en especial con el doctor Ugarte. Y aquí no se trata de defender a Cuarto poder; aquí se trata de dejar las cosas claras, porque el señor Pinedo ha reclamado ofuscado en su protesta virtual que la mentira y el odio tienen patas cortas, y alega que la Revista Dominical de canal 4 miente, (hasta donde sé la Revista Dominical era un programa antiquísimo que conducía Nicolás Lucar, pero en fin… obviamente está hablando del programa Cuarto Poder).

Lo cierto, es que el señor Ricardo Pinedo mejor debería tomarse una infusión con valeriana para calmarse, porque nadie está mintiendo. Porque la ley para modificar la utilización del oxígeno medicinal a una concentración del 99% en todos los hospitales del Minsa, EsSalud y los gobiernos regionales de todo el Perú, fue firmada por Óscar Ugarte. Así son las cosas, porque anteriormente, es decir, hasta el 2009 los hospitales de todo el Perú utilizaban sin ningún problema oxigeno de 93% de concentración. Pero todo eso cambió desde la gestión ministerial de aquel médico, que incluso hoy trabaja con el gobierno de Martin Vizcarra.

Y si bien, esa ley fue derogada (062-2010/Minsa) por la ley 599-2012/Minsa que firmó el 17 de julio de 2012 el exministro de Salud del gobierno humalista, Carlos Alberto Tejada Noriega; tampoco hay ninguna diferencia. Es decir, si bien la ley vigente N° 599 sigue ordenando a las áreas de compras de todos los hospitales del Minsa, Essalud, y gobiernos regionales que obtengan oxigeno de 99% de concentración de las trasnacionales Linde y Air products, eso no fue creación ni iniciativa del doctor Tejada Noriega. Escuche señor Pinedo: ese estándar, o mejor dicho la autorización para el uso de ese tipo de concentración de oxigeno empezó en la gestión ministerial del doctor Ugarte.

Ahora, a pesar que la ley emitida en 2012 ratificó el PNUME de la ley N° 062-2010, usted da entender que de todas maneras se incorporó los criterios para el uso de ese mismo nivel de concentración de 99% en 2012, entonces usted está equivocado, porque sencillamente no fue así. En resumidas cuentas, el doctor Tejada con la ley que firmó en 2012, simplemente ratificó la ley que se originó el 26 de enero de 2010, pero usted está intentando confundir a la opinión pública y está difundiendo la idea de que con la gestión del doctor Ugarte los niveles permitidos del uso de oxigeno medicinal eran del 93% y que posteriormente con la gestión ministerial del doctor Alberto Tejada en 2012 eso cambió y se incrementó a 99%. Y eso no se puede permitir porque es FALSO.

Para variar, el Partido Aprista Peruano acaba de emitir un comunicado que titula “La verdad del oxígeno” y honestamente, no entendemos cómo no se han dado cuenta que con ese comunicado se están disparando a los pies, porque como se dice: El pez por la boca muere. Aquel hilarante comunicado desmiente todo lo dicho por Ricardo Pinedo en su red social, porque la propia misiva reconoce en su punto número uno: de que efectivamente la Resolución Ministerial N° 062-2010/Minsa aprobó el Petitorio  Nacional Único de Medicamentos Esenciales y se habla de la adquisición de oxigeno de 99%. Asimismo, en su punto número tres, menciona que mediante la Resolución Ministerial 599-2012/Minsa, se derogó el Petitorio anterior (PNUME) pero que mantuvo el oxígeno de 99%.

En suma, independientemente que luego haya habido estudios que hoy comprueban que el uso del oxígeno medicinal al 93% siempre fue el adecuado para consumo humano, y que no necesariamente se tenga que requerir un oxigeno de 99%, no es ninguna novedad. Y por más que en los últimos dos quinquenios, los gobiernos de turno no se hayan dignado a legislar para que dé el retorno del uso al 93% de oxígeno, no quita que dicha iniciativa fue un despropósito y que hoy a la vista de los terribles fallecimientos de peruanos que no pudieron acceder al uso de oxigeno… no quita que fue originada durante la gestión de Óscar Ugarte en 2010.

Bonus track

Acápite

Resolución Ministerial N° 062-2010/Minsa firmada el 26 de enero de 2010 por el doctor Óscar Ugarte Ubilluz, ministro de Salud de aquel entonces.

De conformidad con lo dispuesto en el inciso I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

En el artículo 1° Aprobar el “PETITORIO NACIONAL UNICO DE MEDICAMENTOS ESENCIALES”, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. 

Resolución Ministerial N° 599-2012/Minsa firmada el 17 de julio de 2012 por el doctor Carlos Alberto Tejada Noriega, ministro de Salud de aquel entonces.

De conformidad con lo previsto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico: «Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud», que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 062-2010/MINSA.

Análisis de ambas normas

El espíritu de la norma N° 062-2010/Minsa es sencillo de explicarlo, porque aquella es similar a la norma N° 599-2012/Minsa, en el sentido de que ambas contemplan e incorporan en sus textos el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales” PNUME, y ambas impusieron barreras burocráticas precisamente contenidas en aquel petitorio nacional y que consistían en la imposición de la condición que para comercializar oxigeno medicinal en el Perú, éste debía tener una concentración del 99 al 100%. Pese a que desde años anteriores se contaba con derechos adquiridos a través de los respectivos registros sanitarios para comercializar oxígeno con una concentración de 93% en Perú; lamentablemente eso cambió y a través del PNUME que incorporó la nueva norma N° 062-2010 promulgada desde el 26 de enero de 2010 por iniciativa del ministerio de Salud y en cuya cartera se encontraba en aquella época como titular: el doctor Óscar Ugarte, se dispuso que el oxígeno medicinal a utilizarse en lo sucesivo debía contar con una concentración de 99%.

Conclusiones:

Si bien, la ley N° 062-2010/Minsa fue derogada por la ley N° 599-2012/Minsa, eso no significa que ambas no tengan el mismo espíritu  en la esencia que se detalla en su PNUME, con respecto a la imposición del 99% de concentración del oxígeno medicinal, que en lo sucesivo y por mandato del Minsa desde el año 2010 se obligaba utilizarse en el país.

Es decir, desde el punto de vista normativo actualmente la ley N° 599-2012/Minsa sencillamente no varió ni incluyó otra especificación y/o estándar con respecto al uso del oxígeno medicinal al 99% de concentración, y más bien, continuó con la exigencia primigenia de la legislación firmada en el año 2010 por el doctor Óscar Ugarte.

Comentarios

Trending

Exit mobile version