Desde hoy se encuentran vigentes las infracciones para los ciclistas que cometan faltas a la hora de desplazarse por la ciudad utilizando esos medios de transporte, así lo comunicó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Los encargados de imponer las multas serán los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP).
Como se recuerda, la imposición de multas efectivas debió comenzar en setiembre del 2021; sin embargo, se postergó hasta marzo de este año para dar paso a un periodo de imposición de papeletas de carácter educativo.
De acuerdo con el MTC, es importante que los ciclistas respeten siempre las señales de tránsito y no transgredan las normas. En caso contrario, podrán ser sancionados con multas que van desde los S/. 23 hasta los S/. 368.
Asimismo, el MTC recordó que los ciclistas deben contar con el equipamiento básico de seguridad y la bicicleta debe llevar láminas retrorreflectantes en los lados y tener luces delanteras y traseras. En adición, el conductor se encuentra obligado a usar obligatoriamente el caso durante todo el trayecto y llevar prendas retrorreflectantes durante la noche.
Principales infracciones vigentes desde hoy
Manejar en estado de ebriedad, ya que se sancionará al conductor que tenga más de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre o por consumo de drogas con una multa de S/ 368 y, además, se retendrá la bicicleta.
Manejar sin sistema de frenos y sin láminas de material retrorreflectante que permitan la visualización de la unidad de forma lateral, lo que ocasionará una multa de S/ 184.
Está prohibido conducir de forma temeraria como manejar en vías no permitidas, adelantar vehículos por el lado derecho, conducir con una sola mano o sin agarrar el timón. La papeleta por ello es de S/ 92.
A los que circulen con personas que no ocupen los asientos especialmente acondicionados para tal finalidad se les aplicará una multa de S/92.
El manejar por la vereda acarrea una multa de S/ 23. Solo se puede manejar por esa vía cuando no exista ciclovía y se encuentre prohibida su circulación por la calzada. También se podrá circular por la vereda si se viaja con una persona menor de siete años, si quien conduce está embarazada o en condición de discapacidad.
También se podrá circular por la vereda si se viaja con una persona menor de siete años, si quien conduce está embarazada o en condición de discapacidad. En caso se maneje por la acera se debe ir despacio, a la velocidad de los peatones.