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Migraciones es Marca Perú

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Foto: Diario Exitosa.

En el Perú hace mucho tiempo que las leyes son letra muerta. Los convenios internacionales son pisoteados, y peor aún, la Ley de Leyes, la Constitución Política  es constantemente  vulnerada tanto por ciudadanos como por entidades privadas y estatales.

Esta vez, la noticia que tiene en vilo a miles de extranjeros en el Perú, es la indolencia, y el maltrato que ejerce la Superintendencia Nacional de Migraciones hacia ellos. La entidad, simplemente se zurra en las leyes de mayor rango, y peor aún, alimenta los trámites dilatorios para poder acceder a una residencia, y naturalización; con qué fin ¿quizá para invitar al usurario a agilizarlos de otra forma?

Las normas internacionales señalan que todas las personas, incluidas los inmigrantes, tienen derecho a no ser objeto de discriminación, ni de tortura ni maltratos crueles, a la libertad y seguridad personales, y a no ser objeto de detención o prisión arbitrarias, salvo motivos previstos en la ley, incluso, a no ser víctimas de tratos arbitrarios o ilegales, ni de ataques contra el honor y su buen nombre, al secreto de su correspondencia, como a su intimidad, y vida privada familiar, entre otros derechos.

Además dentro de sus garantías como migrantes están la protección y asistencia de las autoridades consulares. La Carta Magna habla de la protección de la familia y promoción del matrimonio en su artículo 4° “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad”.

El marco legal existe, está ahí, sin embargo, no solo se trata de legalidad; se trata de LEGITIMIDAD, y legitimo es el derecho de arraigo de Inés Agresott, una cineasta colombiana que ingresó al Perú de forma legal, y que reside en él, desde hace 13 años en calidad de Familiar de Residente , además, de tener un esposo y una hija peruana, pero que Migraciones, en principio le retuvo el carné de extranjería, en el momento en que ella se apersonó a renovarlo conforme a ley (4 de julio del presente), responsabilizándola de un error que ella no cometió, y que sí lo cometió un funcionario de dicha entidad en el 2008, de esa forma, luego de un mes, se comunicaron con ella para que recoja su carné, el mismo que no se encuentra renovado, y por lo tanto, vencido. Dejándola en una situación de incertidumbre y que eventualmente se configura en irregular.

Sentencia.

Otro caso es el del ciudadano peruano Eduardo López, que se casó durante su estadía en España con la ciudadana hondureña Lida Sabillon. Posteriormente, juntos migraron al Perú, se casaron, y al momento de presentarse en la ventanilla de Migraciones para regular su situación,le iniciaron un proceso para expulsarla, y así fue, Sabillon fue expulsada del país, y su esposo interpuso un proceso de Habeas Corpus. Así, el 11 de julio de este año, el Segundo Juzgado Penal de Lima, dispuso dejar sin efecto la orden de expulsión en contra de la esposa de López, así como el impedimento de ingreso al territorio nacional. Insólitamente, la entidad hizo caso omiso a una resolución judicial que debería de acatarse inmediatamente; sin embargo, ellos mismos manifestaron que interpondrían un recurso de apelación en contra del fallo. Para todos es sabido, que independientemente de interponer alguna impugnación, primero se debe acatar una sentencia.

Con estos malos precedentes, que más parecen una campaña en contra de los extranjeros en el Perú, al parecer, la actitud xenofóbica, y sobre todo, el irrespeto a las leyes hacen de la impunidad un acto de moda.

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