Abajo los puños cerrados. La Federación Nacional de Trabajadores en la Educación del Perú (Fenatep), un sindicato de maestros de escuela con afectos y simpatías por Sendero Luminoso y Abimael Guzmán, perderá su inscripción en el ROOS (Registro de Organizaciones Sindicales del Sector Público) del Ministerio de Trabajo.
Así lo indica la Resolución Directoral Nº 0025-2023-MTPE/1/2, del 5 de junio de 2023 de la Dirección Regional de Lima Metropolitana del MTPE que declaró la “nulidad de oficio” de la inscripción del Fenatep.
“A raíz de una denuncia ciudadana, se advirtió que la FENATEP se habría constituido incumpliendo un requisito expresamente señalado en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (LRCT), lo cual comprometería, gravemente, el ejercicio democrático de la Libertad Sindical”, se detalla en la resolución
“De acuerdo a Ley, prosigue, el área competente ha corrido traslado de la [denuncia] a la organización de trabajadores [Fenatep]. A la fecha, se encuentra en trámite esperando los descargos en respeto al derecho de defensa y el debido proceso de la referida Federación”, concluye el comentario.
Fenatep, los detalles sobre su nulidad
La declaración de nulidad está contenida en citada resolución, aprobada y rubricada por el funcionario Ever Benildo Ruiz Vargas, Director de la Dirección Regional de Trabajo de Lima Metropolitana del MTPE.
Dicha Resolución Directoral acoge el Informe técnico 0014–2023-MTPE/1/20.2, elaborado por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana.
Este último documento lleva la rúbrica de la funcionaria Maribel Aróstegui Rodríguez, directora encargada.
En la parte resolutiva, la Dirección Regional de Lima Metropolitana resuelve “declarar de oficio la nulidad de la constancia de inscripción de la Fenatep, de conformidad con lo desarrollado en el Quinto Considerando de la presente resolución”.
Anula también “los actos administrativos emitidos con posterioridad” a la inscripción y legalización del gremio.
Indica que los responsables de la Fenatep no cumplieron con el requisito de presentar las actas de la asamblea general de cada uno de los siete sindicatos, con la votación aprobatoria de los afiliados para constituir una federación.
Se indica que, en este caso, los dirigentes de la Fenate omitieron el procedimiento y optaron por una “aprobación automática” ajena a lo previsto en la norma.
“En consecuencia – dice la Resolución- en el caso planteado se evidencia el agravio al interés público al haberse contravenido lo dispuesto por Ley y haberse utilizado un procedimiento de aprobación automática para adquirir facultades, o derechos, sin cumplir con los requisitos, documentación o trámites esenciales para su adquisición”.
Remarca la resolución de la Dirección Regional del MTPE que “debe entenderse la exigencia de la aprobación de la Asamblea General como condición previa para la constitución de una federación de servidores civiles”.
El acto administrativo ha sido notificado al representante legal de la Fenatep. Esta entidad dispone de 15 días hábiles, desde el 5 de junio de 2023, para hacer sus descargos.
“Cabe la interposición, dentro de los 15 días hábiles de notificada la presente resolución, del recurso de reconsideración con la misma”, precisa la resolución.