Machu Picchu: MEF y las irregularidades en la contratación de Joinnus
El Órgano de Control (OCI) del Mincul solicitó información al Tesoro Público del MEF debido a los cuestionamientos por el contrato firmado por Joinnus con el ‘portafolio’ para la venta de boletos electrónicos en Cusco. Aquí la respuesta de la dirección del MEF.
El Órgano de Control Institucional del Ministerio de Cultura, a través de su jefa Gloria Marina Cárdenas Timoteo, solicitó información a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público del MEF, Guadalupe Pizarro Matos, sobre la contratación de la empresa Joinnus para la gestión de boletos electrónicos para la entrada a 23 espacios culturales en Cusco.
Ante los cuestionamientos que ha significado la contratación de la empresa Joinnus para que se encargara de la venta de boletos electrónicos para los destinos turísticos mencionados, la Contraloría realizó 4 preguntas a la dirección del MEF:
1. ¿Cuál es el tratamiento del registro de lo recaudado, valor total del tarifario, o neto recibido que se le debe dar a los ingresos generados por la venta de entradas a través de Joinnus, etc.?
La respuesta de Pizarro Matos es genérica y simplemente asevera que existe una Directiva N° 0001-2022-EF/52.06 que establece los aspectos y procedimientos de los ingresos y que estos son del Tesoro Público.
2. Considerando la comisión que tendrá Joinnus por cada boleto vendido, ¿cuál es el tratamiento contable y/o valor total que tienen dichos montos y si ingresarán a las cuentas del Estado?
La respuesta también es escueta y señala que la recaudación de las ventas la hacen en sus respectivas cuentas bancarias recaudadoras autorizadas. Y con respecto al tratamiento contable que aplican respecto de sus ingresos, no desean responder porque señalan que eso deberá responderlo la Dirección General de Contabilidad Pública.
3. ¿En qué plazos la empresa Joinnus deberá depositar los montos recaudados?
La respuesta señala que cada área o dependencia es la encargada de obtener los ingresos, basándose en la “Directiva”, y que para el presente caso en los términos contractuales con Joinnus y Procesos de Medios de Pago, se debería establecer plazos para depositar los ingresos en las cuentas recaudadoras del ministerio de Cultura. Pero también añaden que los montos recibidos tendrán que ser depositados en la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT).
4. ¿Las comisiones aplicadas por Joinnus y que son parte del tarifario son considerados recursos públicos? O en todo caso ¿cuál es la naturaleza de dicha comisión?
La respuesta; primero señalan la Ley N° 29565 de creación del Ministerio de Cultura y resaltan las competencias, atribuciones y funciones exclusivas de este portafolio; contexto teórico que nada tiene que ver con la pregunta formulada y además señalan el artículo 43° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que para los servicios que no se brinden en exclusividad, las entidades, en este caso el Mincul establecerán los requisitos y los costos respectivos y bajo dicho marco el Ministerio de Cultura aprobó el Tarifario Único de Servicios No exclusivos para el Ejercicio Fiscal 2023.
En resumidas cuentas, la Dirección General del Tesoro Público del MEF, señala que el Ministerio de Cultura decide y exige de forma exclusiva los costos que le pondrán a los espacios culturales visitados y sobre la definición de Fondos Públicos, agregan que existen tres elementos que determinan si un recurso es público o no.
Los cuales son: ser un flujo financiero/ constituir un activo financiero que le pertenezca al Estado y/ que su administración debe estar a cargo del sector público.
Finalmente, se basan en el Decreto Legislativo N° 1436, que señalan que los activos financieros son del Estado y su administración está a cargo del Ministerio de Cultura, que a la suscripción del contrato con Joinnus establecieron cómo debía ser la recaudación y el pago de comisiones y que, por lo tanto, dichos recursos son fondos públicos.
No obstante, este tema continúa siendo controversial y cuestionado, porque actualmente podemos señalar que la ministra de Cultura Leslie Urteaga mintió sobre la supuesta idoneidad de la contratación de Joinnus. En ese sentido, la Contraloría detectó graves irregularidades no solo en las negociaciones contractuales con la empresa perteneciente al Grupo Credicorp, sino, en su servicio de venta electrónica.
Sistema de Joinnus no emite reportes en tiempo real y no deposita dinero recaudado a la DDC de Cusco
Las mentiras de la ministra de Cultura, funcionarios del MINCUL y representantes de Joinnus se hacen más evidentes. Esto debido a que el informe de Contraloría detectó que la plataforma de la empresa de Intercorp no emite los reportes de la venta virtual, y lo más escandaloso es que la empresa Joinnus no viene cumpliendo con efectuar los depósitos del dinero recaudado a través de su sistema en la cuenta de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, situación que afecta la transparencia en la rendición de cuentas de la entidad.
Sobre esta grave irregularidad, el jefe del Área Funcional de Tesorería en su declaración mencionó: “Con relación a la venta a través de POS, así como la venta virtual no se tiene conocimiento del contrato ni a qué cuentas están ingresando los recursos recaudados. Otro problema que se viene presentando es que la empresa Joinnus no reporta cuántos boletos se han vendido a través de la venta virtual, ya que solamente se tiene conocimiento de lo vendido de forma física, imposibilitando hacer un arqueo real de lo vendido durante el día”.
Por este motivo, Joinnus viene incumpliendo con lo establecido en la Directiva del Sistema Nacional de Tesorería, que en su artículo 4, señala cuál es el plazo para los depósitos de fondos públicos en las cuentas de las entidades del Estado.
Sorprendentemente hasta la fecha de inspección por parte de Contraloría, no había constancia de cuánto ha recaudado la empresa Joinnus a través de la venta online mediante su deficiente plataforma. Esto no permite a los servidores de la DDC de Cusco conocer la cantidad de boletos vendidos hasta el momento.
Este grave hecho cometido por Joinnus, afecta la transparencia en la rendición de cuentas y limita la disposición de los recursos a la cuenta única del tesoro del Ministerio de Economía y Finanzas.