Política

Migraciones empezará a sancionar a quienes movilicen o den hospedaje a extranjeros indocumentados

Modificaciones a legislación migratoria ahora permiten imponer sanciones a las empresas de transporte o servicios de hospedaje.

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Leyes más duras contra los indocumentados en nuestro país. El superintendente nacional de Migraciones, Armando García, afirmó que las modificaciones a la Ley de Migraciones respecto a la posibilidad de imponer multas a las empresas de transporte que trasladen a extranjeros sin documentación y a fiscalizar los servicios de hospedaje al que están obligados para facilitar las acciones de verificación migratoria, acercan la normativa a la realidad migratoria del Perú.

García destacó también los cambios en el procedimiento administrativo sancionador especial excepcional para expulsiones, pues evita que las personas extranjeras eludan la sanción proporcionando un domicilio inexistente donde ser notificados.

El funcionario explicó que era necesario instaurar ese procedimiento excepcional, solo para los casos de personas extranjeras con ingreso irregular al país o que afecten el orden público y la seguridad, en la medida en que con el procedimiento ordinario resultaba ineficaz en tales situaciones.

Eso se debía a que las personas con ingreso irregular usualmente proporcionaban un domicilio falso o incorrecto, lo que impedía la notificación y dejaba en suspenso el proceso sancionador.

«Con el nuevo procedimiento excepcional se resuelven estos problemas, ya que se lleva a cabo una sesión única, presencial o virtual, durante la cual se informa a la persona de la infracción y se le da la oportunidad de realizar sus descargos». 

Dijo que si se comprueba la comisión de la infracción, Migraciones emite la resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata. En aquellos casos que se requiere acciones adicionales, es derivado al procedimiento administrativo sancionador ordinario.

En el caso del Decreto Legislativo 1582, que otorga a Migraciones la facultad de imponer multas a las empresas de transporte interprovincial que trasladen a extranjeros sin exigir la presentación de sus documentos, señaló que esto es muy importante, ya que esto implicaba un riesgo para la seguridad y la comisión de delitos como el tráfico ilegal de migrantes y la trata de personas.

“Así como a los ciudadanos peruanos se nos exige mostrar el DNI para subir a los buses interprovinciales; estas empresas también deben solicitar a las personas extranjeras que presenten su carné de extranjería, carné de permiso temporal de permanencia, pasaporte o Tarjeta Andina de Migración virtual”, indicó.

El citado decreto legislativo también habilita a Migraciones a fiscalizar los servicios de hospedaje para facilitar las acciones de verificación migratoria, y establece que, de no hacerlo, serán sujetas a sanciones.

 “Con estas modificaciones a la legislación migratoria estamos alineando la ley a la realidad. El Perú está comprometido con una migración ordenada, segura y regular. En esa línea, el Estado ha dado todas las facilidades a las personas extranjeras para que regularicen su situación migratoria. Corresponde ahora ser estrictos también en el cumplimiento de nuestras leyes”, manifestó.

Hospedajes también podrán ser multados si acogen a extranjeros indocumentados. Foto referencial: GLR.

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